Decisión de Tribunal Tercero de Control de Monagas, de 3 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2016
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteDaisy Del Valle Millan Zabala
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas

Maturín, 3 de Octubre de 2016

206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-007642

ASUNTO : NP01-P-2013-007642

ENTREGA DE VEHICULO EN PLENA PROPIEDAD

Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, en su carácter de propietario, quien requiere de este Despacho la entrega del vehiculo Moto, Marca SUZUKI, modelo GN125, color azul, serial de carrocería 9FSNF4LA36C114331, Serial Del Motor 157FMI-3D073167, tipo paseo, uso particular; al respecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

El hecho objeto de la presente investigación se inicio por la presunta comisión de uno de los delitos por la presunta comisión CONTRA LA PROPIEDAD (APROVECHAMIENTO), en fecha 03-05-2013, por los funcionarios adscritos al CICPC Maturín Estado Monagas, a lo cual este tribunal en fecha 04 de Mayo de 2013, decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE L.C.P., al ciudadano F.J.R., por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL HURTO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, sin embargo en el procedimiento se retuvo entre otra cosas: un vehiculo MARCA SUSUKI, DE COLOR AZUL, SIN PLACAS, en la cual se logró determinar el serial de carrocería original y resultó que el mismo estaba solicitado según expediente I-338.909, de fecha 05-02-2010, por denuncia interpuesta ante la subdelegación de Maturín Estado Monagas por el delito de hurto de vehículo.

Se desprende del Acta de Investigación que corre inserta al folio 1 de las actuaciones, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas de Maturín, Estado Monagas, motivado a que presuntamente al momento de practicarle inspección a un vehículo tipo moto conducido por éste, resultó estar solicitado por el delito de hurto, llevado por la sub delegación de Maturin, según expediente J-338.909 de fecha 09-04-2013 y al preguntarle por los documentos de dicha moto, manifestó no poseer alguno.

Al folio 05, riela ACTA DE DENUNCIA común de fecha 05-02-2010 interpuesta por el ciudadano ALCANTARA S.J.A. por el delito de hurto de una moto, cuyos seriales coinciden con los activados en la experticia que se le realizó a la moto incautada al imputado.

inserta al folio 10 de las actuaciones EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas al vehículo tipo moto, MARCA SUSUKI, DE COLOR AZUL, SIN PLACAS, en la cual se logró determinar el serial de carrocería original y resultó que el mismo estaba solicitado según expediente I-338.909, de fecha 05-02-2010, por denuncia interpuesta ante la subdelegación de Maturín Estado Monagas por el delito de hurto de vehículo.

Al folio 46, se encuentra inserta solicitud de DE ENTREGA DE VEHICULO por ante este Tribunal.- La cual se da por reproducida.-

Al folio 47, CERTIFICADO DE ORIGEN, expedido por el Instituto De T.T., a nombre del ciudadano J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, del vehiculo Moto, Marca SUZUKI, modelo GN125, color azul, serial de carrocería 9FSNF4LA36C114331, Serial Del Motor 157FMI-3D073167, tipo paseo, uso particular.- La cual se da por reproducida.-

Al folio 49 FACTURA DE VENTA NRO.- 101-047076, de fecha 14 de Marzo de 2006, expedida por DISTRIBUIDORA Y SERVicios J.M, a nombre del ciudadano J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, por la cantidad de 4.590.000,oo, por concepto de compra del vehiculo Moto, Marca SUZUKI, modelo GN125, color azul, serial de carrocería 9FSNF4LA36C114331, Serial Del Motor 157FMI-3D073167, tipo paseo, uso particular, por lo que este tribunal realizó llamada telefónica a los teléfonos celulares que se encuentran insertos en la factura, quienes el encargo manifestó que efectivamente la factura era original.- la cual este Tribunal da por reproducida.

Por los elementos cursantes en autos, se evidencia que el ciudadano J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, es el propietario del vehículo que solicita pues conforme al Cerificado de origen y la factura original consignada, sin embargo de la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas al vehículo tipo moto, MARCA SUSUKI, DE COLOR AZUL, SIN PLACAS, en la cual se logró determinar el serial de carrocería original y resultó que el mismo estaba solicitado según expediente I-338.909, de fecha 05-02-2010, por denuncia interpuesta ante la subdelegación de Maturín Estado Monagas por el delito de hurto de vehículo, por el único solicitante y solo el serial de motor se encuentra adulterado; motivos por los cuales, estima quien decide que, están dadas en el caso de marras, las exigencias plasmadas en las decisiones emanadas del M.T. de la República, para que pueda procederse a la entrega en CALIDAD DE DEPÓSITO de un vehículo, en consecuencia se ACUERDA LA ENTREGA de vehículo entrega del vehiculo Moto, Marca SUZUKI, modelo GN125, color azul, serial de carrocería 9FSNF4LA36C114331, Serial Del Motor 157FMI-3D073167, (157FMI-3DQ73467 ADULETADO), tipo paseo, uso particular al ciudadano: J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054. Y así se declara.

DECISION

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO solicitado por el ciudadano: J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, el cual tiene las siguientes características: vehiculo Moto, Marca SUZUKI, modelo GN125, color azul, serial de carrocería 9FSNF4LA36C114331, Serial Del Motor 157FMI-3D073167, (157FMI-3DQ73467 ADULETADO), la cual se hará en CALIDAD DE DEPÓSITO, con la expresa obligación para el ciudadano J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054, de presentarlo ante la autoridad que lo solicite ó este Tribunal cuando sea requerido, a no venderlo, arrendarlo, cederlo o traspasarlo de forma alguna, toda vez que el mismo fue entregado en calidad de depósito, dejando a salvo los derechos de terceros. Líbrese el correspondiente oficio dirigido al encargado del Estacionamiento: EL RINCON ESTADO MONAGAS, informándole lo aquí decidido y ordenándole se le haga entrega del vehículo-MOTO que nos ocupa a al solicitante una vez ésta cumpla con la exigencia de suscribir acta de compromiso de cumplimiento de condiciones por la entrega en depósito que se otorga. Asimismo se acuerda su EXCLUSION DEL SIIPOL, Maturín estado Monagas.- Se nombre correo especial al solicitante J.A.A.S., titular de la Cédula de Identidad Nº 14.423.054.-Líbrese Boleta de Notificación a la solicitante y al Fiscal del Ministerio Público. Se acuerdan las copias certificadas al solicitante, Cúmplase.

LA JUEZA,

ABG. O.R.B.

LA SECRETARIA,

ABG. DAUNYS MILLAN

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