Decisión de Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 26 de Abril de 2013

Fecha de Resolución26 de Abril de 2013
EmisorJuzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteBella Dayana Sevilla Jimenez
ProcedimientoAcción De Amparo Constitucional

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 26 de abril de 2013

203º y 154º

ASUNTO: AP11-O-2013-000052

PRESUNTO AGRAVIADO: F.L.M.P., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad numero V- 7.943.947.

DEFENSOR PUBLICO: M.D.A., Defensor Publico Provisorio Primero (1º) con Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y Para La Defensa del Derecho a la Vivienda con competencia Nacional designado según Resolución de la Defensa Publica Nº DDPG-2012-0179, de fecha 07 de Agosto de 2012, en el marco de las atribuciones inherente a su cargo de conformidad a lo establecido en la Resolución de la Defensa Publica Nº DDPG-2011-0047 de fecha 31 de Enero de 2011, en su ordinal segundo, numeral 3 publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 39.607 de fecha 02 de Febrero de 2011, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad numero V- 6.817.937.

PRESUNTO AGRAVIANTE: G.G.G., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 9.418.508

Vista la anterior ACCIÓN DE A.C., y los recaudos que la acompañan, presentado por la ciudadana F.L.M.P., parte presuntamente agraviada, debidamente asistida por M.D.A., Defensor Publico Provisorio Primero (1º) con Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y Para La Defensa del Derecho a la Vivienda con competencia Nacional designado según Resolución de la Defensa Publica Nº DDPG-2012-0179, de fecha 07 de Agosto de 2012, en el marco de las atribuciones inherente a su cargo de conformidad a lo establecido en la Resolución de la Defensa Publica Nº DDPG-2011-0047 de fecha 31 de Enero de 2011, en su ordinal segundo, numeral 3 publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 39.607 de fecha 02 de Febrero de 2011, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad numero V- 6.817.937, este Juzgado la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia y de acuerdo a lo establecido en la Sentencia Nº 7, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de febrero de 2000, se ordena notificar al ciudadano G.G.G., parte presuntamente agraviante, a fin de hacerle saber que deberán comparecer ante este Tribunal ubicado en el Piso 03, de la Torre Norte del Centro S.B., Plaza Caracas, El Silencio, Caracas, Distrito Capital, para conocer el día y hora en que se celebrará la Audiencia Constitucional, la cual tendrá lugar para su fijación, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) HORAS siguientes a la notificación aquí ordenada. Asimismo, se ordena notificar mediante boleta al FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se ordena agregar a las boletas de notificación, copias certificadas del presente auto de admisión y hágase entrega de ellas al Alguacil designado para este Juzgado, encargado de practicar las diligencias aquí ordenadas, dichos fotostatos serán certificados por la Secretaria de este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boletas de notificación.-

LA JUEZ,

DRA. B.D.S.J..-

LA SECRETARIA,

ABG. J.V..-

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