Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Portuguesa (Extensión Guanare), de 4 de Abril de 2014

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2014
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteFrancileny Alexandra Blanco Barrios
ProcedimientoJustificación De Testigos

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Guanare, 4 de abril de 2014

203º y 155º

ASUNTO: PP01-J-2014-000315

SOLICITANTE: J.C.M.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.646.151

MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.

En horas de despacho del día de hoy, 04-04-2014, siendo las 09:30 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa para la celebración de la Audiencia Preliminar Única establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el presente asunto de Jurisdicción Voluntaria con motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, se deja constancia de la comparecencia personal del ciudadano: J.C.M.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.646.151, en su condición de solicitante. Asimismo, se hace constar que se encuentra presente los ciudadanos E.D.C.L.M. y DANIEL JOSÈ P.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.835.366 V- 19.528.087, en su condición de testigos. Acto seguido, se da inicio a la Audiencia, procediendo la ciudadana Jueza a explicar a los presentes en qué consiste la misma, posteriormente al ciudadano: J.C.M.M., identificado ut supra, en su condición de solicitante, procedió a ratificar el contenido de la presente solicitud, exponiendo lo siguiente: “Manifestó ante este d.T. mi deseo de continuar el presente procedimiento, razón por la cual ratifico en toda y cada una de sus partes el escrito de la solicitud con motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, actuando en beneficio de la niña Identificación omitida por disposición de la Ley, de 05 años de edad “. Seguidamente la ciudadana Jueza tomó el juramento de Ley a las testigos comparecientes y procedió a la evacuación de los mismos; PRIMERO, ciudadana E.D.C.L.M., identificada ut supra, y leídoles los generales de Ley referente a la testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: Diga la testigo si conoce al ciudadano J.C.M.M., de vista trato y comunicación desde cuanto tiempo tiene bajo sus cuidados a su hija Identificación omitida por disposición de la Ley, Contestó: “La tiene desde febrero desde el 2012” Al particular SEGUNDO: Diga la testigo si es cierto y le consta que quien se ha encargado de la niña Identificación omitida por disposición de la Ley y que vive bajo su responsabilidad y cuidados desde hace mas de dos años es su padre, ciudadano J.C.M.M.C.: “Si es cierto” Al particular TERCERO: Diga la testigo como es cierto, y le consta que su madre no vive en esta ciudad y que dejó a la niña con bisabuela hace mas de dos años “Si es cierto”. Al particular CUARTO: Que la testigo fundamente la razón de sus dichos. Contesto: “Porque lo conozco hace mas de treinta años” Al Particular. SEGUNDO, ciudadano DANIEL JOSÈ P.M. identificado ut supra, y leídoles los generales de Ley referente a la testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: Diga la testigo si conoce al ciudadano J.C.M.M., de vista trato y comunicación desde cuanto tiempo tiene bajo sus cuidados a su hija Identificación omitida por disposición de la Ley Contestó: “Si lo conozco desde hace mas de 20 años” Al particular SEGUNDO: Diga la testigo si es cierto y le consta que quien se ha encargado de la niña Identificación omitida por disposición de la Ley y que vive bajo su responsabilidad y cuidados desde hace mas de dos años es su padre, ciudadano J.C.M.M.C.: “Si me consta”. Al particular TERCERO: Diga la testigo como es cierto, y le consta que su madre no vive en esta ciudad y que dejó a la niña con bisabuela hace más de dos años “Si me consta”. Al particular CUARTO: Que la testigo fundamente la razón de sus dichos. Contesto: “Porque lo conozco hace tiempo y se que es un buen padre de familia” Instruidas como han sido los anteriores diligencias se ordena entregar los originales con sus resultas al solicitante, se acuerda dos (02) juego de copias certificadas de la totalidad del expediente, todo de conformidad con el articulo 517 de la LOPNNA. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez

Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios

El Solicitante ___________________________

Los Testigos;__________________ ____________________

El Secretario (T),

Abg. O.J.H.

Thais Rosales*

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