Decisión nº Nº25-09.- de Tribunal Tercero de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 15 de Julio de 2009

Fecha de Resolución15 de Julio de 2009
EmisorTribunal Tercero de Juicio
PonenteNola Gomez
ProcedimientoSentencia Condenatoria

egunta: ¿Quien le comento que los dueños de la casa manifestaron que J.G. había abusado de Identidad Omitida por disposición legal.? De los vecinos, ese día, no soy testigo. OTRA: ¿Qué parentesco tiene con Leany Duran? Es sobrina de mi esposo, vivo al lado de ella. OTRA: ¿Para el 2007, como era la casa de J.G.? Así como esta ahorita, no ha cambiado. OTRA: ¿La cerca era de alambre de púas? … / NO. OBJECION POR PARTE DEL MINISTERIO PUBLICO, ARGUMENTANDO QUE YA SE RESPONDIO. LA DEFENSA, MANIFIESTA QUE SE NOTA LA DUDA PARA RESPONDER. EL TRIBUNAL DECLARA SIN LUGAR LA OBJECION DEL MINISTERIO PUBLICO. Era una cerca de lata. OTRA: ¿Su hija estaba con Identidad Omitida por disposición legal. en la casa de J.G.? Ellas no entraron juntas. OTRA: ¿Le conto Identidad Omitida por disposición legal. quien le dio la película a Identidad Omitida por disposición legal.? No. OTRA: ¿Cómo estaba cercada esa casa? En el frente de alambre de púas, del lado derecho tenia un pedazo de ciclón y lata y del lado izquierdo lata. OTRA: ¿Dónde se encontraba cuando Identidad Omitida por disposición legal. llamaba a Identidad Omitida por disposición legal.? En la casa. OTRA: ¿A que hora llegaron los padres a contarle lo de Identidad Omitida por disposición legal.? Eran como las 5 de la tarde y nos contó el caso. OTRA: ¿Se entero cuando llevaron a Identidad Omitida por disposición legal. al Hospital? No. OTRA: ¿Vio a Identidad Omitida por disposición legal. salir de la casa del señor J.G.? No. OTRA: ¿Vio a las niñas salir de ahí? No, a esa hora no. OTRA: ¿Identidad Omitida por disposición legal. acostumbraba a jugar en la calle? No, ese dia solamente. OTRA: ¿Están pendientes de Identidad Omitida por disposición legal. cuando sale a jugar en la calle? Su a abuela si. OTRA: ¿Trata a Identidad Omitida por disposición legal.? Si. OTRA: ¿Es posible que Identidad Omitida por disposición legal. en ese tiempo, por ser tan niña, puedo haberse dejado influenciar por sus mayores? EL MINISTERIO OBJETA POR SER SUBJETIVA. LA DEFENSA NO TIENE PROBLEMA. EL TRIBUNAL LO DECLARA CON LUGAR. OTRA: ¿Vio a Identidad Omitida por disposición legal. en casa de J.G. llamando a Identidad Omitida por disposición legal.? No la vi. OTRA: ¿Cómo se llama la señora del fondo de su casa? Carmen. OTRA: ¿Siempre ha vivido allí? Si, pero no se la pasa allí. OTRA: ¿Cuanto tiempo tiene viviendo allí? Mas de 2 años. OTRA: ¿Vio cuando la esposa de J.G. salio de si casa? NO. OTRA: ¿Vio a su esposa ir a casa de su mama? No. OTRA: ¿Cuánto tiempo estuvo Identidad Omitida por disposición legal. en casa de J.G.? No se. OTRA: ¿Como le consta que la esposa dejo sola a Identidad Omitida por disposición legal. ese día? No le se decir yo no estaba. Es todo por la defensa. El Tribunal NO interroga.

20) Con el Testimonio del acusado J.G.P., se le impone de las garantías constitucionales y se le pregunta si desea declarar y responde: “SI DESEO DECLARAR” y expone: “Creo que quisiera especificar que la parte de atrás de mi casa es de alambre de púas, solo hay una lata, el frente si es todo de alambre de púas y a la derecha también, todo el mundo veía a mi casa, en ese momento yo estaba en mi casa con mi esposa, me considero moral para hacer esas cosa. Mi esposa esta turbada para precisar horas, Soy inocente de lo que me acusan, Esto y dispuesto a someterme a cualquier medio o preguntas para demostrarlo de cualquier modo; es todo”. El tribunal declara cerrado el debate en relación a las testimoniales. Y se continuara para abrir las pruebas documentales y concluir el debate el; suspendiéndose para el día LUNES 06 JULIO de 2009 a las 09:00 am

La Defensa, expuso lo siguiente: estima con respecto que se ha abundado en lo que se propone acreditarle al tribunal. Tenemos testigos en el Estado Falcón, quienes algunos no cuentan con documento de identificación, a excepción de la señora M.M.d.Q.. Y el señor D.S.. Con estos testigos evacuados es suficiente para prescindir de estos testigos. Resulta de interés para esta defensa algunos elementos de convicción y plantearle una nueva prueba para la búsqueda de la verdad, COMO LO ES UNA INSPECCION Ocular, trasladándose al sitio a fin de verificar la ubicación de la puerta principal de la habitación donde supuestamente ocurrieron los hechos. Escuchando todos estos testimonios, el tribunal lo considera pertinente. El Ministerio Publico no objeta la renuncia de los testigos de la defensa. Este Tribunal en vista de la solicitud de la defensa. No va a declarar si es prescindidle a su renuncia en virtud que ya hay fecha para su recepción. En cuanto al traslado si se considera necesario será una vez escuchados todos los testigos. Como no hay más testigos que recepcionar, se suspende para el día JUEVES 25 DE JUNIO DE 2009, A LAS 09:00 AM. EN EL DÍA DE HOY, JUEVES VEINTICINCO (25) DE JUNIO DE 2009, SIENDO LAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, (11:30 AM), pr

Con las PRUEBAS DOCUMENTALES: 1) INSPECCIÓN TÉCNICA: 0604,INVESTIGACIÓN PENAL: 24-F33-0384-07, DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES, MARACAIBO; 30 DE MAYO DE 2007, Realizada en la misma fecha, siendo las 4.25 horas de la tarde, se constituye una comisión del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub delegación san francisco, integrada por los funcionarios INSPECTOR JEFE C.D. y DETECTIVE G.R., adscritos a esa delegación, en: SECTOR CUATRICENTENARIO, PARCELAMIENTO ALTOS 3, CALLE 95Ñ, CASA Nº 92-91, PQ. F.E.B., MUNICIPIO MARACAIBO, ESTADO ZULIA; MACBO; 18 DE MAYO DE 2007, 2) EXAMEN MEDICO LEGAL, CIENCIAS FORENSES MARACAIBO, ESTADO ZULIA, La suscrita Dra. H.L., Experto Profesional Especialista I, vecina de este Municipio, sin impedimento legal para declarar, bajo fe de juramento y designada por ese despacho, para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplo en informar lo siguiente: El día dieciséis de Mayo de los corrientes, en la sala de examen de esta Medicatura Forense, practique examen medico con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, de tres años de edad, natural y con domicilio en este Municipio Maracaibo. Al examen Ginecológico: 1.- Genitales Externos: Labios Menores: Hiperemia en cara interna de ambos labios menores. Horquilla Vulvar: Laceración en mucosa de Horquilla vulvar. 2.- Himen de forma anular de bordes lisos. Sin Desgarros. 3.- Sin lesiones traumáticas ni huellas de haberlas recibido. Fuera de la esfera Genital. 4.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: Normales. Tono del Esfínter: Conservado. 5.- Conclusión: 1.- No hay desfloración. Las lesiones descritas en genitales externos fueron producidas por la introducción y roce de objeto duro y romo que semeja al pene en erección o similar con una data menor de veinticuatro horas. 2.- Ano-Rectal: Normal. MACBO; 21 DE AGOSTO DE 2007, DEPARTAMENTO DE CIENCIAS FORENSES, MARACAIBO, ESTADO ZULIA, 3) INFORME MEDICO FORENSE, Nosotras, DRA. E.T., PSIQUIATRA FORENSE y PSIC. M.A. FINOL, PSICOLOGO FORENSE, vecinas de este Municipio Maracaibo, sin impedimento legal para declarar, bajo fè de juramento y designadas por este despacho para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplimos en informar lo siguiente: El día 04/06 y 11/07/07, en el servicio de Psiquiatría de esta Medicatura Forense, practicamos evaluación Psicológica y Psiquiatrita con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Edad cronológica. 03 años de edad. Lugar y Fecha de nacimiento: Maracaibo, 15/12/03, Estado Civil: Soltera. Grado de Instrucción: Ninguno. Ocupación: Estudiante. Informante: La Examinada y su Abuela Materna, C.I 9.028.993, MOTIVO DE REFERENCIA: Para realizar valoración Psiquiatrita y Psicológica, VERSION DE LOS HECHOS: Refiere la examinada: “Gollo que me metió el dedo en el coco con la mano”, ANTECEDENTES PERSONALES, FAMILIARES Y MEDICOS RELEVANTES: La Examinada es hija única, producto de la unión de sus padres. Afirma convivir actualmente con los abuelos maternos y su progenitora, AREA SALUD: Niega haber padecido de las enfermedades eruptivas, propias de la infancia. Así mismo, niega intervenciones quirúrgicas, hospitalizaciones y antecedentes psicopatológicos, AREA ACADEMICA: Refiere estar cursando actualmente el primer nivel de Educación Pre-escolar, AREA SEXUAL: Niega.,TECNICAS UTILIZADAS: Entrevista Psiquiatrita-Entrevista Psicológica-Observación-Examen Mental-Items Evolutivos. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSICOLOGICA: En cuanto a las evaluaciones Psicológicas realizadas, la examinada es una menor de tres años de edad, sexo femenino, la cual presenta un desarrollo cognitivo concreto, acorde a su edad. Reconoce esquema corporal en si y en otros. Nombra y asocia objetos con el uso que estos tienen. Identifica las figuras geometricas. Posee un lenguaje expresivo y comprensivo acorde a la edad cronologica. Emocionalmente, es una menoir inquieta, con dificultad para acatar y seguir ordenes, impuestas por figuras de autoridad, percibiendose estas como permisivas. Es inhábil para afrontr situaciones nuevas inesperadas producto de su edad y desarrollo cognitivo. No mide el peligro ni las consecuencias de sus actos, ya que su corta vida experiencial no le permite hacer abstracciones de sus actos. Requiere supervisión constante por parte de sus progenitores. Posee adecuada adaptación al medio donde se desenvuelve. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSIQUIATRICA: La menor acude a la evaluación con adecuados hábitos higiénicos, con un buen desarrollo pondo estatural, su estado de conciencia es vigil, su lenguaje es coherente acorde a su edad cronológica permanece orientada en las partes de su cuerpo, figuras geométricas, objetos y sus funciones. Asi mismo en tiempo y persona significantes, acata y atiende las órdenes dadas. No se evidencia alteración ni actividad alucinatoria en el área sensoperceptiva, su pensamiento en curso y contenido es normal sin ideación delirante, presenta una respuesta afectiva acorde a los temas tratados, impresiona de nivel promedio en la intelectual y no tiene conocimiento del porque visita a la Medicatura. CONCLUSIONES: De acuerdo a los resultados obtenidos de las evaluaciones Psicológicas y Psiquiatritas realizadas, a la menor Identidad Omitida por disposición legal. Descree A.M., se concluye que esta no presenta indicadores significativos de trastorno mental, para el momento de la presente evaluación. DIAGNOSTICO: No presenta Enfermedad Mental. 4) ACTA DE NACIMIENTO ASENTADA EN LOS LIBROS LLEVADOS POR LA JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA CHIQUINQUIRA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, DURANTE EL AÑO 2001, LIBRO 1-10. DONDE INDICA QUE EFECTIVAMENTE LA MENOR: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, NACIO EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003, y que es hija de Y.E.A.O. y LEANI J.M.D.. Acto seguido se le insta al ciudadano Alguacil que las pruebas documentales sean exhibidas a las defensa, quien la recibe y procede a establecerle al Tribunal que la Vindicta Pública en su escrito acusatorio, hay otras pruebas documentales de las cuales el Ministerio Público no ha mencionado al Tribunal Unipersonal que no renunciado a ellas, y que tales medios de pruebas tiene que tomar en cuenta que hay comunidad de las pruebas por parte de la Defensa. Seguidamente la Vindicta Publica procede a informar que son pruebas instrumental para ser exhibidas en el debate conforme a os artículo 342 y 358, ya que fueron acatas de entrevistas durante la investigación. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa solicita que sean exhibidas, y es preciso en honor al objetivo común de la búsqueda de la verdad, y pido que se le inste al Ministerio Publico para ser exhibidas, ya que la defensa lo que propone es acreditar la verdad de los hechos. Y el Tribunal considera que en el escrito fueron realizadas como otras pruebas, pero para mantener el equilibrio y la igualdad entre las partes, se ordena la lectura de las mismas, acto seguido el 1) INSPECCIÓN TÉCNICA: 0604,INVESTIGACIÓN PENAL: 24-F33-0384-07, DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES, MARACAIBO; 30 DE MAYO DE 2007, Realizada en la misma fecha, siendo las 4.25 horas de la tarde, se constituye una comisión del Cuerpo de Investigaciones, Cientificas, Penales y Criminalisticas, Sub delegación san francisco, integrada por los funcionarios INSPECTOR JEFE C.D. y DETECTIVE G.R., adscritos a esa delegación, en: SECTOR CUATRICENTENARIO, PARCELAMIENTO ALTOS 3, CALLE 95Ñ, CASA Nº 92-91, PQ. F.E.B., MUNICIPIO MARACAIBO, ESTADO ZULIA; MACBO; 18 DE MAYO DE 2007, 2) EXAMEN MEDICO LEGAL, CIENCIAS FORENSES MARACAIBO, ESTADO ZULIA, La suscrita Dra. H.L., Experto Profesional Especialista I, vecina de este Municipio, sin impedimento legal para declarar, bajo fe de juramento y designada por ese despacho, para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplo en informar lo siguiente: El día dieciséis de Mayo de los corrientes, en la sala de examen de esta Medicatura Forense, practique examen medico con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, de tres años de edad, natural y con domicilio en este Municipio Maracaibo. Al examen Ginecológico: 1.- Genitales Externos: Labios Menores: Hiperemia en cara interna de ambos labios menores. Horquilla Vulvar: Laceración en mucosa de Horquilla vulvar. 2.- Himen de forma anular de bordes lisos. Sin Desgarros. 3.- Sin lesiones traumáticas ni huellas de haberlas recibido. Fuera de la esfera Genital. 4.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: Normales. Tono del Esfínter: Conservado. 5.- Conclusión: 1.- No hay desfloración. Las lesiones descritas en genitales externos fueron producidas por la introducción y roce de objeto duro y romo que semeja al pene en erección o similar con una data menor de veinticuatro horas. 2.- Ano-Rectal: Normal. MACBO; 21 DE AGOSTO DE 2007, DEPARTAMENTO DE CIENCIAS FORENSES, MARACAIBO, ESTADO ZULIA, 3) INFORME MEDICO FORENSE, Nosotras, DRA. E.T., PSIQUIATRA FORENSE y PSIC. M.A. FINOL, PSICOLOGO FORENSE, vecinas de este Municipio Maracaibo, sin impedimento legal para declarar, bajo fè de juramento y designadas por este despacho para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplimos en informar lo siguiente: El día 04/06 y 11/07/07, en el servicio de Psiquiatría de esta Medicatura Forense, practicamos evaluación Psicológica y Psiquiatrita con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. DESIRRE A.M.: Edad cronológica. 03 años de edad. Lugar y Fecha de nacimiento: Maracaibo, 15/12/03, Estado Civil: Soltera. Grado de Instrucción: Ninguno. Ocupación: Estudiante. Informante: La Examinada y su Abuela Materna, C.I 9.028.993, MOTIVO DE REFERENCIA: Para realizar valoración Psiquiatrita y Psicológica, VERSION DE LOS HECHOS: Refiere la examinada: “Gollo que me metió el dedo en el coco con la mano”, ANTECEDENTES PERSONALES, FAMILIARES Y MEDICOS RELEVANTES: La Examinada es hija única, producto de la unión de sus padres. Afirma convivir actualmente con los abuelos maternos y su progenitora, AREA SALUD: Niega haber padecido de las enfermedades eruptivas, propias de la infancia. Así mismo, niega intervenciones quirúrgicas, hospitalizaciones y antecedentes psicopatológicos, AREA ACADEMICA: Refiere estar cursando actualmente el primer nivel de Educación Pre-escolar, AREA SEXUAL: Niega.,TECNICAS UTILIZADAS: Entrevista Psiquiatrita-Entrevista Psicológica-Observación-Examen Mental-Items Evolutivos. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSICOLOGICA: En cuanto a las evaluaciones Psicológicas realizadas, la examinada es una menor de tres años de edad, sexo femenino, la cual presenta un desarrollo cognitivo concreto, acorde a su edad. Reconoce esquema corporal en si y en otros. Nombra y asocia objetos con el uso que estos tienen. Identifica las figuras geometricas. Posee un lenguaje expresivo y comprensivo acorde a la edad cronologica. Emocionalmente, es una menoir inquieta, con dificultad para acatar y seguir ordenes, impuestas por figuras de autoridad, percibiendose estas como permisivas. Es inhábil para afrontr situaciones nuevas inesperadas producto de su edad y desarrollo cognitivo. No mide el peligro ni las consecuencias de sus actos, ya que su corta vida experiencial no le permite hacer abstracciones de sus actos. Requiere supervisión constante por parte de sus progenitores. Posee adecuada adaptación al medio donde se desenvuelve. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSIQUIATRICA: La menor acude a la evaluación con adecuados hábitos higiénicos, con un buen desarrollo pondo estatural, su estado de conciencia es vigil, su lenguaje es coherente acorde a su edad cronológica permanece orientada en las partes de su cuerpo, figuras geométricas, objetos y sus funciones. Asi mismo en tiempo y persona significantes, acata y atiende las órdenes dadas. No se evidencia alteración ni actividad alucinatoria en el área sensoperceptiva, su pensamiento en curso y contenido es normal sin ideación delirante, presenta una respuesta afectiva acorde a los temas tratados, impresiona de nivel promedio en la intelectual y no tiene conocimiento del porque visita a la Medicatura. CONCLUSIONES: De acuerdo a los resultados obtenidos de las evaluaciones Psicológicas y Psiquiatritas realizadas, a la menor Identidad Omitida por disposición legal. Descree A.M., se concluye que esta no presenta indicadores significativos de trastorno mental, para el momento de la presente evaluación. DIAGNOSTICO: No presenta Enfermedad Mental. 4) ACTA DE NACIMIENTO ASENTADA EN LOS LIBROS LLEVADOS POR LA JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA CHIQUINQUIRA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, DURANTE EL AÑO 2001, LIBRO 1-10. DONDE INDICA QUE EFECTIVAMENTE LA MENOR: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, NACIO EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003, y que es hija de Y.E.A.O. y LEANI J.M.D.. Acto seguido se le insta al ciudadano Alguacil que las pruebas documentales sean exhibidas a las defensa, quien la recibe y procede a establecerle al Tribunal que la Vindicta Pública en su escrito acusatorio, hay otras pruebas documentales de las cuales el Ministerio Público no ha mencionado al Tribunal Unipersonal que no renunciado a ellas, y que tales medios de pruebas tiene que tomar en cuenta que hay comunidad de las pruebas por parte de la Defensa. Seguidamente la Vindicta Publica procede a informar que son pruebas instrumental para ser exhibidas en el debate conforme a os artículo 342 y 358, ya que fueron acatas de entrevistas durante la investigación. Se le concede el derecho de palabra a la Defensa solicita que sean exhibidas, y es preciso en honor al objetivo común de la búsqueda de la verdad, y pido que se le inste al Ministerio Publico para ser exhibidas, ya que la defensa lo que propone es acreditar la verdad de los hechos. Y el Tribunal considera que en el escrito fueron realizadas como otras pruebas, pero para mantener el equilibrio y la igualdad entre las partes, se ordena la lectura de las mismas, acto seguido el Ministerio Público procede a darle la lectura a las actas de entrevistas, siendo éstas las siguientes Ministerio Público procede a darle la lectura a las actas de entrevistas, siendo éstas las siguientes: Otras pruebas del Ministerio Publico. 1)DENUNCIA COMUN, de la ciudadana LEAINE JOSEFGINA MOLINA DURAN, rendida por ante la Fiscalia 33 del Ministerio Publico. 1.1.) ENTREVISTA VICTIMA, de la de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., rendida por ante la Fiscalia 33 del Ministerio Publico. ACTA DE ENTREVISTA, de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., en el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. 2) ACTA DE ENTREVISTA, de la ciudadana MOLINA DURAN LEAINE JOSEFINA, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. 3) ENTREVISTA, realizada a la ciudadana MOLINA DURAN LEAINE JOSEFINA, rendida por ante la Fiscalia 33 del Ministerio Publico. 4) ACTA DE ENTREVISTA, realizada a la ciudadana PRIETO CAMPOS MAIBELYN CAROLINA, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. 5) ACTA DE EMTREVISTA, realizada a la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. 6) ACTA DE ENTREVISTA, realizada a la ciudadana A.O.Y.E., rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. 7) ACTA DE EMTREVISTA, realizada a la ciudadana DURAN CRIOLLO M.L., rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. Seguidamente el Tribunal procede a otorgarle la palabra a la Defensa, quien en este acto consigna el informe social de fecha 01-010-07, recibida en la sede de la Fiscalia N° 33 del Ministerio Público. Y el Informe Social de fecha 16-10-07, suscrito por el trabajador Social J.L., y seguidamente procede a consignar las siguientes pruebas documentales de la Defensa: 1) Solicitud realizada por la ABG. T.T. VILCHEZ, 2) Oficio 0936 de fecha 26 -10-2007, recibido por ante la Fiscalia en fecha 01-10-07, en el cual solicita que sea Practicado Informe Social a la Niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.. OFICIO N° 0936, emanado del C.E.d.D.d.N. y del Adolescente del Zulia, y recibido en fecha 26 de Octubre de 2.007, en el cual remiten informe Social realizado al Núcleo Familiar de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., suscrito por el Lic. J.L. Q. 3) C.d.R. del ciudadano J.P., emanada de la Parroquia F.E.B.. 4) C.d.B.C. del ciudadano J.P., emanada de la Parroquia F.E.B..- 5) Carta de Trabajo suscrita por el Gerente de Ventas ISNERVA BOSCAN, de la Empresa SOLQUIVEN.- 6) DOCUMENTO, de fecha 10 de Julio de 2.007, en el cual se observa la recolección una serie de Firmas con indicación de cedulas de identidad de personas.- Presentadas como copia fotostática simples por cuanto los originales corren insertas a las actas procesales. A continuación la defensa procede a solicitar permiso al Tribunal para darle lectura total a el Informe Social, suscrito por el trabajador Social J.L., lo cual le fue concedido por la Juez Presidente, y por ello da la lectura total al mismo. Asimismo esta defensa procede a peticionar que se consigne las actas de entrevistas ya que las mismas para ha ser actas jurisdiccionales pertenecientes al Tribunal. A continuación este Tribunal insta a la Vindicta Publica que proceda a consignar las actas de entrevistas. La Vindicta Pública no entiende la entrega de la Actas de Entrevistas ya que las misma no tiene valor probatorio. Una vez escuchadas a la Defensa y a la Vindicta Pública, y recuerda lo que establece el principio de licitud de la pruebas, y la ser leídas deben ser incorporadas a las actas. Se deja constancia que el Ministerio Público hace referencia que el Ministerio Público hace referencia al 342 del Código Orgánico Procesal, la Juez Presidenta le establece al Ministerio Público que respecte la tutela judicial efectiva y el debido proceso, y le agradece que finalmente agregue las actas de entrevistas, seguidamente la Fiscalia N° 33 procede a consignar en original las siguientes actas de entrevistas, de la menor IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., rendida por ante la Fiscalia 33° del Ministerio Público, y ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas de fecha 21-05-07. Acta de Entrevista de la ciudadana LEANY MOLINA ante la Fiscalia N° 33, 16-05-07 que cuando coloca la denuncia; acta de entrevista de fecha 21-05-07, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas, por la señora LEANY MOLINA. Acta de entrevista de la ciudadana M.M.d. fecha 01-06-07, rendida por ante la Fiscalia 33° del Ministerio Público. Entrevista de la ciudadana MAIBELIN C.P.C. de fecha 22-05-07, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas. Acta de entrevista de la NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas, de fecha 25-05-07. Acta de entrevista de A.O.Y.E., rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas de fecha 22-05-07. Y el acta de entrevista de la ciudadana DURAN CRIOLLO M.L., 25-05-07, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas: seguidamente la Juez le impone una vez más al ciudadano acusado J.G.P.P., lo establecido en los artículos 1, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16,17, 19 y 22 todos del Código Orgánico Procesal así como en los artículos 26 y 49 en su ordinales 1°, , y 5 ° de Nuestra Carta Magna, y este le expresa a la Juez Presidenta que desea declarar y expresa lo siguiente: exactamente eso fue el día lunes 14-05-07, y quisiera alegar que no el porque del motivo, y vengo a recalcar mi inocencia, yo no me explico porque motivo, y no se porque estas personas iban a llegar a este extremo, recalco que soy inocente y quieren seguir para hacerme daño, y temo a dios sobre toda las cosas y sería incapaz para hacer una cochinada de esa de esa cochinadas antes los ojos de Dios es impuro, ya que la palabra de dios dice deja que los niños vengan a mi, y quien soy yo para realizar daño a una niña. Seguidamente la Juez le otorga el derecho de palabra al Ministerio Público para que realice las preguntas que habien considere realizar, expresando que no tiene preguntas por efectuar, seguidamente se le concede la palabra ala defensa privada para que efectué las preguntas que considere pertinentes, expresando la defensa al Tribunal que no desea realizar preguntas. Seguidamente el Tribunal se dirige a la Representante legal de la niña victima IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., ciudadana LEANY MOLINA quien expresa lo siguiente al Tribunal: “La los hechos ocurrieron el día 15-05-07, y a las pruebas me remito, por lo que mi hija ha tenido que pasar en este caso, yo solo vengo en su representación, y usted fue testigo de cómo ella se expreso y lo que ella recordó, y por mi delicado estado de salud, a estoy esperando lo que usted tenga de decidir. Y todos lo hemos realizado por los términos legales, y mi esposo cuando se acercó a la mamá del Señor J.G. mamá para decirle que había formulado de una denuncia, y nunca más le vimos la cara, y le venimos a ver la cara cuando le dieron la medida privativa de libertad, que su esposa me ofreció ayuda para llevar a la niña al hospital, simplemente pido justicia, ya que la niña es la única afectada en todo esto”. Seguidamente se le concede la palabra al ciudadano Y.A. como progenitor de la niña víctima quien expreso al Tribunal lo siguiente : “Que pague lo que tenga que pagar y se condene, es todo”.

IV

DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Determinadas, establecidas, acreditadas y comprobadas anteriormente las diversas circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre la ocurrencia de los hechos donde se estableció el corpus delicti conforme al análisis de comparación y adminiculación entre sí de los diversos medios de pruebas que fueron recepcionados durante el debate, atendiendo a lo previsto en los Artículos 19 y 22 ambos del Código Orgánico Procesal penal. Este Tribunal Constituido de forma Unipersonal luego de haber sido analizado, apreciados y valorados todos y cada uno de los medios de prueba, recepcionados durante el Debate oral, conforme a lo dispuesto a los articulo 19 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal, se llegó a la conclusión que el acusado

J.G.P.P., es Autor y responsables penalmente de la comisión del delito del DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal en el Ultimo aparte del articulo 376, en concordancia con lo establecido en el articulo 374 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio de VÍCTIMA: NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., lo cual quedo demostrado y evidenciado con los testimonios de los ciudadano 1) La niña VÍCTIMA: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., victima en el presente caso, quien compareció al debate probatorio y rindiera testimonio controlado por las partes y en presencia del acusado de auto, donde señalo al acusado como Goyo el gordo y quien le había metido el dedo en el coco. Animismos con los testimonios de los progenitores de la Niña la ciudadana LEAINE JOSÈFINA MOLINA DURAN, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.182.822, y que es la progenitora de la niña victima IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. “Que ya los hechos ya van a cumplir dos (2) años, y para esa fecha la niña tenia tres (3) años, ella por estar embarazada de nuevo fue hospitalizada, por presentar un embarazo prematuro, y luego que fue dada de alta estuve en mi casa en reposo, el señor tiene años conociéndonos yo lo conozco desde muy niña y el llego a visitarme con su esposa, mi hija siempre ha sido muy melosa y cariñosa, y se fue con una primita a su casa y se llevaron unas películas de muñequitos, como a eso de las 5:20 el papa regreso de trabajar y la mando a buscar, cuando la niña llega, un poco llorosa y nos metimos a bañar y cuando le quito la ropita y le hecho jabón ella me dice que le arde y que le dolía, cuando la estoy vistiendo, ella me comenta que “GOYO EL GORDO” le había tocado el coco con el dedeo, cuando yo le abro su partecita y la tiene enrojecida como una chupeta, y llamo al papá para comunicarle,…/… otro día que realice la denuncia formal ante el Ministerio Publicó, después de haber realizado dicha denuncia me dieron un oficio y fui al medicatura forense donde le practicaron el examen a mi hija, y a ella la remitieron a un psicólogo y aun psiquiatra, …/…”

Con el testimonio del Ciudadano Y.E.A.O., progenitor de la Víctima niña quien afirmo que “expone: “Ese día estaba trabajando, mi esposa estaba de reposo porque estaba embarazada, cuando llego no consigo a la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., me dicen que se fue la niña con J.G. y su Esposa, a ver una película, cuando salgo a buscarla veo a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. que le diga a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. que se venga, cuando ella llega ella se mete al baño, la mamá la baña y cuando la esta bañando en el cuarto tenia su parte irritada y me llama y le veo sus parte irritada, entonces ella le daba miedo contarme y ella me cuenta que la cuando estaban viendo la película el le bajo la pantaleta y le froto sus pàrtes con sus dedos, yo fui a casa del señor y en el momento que llego me consigo a su esposa le digo lo que dice la niña ella me dice que mentiras porque ella estaba alli y lo cierto es que el seño estaba solo, de allì le dije que llevaría a la niña al Mèdico, es todo”.

Con el Testimonio de la ciudadana M.L.D.C., titular de la cedula de identidad Nº V-8.079.024, quien expone: “Yo conozco que la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. ella fue a su casa de el, entonces el la agarro a ella y después la niña llego llorando a la casa, de lo que le había hecho el a ella, entonces llego a su casa llorando asustada, entonces la fueron a llevar al hospital porque a el no le hicieron nada en el momento, entonces el le hizo algo a la niña, si porque el no podía hacer nada, es todo”. A las preguntas del Fiscal del Ministerio Público. ¿Puede indicar al Tribunal el nombre de la niña llego llorando? Contesto: “Identidad Omitida por disposición legal.” Otra ¿Puede indicar el nombre de la persona que la llevo a su casa? Contesto:”Perozo”. Otra ¿Puede indicar cual fue el daño que le hizo a la niña Identidad Omitida por disposición legal.? Contesto: “El le metió el dedo”…./… Otra ¿Usted conoce de vista trato y comunicación a la persona de nombre J.G.P.? Contesto: Si como 9 años”. Otra ¿Usted sabe cual fue le persona que le hizo daño a la niña? Contesto: “Claro él” Otra ¿Usted reviso a la niña? Contesto: “La madre” a las preguntas de las Defensa Contestos: ¿Cómo sabe usted que le hicieron un daño a la niña? Contesto: “Porque él estaba allá, y la tenia sentada en las piernas”. Otra ¿Cómo sabe que su nieta no estaba en la cabuya? Contesto: “Con la cabuya no fue”. Otra en su casa había una cabuya? Contesto: “La cabuya la agarraba el perro” Otra ¿Cómo llega IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. a su casa? Contesto: “Llorando”. Otra ¿Con quien se fue IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “Con otra niña para que J.G.” Otra ¿A ocurrido problemas con otro familiar similar? Contesto: “No”. Otra ¿IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. acostumbraba jugar en la calle o en otras casa? …/…”.

Con el testimonio de la Ciudadana E.D.C.T.A., de profesión Médico Forense Psiquiatra adscrita a la Medicatura Forense quien expone: “Ratifico en todas y cada una de sus parte el informe que se me pone de manifiesto de fechas, 04-06-07 y 11-09-2.007, reconozco como mía la firma que la suscribe, conclusiones no hubo atascos significativos, es todo”. A las preguntas del Fiscal del Ministerio Público, ¿En que fecha practico la evaluación a la niña? Contesto: “Aparece dos fecha 04-06-2.007 y 11-09-2.007”, Otra ¿Indique el nombre de la persona que le hizo el examen? Contesto: “Identidad Omitida por disposición legal. Andrade de tres años de edad”. Otra ¿Fue la niña acompañada de un representante? Contesto: “Con la abuela materna” Otro ¿Cuál fue el método implementado? Contesto: “Se hizo un examen psiquiátrico y el método se uso observación interrogación y el examen mental”. Otra ¿Cuál fue el resultado de la evolución Psiquiatrita? Contesto: “Se concluyo que la niña no presentaba trastornos mentales para el momento de la evaluación” Otra ¿Reconoce el sello y firma? Contesto: “Si”. A las pregunta de la Defensa ABG. T.T., ¿La niña acata o no ordenes? Contesto: “En el momento que la evaluó la niña acta ordenes”. ¿Ese ambiente en que la persona van a realizarse el examen afecta el resultado? Contesto: “Para el momento de que se hace el examen, la prueba sicológica no había trastorno presentado por la niña, …/…A las pregunta del tribunal señalo ¿Según el estudio que usted le hizo a la niña que cree usted según su experiencia que paso? Contesto: “Ella narro lo que paso, me metió la mano en el coco, ella narro lo que sucedió”.

De igual manera, con el testimonio de la testigo, M.A.F.A., de profesión Psicólogo Forense adscrita a la Medicatura Forense de Maracaibo del Estado Zulia, quien expone: “Ratifico en todas y cada una de sus parte el informe que se me pone de manifiesto de fechas, 04-06-07 y 11-09-2.007, reconozco como mía la firma que la suscribe, eso fue el 4 de junio del 2.007, se presento la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., quien se presento con su abuela materna a la medicatura forense, se le hizo la evaluación y no presento trastornos mentales, es todo”. A la preguntas del Fiscal del Ministerio Público, contesto: La versión de los hechos he hecha por usted o por la Psiquiatra? Contesto: “Se refiere a mi”. Otra ¿La niña cuando ella hizo la narración de los hechos, estaba acompañada por un familiar? Contesto: “No estaba sola”. Otra ¿Es una niña de tres años, le fue fácil para usted que una niña le narrara a usted por que acudió a realizarse la evaluación? Contesto: “Yo le hice esa pregunta y inmediatamente me narro lo que le sucedió, gocho que me metió en el coco el dedo con la mano”. Otra ¿Ella cuando le informe lo sucedido lo hizo en forma verbal o a través de su cuerpo? Contesto: “En forma verbal”. A la s pregunta de la defensa contesto: ¿Qué quiere decir usted que con que la niña no obedecía ordenes? Contesto: “En el momento de la evaluación la abuela materna indico que no obedecía ordenes y en el momento de la evaluación le se mando hacer una actividad y se le tuvo que repetir en reiterada oportunidades por lo cual no acataba ordenes” Otra ¿La supervisión que requiere IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., es en todo momento? Contesto: “En razón a la higienes, a las tareas diarias por la edad que tiene” ¿Qué pregunta en concreto le realizo a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. DESIRE para que le narrara los hechos? Contesto: “Primeramente esto fue en el 2007, por lo general se le pregunta porque estas aquí, que te sucedió, todo depende del niño” Otra ¿En caso de IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. ella estaba acompañada? Contesto: “Ya lo indique que la niña entra solo para el momento de la evaluación”. Otra ¿La persona que acompañaba a la niña quien era? Contesto: “La Abuela materna”. Otra ¿Qué datos le da la persona que acompañaba a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “Datos sobre la salud, la dirección, datos que la niña por la edad no lo puede dar, es para ello que es necesario que este el representante de la menor” Otra ¿De acuerdo a su evaluación IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. es una niña normal? Contesto: “si, para su edad”.

Con el testimonio de MAIBELYN C.P.C., quien expuso Tengo conocimiento que en esos momentos la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., se encontraba en la casa del señor J.G., yo estaba barriendo el frente cuando vi que se fue la esposa del señor, al rato se fue la niña corriendo a su casa, al rato escuche los rumores de lo que había sucedido con la niña, después vi que el señor se fue de su casa por la parte de atrás, después fue su hermano a buscar el carro del señor, al ver que todo sucede yo le comento lo que sucedió con M.J., me dijo porque no lo había hecho antes porque yo le reclame y me dijo que el le había tocado la barriguita, el le hace eso a mi hija cuando mi hija entra a la casa, yo lo que vi extraño allí que si el señor no tiene la culpa de nada porque se fue, y la niña en su propia cara le dijo al señor que si tu me agarrantes el coco y la cerca es de cuadros como dice la niña, es todo”.

Con los testimonio promovido por las defensa ciudadana MARILEINY G.R.P., quien expone: “Del caso casi no se nada , eran horas de clases, soy vecina de ello, cuando llegue mi mama me contó lo que había pasado, no se muy bien lo que paso ese día, Yo conozco a J.G., yo he trabajado con el desde los 14, éramos varias niñas trabajando con el, nunca se paso con nosotras su conducta fue intachable. es todo”. Con el testimonio de N.A.P.R., titular de la cédula de identidad N° 9.129.356, quien expone: “Ese día se que la señora Johanna estuvo en mi casa a llamar a su mama se regreso y de lo que se habla digo que es mentira de lo que se le acusa al señor J.G., a el nunca se le ha escuchado ni mala palabra, buen vecino, buen esposo, buen hermano, buen esposo; todos los vecinos repudian lo que le esta pasando; respecto a los otros vecinos, se puede decir que si son de malos vecinos, son problemáticos , sus niños se la pasan en la calle; es todo”. Con el testimonio YOXANDRA DEL C.A.F., expone: “Yo escuche los comentarios de la niña que supuestamente la habían violado, quede sorprendida, conozco al señor desde chiquita, compartíamos cosas, no paso nada conmigo para decir eso, la niña se la pasa en la calle jugando con mas niños, eso es lo que escuchado, conmigo nunca se llego a pasar y con mis tías también salimos y nunca nos puso una mano encima, es todo”. Con el testimonio de L.F.C.G., expone: “Eso fueron unos comentarios que llegaron a la comunidad donde vivimos, yo no tuve conocimiento porque no presencié, fue por comentarios que me entere. No tuve gran conocimiento de eso, fue por comentarios, a mi me extraño yo lo conozco como desde hacen 10 años, siempre ha sido honrado y trabajador, me extraño que o acusaran de eso, es todo”. Con el testimonio de G.M.M.D.Q., quien expone: “Yo en ningún momento estuve acá, estaba en Punto Fijo y me llamaron allá, me llamaron porque dije que cualquier cosa yo venia, el en ningún momento se ha pasado con mis hijas, tengo 16 años de conocerlos, mis cuatro hijas han trabajado con el, ya ellas son unas señoritas y todas trabajaron con el; es todo”. La Defensa renuncio a los testimonio de Mayerlyn Rios Pulido de Karelis Medina, de Kirdia Quero medina, y D.S..

Con el testimonio de la Dra. L.L.M.M.F.; y se le pone a disposición solicitado por el Ministerio Publico informe medico suscrito por la Médico H.L., para su interpretación quien expone: “La horquilla es la terminación del himen, que continua con la rafe medio de la región vulvar, se describe laceración en horquilla vulvar; esta es una mucosa fibra muy laxa de color rosado normalmente, se describe una laceración, laceración en la perdida la laceración Es la perdida por roce de dicha mucosa, perdida de la solución de continuidad con descamación o grietas. Himen de forma anular de bordes lisos sin desgarro sin lesiones traumáticas ni señas de haberlas sufrido. Conclusión: Se describe el himen, se evidenció lesiones en la horquilla vulvar en genitales externos producidas por la introducción de pene en erección o similar. Esto porque se hace una presión genital en la menor, de tal manera que va a haber una perdida de solución de continuidad… Con data meno de 24 horas, por haber A las preguntas del Ministerio Publico contesto: ¿Qué fecha tiene ese informe? Se examino el 16 de Mayo 2007, y trascrito el 18 de mayo 2007. OTRA: ¿Cuál es el nombre de la paciente? Identidad Omitida por disposición legal. D.A.M.. OTRA: ¿Qué especialidad tiene? 15 años Medico cirujano y 5 como gineco obstetra y 5 medico forense. OTRA: ¿La Hiperemia, es compatible con una irritación o pañalitis? Contesto: Se hubiera descrito en el informe y siempre esta en toda la región genital, por el amonio de la orina. Por lo que no es compatible. Además hay laceración por lo que tuvo que haber una fuerza tencil para que se rompa y abra y se produce este tipo de lesión. OTRA: ¿Puede mencionar otros objetos de los señalados? Según el informe solo semejantes a esos objetos mencionados,… OTRA: ¿La horquilla vulvar forma partes de que genitales? De los genitales internos, están cubiertos por los labios mayores. OTRA: ¿Explique que dice que no hubo perforación? Porque la laceración es la ultima parte, y no lo había en ese momento. OTRA: ¿Qué nivel de los genitales afecta? Allí no hay piel. OTRA: ¿Es posible que se haya ocasionado por la ropa interior o fue directamente? De acuerdo a esto es a consecuencia de una fuerza tencil sobre la zona. OTRA: ¿Esa fuerza pudo ser ocasionada por un mecate? No, es de lo externo a lo interno, se hubiera evidenciado excoriación por roce, pero hubo laceración, ruptura de mucosa. A la s Pregunta de la Defensa contesto: ¿Qué es mas severo? La laceración, por la pérdida de la continuidad de la mucosa. OTRA: ¿Qué otro tipo de eventos pudiera ocasionar esta laceración? Por varias cosas, pero para eso existe el diagnostico diferencial, acá se describe por fuerza tencil de un objeto duro semejante al palo, o pene… OTRA: ¿En este caso pudo haber sido mucho roce? No solo es el roce, es la fuerza tencil de la zona, por algún objeto. OTRA: ¿A que se llama fuerza tencil? Una fuerza de lo externo a lo interno, como una relación sexual. OTRA: ¿La laceración puede ser causada por otra causa, como rascarme fuerte? No. La laceración rompe. Rascarse produce excoriación, enrojecimiento. OTRA: ¿Si tenemos un área genital desaseada y se le aplica una fuerza de roce continuo o golpes, se puede producir esta lesión? No. OTRA: ¿La laceración es una lesión traumática? Trauma significa un choque entre un objeto móvil con otro fijo, que anteriormente dijimos que debemos hacer diagnostico diferencial, traumatismo vulvar con abuso sexual; el traumatismo va a ser directo. Podemos decir científicamente que si, en líneas generales. OTRA: ¿Qué tiempo tarda en sanar? Cinco o seis días, por las fibras de colágeno en la zona. OTRA: ¿La fuerza tencil también puede roce? Si. OTRA: ¿La horquilla vulvar forma parte de forma parte de los genitales externo o internos? Internos, están cubiertos por los labios mayores y menores. OTRA: ¿A las 24 horas de una lesión como debe ser la hiperemia? No debe haber después de las 24 horas. Depende de la lesión. OTRA: ¿Las niñas, acostumbran a secarse solas en el baño? Depende de la madurez. Deben de educarles bien para el aseo. Es todo por la defensa.

Este Tribunal de manera Unipersonal valora y aprecia los testimonios de la Victima niña, IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, por cuanto la misma afirma que Goyo el gordo le metió el dedo en su coco. Este Testimonio con el de su progenitora guarda directamente una relación por cuanto la progenitora de la niña cuando la baña y la revisa observa que tiene su parte enrojecida como lo que ella llamo una “Chupeta”. Además la niña que manifiesta que le arde, y cuando ella le cuenta señala que Goyo le metió el dedo en su coco, pero que no le cuente a su papa. Asimismo, esta Juzgadora al valorar la testimonia de la Experta Medico Forense de la experticia que realizará la Dra. H.L., observa de la conclusiones del referida Experticia del Examen Medico Legal, que Indica que: en su Genitales Externos: Labios Menores: Hiperemia en cara interna de ambos labios menores. Horquilla Vulvar: Laceración en mucosa de Horquilla vulvar. 2.- Himen de forma anular de bordes lisos. Sin Desgarros. 3.- Sin lesiones traumáticas ni huellas de haberlas recibido. Fuera de la esfera Genital. 4.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: Normales. Tono del Esfínter: Conservado. 5.- Conclusión: 1.- No hay desfloración. Las lesiones descritas en genitales externos fueron producidas por la introducción y roce de objeto duro y romo que semeja al pene en erección o similar con una data menor de veinticuatro horas. De igual manera esta Juzgadora valora el testimonio de la Dra. L.L. por considerar que de acuerdo a los conocimientos Científico, la misma indico que en el referida experticia se observa: que la “La horquilla es la terminación del himen, que continua con la rafe medio de la región vulvar, se describe laceración en horquilla vulvar; esta es una mucosa fibra muy laxa de color rosado normalmente, se describe una laceración, laceración en la perdida la laceración Es la perdida por roce de dicha mucosa, perdida de la solución de continuidad con descamación o grietas. Himen de forma anular de bordes lisos sin desgarro sin lesiones traumáticas ni señas de haberlas sufrido. Conclusión: Se describe el himen, se evidenció lesiones en la horquilla vulvar en genitales externos producidas por la introducción de pene en erección o similar. Esto porque se hace una presión genital en la menor, de tal manera que va a haber una perdida de solución de continuidad… Con data meno de 24 horas, por haber. A las preguntas de la defensa y del ministerio Público si esta laceración puede producirse con un mecate la misma afirmo que no, por cuanto produciría otro tipo de lesión, y que por ser la zona que no tiene dermis ni epidermis, se trata d e una zona mucosa y con el roce de la fuerza tencil de afuera hacia adentro produce laceración, además se observo Hiperemia en cara interna de ambos lado de labios menores. Y Horquilla Vulvar, con laceración en mucosa de H.V.. Señalando que la Dra. H.L., dejo constancia de esas dos Lesiones las cuales no deja huella por ser una zona mucosa. Por ello, s e valora además la referida experticia. De igual manera, se Valora el informe MEDICO FORENSE, Nosotras, DRA. E.T., PSIQUIATRA FORENSE y PSIC. M.A. FINOL, PSICOLOGO FORENSE, quienes señalaron que en fechas El día 04/06 y 11/07/07, en el servicio de Psiquiatría de esta Medicatura Forense, practicamos evaluación Psicológica y Psiquiatrita con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Edad cronológica. 03 años de edad. Lugar y Fecha de nacimiento: Maracaibo, 15/12/03, Estado Civil: Soltera. Grado de Instrucción: Ninguno. Ocupación: Estudiante. Informante: La Examinada y su Abuela Materna, C.I 9.028.993, MOTIVO DE REFERENCIA: Para realizar valoración Psiquiatrita y Psicológica, VERSION DE LOS HECHOS: Refiere la examinada: “Gollo que me metió el dedo en el coco con la mano”, De igual manera queda acredita la edad de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, CON EL ACTA DE NACIMIENTO ASENTADA EN LOS LIBROS LLEVADOS POR LA JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA CHIQUINQUIRA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, nº3743, DURANTE EL AÑO 2001, LIBRO 1-10. DONDE INDICA QUE EFECTIVAMENTE LA MENOR: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. NACIO EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003, y que es hija de Y.E.A.O. y LEANI J.M.D.. Este Tribunal al comparar las declaraciones de los entrevistado por la Vindicta Pública ante el Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalística, y antes el Despacho Fiscal, a solicitud de la defensa, observo que aun cuando no le fue puestas de Exhibición a los testigos IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., Leainen J.M.D., M.A.M.M., MAIBELYN C.P.C., M.J.R.P., Y.E.A.O., Y M.L.D.C., antes referidos en las mencionadas actas de entrevista donde se evidencia del contenido que al ser comparados con los testimonios rendidos y controlados por ambas partes, los mismo guarda directamente relación con los hechos que investigo el Ministerio público en lo cual no se observa discreparían en los mismo, solo algunas precisiones en las actas de entrevista con relación al año, no se ven contradicciones en los mismo. Las declaraciones realizadas durante el debate de los antes citados testigos, aun cuando los hechos ocurrido data de 15 de Mayo 2007, han trascurrido dos (2) y 3 meses y sin ser exhibido a los referidos testigos, las citadas, actas de entrevista como fueron promovido por el ministerio público de conformidad con el articulo 242 y 358 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual evidencia que no varían en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que ocurrieron los hechos que quedaron planamente demostrado en el desarrollo del debate oral, como el Lugar de los hechos, lo cual quedo acreditado en la Vivienda del Ciudadano J.G., acusado, en el Sector Cuatro Centenario Parcelamiento los Altos 3, calle 95 ñ, casa Nº9291, Parroquia F.E.B., del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, De igual manera, con el testimonio de la Niña Victima que dejo sentado que eso fue en la casa de Goyo el gordo, asimismo, como de los testimonio del misma acusado: J.G.P.P., quien al declara sin juramento señalo que si era cierto que la niña Diómela A.M. estuvo en su casa viendo una Película, y que el mismo estaba acostado en la hamaca, la niña sentada en una silla frente al televisión y que su esposa también estaba allí. Testimonio éste que al relacionando se evidencia y queda demostrado el Lugar de los hechos y de la presencia de la niña en la referida casa d e habitación del acusado de auto. Así como lo señalo su esposa J.P.G., quien manifestó que si la niña estuvo en su casa viendo una película, ese día. Así quedo establecido con el testimonio de la niña quien es su prima de nombre IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., quien afirmo que estuvo en casa del Goyo el gordo con diómela y que ella se fue y diómela se quedo y que después la fue a buscar a petición del papa de diómela, lo que queda demostrado que la niña estuvo en esa casa, corroborando lo antes señalado por la niña diómela, lo que se confirma con el Informe Medico Legal a sus genitales que científicamente quedo demostrado que fue a través de un dedo o pene o otro objeto duro y romu que le produjo la hiperemia a la niña en cara interna de ambos labios menores, aunado a la otra lesión de laceración en mucosa de horquilla vulvar. Es importante destacar que con el informe Psicológico y Psiquiátrico quedo demostrado que la niña de tres (3) años de edad, ya reconocía sus partes, y distinguía colores y otros aspectos que hace concluir a las referida psicóloga y psiquiatra que la niña es totalmente normal para su edad.

Asimismo, este Tribunal aprecia el informe Social, aun cuando no puede darle valor probatorio ya que el Licenciado Juan Linares, no compareció al juicio oral y público, aun cuando a que se ordeno mandato de conducción realizado a los mismo. De igual manera, se aprecia los testimonio de la Defensa: testimonio de L.F.C.G., quien expone: “Eso fueron unos comentarios que llegaron a la comunidad donde vivimos, yo no tuve conocimiento porque no presencié. Con el testimonio de YOXANDRA DEL C.A.F., expone: “Yo escuche los comentarios de la niña que supuestamente la habían violado, quede sorprendida, conozco al señor desde chiquita. Con el testimonio de N.A.P.R., expone: “Ese día se que la señora Johanna estuvo en mi casa a llamar a su mama se regreso y de lo que se habla digo que es mentira de lo que se le acusa al señor J.G., a el nunca se le ha escuchado ni mala palabra, buen vecino, buen esposo, buen hermano, buen esposo; todos los vecinos repudian lo que le esta pasando; respecto a los otros vecinos, se puede decir que si son de malos vecinos, son problemáticos , sus niños se la pasan en la calle; es todo”. Con el Testimonio de MARILEINY G.R.P., expone: “Del caso casi no se nada , eran horas de clases, soy vecina de ello, cuando llegue mi mama me contó lo que había pasado, no se muy bien lo que paso ese día, Yo conozco a J.G., yo he trabajado con el desde los 14, éramos varias niñas trabajando con el, nunca se paso con nosotras su conducta fue intachable. es todo”. Con el Testimonio de J.M.A.R., quien manifestó que “De conocer de los hechos, no mucho, hasta ahora que me explicaron lo que había pasado.

Quedando demostrado en el desarrollo del debate oral y público la comisión del DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal. para el acusado ACUSADOS: J.G.P.P.. De igual manera este Tribunal Unipersonal valora y aprecia las PRUEBAS DOCUMENTALES, las cuales fueron valoradas y controladas por ambas partes en el presente debate: como son: “1) INSPECCIÓN TÉCNICA: 0604,INVESTIGACIÓN PENAL: 24-F33-0384-07, DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES, MARACAIBO; 30 DE MAYO DE 2007, Realizada en la misma fecha, siendo las 4.25 horas de la tarde, se constituye una comisión del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub delegación san francisco, integrada por los funcionarios INSPECTOR JEFE C.D. y DETECTIVE G.R., adscritos a esa delegación, en: SECTOR CUATRICENTENARIO, PARCELAMIENTO ALTOS 3, CALLE 95Ñ, CASA Nº 92-91, PQ. F.E.B., MUNICIPIO MARACAIBO, ESTADO ZULIA; MACBO; 18 DE MAYO DE 2007, 2) EXAMEN MEDICO LEGAL, CIENCIAS FORENSES MARACAIBO, ESTADO ZULIA, La suscrita Dra. H.L., Experto Profesional Especialista I, vecina de este Municipio, sin impedimento legal para declarar, bajo fe de juramento y designada por ese despacho, para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplo en informar lo siguiente: El día dieciséis de Mayo de los corrientes, en la sala de examen de esta Medicatura Forense, practique examen medico con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, de tres años de edad, natural y con domicilio en este Municipio Maracaibo. Al examen Ginecológico: 1.- Genitales Externos: Labios Menores: Hiperemia en cara interna de ambos labios menores. Horquilla Vulvar: Laceración en mucosa de Horquilla vulvar. 2.- Himen de forma anular de bordes lisos. Sin Desgarros. 3.- Sin lesiones traumáticas ni huellas de haberlas recibido. Fuera de la esfera Genital. 4.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: Normales. Tono del Esfínter: Conservado. 5.- Conclusión: 1.- No hay desfloración. Las lesiones descritas en genitales externos fueron producidas por la introducción y roce de objeto duro y romo que semeja al pene en erección o similar con una data menor de veinticuatro horas. 2.- Ano-Rectal: Normal. MACBO; 21 DE AGOSTO DE 2007, DEPARTAMENTO DE CIENCIAS FORENSES, MARACAIBO, ESTADO ZULIA, 3) INFORME MEDICO FORENSE, Nosotras, DRA. E.T., PSIQUIATRA FORENSE y PSIC. M.A. FINOL, PSICOLOGO FORENSE, vecinas de este Municipio Maracaibo, sin impedimento legal para declarar, bajo fè de juramento y designadas por este despacho para reconocer a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Cumplimos en informar lo siguiente: El día 04/06 y 11/07/07, en el servicio de Psiquiatría de esta Medicatura Forense, practicamos evaluación Psicológica y Psiquiatrita con fines legales a la menor: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL: Edad cronológica. 03 años de edad. Lugar y Fecha de nacimiento: Maracaibo, 15/12/03, Estado Civil: Soltera. Grado de Instrucción: Ninguno. Ocupación: Estudiante. Informante: La Examinada y su Abuela Materna, C.I 9.028.993, MOTIVO DE REFERENCIA: Para realizar valoración Psiquiatrita y Psicológica, VERSION DE LOS HECHOS: Refiere la examinada: “Gollo que me metió el dedo en el coco con la mano”, ANTECEDENTES PERSONALES, FAMILIARES Y MEDICOS RELEVANTES: La Examinada es hija única, producto de la unión de sus padres. Afirma convivir actualmente con los abuelos maternos y su progenitora, AREA SALUD: Niega haber padecido de las enfermedades eruptivas, propias de la infancia. Así mismo, niega intervenciones quirúrgicas, hospitalizaciones y antecedentes psicopatológicos, AREA ACADEMICA: Refiere estar cursando actualmente el primer nivel de Educación Pre-escolar, AREA SEXUAL: Niega.,TECNICAS UTILIZADAS: Entrevista Psiquiatrita-Entrevista Psicológica-Observación-Examen Mental-Items Evolutivos. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSICOLOGICA: En cuanto a las evaluaciones Psicológicas realizadas, la examinada es una menor de tres años de edad, sexo femenino, la cual presenta un desarrollo cognitivo concreto, acorde a su edad. Reconoce esquema corporal en si y en otros. Nombra y asocia objetos con el uso que estos tienen. Identifica las figuras geometricas. Posee un lenguaje expresivo y comprensivo acorde a la edad cronologica. Emocionalmente, es una menoir inquieta, con dificultad para acatar y seguir ordenes, impuestas por figuras de autoridad, percibiendose estas como permisivas. Es inhábil para afrontr situaciones nuevas inesperadas producto de su edad y desarrollo cognitivo. No mide el peligro ni las consecuencias de sus actos, ya que su corta vida experiencial no le permite hacer abstracciones de sus actos. Requiere supervisión constante por parte de sus progenitores. Posee adecuada adaptación al medio donde se desenvuelve. RESULTADOS DE LA EVALUACION PSIQUIATRICA: La menor acude a la evaluación con adecuados hábitos higiénicos, con un buen desarrollo pondo estatural, su estado de conciencia es vigil, su lenguaje es coherente acorde a su edad cronológica permanece orientada en las partes de su cuerpo, figuras geométricas, objetos y sus funciones. Asi mismo en tiempo y persona significantes, acata y atiende las órdenes dadas. No se evidencia alteración ni actividad alucinatoria en el área sensoperceptiva, su pensamiento en curso y contenido es normal sin ideación delirante, presenta una respuesta afectiva acorde a los temas tratados, impresiona de nivel promedio en la intelectual y no tiene conocimiento del porque visita a la Medicatura. CONCLUSIONES: De acuerdo a los resultados obtenidos de las evaluaciones Psicológicas y Psiquiatritas realizadas, a la menor Identidad Omitida por disposición legal. Descree A.M., se concluye que esta no presenta indicadores significativos de trastorno mental, para el momento de la presente evaluación. DIAGNOSTICO: No presenta Enfermedad Mental. 4) ACTA DE NACIMIENTO ASENTADA EN LOS LIBROS LLEVADOS POR LA JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA CHIQUINQUIRA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, DURANTE EL AÑO 2001, LIBRO 1-10. DONDE INDICA QUE EFECTIVAMENTE LA MENOR: IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, NACIO EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003, y que es hija de Y.E.A.O. y LEANI J.M.D..

Esta Juzgadora valorar pero no aprecia, los testimonios promovidos por la Defensa Ciudadanos Joxandra del carmen atención, L.F.C.G., J.M. atención Romero, G.M., por cuanto los mismo no fueron coherente en su relatos ya que manifestaron no hacer visto nada en día de los hechos, y sus testimonio no demostraron una relación directa con el hechos que se ventila en juicio por cuanto trataron situaciones que como: YOXANDRA DEL C.A.F., expone: “Yo escuche los comentarios de la niña que supuestamente la habían violado, quede sorprendida, conozco al señor desde chiquita, compartíamos cosas, no paso nada conmigo para decir eso, la niña se la pasa en la calle jugando con mas niños, eso es lo que escuchado, conmigo nunca se llego a pasar y con mis tías también salimos y nunca nos puso una mano encima, es todo”. Con el testimonio de G.M.M.D.Q., expone: “Yo en ningún momento estuve acá, estaba en Punto Fijo y me llamaron allá, me llamaron porque dije que cualquier cosa yo venia, el en ningún momento se ha pasado con mis hijas, tengo 16 años de conocerlos, mis cuatro hijas han trabajado con el, ya ellas son unas señoritas y todas trabajaron con el. De igual manera, el testimonio de J.M.A.R., expone: “De conocer de los hechos, no mucho, hasta ahora que me explicaron lo que había pasado, me entere por comentarios, y a el lo conozco como una persona sana. Nunca lo he visto causar daño, es todo. Asimismo, el testimonio de L.F.C.G., expone: “Eso fueron unos comentarios que llegaron a la comunidad donde vivimos, yo no tuve conocimiento porque no presencié, fue por comentarios que me entere. No tuve gran conocimiento de eso, fue por comentarios, a mi me extraño yo lo conozco como desde hacen 10 años, siempre ha sido honrado y trabajador, me extraño que o acusaran de eso, es todo”.

Dichos testimonios citados mediante el términos de la distancia a los fines de comparecer en juicios indicaron no tener conocimientos directos de los hechos, lo cual los convierte para el derecho penal y procesal ni siquiera en testigos referenciales del hechos que nos ocupa, en virtud de que no aportaron nada del presente juicio, sino que sus testimoniales evidencias información relativa a la buena conducta del acusado de auto, lo cual para estos testigos, el acusado, J.G.P.P., de que de acuerdo a su percepción, es un hombre intachable, buen esposo y buen amigo. Pero es de resaltar, que en el caso que nos ocupa los referidos testigos deben no merecen ser valorados ni apreciados de acuerdo a la lógica, a las máximas de experiencia toda vez, que sus aportes fueron irrelevante para el esclarecimiento del hecho que nos ocupa y ASI SE DECLARA.

No obstante, esta Juzgadora considera que en el caso que nos ocupa, si se logró comprobar la participación del acusado de auto, así como su culpabilidad en el delito de actos lascivos violentos, por cuanto quedo evidenciado del análisis exhaustivos antes señalado, que la tipicidad como elemento del delito implica una relación de perfecta adecuación, de total conformidad, entre un acto de la vida real y un tipo penal en cuanto a cada una de las descripciones incriminantes de la ley penal, como quedo demostrado de la testimonial de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, su progenitora y la Medico Forense, Dra. L.L., en cuanto a la adaptabilidad de un acto a un tipo legal que tal como quedo comprobado en el debate oral y publico de la presente causa, el delito de actos lascivos que consiste en despertar el apetito de lujuria, deseo sexual, considerados como los tocamientos, manoseos, frotamiento, coito entre los muslos, la masturbación, etc. Estas situaciones esta considerado como delito de acto lascivo violento. Aunado a ello, se denomina para este tipo de delito en la violencia como violencia física o moral, en la cual no se produjo violencia física, pero si la moral con el abuso de confianza, en el presente caso, lo cual debe estar encaminada a vencer la oposición de la victima, y esta oposición debe ser real, no sólo aparente sino en la intención del agente: para que el actos lascivos constituyan delito, deben ser determinados por la intención del agente de excitar el apetito carnal en si mismo o en otro. Por lo que quedo demostrado en el debate oral y público la comisión del delito de DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña VÍCTIMA: NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., la participación del mismo en el referido hecho, y su consecuente responsabilidad Penal Y ASI SE DECLARA. Razones por las cuales este Tribunal en forma Unipersonal DECLARA PROCEDENTE en derecho DECLARA CON LUGAR la acusación Fiscal interpuesta en contra del referido acusado, todo ello conforme a lo dispuesto en el Articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.-

Razones por las cuales este Tribunal en forma Unipersonal Declara procedente en derecho Declara Con Lugar la acusación Fiscal interpuesta en contra del referido acusado, todo ello conforme a lo dispuesto en el Articulo 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA: SENTENCIA CONDENATORIA, en contra del acusado; J.G.P.P.; Por habérsele desvirtuado el principio de Inocencia que le asistía, considerarlo autor del delito de ACTOS LASCIVO VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 en concordancia con el articulo 374 Ordinales 1, del Código Penal, tomando en consideración de que el mismos no presentan conducta predelictual, y en tal sentido, esta Juzgadora considera, que la penalidad en caso de auto y sus consideraciones, y tomando como base la norma sustantiva establecida en el Artículo 376. El que valiéndose de los medios y aprovechándose de las condiciones o circunstancias que se indican en el artículo 375, haya cometido en alguna persona de uno u otro sexo, actos lascivos que no tuvieren por objeto del delito previsto en dicho artículo, será castigado con prisión de seis a treinta meses. Si el hecho se hubiere cometido con abuso de autoridad, de confianza o de las relaciones domesticas la pena de prisión será de uno a cinco años, en el caso de violencias y amenazas; y de dos a seis a años en los casos de los números 1 y 4 del artículo 375. Ahora bien tomando el limite de uno (1) a Cinco (5) años de prisión, para un total de Seis (6) años; esta Juzgadora, tomando el cuenta lo indicado por el legislador con relación a la aplicación de las penas, en cuanto al termino medio, de seis (6) años, su termino medio es de Tres (3) años, que es la PENA DEFINITIVA A CUMPLIR DE TRES (3) AÑOS DE PRISION. mas las penas accesorias establecidas en los articulo 16 y 34 del código penal ; pena esta que cumplirán en el establecimiento carcelario que disponga el Juez en Funciones de Ejecución que le corresponda conocer de la presente causa, Y ASÍ SE DECIDE. Este Tribunal en forma Unipersonal DECLARA CON LUGAR la acusación presentada por el Ministerio Público, y se MANTIENE al hoy penado bajo la medida que le fue impuesta es decir, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD, hasta tanto el Juez de Ejecución decida sobre el cumplimiento de la presente sentencia y de la modalidad de cumplimiento de la misma, por lo que quedaran a la orden del Juez de Ejecución que le corresponda conocer sobre la presente sentencia condenatoria. Y ASI SE DECIDE.

I

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

JUEZ PRESIDENTE: Dra. N.G.R.

FISCAL 33 º DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dra. M.F.F.

DEFENSORES PRIVADOS: Dra. TAHIS TRUJILLO y Dra. JUDMAR TRUJILLO

ACUSADOS: J.G.P.P., quien actualmente goza de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de libertad, de conformidad con el artículo 256 en sus ordinales 3° y 8°, según decisión 054-07 de fecha 20-12-07.

DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal.

VÍCTIMA: NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.

SECRETARIA DE SALA: Abog. L.V.R..

El presente Juicio Oral y Público, celebrado durante los días 13, 21, 28, de Mayo, y 02, 11, 16, 22, 25, 30, de junio del presente año 2009, por este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido en forma Mixta con Escabinos del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la Sala 7 de Juicio, Primer piso del Palacio de Justicia, sede del Poder Judicial en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, donde se cumplieron y se hicieron cumplir todas las formalidades de Ley que informan al debido proceso como son los principios de oralidad, publicidad, inmediación, concentración y contradicción, según consta del Acta de Debate levantada a los efectos, donde también consta la advertencia que hiciere el Tribunal a los referidos acusados sobre el posible cambio de calificación jurídica dada a los hechos conforme a los que ya habían quedado establecidos en el debate, según lo dispuesto en el Artículo 350 del Código Orgánico Procesal, por lo que el Tribunal les hizo la advertencia de ley sobre esa posibilidad, y lo relacionado para que prepararan su defensa, indicando éstos a su vez que no tenían nada que manifestar y que se continuara con el debate, acordándose su continuación; y, habiéndose diferido la redacción del texto integro de la Sentencia pronunciada, acogiéndose éste Tribunal Mixto al lapso establecido en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de su publicación, pasa de seguidas a redactar la correspondiente Sentencia dictada, la cual fue pronunciada una vez terminada la deliberación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código orgánico procesal Penal, donde se acordó por DECLARAR la CULPABILIDAD del Acusado J.G.P.P., por la comisión del delito de DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana VÍCTIMA: NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., estableciéndose el correspondiente grado de participación de cómo autor en la comisión del hecho que le atribuyera el Ministerio Público en su acusación, la cual fue admitida en forma por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal durante la Fase intermedia del proceso donde ordenaron la Apertura a Juicio. En tal sentido, este Tribunal Unipersonal pasa a elaborar la correspondiente SENTENCIA CONDENATORIA. Sentencia ésta conforme a lo previsto en el Artículo 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes:

II

DE LA ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO:

El presente Juicio Oral y Público ha sido con ocasión a la acusación interpuesta por el Ministerio Público donde acusa al ciudadano: Acusado J.G.P.P., por la presunta comisión del delito de: DELITO: ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de VÍCTIMA: NIÑA IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. Por los hechos que el ministerio Público le atribuyo que a continuación se describe: “Resulta que el día 15-05-07, la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., de 3 años de edad, le pide a su progenitora LEAINE J.M.D. una película para ir a verla con unos amiguitos en la casa del señor GREGORIO, a quien le dicen GOLLO, quien vive cerca de su casa y es conocido de la familia, como ella se encontraba delicada de salud, le dijo a su abuela M.L.D., que cualquier cosa que le avisara, como a las 5:30 de la tarde que llega su papa de nombre Y.A., quien la llamo ya que la niña se encontraba en casa de GREGORIO, y cuando viene su esposo le dice que se fuera a bañar que estaba muy sucia, por lo que la madre decide bañarse con la niña y es cuando le grita diciéndole mami me arde, la reviso y le noto que tenia irritado el coquito como una chupeta, así lo afirmo la progenitora de la niña, quien le pregunto porque le dolía contestándole la niña que GOLLO, o sea GREGORIO, le había bajado la pantaletica metiéndole el dedito en el coquito contándoselo también a su esposo. En fecha 16-05-09 se dirigieron a la Fiscalia trigésima Tercera del Ministerio Publico, donde formularon la denuncia y donde se ordeno la investigación correspondiente, enviando a la niña al Departamento del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalisticas, a los fines de que se le practicara el reconocimiento medico forense donde se determino, luego de ser evaluada por la DRA. H.L.; que la niña presentaba a nivel de los labios menores hiperemia y laceración en la mucosa de la horquilla vulva. Durante la investigación se practicaron varias entrevistas a varias personas entre ellas a la ciudadana: M.M., quien es la Madre de la niña Identidad Omitida por disposición legal. que se encontraba con la niña Identidad Omitida por disposición legal. para el momento en que ocurrieron los hechos. Igualmente rindió entrevista la niña Identidad Omitida por disposición legal. de 06 años de edad y su progenitora Maibelyn C.O., quienes manifestaron que el imputado J.G.P. también había realizados actos indecorosos, quien le toco con los dedos su parte intima. Es importante destacar que los hechos que se le atribuyen al ciudadano J.G.P., se pueden determinar de acuerdo a los elementos de convicción que han continuado especificaremos”. Una vez Verificada la presencia de las partes la Juez Presidenta declaró ABIERTO EL DEBATE de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 344 del Código Orgánico Procesal, siendo las doce y treinta y ocho minutos del mediodía, explicando a la audiencia sobre la importancia y significado del acto y advirtió a las partes que deben litigar de buena fe, ser coherentes en las preguntas formuladas a los testigos, las cuales no deberán ser capciosas, subjetivas, ni impertinentes y que deben mantener durante el debate los principios éticos profesionales y el debido respeto al Tribunal. Asimismo advirtió a los acusados que deberán estar atento a todos los actos del proceso y les informó que podrán declarar durante la audiencia sin prestar juramento, en las oportunidades que lo prefiera y considere conveniente, siempre y cuando no sea utilizada ésta como medida dilatoria del proceso, así como de mantener comunicación con sus defensor en todo momento para lo cual se ubica al lado del mismo, pero que no podrá comunicarse con la defensa mientras declara o le es formulada alguna pregunta y al público asistente que deberán hacer silencio para no interrumpir el principio de inmediación, mantener el buen orden y compostura en la sala durante el desarrollo de la audiencia, y que cualquier manifestación de indisciplina será severamente sancionada por el Tribunal.

III

DE LA DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ACREDITADOS

Una vez que el Tribunal declaró abierto RECEPCION DE LOS MEDIOS PROBATORIOS, y habiendo oído las exposiciones hechas por las partes, de forma inmediata, se procedió a recepcionar las pruebas ofrecidas por la parte acusadora (Fiscal del Ministerio Público) para que éstas fueran controladas por las partes en la Audiencia Oral y Pública, con el propósito de poder verificar sus afirmaciones, mediante los principio de la oralidad, inmediación, contradicción concentración y publicidad del debate con respecto a toda la recepción de pruebas presentadas y que fueron controladas por ambas partes las cuales consistieron en las siguientes:

1) Con el Testimonio del LEANINE JOSÈFINA MOLINA DURAN, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.182.822, y que es la progenitora de la niña victima IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., siendo juramentada y la testigo en mención expresa lo siguiente: “Que ya los hechos ya van a cumplir dos (2) años, y para esa fecha la niña tenia tres (3) años, ella por estar embarazada de nuevo fue hospitalizada, por presentar un embarazo prematuro, y luego que fue dada de alta estuve en mi casa en reposo, el señor tiene años conociéndonos yo lo conozco desde muy niña y el llego a visitarme con su esposa, mi hija siempre ha sido muy melosa y cariñosa, y se fue con una primita a su casa y se llevaron unas películas de muñequitos, como a eso de las 5:20 el papa regreso de trabajar y la mando a buscar, cuando la niña llega, un poco llorosa y nos metimos a bañar y cuando le quito la ropita y le hecho jabón ella me dice que le arde y que le dolía, cuando la estoy vistiendo, ella me comenta que “GOYO EL GORDO” le había tocado el coco con el dedeo, cuando yo le abro su partecita y la tiene enrojecida como una chupeta, y llamo al papá para comunicarle, y el se comunica señor y este le manifiesta que la señora que no encontraba por haber ido a la casa de su mamá suegra del señor, cuando mi esposo la llama para contarle lo que había contado la niña ella le dijo que se ofrecía a llevar a la niña al hospital, y nosotros nos fuimos por nuestra cuenta, y el señor desde ese ida se fue de su casa, no conseguimos médicos apropiados que la vieran, hasta el otro día que realice la denuncia formal ante el Ministerio Publicó, después de haber realizado dicha denuncia me dieron un oficio y fui al medicatura forense donde le practicaron el examen a mi hija, y a ella la remitieron a un psicólogo y aun psiquiatra, tuvo varias citas, bueno de ahí para hacha ella tuvo un acoso y yo tuve que solicitar una medida de proyección al Ministerio Público, y hago del conocimiento que mi menor hija consecutivamente ha realizado una pequeña regresión desde que le sucedió el hecho, y se torna un poco miedosa y de hecho ella todavía se acuerda de lo que le sucedió, y doy fe de que a l hija de la vecina, de paso por lo mismo pero que no paso a situaciones mayores. Es todo”. Seguidamente el Tribunal le otorga el derecho de palabra al ciudadana Fiscal Nº 33 del Ministerio Público a los fines de realice el interrogatorio de Ley a la testigo en mención, expresando lo siguiente: Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. Primera Pregunta: ¿Diga e informe al Tribunal la fecha en que ocurrieron los hechos? R: 15-05-07. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Indique al tribunal donde sucedieron los hechos? R: En casa del señor J.G., la casa donde vivía alquilado. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Puede indicar la dirección? R: Los altos tres, calle 95 el número no tiene, como referencia esta la mía. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Puede indicar a este tribunal donde se encontraba usted para el momento en la niña le manifestó lo que narro usted anteriormente? Acto seguido la ciudadana Juez Presidente le llama la atención al Ministerio Publicó, y le indica que reformule la pregunta. P: ¿Donde se encontraba usted, cuando le contó lo sucedido? R: Cuándo nos encontrábamos bañando. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Usted la reviso? R: Si y y parecía una chupeta. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas P: ¿Puede indicarle a este tribunal si usted examino la ropa interior que portaba la niña para este momento? R: Si. P: ¿Puede indicarnos que observo y que portaba de ropa? R: Un shorcito, una batica y una pantaletica, y la pantaletica estaba mojadita. P: ¿Puede indicar al tribunal que hizo con esa ropa? R: Después del examen Médico la ropa se le desecho. P: ¿Usted llevo esa ropa al Ministerio Público? R: No, no me la solicitaron. P: ¿Esa ropa tenia mancha de sangre? R: Si esta un poquito enrojecida. P: ¿Qué distancia hay de la casa de usted a la casa del señor J.G.? R: Una casa intermedia. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Cuanto tiempo tiene conociendo al acusado? R: Como al rededor de 15 a 16 años. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Ha tenido usted, problemas anteriores con el acusado? R: No, primera vez. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Cual es el nombre completo de la persona como su agresor? R: J.G.P.P., y se conoce el GOYO. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada, se deja constancia en actas. P: ¿Le indico su hija quienes se encontraban presentes para el momento de los hechos? R: Estaba el, ella y su primita IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.. P: ¿Usted puede indicar que la señora que es la esposa del hoy acusado no se encontraba para ese momento? R: Ella misma lo manifestó cuando mi esposo la llamo, y la muchacha de al lado manifestó que ella la vio salir. P: ¿Que tipo de relación o vínculo ustedes tenían con este acusado? R: Solo de amistad de hace muchos años, de hecho su mamá es evangélica. P: ¿Cuánto tiempo permaneció la niña en la casa del hoy acusado? R: Entre una hora y media o dos. P: ¿Se dirigió con alguna persona adulta para la casa del acusado? R: Se fue con ellos y la película. P: ¿Qué edad tiene la primita que usted menciona? R: Ahorita tiene 7 años para el momentos de los hechos tenía 5 años. P: ¿Le observo alguna lesión o herida en alguna otra parte del cuerpo a la niña? R: No, solamente lo que le vi en su coquito. P: ¿Por qué usted le solicito una medida de protección ala Fiscalia? R: La solicite en agosto, ya que mi abuela iba para la tienda, y un primo observo que le estaban tomando fotografías con el celular. Culmina el interrogatorio. Acto seguido le otorga la palabra a la Defensa, para que efectué su interrogatorio a la testigo en mención: Primera Pregunta ¿Sra. LEANINE el 16.-05-07, usted nos ha narrado que formulo una denuncia ante el Ministerio Público, le indicaron que los hechos que usted estaba denunciado lo estaba realizando bajo juramento? R: No, no me indicaron. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada. P: ¿Usted, dice que la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., salió de la casa con mi representado y su esposa y una primita? R: Si. P: ¿Donde estaba la niña? R: La niña se fue en compañía de él y su esposa, pero la niña estaba conmigo cuando él llego a visitarme. Solicito al Tribunal autorización para leerle un extracto de la denuncia que formulo el día 16-05-7, por considerar esta defensa que es necesario de la brusquedad de la verdad, y se deje constancia de esta autorización y de esta petición. Seguidamente la Vindicta Pública, se opone ya que la denuncia no fue ofrecida para ser exhibida, y el juez va conocer de lo que se diga en esta audiencia, y ella no experto a los fines corroborar, lo escrito en la denuncia, asimismo y solicito que se le inste a la defensa que realice unas preguntas precisas y consistas. Acto seguido se pronuncia la Juez por no haber contradictorio a ese punto, el Tribunal considera que se deje sin lugar la lectura, para ser alusiva a un contenido de una denuncia que el tribunal ni siquiera va a mirar, y le insta a la Defensa a que continué con su interrogatorio. P: ¿Con cuales amiguitos iba a ver la película? R: Con su prima. P: ¿Y por qué usted señala amiguitos? R: Porque ella iba en otras ocasiones a visitar la casa, con otros amiguitos. P: ¿De que esta impregnada la ropita de IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? R: La tenía un poquito mojadita y un poquito enrojecida. P: ¿Qué hizo con la ropa? R: Después del examen la deseche, y no me la pidieron. P: ¿Por qué la desecho? R: Para que mi hija no recordara más al verla. P: ¿Hay un familiar en concreto a quien se llama GOYO? R: Si, un primo. P: ¿Y como lo llaman? R: Goyo. P: ¿Desde cuando a mi representado lo llaman Goyo el Gordo? R: Desde de que yo tengo uso de razón. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada. Se deja constancia en actas. P: ¿Lo que usted observo en los genitales de IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. era la primera que lo observa. R: Si, primera vez, y ella fue muy concisa cuando yo le pregunte. P: ¿Qué edad tenía? R: Tres (3) años. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada. Se deja constancia en actas. P: ¿Es normal a que se espera a que llegue el papa de la niña para ir la a buscarla? R: No es normal. P: ¿Acostumbraba ir IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. a la casa de J.G.? R: De vez en cuando. P: ¿Con Identidad Omitida por disposición legal. donde juega IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? R: En su casa o en mi casa. P: ¿Donde vive Identidad Omitida por disposición legal.? R: Dentro del mismo terreno pero en otro anexo. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada. Se deja constancia en actas. P: ¿Usted, llego a entrevistarse con lo psiquiatras y psicólogos? R: Si. Y tuvo dos consultas. Solicito al tribunal que se deje constancia de la pregunta a realizar y de la respuesta dada. Se deja constancia en actas. P: ¿Le manifestaron algo de interés para usted estos especialistas? R: No en ningún momento, sus informes eran remitidos al Ministerio Público. P: ¿Como le decía a las películas de caricaturas, IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? R: Muñequitos, y cuando sucedió eso ella estaba viendo Scobby Duu. P: ¿A cual muchacha del lado se refiere usted? R: MAIBELIN PIRIETO. P: ¿Fue ofrecida por el Ministerio Público? R: Fue citada y declaro. P: ¿Cuantos años tenia IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. para el momento de los hechos? R: Tres (3) años, en diciembre cumple cuatro (4). P: ¿Fue IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. con algún adulto a la casa de J.G.? R: Ya la respondí. ¿Bueno Vuélvela a responder? R: Con J.G. y su esposa y la p.I.O. por disposición legal.. Culmina el interrogatorio. Seguidamente el Tribunal establece que no tiene preguntas que realizar, a la testigo. Acto seguido la Fiscalia pide la palabra y solicita al tribunal de que suspenda esta audiencia en virtud de tener una continuación de juicio en los Tribunales de Violencia Contra la Mujer, y por ende e Tribunal ACUERDA SUSPENDER EL PRESENTE JUICIO ORAL, PRIVADO Y UNIPERSONAL, para el día jueves 21-05-09.

2)Con el Testimonio testigo, ciudadano E.D.C.T.A., titular de la cedula de identidad Nº V-4.523.111, de profesión Médico Forense Psiquiatra adscrita a la Medicatura Forense de Maracaibo del Estado Zulia, natural de Maracaibo del Estado Zulia, quien previamente juramente juramentada por la Juez Profesional, se le pone de manifiesto el Informe Médico realizado por la experta de conformidad con el articulo 242 pone de manifiesto las referidas actas, previa muestra a la defensa, quien expone: “Ratifico en todas y cada una de sus parte el informe que se me pone de manifiesto de fechas, 04-06-07 y 11-09-2.007, reconozco como mía la firma que la suscribe, conclusiones no hubo atascos significativos, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿En que fecha practico la evaluación a la niña? Contesto: “Aparece dos fecha 04-06-2.007 y 11-09-2.007”, Otra ¿Indique el nombre de la persona que le hizo el examen? Contesto: “Identidad Omitida por disposición legal. Andrade de tres años de edad”. Otra ¿Fue la niña acompañada de un representante? Contesto: “Con la abuela materna” Otro ¿Cuál fue el método implementado? Contesto: “Se hizo un examen psiquiátrico y el método se uso observación interrogación y el examen mental”. Otra ¿Cuál fue el resultado de la evolución Psiquiatrita? Contesto: “Se concluyo que la niña no presentaba trastornos mentales para el momento de la evaluación” Otra ¿Reconoce el sello y firma? Contesto: “Si”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada ABG. T.T., procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿La niña acata o no ordenes? Contesto: “En el momento que la evaluó la niña acta ordenes”. Otro Constancia ¿Ese ambiente en que la persona van a realizarse el examen afecta el resultado? Contesto: “Para el momento de que se hace el examen, la prueba sicológica no había trastorno presentado por la niña, las diferentes áreas elaborado por la doctora, es semejante, no tiene conocimiento concreto”. Otra ¿Cree usted que es factible que la persona que supervisa esos actos de la niña pueden obligarla a que presente una cierta situación? Contesto: “Ellos pueden ser manejables por las personas que tiene como autoridad, o personas significativa” Otra ¿Es posible para usted dada su experiencia, establecer un p.D.A., cuando nos dice la verdad o guiadas? Contesto: “La niña puede ser manejables por la persona de autoridad, pero los niños a esa edad pueden señalar sobre un hecho que le ha sucedido, ante una agresión, esa capacidad del ser humano de señalar que esta en capacidad de señalarlo”. Otra Contestó: ¿Usted piensa que la niña esta en capacidad de rechazar ese hecho que la motivo a ir a su consulta? Contesto: “Si esta en capacidad de rechazar ese hecho, en el momento que va a la medicatura al momento que va a la medicatura y brinda la información completa de lo que sucedió, no tiene que rechazar en dar la información porque no esta la persona agresora, primero nos vamos ganando al niño para que nos den la información, que me rechace como persona desconocida es distinto a que la pongan en frente al agresor puede tener un rechazo distinto”. Otra ¿Llego a decirle IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. algún hecho de violencia por parte de su agresor? Contesto: “No ella no, ella solo informo lo que sucedió” Otra ¿Es posible que a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. hay que hacerle un ambiente o una recompensa? Contesto: “Se le recomienda a los padres no hablar sobre el hecho para que ella pueda desarrollarse sin miedo y pude crear confianza de las personas que la acompañan en el colegio, para eso es la orientación que se le da a los padres, para que ella entienda lo bueno o lo malo, para que ella vuelva la sociedad lo mas normal posible”. Otra ¿Cree usted que si yo le digo a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. siendo yo su mamá, que le ofrezca algo para que ella diga algo o haga algo? Contesto: “Eso depende de cada menor yo pienso que no” Otra ¿Es posible que Identidad Omitida por disposición legal. en el año 2007, para tratar de evitar algún castigo de su representante de autoridad, que en vez de decir me comí un mango diga que me comí una sopa? Contesto: “Es una niña que puede ser manipulada por sus personas de autoridad, o para quienes representen confianza, pero si ella tiene conocimiento de los colores y dice que algo es rojo, y tu le dices que es amarillo y ella sabe que es rojo, no la vas hacer cambiar por ofrecerle un regalo”. Seguidamente la Juez Presidenta interroga a la experta de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Es posible que se pueda dar diagnósticos distinto entre el psicólogo o el psiquiatra? Contesto: “Si se puede dar porque eso ya dependiendo de la citación como va en ese momento con va el entrevistado y el entrevistador, o como va en la segunda citación el entrevistado con este ultimo entrevistador, es que depende del estado como se encuentre la entrevistada en el momento, no es igual que sea atendida a las 8:00 de la mañana a que sea atendida a las 12:00 del mediodía estando esperando desde las 8:00 de la mañana, no esta en la misma situación” Otra ¿Según el estudio que usted le hizo a la niña que cree usted según su experiencia que paso? Contesto: “Ella narro lo que paso, me metió la mano en el coco, ella narro lo que sucedió”.

3)Con el testimonio de al primer testigo, ciudadano M.A.F.A., titular de la cedula de identidad Nº V-14.497.862, de profesión Psicólogo Forense adscrita a la Medicatura Forense de Maracaibo del Estado Zulia, natural de Maracaibo del Estado Zulia, quien previamente juramente juramentada por la Juez Profesional, se le pone de manifiesto el Informe Médico realizado por la experta de conformidad con el articulo 242 pone de manifiesto las referidas actas, previa muestra a la defensa, quien expone: “Ratifico en todas y cada una de sus parte el informe que se me pone de manifiesto de fechas, 04-06-07 y 11-09-2.007, reconozco como mía la firma que la suscribe, eso fue el 4 de junio del 2.007, se presento la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., quien se presento con su abuela materna a la medicatura forense, se le hizo la evaluación y no presento trastornos mentales, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿La versión de los hechos he hecha por usted o por la Psiquiatra? Contesto: “Se refiere a mi”. Otra ¿La niña cuando ella hizo la narración de los hechos, estaba acompañada por un familiar? Contesto: “No estaba sola”. Otra ¿Es una niña de tres años, le fue fácil para usted que una niña le narrara a usted por que acudió a realizarse la evaluación? Contesto: “Yo le hice esa pregunta y inmediatamente me narro lo que le sucedió, bocho que me metió en el coco el dedo con la mano”. Otra ¿Ella cuando le informe lo sucedido lo hizo en forma verbal o a través de su cuerpo? Contesto: “En forma verbal”. Otra ¿Cuántas veces evaluó usted a la niña? Contesto”Una sola vez”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada ABG. T.T., procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Qué quiere decir usted que con que la niña no obedecía ordenes? Contesto: “En el momento de la evaluación la abuela materna indico que no obedecía ordenes y en el momento de la evaluación le se mando hacer una actividad y se le tuvo que repetir en reiterada oportunidades por lo cual no acataba ordenes” Otra ¿La supervisión que requiere IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., es en todo momento? Contesto: “En razón a la higienes, a las tareas diarias por la edad que tiene” ¿Qué pregunta en concreto le realizo a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. DESIRE para que le narrara los hechos? Contesto: “Primeramente esto fue en el 2007, por lo general se le pregunta porque estas aquí, que te sucedió, todo depende del niño” Otra ¿En caso de IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. ella estaba acompañada? Contesto: “Ya lo indique que la niña entra solo para el momento de la evaluación”. Otra ¿La persona que acompañaba a la niña quien era? Contesto: “La Abuela materna”. Otra ¿Qué datos le da la persona que acompañaba a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “Datos sobre la salud, la dirección, datos que la niña por la edad no lo puede dar, es para ello que es necesario que este el representante de la menor” Otra ¿De acuerdo a su evaluación IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. es una niña normal? Contesto: “si, para su edad”.

4)Con el Testimonio de primer testigo, la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., acompañada de su represente legal ciudadana MAIBELYN C.P.C., titular de la cedula de identidad Nº V-15.287.497, natural de Maracaibo del Estado Zulia, quien sin juramento alguno, expone: “IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. para mi es un regalo”. De seguida el Tribunal suspende el interrogatorio de la niña en virtud de que la misma entro en llanto, se acordar llamarla nuevamente una vez se tranquilice. Seguidamente el ciudadano Secretario solicita al alguacil se sirva hacer comparecer a la sala al primer testigo, ciudadana M.L.D.C., titular de la cedula de identidad Nº V-8.079.024, natural de Maracaibo del Estado Zulia, quien previamente juramentada por la Juez Profesional, expone: “Yo conozco que la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. ella fue a su casa de el, entonces el la agarro a ella y después la niña llego llorando a la casa, de lo que le había hecho el a ella, entonces llego a su casa llorando asustada, entonces la fueron a llevar al hospital porque a el no le hicieron nada en el momento, entonces el le hizo algo a la niña, si porque el no podía hacer nada, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Puede indicar al Tribunal el nombre de la niña llego llorando? Contesto: “Identidad Omitida por disposición legal.” Otra ¿Por qué la niña llego llorando? Contesto: “El la llamo a su casa y luego le hizo el daño” Otra ¿Puede indicar el nombre de la persona que la llevo a su casa? Contesto:”Perozo”. Otra ¿Puede indicar cual fue el daño que le hizo a la niña Identidad Omitida por disposición legal.? Contesto: “El le metió el dedo”. Otra ¿Dónde se encontraba usted cuando la niña llego llorando? Contesto: En mi casa y estaba el papa y la mama de la niña”. Otra ¿Puede indicar si usted estaba presente cuando la persona llevo a la niña? Contesto: “Si”. Otra ¿Pude indicar si la niña iba mucho para esa casa? Contesto: “no, ella fue porque la convido” Otra ¿Usted conoce de vista trato y comunicación a la persona de nombre J.G.P.? Contesto: Si como 9 años”. Otra ¿Usted sabe cual fue le persona que le hizo daño a la niña? Contesto: “Claro él” Otra ¿Usted reviso a la niña? Contesto: “La madre” Seguidamente se le concede la palabra la Defensora Privada Abogada T.T. va a hacer preguntas, Primera Pregunta: ¿Cómo sabe usted que le hicieron un daño a la niña? Contesto: “Porque él estaba allá, y la tenia sentada en las piernas”. Otra ¿Cómo sabe que su nieta no estaba en la cabuya? Contesto: “Con la cabuya no fue”. Otra en su casa había una cabuya? Contesto: “La cabuya la agarraba el perro” Otra ¿Cómo llega IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. a su casa? Contesto: “Llorando”. Otra ¿Con quien se fue IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “Con otra niña para que J.G.” Otra ¿A ocurrido problemas con otro familiar similar? Contesto: “No”. Otra ¿IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. acostumbraba jugar en la calle o en otras casa? Contesto: “No, solo para que LUICIANA”. Otra ¿IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. se irrita en la piel, brazos cuellito? Contesto: “Si ella suda mucho” Seguidamente la Juez Presidenta no interroga a la testigo. Seguidamente el ciudadano Secretario solicita al alguacil se sirva hacer comparecer a la sala al primer testigo, ciudadano Y.E.A.O., titular de la cedula de identidad Nº V-12.801.916, natural de Maracaibo del Estado Zulia, quien previamente juramentada por la Juez Profesional, expone: “Ese día estaba trabajando, mi esposa estaba de reposo porque estaba embarazada, cuando llego no consigo a la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., me dicen que se fue la niña con J.G. y su Esposa, a ver una película, cuando salgo a buscarla veo a LUCIONA que le diga a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. que se venga, cuando ella llega ella se mete al baño, la mamá la baña y cuando la esta bañando en el cuarto tenia su parte irritada y me llama y le veo sus parte irritada, entonces ella le daba miedo contarme y ella me cuenta que la cuando estaban viendo la película el le bajo la pantaleta y le froto sus partes con sus dedos, yo fui a casa del señor y en el momento que llego me consigo a su esposa le digo lo que dice la niña ella me dice que mentiras porque ella estaba allí y lo cierto es que el seño estaba solo, de allí le dije que llevaría a la niña al Médico, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿A quien le pregunto usted por la niña? Contesto: “A mi esposa”. Otra ¿Quién busco a la niña? Contesto: “Luiciana”. Otra ¿Qué edad tiene Luiciana? Contesto: “7 Años” Otra ¿Qué vinculo tiene Luciana con su hija? Contesto: Su Prima” Otra ¿Quién interroga a su hija y que le dijo? Contesto: “Yo en el momento que mi esposa me llama para que vea a la niña y ella me dice que el señor J.G.P. le bajo la pantaleta y le froto sus partes”. Otra ¿Antes de que ocurriera estos hechos usted tenia una amistad con el? Contesto: “Si tenemos 6 años de conocidos”. Otra ¿Qué nombre le da la niña cuando narra lo que le sucedió? Contesto: “Gollo el Gordo” Otra ¿Hay alguna persona que le llamen así? Contesto: “No, hay un primo pero no tiene que ver con el caso”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada ABG. T.T., procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Qué Médico o sitio asistencias acudió con la niña? Contesto: En el Hospital Universitario, y el Médico por lo que veía parece que pasara algo, que fuera al Médico Forense”. Otra ¿A que llama usted maltratada? Contesto: “Maltratada enrojecida” Otra ¿A que hora llego usted del trabajo? Contesto: “Como a las 4 a 4:30 pm”. Otra ¿Con que frecuencia se baña a la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “como 4 veces al día”. Otra ¿Llego usted a recibir alguna amenaza de parte del señor JOSÉ GREGORÍO” Contesto: “No”. Otra ¿Sabia usted para donde se fue el señor J.G.P.? Contesto: El mismo día que ocurrieron los hechos, 15 minutos después se marcho”.

5)Con el Testimonio de la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., acompañada de su represente legal ciudadana MAIBELYN C.P.C., titular de la cedula de identidad Nº V-15.287.497, expuso:”Somos amiguitas, desde pequeña estamos juntas compartimos, es todo” Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Cuál es tu nombre? Contesto: “MARIAN JOSÉ RINCÓN”. Otra ¿A quien conoces tu de las personas que están presente? Contesto:”al señor que esta allí Gollo”. Otra ¿De donde conoces a Gollo? Contesto: “Vivía al lado de mi casa”. Otra ¿Qué es tuyo el señor Gollo? Contesto: “Nada”. Otra ¿Tu tratabas al señor Gollo? Contesto: “No”. Otra ¿Porque no te hizo algo? Contesto: “Me agarro el coco en su casa”. Otra ¿Recuerda cuando sucedió? Contesto: Cuando tenia 5”. Otra ¿Por qué te agarro el coco? Contesto: “En su casa”. Otra ¿Conoces a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL.? Contesto: “Si amiguita jugamos”. Otra ¿Tu le contaste lo que te sucedió a Identidad Omitida por disposición legal. y que te contó ella? Contesto: “Si y ella me contó que le agarro el coco”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada ABG. T.T., procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Cuántos años tienes? Contesto: “7 años”, Otra ¿Cuándo le contaste a IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. lo que le contaste a la señora? Contesto: “A los tres días de que él le hizo eso a ella”. Otra ¿Recuerda alguna cosa que te haya pasado en esos días? Contesto: “Me dolía mucho la barriga”. Otra ¿Dónde estabas tu cuando eso ocurrió? Contesto: “En mi casa” Otra ¿Dónde estaba J.G.? Contesto: “Por la cerca metió la mano por allì y me agarro el coco”. Otra ¿Qué hiciste? Contesto: “Nada, se lo dice a mi hermana” Otra ¿Por qué no le dijiste a tu mamì? Contesto: “Porque me daba miedo”. Otra ¿Quién mas estaba allí, mi hermana y yo”. Otra ¿Tu hermana no le dijo nada a tu madre? Contesto: “Si ella le dijo”. Otra ¿Cómo a que hora fue eso? Contesto: “No me acuerda”,

6)Con el Tgestimonio de ciudadana MAIBELYN C.P.C., titular de la cedula de identidad Nº V-15.287.497, quien previamente juramentada por la Juez Presidente, expuso:”Tengo conocimiento que en esos momentos la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., se encontraba en la casa del señor J.G., yo estaba barriendo el frente cuando vi que se fue la esposa del señor, al rato se fue la niña corriendo a su casa, al rato escuche los rumores de lo que había sucedido con la niña, después vi que el señor se fue de su casa por la parte de atrás, después fue su hermano a buscar el carro del señor, al ver que todo sucede yo le comento lo que sucedió con IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, me dijo porque no lo había hecho antes porque yo le reclame y me dijo que el le había tocado la barriguita, el le hace eso a mi hija cuando mi hija entra a la casa, yo lo que vi extraño allí que si el señor no tiene la culpa de nada porque se fue, y la niña en su propia cara le dijo al señor que si tu me agarrantes el coco y la cerca es de cuadros como dice la niña, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Cuándo sucedió el hecho que usted nos narro cuando dice que estaba en el frente de su casa barriendo? Contesto: Eso fue en mayo el 15 exactamente la fecha no la se, hace 2 años, en la calle 95M” Otra ¿Qué hora era cuando vio a pasar la niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., como 5 de la tarde 5 y 15 de la tarde”. Otra ¿Recuerda las condiciones como vio pasar a la niña? Contesto: “un poco inquieta como nerviosa, cuando sale de la casa ella me dice tía que estas haciendo barriendo y ella me dice nada y se fue”. Otra ¿Cuál es el nombre del señor? Contesto: J.G. Perozo”. Otra ¿Cómo sabe que estaba solo? Contesto: “Porque vi salir a su esposo hace como media hora cuarenta minutos”. Otra ¿Cuándo llego la esposa del señor J.G. la niña estaba aun en la casa? Contesto: “No ya la niña estaba en su casa y no vi a nadie mas entrar a su casa” Otra ¿Qué distancia hay entre la casa del señor J.G. a la suya? Contesto: “Al lado”. Otra ¿Ese mecate que comenta que tiene que ver con los hechos? Contesto: “Eso es lo que dicen que la niña se hizo daño con el mecate, ese mecate esta como a un metro de alto amarrado entre un pilar y la mata de mango, donde guindaba las garrafas”. Otra ¿Hace cuanto paso lo de su hija? Contesto: “Un año antes, incluso se lo reclame y el me dijo que le agarro la barriga, la niña le dice que mentira que el me agarro el coco” Otra ¿Tiene conociendo que aparte de su hija y Identidad Omitida por disposición legal. tiene conocimiento lo sucedido por otras niñas? Contesto: No tengo conocimiento pero todo el mundo habla mal de el”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada ABG. T.T., procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿A que hora barre el frente de su casa? Contesto: “En la mañana como a la 6:00 y en la tarde a partir de la 5:00 de la tarde”. Otra ¿A que hora se fue el señor de la casa? Contesto: “En la noche como a las 8”. Otra ¿Pude explicar como es la cerca de cuadritos en su casa? Contesto: “Es de ese ciclón como el que hace para piso, puede caber una mano, la cabeza de un bebe”. Otra ¿Cuál fue la señora que comento del mecate? Contesto: “Que yo sepa la única que comento el mecate fui yo, la señora dice que estaba amarrado un perro, vi el mecate amarrado allí donde estaba”. Otra ¿Cómo sabe usted que la señora que acaba de salir hablo de un mecate? Contesto: “Porque la señora me lo comento lo del mecate”. De seguida la defensa manifiesta que la testigo se encuentra viciada por lo que no tiene más preguntas que hacer.

7)Con el Testimonio de IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, que por ser niña no se le toma juramento y expone: “Tengo cinco años. Lo que paso es que fue cuando Goyo El Gordo; estábamos sentadas en la acera con una amiguita Identidad Omitida por disposición legal., paso que después nos sentamos con el gordo y nos dice veni pa tocate la barriguita y después me sentó en las piernas y la metió al cuarto a ver un película que se llama Scube-Doo. Había una casa extraña y no queríamos pasar y yo me puse otra rota parecía una batica y un short, nos queríamos ir para la casa de nosotras y Goyo El Gordo estaba sentado en una silla frente a la casa y el solo quería sentarnos en las piernas, después paso y nos quedamos a que mi mama que nos llamo para bañarnos cada una en su casa y lo que paso fue mas cuento; pero eso es todo”. Se le concede la palabra al Ministerio Publico para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera pregunta: ¿A parte de tu mami a quien conoces de los que estamos en la sala? A nadie de aquí, a todos los acabo de ver, tenían otra ropa. OTRA.- Tu dijiste que paso algo, ¿Qué paso? Paso que el gordo estaba sentado en una silla frente a la casa, yo me pongo otra ropa y mi mama, el nos dice que nos iba a tocar la barriguita y nos íbamos para la casa a bañarnos para dormir porque iba a dormir mi hermanito y para comer. OTRA.- ¿Goyo el Gordo quien es? RESPONDE: ¿No es el q esta sentado ahí? Es ese. OTRA.- ¿De donde lo conoces? De otra casa. OTRA.- ¿Donde queda esa casa? Frente a la de una amiguita que se llama IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL. OTRA.- ¿Para que te llamo? Para tocarte la barriguita pero era mentira, paso que me quería tocar el coco y el pompis. OTRA.- ¿Como fue eso? Es verdad, ya lo acabo de contar. OTRA.- ¿Como sabes eso? Yo se. Eso fue hace tiempo. Me canso de contarlo. OTRA.- ¿Quien más estaba allí? Más nadie, mi amiguita y yo. OTRA.- ¿Como te quería tocar? Con la mano. OTRA.- ¿Y que hiciste? Nada, no llore. OTRA.- ¿Y a quien le contaste? A mi mama. OTRA.- ¿Donde se lo contaste? En mi casa, le dije todo eso que paso, ella supo. OTRA.- ¿Y cuando se lo dijiste te dolía tu coquito? Si, por lo que me estaba tocando. OTRA.- ¿Cuantas veces paso eso? Ese día, hace tiempo. Es todo, por la Fiscalia. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa para que ejerza el derecho a sus preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Donde estabas sentada? En una acera con mi amiguita, era de este lado. OTRA.- ¿Con quien estabas? Con una amiguita q se llama Identidad Omitida por disposición legal.. OTRA.- ¿Donde estaba sentado el gordo? En una silla de su casa, el nos dijo veni para tocarte la barriguita y era mentira era para tocarme el coco y mi mama nos llamo para bañarnos porque estábamos sucias y para comer, habíamos jugado mucho y además por eso me quería acostar estaba cansada y mi mama me dio comida. OTRA.- ¿Como que hora era de día o de noche? Primero de día y después de noche. OTRA.- ¿Habías jugado mucho ese día? Si. OTRA.- ¿Te levantas en la mañana te bañas y te pones a jugar? Si, y al medio día. OTRA.- ¿Siempre J.G. te llamaba para tocarte la barriguita? No nunca, eso fue hace tiempo. OTRA.- ¿Si yo te digo vamos para tocarte la barriguita tu vas? Si. OTRA.- ¿Tu mama donde estaba? En la casa. OTRA.- ¿Con quien estaba el? Con nadie. OTRA.- ¿Y tomaste refresco? Si en mi casa que me llamaron a comer. OTRA.- ¿Fuiste y volviste? No nunca, me llamaron a dormir. OTRA.- ¿Siempre juegas con tu amiguita? Si. OTRA.- ¿Que estudias? Kinder en el F.O.. OTRA.- ¿De donde conocías al gordo? De una casa muy extraña, de varios colores. OTRA.- ¿Como sabes que lo que te dijo el gordo era mentira? Porque yo se, con el dedo y con la mano me toco. OTRA.- ¿Y que hiciste? Nada me fui a la casa. OTRA.- ¿Cuando te llevo al cuarto? Después que me toco. OTRA.- ¿No te fuiste de una vez? Mi mama me estaba llamando y el gordo no me dejaba ir. OTRA.- ¿Que hizo tu amiguita? Nada, ella se fue para su casa. OTRA.- ¿Donde veían televisión? En su casa, puso una película. OTRA.- ¿Quien mas vive con el? Su esposa y no se su nombre. OTRA.- ¿Ella también se dio cuenta que el gordo te toco? Si, todos. OTRA.- ¿Que te dijo tu mama? Me llamo porque ya íbamos a acostarnos, y me bañe sola. OTRA.- ¿Y cuando se lo contaste a tu mami? Hace tiempo, eso fue como otro día. Es todo, por la defensa. El Tribunal interroga: Primera Pregunta: ¿Conoces a Goyo? Si. OTRA.- ¿Estabas en la acera, dentro o afuera? Afuera. OTRA.- ¿Y el, donde estaba? Dentro de su casa. OTRA.- ¿Como se llama tu amiga? Identidad Omitida por disposición legal.. OTRA.- ¿Y te llamo? Si para tocarme la barriguita pero era mentira. OTRA.- ¿Como hacia Goyo, donde te toco? En el coco y en las pompas. OTRA.- ¿Como cuanto tiempo? Bastante. OTRA.- ¿Donde estaban? Afuera, después me dijo vamos al cuarto y me empezó a hacer eso, lo mismo que te dije y toco a mi amiguita también. OTRA.- ¿Te quito el short? El me lo bajo, así como se baja un short. OTRA.- ¿Era en la tarde o e la mañana? Hace tiempo. OTRA.- ¿Y que te decía el? Nada, mi amiguita no, ella me decía vamos para la casa que ya es de noche, ella tenia una camisa y un pantalón a mi me los bajo hasta los pies. OTRA.- ¿Donde estabas tú? En la cama y el en la silla, y mi amiguita estaba parada. OTRA.- ¿Y que hacia el gordo? Nos empezó a bajar las cosas y nos empezó a tocar y lo volvió a subir. OTRA.- ¿A quien toco primero? A mi amiguita y después a mí. OTRA.- ¿Tu te quedaste tranquila? Si, mami me estaba llamando para bañarme y que nos fuéramos a acostar pero el gordo no os dejaba ir porque nos estaba haciendo eso. OTRA.- ¿Duro mucho rato? Un poquito. OTRA.- ¿Solo te toco una vez? Como tres veces y a mi amiguita. OTRA.- ¿Que te hizo bastante? Me tocaba las pompas, con una uña larga (señalando al Tribunal el dedo pulgar). OTRA.- ¿Después se lo contaste a tu mami esa misma noche? Si y nos vinimos para acá. OTRA.- ¿Como se dio cuenta tu mami? Yo le dije y peleo con la esposa del gordo. OTRA.- ¿Para donde te llevaron? El gordo para ningún lado y mi mama tampoco ella me llamo para la casa, porque quería dormir a mi hermanito. OTRA.- ¿Y le dijiste a tu papa? Si y pelearon con el.

8)Con el Testimonio de próxima testigo La niña IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL., por ser niña no se juramenta y expone:”Tengo 7 años, estudio 2º grado, vivo al lado de Identidad Omitida por disposición legal., hace mucho; ella no me dijo nada. Conozco al Gordo es el (se deja constancia que lo señala), vive a dos casas de mi casa, he ido a su casa con Identidad Omitida por disposición legal., hace mucho tiempo y no se que paso allá porque no vi nada, jugamos a las amiguitas y con las muñecas, pero no jugamos a que El Gordo. Yo estaba jugando en el frente, y Identidad Omitida por disposición legal. estaba dentro de la casa del gordo. Yo no vi ninguna película, Identidad Omitida por disposición legal. si. Eso es lo que yo se, no se mas cosas, yo me quede en el frente. No vi. las películas. Yo la acompañe hasta el frente. Y ella no me dijo nada. Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico para que ejerza el derecho a sus preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿De donde conoces a Goyo el Gordo? En la casa que esta viviendo, fui solo una sola vez porque no me gustaba, porque es muy aburrido. OTRA.- ¿Y quien te invitaba? Identidad Omitida por disposición legal. y yo le decía que no. OTRA.- ¿Le hablas a Identidad Omitida por disposición legal.? Si, pero no me contó nada. OTRA.- ¿Sabes que ha pasado en la casa del gordo? No. OTRA.- ¿Ese día duraron mucho rato? Identidad Omitida por disposición legal. si yo me salí de una vez. OTRA.- ¿Entraste a la casa? Si, y salí porque no me gusta estar ahí, es aburrido, me fui a jugar con mis amigos. OTRA.- ¿Y quien estaba dentro de la casa? Ella y el, no se si había otra persona. OTRA.- ¿Y en que parte estaba Identidad Omitida por disposición legal. y Goyo? En el cuarto. OTRA.- ¿Y que hacían? No se ella entro y yo la deje, después fui a jugar al frente en la calle con mis amigos. OTRA.- ¿Que le paso a Identidad Omitida por disposición legal., tienes algo que decir? Nada. OTRA.- ¿Y como es Goyo contigo, es tu amiguito, lo quieres? Era mi amiguito pero ya no es OTRA.- ¿Y porque eso ahora, paso algo, te hizo algo? …/ Es todo por el Ministerio Publico. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa e interroga: Primera Pregunta: ¿Que grado estudias? Segundo grado y me gusta ir al colegio. OTRAS.- ¿Siempre acostumbras a jugar con Identidad Omitida por disposición legal.? Si, en la casa de ella y jugamos mucho. OTRA.- ¿Siempre hay agua por tu casa? Si. OTRA.- ¿Tienes ganas de bañarte? Si. OTRA.- ¿Juegan pelota en la calle? Yo no juego pelota. OTRA.- ¿Como eran esas calles? No tienen carretera, no tienen acera. OTRA.- ¿Era de noche de mañana? De día como esta hora. OTRA.- ¿Y porque dejaste a Identidad Omitida por disposición legal.? Yo le decía que nos fuéramos. OTRA.- ¿Donde jugaban pelota? En la calle. OTRA.- ¿Estaban muy sucios? Si. OTRA.- ¿Como a que hora se fue ella? La llamaron de su casa, su mama. OTRA.- ¿Y como sabes que veía películas? Se las vi en la mano. OTRA.- ¿Y donde estaba la esposa de Goyo? Salio y se tardo mucho, no se para donde fue. OTRA.- ¿Y como sabes que se tardo si te fuiste abañar? Porque al ratico llegue. OTRA.- ¿Con quien más jugaste? Con más nadie. Es todo el interrogatorio por la defensa. El Tribunal interroga de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Porque ya no quieres a Goyo, estuvieron en el cuarto? Yo no estuve en el cuarto, Identidad Omitida por disposición legal. si; yo no quiero quererlos a todos. OTRA.- ¿Fuiste a la casa de el? Si con Identidad Omitida por disposición legal. y se quedo con el en el cuarto. OTRA.- ¿Te dijo ella que paso? No. OTRA.- ¿Tu te fuiste de allí? Si. OTRA.- ¿Y porque no lo quieres? …/ Visto lo avanzado de la hora se suspende el presente juicio para el día Martes 16 de Junio de 2009 a las 9:30 am. Se deja constancia que se cumplieron todos los requisitos de ley. Quedan todas las partes notificadas. Culmina

9)Con el Testimonio de testigo, ciudadana MARILEINY G.R.P., titular de la cédula de identidad N° 20.077.344, venezolana, quien previamente juramentada por la Juez Profesional, expone: “Del caso casi no se nada , eran horas de clases, soy vecina de ello, cuando llegue mi mama me contó lo que había pasado, no se muy bien lo que paso ese día, Yo conozco a J.G., yo he trabajado con el desde los 14, éramos varias niñas trabajando con el, nunca se paso con nosotras su conducta fue intachable. es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa para que ejerza su derecho al interrogatorio y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Desde que edad trabajaste con J.G.? Desde los 14 años. OTRA: ¿En el sector siempre hay niñas atentas a trabajar con el? Si, niñas y jóvenes. OTRA: ¿Viste una conducta deshonesta con alguna de ellas? Nunca se paso con ninguna ni con una mirada. OTRA: ¿Te quedaste sola con el? Si en su casa y viajando con el, la mayoría del tiempo era trabajando solos. OTRA: ¿Estabas autorizada por tu mama de trabajar con el? Si. OTRA: ¿En que momento se marcho el de allí del sector? Cuando empezaron a decir que era un violador, la gente lo quería linchar, como dos o 3 horas después. OTRA: ¿Quien mas vive en el sector? Su mama y su hermano. OTRA: ¿Tienes conocimiento que J.G. haya amenazado a la mana de Identidad Omitida por disposición legal.? Nunca escuche eso. OTRA: ¿Como te enteraste de lo sucedido? La señora empezó a gritar en la calle y mi mama se entero. OTRA: ¿Hace cuantos años vives en el sector? Como 5 años. OTRA: ¿Has visto a Identidad Omitida por disposición legal., como es ella? Ella se la pasa en la calle jugando con los niños, la mayoría del tiempo. OTRA: ¿Como son las calles por tu casa? Son de arena, ahora es que tienen acera. OTRA: ¿En el 2007 habían aceras? Apenas las estaban haciendo y las calles de arena. OTRA: ¿El servicio de agua como ha sido en ese sector? Apenas la están terminado. SOLICITA DE DEJE CONSTANCIA.- OTRA: ¿Normalmente hay agua todo el tiempo? Como tres meses para acá. OTTRA: ¿Desde cuando hay agua regularmente por el sector donde vive? Como tres mes para acá. OTRA: ¿Siempre viste a Identidad Omitida por disposición legal. en buen estado de aseo? No siempre esta en la calle. OTRA: ¿Tienes conocimientos de hechos similares con J.G.? No. OTRA: ¿Conoces a Identidad Omitida por disposición legal.? De vista. OTRA: ¿Y a la señora M.M.? De vista no he tenido trato con ella, vive algo retirado nunca he tenido contacto. OTRA: ¿A que te dedicas? Estoy saliendo de Bachillerato, trabajo con mi hermana en un salón de manos y pies. OTRA: ¿Eres amiga de Josèfina Molina o enemiga? Vecinas. OTRA: ¿De J.G.J.? Conocida, trabaje con el. Es todo por parte de la Defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico para que ejerza su derecho a ejercer el interrogatorio y expone: Esta representación fiscal no interroga por cuanto la testigo manifiesta no tener conocimiento del caso que se ventila

10)Con el Testimonio de y llamarse N.A.P.R., titular de la cédula de identidad N° 9.129.356, quien previamente juramentada por la Juez profesional expone: “Ese día se que la señora Johanna estuvo en mi casa a llamar a su mama se regreso y de lo que se habla digo que es mentira de lo que se le acusa al señor J.G., a el nunca se le ha escuchado ni mala palabra, buen vecino, buen esposo, buen hermano, buen esposo; todos los vecinos repudian lo que le esta pasando; respecto a los otros vecinos, se puede decir que si son de malos vecinos, son problemáticos , sus niños se la pasan en la calle; es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a La Defensa para que ejerza su derecho al interrogatorio y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Sus niñas Marileinys y la otra hija suya trabajaron con J.G. y con su consentimiento? Si. OTRA: ¿Que tan lejos quedan sus casas? Es cerca solo cruzan un terreno como de 20 metros. OTRA: ¿Vio venir a la señora Johana cuando venia a su casa? Si mi casa queda en medio de un terreno, no pasan dos minutos atravesarlos. ¿Que le dijo Johana? Que se iba a su casa a hacer la comida. OTRA: ¿Que sabe de la agresión que le hizo el señor J.G. a Identidad Omitida por disposición legal. A.M.? Yo podría meter las manos al fuego por el señor J.G., mis hijas siempre han trabajado con el, siempre estuve pendiente, si fuera así, les hubiera hecho lo mismo con ellas visto el tiempo que pasaron juntos, nadie tiene nada que hablar. OTRA: ¿Tiene conocimiento de otros hechos similares con el? No, el y su familia tienen conducta intachable. OTRA: ¿Cuanto tiempo tiene en el sector? Tengo 10 años. OTRA: ¿Como son las calles del sector? Son de tierra, en esa ocasión echaban las aceras. OTRA: ¿Cuando terminaron las aceras? Hacen como 2 o 3 años, están culminando la parte del fondo de mi casa, ha sido por partes. OTRA: ¿Las calles de la casa de J.G.? Tres meses después. OTRA: ¿Conoce a la niña Identidad Omitida por disposición legal? La conozco porque va y viene como; a su familia pero no por contacto y porque son problemáticos. OTRA: ¿Porque dice eso? Porque si se prestan para esto son problemáticos, que necesidad se tiene de esto. OTRA: ¿Como tuvo conocimiento de eso? Por lo que se comentaba, un motorizado llego a buscarlo por esos hechos, y decían que era violador? OTRA: ¿En que momento se marcho J.G.? El salio la camioneta se le quedo y la familia lo fue a buscar, pero no se fue huyendo. OTRA: ¿Y la familia que posición tomo en relaciona el? Que lo esperaban para matarlo, pero mucha gente lo esperaba para cubrirlo, no íbamos a dejar que le pasara algo malo. OTRA: ¿Tiene conocimiento que es señor J.G. amenazara a la mama de Identidad Omitida por disposición legal.? No, el papa de la niña manifestó que si no aparecía tomarían represalias; pero mucha gente no esta de acuerdo por lo que le esta pasando al señor J.G.. Es todo por parte de la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico a fin que ejerza su derecho al interrogatorio y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Puede indicar que vinculo la une con J.G.? LA DEFENSA OBJETA LA PREGUNTA, argumentando que la testigo ya había dicho que sus niñas trabajaron con el. El Ministerio Público, manifiesta la necesidad de saber su parentesco. LA DFENSA manifiesta que es inoficioso. EL TRIBUNAL considera que debe contestar y declara NO a lugar la objeción de la defensa e insta a la testigo a responder y manifiesta: “Me une una amistad. OTRA: ¿Que tiempo tienen de amigos? 10 años lo que tengo en el sector y a su familia también. OTRA: ¿Como se llama el sector? Alto Sano. OTRA: ¿Cuantas casas hay de la señora Joahana a donde vive el señor J.G.? Un terreno. OTRA: ¿Que le dijo la señora? Me pregunta por su mama y se regreso, porque vive en el fondo de mi casa. OTRA: ¿Tiene alguna cerca su casa? Si, estambre y se ven las casas. OTRA: ¿Conoce a la señora Elaine, la mama de la niña Identidad Omitida por disposición legal. y que vinculo la une a ella? No tengo vínculo con ella porque es problemática. OTRA: ¿Si no la ha tratado porque dice que es problemática? Porque le escucho sus groserías, y tienen problemas con los otros vecinos, los de al lado, los del fondo. OTRA: ¿Y la niña Identidad Omitida por disposición legal. es problemática? La niña no; sus padres, ella juega en la calle. OTRA: ¿Que edad tiene la niña? No se. OTRA: ¿Cuando ocurrió eso que nos menciona que la señora fue a su casa y se regreso? OBJECIÓN POR PARTE DE LA DEFENSA ES MUY PRESISA LA INFORMACIÓN QUE SOLICITA EL MINISTERIO PUBLICO. EL TRIBUNAL DECLARA NO A LUGAR, RESPONDA LA TESTIGO: No se exactamente, la hora como a golpe de las 5 o 6 de la tarde. ES TODO POR EL MINISTERIO PÚBLICO. EL TRIBUNAL NO INTERROGA.

11)Con el Testimonio de y llamarse J.G., titular de la cedula de identidad N° 26.335.394, quien previamente juramentada por la Juez profesional y manifiesta: “Yo estaba allí en el cuarto, yo vivo con el y estaba cuando la niña llego, primero la regañe por la bulla del frente, jugaba con la cuerda del perro, ella se dio la vuelta y entro y al rato salí y entro de nuevo con una película, estuve todo el rato con ello luego llego Identidad Omitida por disposición legal. a buscarla, yo salí a los 2 o 3 minutos a buscar a mama, luego me busco el papa de la niña me extrañe porque nunca nos había tratado, me dijo que cuanto tiempo la deje sola le dije que siempre entube allí, ella no quería decir nada pero le ofrecieron unos dulces. Salí a contarle a J.G. a contarle; si hubiera sido así hubiera sido delante de mi. La gente decía lo que pasaba y el se fue a que su mama; eso es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la defensa para que practique su interrogatorio: Primera Pregunta: ¿Puedes decir la fecha de esos hechos? No recuerdo fue un lunes; como las 5, 5 y 30 pm. OTRA: ¿A que hora llega Identidad Omitida por disposición legal.? No se la hora que llego, pero si a la que salio, porque yo iba a buscar a mi mama. Por eso se la hora. OTRA: ¿Como llaman a J.G.? Goyo. OTRA: ¿Goyo grande o Goyo pequeño? Solo Goyo. OTRA: ¿Que le comento el papa de Identidad Omitida por disposición legal.? Me pregunto si la había dejado sola con el, le dije en ningún momento, yo salí y ellas detrás y me les adelante y se fueron a su casa, luego los comentarios que si le ofrecieron unos dulces, yo al escuchar esto me ofrecí a aclarar todo, no quisieron que yo los llevara al forense. OTRA: ¿Cual fue la aptitud de ellos? Fueron muy groseros, estaban muy alterados. OTRA: ¿El lugar que se encontraban como era? El frente lo tenia sin techo y el fondo es el que utilizamos y el baño frente al cuarto el otro cuarto era también al frente que ahora es la cocina, la puerta da a la salida, estaba abierta porque se daño el aire, el fue a preguntar al papa de Identidad Omitida por disposición legal. para ver si estaba dañada. OTRA: ¿Fueron a pedir permiso para que Identidad Omitida por disposición legal. viera películas en su casa? No ella estaba allí. OTRA: ¿El perro permanecía amarrado? Si, es muy bravo estaba sujeto con una cuerda mas o menos larga. OTRA: ¿Viste un comportamiento extraño de el con Identidad Omitida por disposición legal.? No, nunca, ella llego dijo que su mama le dijo que le pusieran las películas, era una comiquita. OTRA: ¿Saliste de esa habitación? No para nada, nos encerramos a ver películas el DVD era prestado. OTRA: ¿Cuanto tiempo estuvo Identidad Omitida por disposición legal.? Como media hora yo la regañe porque molestaba al perro con la cuerda. OTRA: ¿Acostumbran tomar por ese sector? Si, celebraban lo de las aceras. OTRA: ¿En que momento se fue J.G.d. la casa? Cuando le conté lo que pasaba y pasaban los trabajadores diciendo linchen a ese sádico, y se fue para la casa de su mama. OTRA: ¿Se formo algún problema en esa casa? En ese momento no, fue después que nos fuimos a la casa del hermano, cuando el se fue, llego el señor alzado formando pleito y amenazando decía que iba armado, el, el papa de Identidad Omitida por disposición legal.. OTRA: ¿Hablaste con la mama de Identidad Omitida por disposición legal.? Si, le pregunte que paso me dijo que estaba irritada y se alzo y yo me fui, la deje tranquila. OTRA: ¿Como es Identidad Omitida por disposición legal.? Antes me saludaba la ignoraba por lo del problema, ella me decía que ya no la quería. OTRA: ¿Acudieron a alguna autoridad? Si a la prefectura, a la fiscalia y siempre nos decían que nada, el a defenderse quería aclarar el problema, pero le decían que no podían ayudarnos si no había denuncia. OTRA: ¿La familia de J.G. ha amenazado al la familia de la niña? No. OTRA: ¿Y la familia de la niña? Antes si, siempre pasaban diciendo cosas, ya no. OTRA: ¿Como es Identidad Omitida por disposición legal.? Es una niña pila, jugaba en la calle, una vez no la encontraban y estaba en la otra calle con sus primos. OTRA: ¿De que esta hechas las calles? No hay calles y en ese momento las estaban haciendo. OTRA: ¿Como es el suministro de agua? Antes era por cisterna, ahorita si hay. OTRA: ¿Como veías a Identidad Omitida por disposición legal.? Siempre estaba sucia, siempre estaba jugando, la llamaban tarde para bañarla. Es todo por parte la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico para su interrogatorio: Primera Pregunta: ¿Que tipo de relación o vinculo tenia con Elaine? Ninguno, de hola, solo saludo. OTRA: ¿Porque permitió que la niña entrara a su habitación a ver películas? Ella siempre estaba por ahí. OTRA: ¿Era común que ella fuera a ver películas? Si, era conocida y con su familia, amistades de Goyo, por eso no le vi nada de extraño que llegara. OTRA: ¿Que edad tenia Identidad Omitida por disposición legal. en el momento? Tres años. OTRA: ¿No es extraño que una niña que usted le permita la entrada sin autorización? No le vi nada de raro, dijo que tenía permiso. OTRA: ¿Cuantas veces ha ido a ver películas? Primera vez. OTRA: ¿Donde fue a buscar a su mama? En la otra calle. OTRA: ¿Que distancia hay de donde vivía a la casa de su mama? Una cuadra hasta donde llegue, no llegue por que la puerta estaba cerrada y le pregunte a la vecina. OTRA: ¿Que relación entre su vecina y su mama? También vecinas esa casa tiene dos frentes. OTRA: ¿Que tiempo se tardo? Dos o tres minutos. OTRA: ¿Quienes se quedaron en su casa? Nadie ya las niñas habían salido, Leonela y Identidad Omitida por disposición legal. que la fue a buscar. OTRA: ¿A que distancia vive Leonela? Después de una casa, y Identidad Omitida por disposición legal. también en la misma casa donde ellos viven. OTRA: ¿Que película fue a ver? De comiquitas, no recuerdo cual, creo que bog-bunny. OTRA: ¿Cuanto tiempo tenia viviendo en esa casa? Un año o dos, y el mismo tiempo conmigo, no recuerdo exactamente. OTRA: ¿En el sector cuanto tiempo? Goyo desde que llego 20 años, yo como 8 o 9, la casa o calle 95 Ñ-O cerca del Colegio I.d.M.. OTRA: ¿Que relación tiene con el papa de Identidad Omitida por disposición legal.? Amigos de Goyo, yo también los trataba. OTRA: ¿Que es de J.G.? Su mujer. OTRA: ¿Conoce a la señora Maivelin Prieto y M.R.? Si vivían al lado. ¿Tuvo conocimiento de lo que señalo su señora que el le toco a su hija? Eso lo dijo después que paso este problema. OTRA: ¿Cuando se entero de eso? Cuando estaba pasando el problema, cuando fue a declarar ella lo dijo. OTRA: ¿Tuvieron problemas con Elaine? No. OTRA: ¿Como podía jugar la niña con el mecate del perro? Porque el perro estaba adentro, no estaba amarrado, estaba encerado delante de la casa, lo que viene siendo la sala. Es todo por el Ministerio Público. EL TRIBUNAL interroga: Primera Pregunta: ¿Las niñas estuvieron en su casa? Identidad Omitida por disposición legal. fue a buscar, Leonela veía la película. OTRA: ¿Donde la vio? En el cuarto. OTRA: ¿En que parte se ubico del cuarto? Sentada frente al tv, yo esta junto a la cama el en la hamaca. OTRA: ¿En que momento sale del cuarto? En ningún momento los deje solos. OTRA: ¿Vieron todos la película? Si, duro como media hora. OTRA: ¿A que hora llego Identidad Omitida por disposición legal.? Ella llego se fue y regreso con la película, como media hora. OTRA: ¿En que momento decide ir a buscar a su mama? Me acorde de mami, el DVD es de ella, aproveche cuando ellas salieron. OTRA: ¿Estaban las dos niñas? Identidad Omitida por disposición legal. la fue a buscar. OTRA: ¿Hasta donde entro Identidad Omitida por disposición legal.? Hasta la puerta, le dijo que la iban a bañar. OTRA: ¿Que hizo usted? Salí detrás de ellas y me les adelante. OTRA: ¿Nunca dejo solos a ellos? En ningún momento. OTRA: ¿Cuantas veces había ido Identidad Omitida por disposición legal. a su casa? Una vez, la primera. OTRA: ¿Tiene amistad o su marido con los papas de Identidad Omitida por disposición legal.? Si, pero no se que tiempo, aunque no se visitan. OTRA: ¿Y la familia de Identidad Omitida por disposición legal.? Si, pasaban por la casa para ir a que sus primos iban y se quedaban en el patio, siempre iba al patio de la casa a jugar en el patio de la casa. OTRA: ¿Y el perro donde acostumbraba a dejarlo? En la cuerda afuera y la mayor parte adentro. Es todo por el tribunal; y por cuanto NO HAY MAS TESTIGOS, se suspende el presente acto y se fija nuevamente para el día LUNES 22 A LA 1:00. SE ORDENA citación a los testigos de la defensa a los 5 testigos del Estado Zulia. Igualmente a fin de garantizar su comparecencia se libra citación para los testigos del Estado Falcón en el termino de la distancia su comparecencia para el día JUEVES

12)Con el testimonio de llamarse YOXANDRA DEL C.A.F., cedula de identidad Nº 19.392.373, quien previamente juramentada por la Juez profesional expone: “Yo escuche los comentarios de la niña que supuestamente la habían violado, quede sorprendida, conozco al señor desde chiquita, compartíamos cosas, no paso nada conmigo para decir eso, la niña se la pasa en la calle jugando con mas niños, eso es lo que escuchado, conmigo nunca se llego a pasar y con mis tías también salimos y nunca nos puso una mano encima, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a La Defensa, para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Te has percatado que J.G. se haya sobrepasado con alguna niña u otra persona mayor? Nunca. OTRA: ¿Desde cuando lo conoces? Desde hacen 7 años. OTRA: ¿Conoces si el tiene algún perro bravo en su casa? No se. OTRA: ¿Cuantos años tienes? 20, desde lo 13 lo conozco. OTRA: ¿Llegaste a percatarte que el tuviera alguna conducta indecente? Nunca, ni su vocabulario. OTRA: ¿Como era el trato con los niños y adolescentes del sector? Es cariñoso pero sin faltar el respeto. OTRA: ¿Conoces a Identidad Omitida por disposición legal. Andrade? Solo de vista, y a su mama Leani Joséfina, también de vista. OTRA: ¿Eres amiga o enemiga de ella? No, nada y de J.G. tampoco, o sea amiga, amiga no. OTRA: ¿Como es Identidad Omitida por disposición legal.? Siempre la he visto frente a su casa con una vecinita jugando, crei que vivia en otro lado. OTRA: ¿Que haces tu? Trabajo en Cujicito de secretaria. OTRA: ¿Leanny siempre ha sido atenta en el cuido de Identidad Omitida por disposición legal.? No creo, la he visto mas en otras partes que por la casa, hasta le han pegado por eso y una vez la hicieron orinar. OTRA: ¿Los vecinos se organizaron en apoyo de J.G.? Si recogieron unas firmas para apoyarlo. OTRA: ¿Como le llaman al señor? Goyo. OTRA: ¿Y en el sector hay otra persona que le digan así? No, solo le dicen Goyo a secas. Es todo por la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Público para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Qué vio, o que sabe sobre los hechos? De ver, nada, yo no vivo por allá, solo los comentarios. OTRA: ¿De quien escucho los comentarios? De los vecinos. OTRA: ¿Donde vive usted? En Falcón, estoy de visita a que mi mama. OTRA: ¿Quien vive en el sector? Mi mama X.F.. OTRA: ¿Y su mama vio? No también supo por los rumores. Es todo por el Ministerio Público. El Tribunal, no interroga.

13)Con el testimonio de llamarse YOXANDRA DEL C.A.F., cedula de identidad Nº 19.392.373, quien previamente juramentada por la Juez profesional expone: “Yo escuche los comentarios de la niña que supuestamente la habían violado, quede sorprendida, conozco al señor desde chiquita, compartíamos cosas, no paso nada conmigo para decir eso, la niña se la pasa en la calle jugando con mas niños, eso es lo que escuchado, conmigo nunca se llego a pasar y con mis tías también salimos y nunca nos puso una mano encima, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a La Defensa, para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Te has percatado que J.G. se haya sobrepasado con alguna niña u otra persona mayor? Nunca. OTRA: ¿Desde cuando lo conoces? Desde hacen 7 años. OTRA: ¿Conoces si el tiene algún perro bravo en su casa? No se. OTRA: ¿Cuantos años tienes? 20, desde lo 13 lo conozco. OTRA: ¿Llegaste a percatarte que el tuviera alguna conducta indecente? Nunca, ni su vocabulario. OTRA: ¿Como era el trato con los niños y adolescentes del sector? Es cariñoso pero sin faltar el respeto. OTRA: ¿Conoces a Identidad Omitida por disposición legal. Andrade? Solo de vista, y a su mama Leani Joséfina, también de vista. OTRA: ¿Eres amiga o enemiga de ella? No, nada y de J.G. tampoco, o sea amiga, amiga no. OTRA: ¿Como es Identidad Omitida por disposición legal.? Siempre la he visto frente a su casa con una vecinita jugando, crei que vivia en otro lado. OTRA: ¿Que haces tu? Trabajo en Cujicito de secretaria. OTRA: ¿Leanny siempre ha sido atenta en el cuido de Identidad Omitida por disposición legal.? No creo, la he visto mas en otras partes que por la casa, hasta le han pegado por eso y una vez la hicieron orinar. OTRA: ¿Los vecinos se organizaron en apoyo de J.G.? Si recogieron unas firmas para apoyarlo. OTRA: ¿Como le llaman al señor? Goyo. OTRA: ¿Y en el sector hay otra persona que le digan así? No, solo le dicen Goyo a secas. Es todo por la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Público para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Qué vio, o que sabe sobre los hechos? De ver, nada, yo no vivo por allá, solo los comentarios. OTRA: ¿De quien escucho los comentarios? De los vecinos. OTRA: ¿Donde vive usted? En Falcón, estoy de visita a que mi mama. OTRA: ¿Quien vive en el sector? Mi mama X.F.. OTRA: ¿Y su mama vio? No también supo por los rumores. Es todo por el Ministerio Público. El Tribunal, no interroga.

14)Con el Testimonio de llamarse L.F.C.G., titular de la cedula de identidad Nº 4.528.508, quien previamente juramentado por la Juez profesional expone: “Eso fueron unos comentarios que llegaron a la comunidad donde vivimos, yo no tuve conocimiento porque no presencié, fue por comentarios que me entere. No tuve gran conocimiento de eso, fue por comentarios, a mi me extraño yo lo conozco como desde hacen 10 años, siempre ha sido honrado y trabajador, me extraño que o acusaran de eso, es todo”. Se le concede la palabra a la Defensa, e interroga: Primera Pregunta: ¿Cuales fueron esos comentarios? A mi m e lo expreso la madre de la niña, yo le dije que no lo creía, el seria incapaz de hacer eso, dijeron que había abusado de la niña, lo creo incapaz de una acción de esas. OTRA: ¿Que le pidio la mama de la niña o porque se le acerco? Allí tienen un centro de llamadas, ahí llegue y me lo comento, porque me pregunto si podía ser testigo para este tribunal. OTRA: ¿Le ha visto alguna actitud deshonesta especialmente con niños, niñas? No en ningún momento. OTRA: ¿Recogieron firmas en el sector en apoyo de J.G.? Si. LA DEFENSA solicita autorización para poner de manifiesto un documento suscrito por el señor y el Tribunal autoriza y el testigo manifiesta que si es su firma. OTRA: ¿Hace cuanto conoce la familia de Leany J.M.D.? 4 o 5 años más o menos. No me he relacionado mucho con ellos. OTRA: ¿Puede describir la conducta de esa familia? Han sido siempre muy responsables, una abuelita formaba parte del círculo de abuelos, de la comunidad, esa es la única relación con ellos, la señora M.L., esa era la relación. OTRA: ¿Como eran las calle donde vivía J.G. en el 2007? Un desastre, al igual que hoy día. En el 2006 hicieron las aceras. OTRA: ¿Entonces en el 2007 existían o no? Claro pero no se transitaba por las calles. OTRA: ¿Esta segura que en el 2007 ya existían las aceras? OBJETA EL MINISTERIO PUBLICO POR CUANTO YA RESPONDIO ESO. Se reformula: ¿En el 2007 como eran los servicios públicos? La primera etapa de las cloacas empezó en el 2004. OTRA Y SOLICITA SE DEJE CONSTANCIA: ¿El suministro de agua cuando comenzó a funcionar normalmente? A principios del 2008. OTRA: ¿En que fecha culminaron los trabajos de aceras? Aun no se ha terminado, quedo inconclusa, desde la calle 93. OTRA Y SOLICITA SE DEJE CONSTANCIA ¿En la 95-Ñ cuando culminaron la elaboración de las aceras? No las han concluido aun. OTRA: ¿Tuvo conocimiento de algún hecho violento entre los Perozo y los Molina Duran? No. Es todo, por la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al MINISTERIO PUBLCIO para que ejerza su derecho a las preguntas y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Le une algún parentesco con J.G.? No. OTRA: ¿Como se constituye la familia de J.G.? Los padres que viven allí y una hermana. OTRA: ¿Es vecino de quien? De los padres de el. OTRA: ¿Que distancia hay de los padres a donde vive la niña? Ella vive en la Ñ y ellos en la Ñ-O, como 100 metros. OTRA: ¿Y desde la del acusado? Como 300 metros aproximadamente. OTRA: ¿Quienes viven con el acusado? Su esposa hasta lo que se, con su mujer y los hijos. OTRA: ¿Cuantos hijos? No se. OTRA: ¿Como se llama la mujer? No se. OTRA: ¿Que sabe de los hechos debatidos? LA DEFENSA OBJETA, ESO LO MANIFESTO Y ADEMAS SON VECINOS Y SE ARGUMENTO EN SU OPORTUNIDAD SU NECESIDAD Y PERTINENCIA. El Tribunal lo declara sin lugar e insta al testigo a responder, Responda que vio de los hechos que se están debatiendo: No se, siento que es inverosímil. No he visto ningún hecho. OTRA: ¿Tiene algún tipo de relación con la victima? No. OTRA: ¿De donde los conoce? Viven en la comunidad. OTRA ¿Conoce la victima? Si. OTRA: ¿Que edad tiene? No se. OTRA: ¿Como es el suministro de agua en el sector? LA DEFENSA OBJETA, YA SE LE PREGUNTO. EL MINISTERIO PUBLICO QUIERE SABER COMO SE SUMINISTRABA ANTES. EL TRIBUNAL DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR. SE LE INSTA A RESPONDER y el testigo manifiesta: Cuando llegamos ahí no llegaba, luego fue con cisternas, unos luchadores nos propusimos a llevar el agua desde los bucares solo en una manzana y de allí nos abastecemos. Por la parte de atrás se conectaron de la vía de la concepción, hasta que metieron el servicio de tuberías, a finales del 2007 y comenzó a principios del 2008. Es todo por el Ministerio Público. El Tribunal no interroga

15)Con el Testimonio de llamarse J.M.A.R., titular de la cedula de identidad Nº 7.979.535, quien previa juramentación de la Juez profesional expone: “De conocer de los hechos, no mucho, hasta ahora que me explicaron lo que había pasado, me entere por comentarios, y a el lo conozco como una persona sana. Nunca lo he visto causar daño, es todo”. LA DEFENSA interroga: Primera Pregunta: ¿Cual es su numero de cedula? 7.979.535. OTRA: ¿Es el papa de Yoxandra? Correcto. OTRA: ¿Que sabe de los hechos que se ventilan acá? Que hubo un intento de violación, no tengo nada que decir en contra, ni de ella tampoco. OTRA: ¿Tiene mas hijos? Si una de tres años, una de veintidós, una de veinticinco y un varón de 15. OTRA: ¿Cuanto tiempo hace que lo conoce? Hacen 11 años. OTRA: ¿Como era con sus hijas con el? Todo bien nunca se metió con ellas ni por nadie en el sector? OTRA: ¿Algún momento vio al Señor J.G. con actitud en contra de otras personas? No nunca. OTRA: ¿Tiene conocimiento que el tenga algún perro? Desconozco. OTRA: ¿Puede decir como ha sido siempre el trato de J.G. con los niños del sector? Con todos ha sido muy respetuoso, nunca de forma grosera. OTRA:¿Tiene conocimiento que niños, niñas han trabajado con autorización de los padres? No se. OTRA: ¿A que se dedica el? Es trabajador independiete, en el COL. OTRA: ¿Vive en que parte del sector? En la 95 Q, diagonal a la R.M.. OTRA: ¿Puede recordar como eran las calles del sector la 95Ñ para el 2007? Desastrosas. OTRA, Y SOLICITA SE DEJE CONSTANCIA: ¿Para el 2007 existían aceras en esa calle? No. OTRA Y SOLICITA SE DEJE CONSTANCIA: ¿En la 95ñ de los altos tres existían aceras en el 2007? No. OTRA: ¿Como eran las calles en el 2007? Igual que ahorita, son de barro, no son asfaltadas. OTRA: ¿Conoce a la E.J.M.? No, a Identidad Omitida por disposición legal. tampoco. OTRA: ¿Tiene conocimiento si la comunidad se unió en apoyo de J.G.? Si. LA DEFENSA SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA EXHIBIR EL DOCUMENTO Y EL TRIBUNAL AUTORIZA y el testigo manifiesta: ESA ES MI FIRMA. OTRA: ¿Que lo motivo a firmar? Cuando supe del problema yo dije no puede ser, el nunca abusa de nadie, ha sido sano. OTRA: ¿Acostumbran los niños a jugar en la casa? Mas que todo en la casa de su tía y de su mama. OTRA: ¿Conoce a M.M.? No. OTRA: ¿Como era el suministro de agua en el 2007? Yo tengo agua desde el año pasado. OTRA: ¿Como se surtían los demás? Ellos ya tenían sus conexiones, yo compraba a los camiones. OTRA: ¿Se han suscitado hechos como estos? No lo he escuchado. OTRA: ¿Escucho que alguno de su familia haya pasado o ha sido señalado por esto? No. OTRA: ¿Como llaman a J.G. por su casa? Goyo. OTRA: ¿Goyo el alto el gordo, el blanco? No, solo Goyo. Es todo por parte de la defensa. El Ministerio Publico no interroga. El Tribunal no interroga

16)Con el testimonio de G.M.M.D.Q., titular de la cedula de identidad N° 10.700.920, quien previa juramentación de la Juez profesional expone: “Yo en ningún momento estuve acá, estaba en Punto Fijo y me llamaron allá, me llamaron porque dije que cualquier cosa yo venia, el en ningún momento se ha pasado con mis hijas, tengo 16 años de conocerlos, mis cuatro hijas han trabajado con el, ya ellas son unas señoritas y todas trabajaron con el; es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa para que ejerza el Derecho a su interrogatorio y así lo hace: Primera Pregunta: ¿Qué conoce de estos hechos? Oí decir que el se paso con una niña, pero yo tengo respeto por el, siempre ha sido respetuoso. OTRA: ¿Qué sabe de lo que juzgan al señor J.G., le refirió a la señora Mónica que el señor J.G. se llego a pasar con una de sus hijas? Yo a esa señora nunca le he comentado nada, poco la trato, de haber sido así no se mataran para trabajar con el. Desde pequeñas han trabajado con el. OTRA: ¿Teníamos conocimiento que J.G. abuso de sus hijas, que tiene que decir? Nunca. OTRA: ¿Cuántos años de que no vive en el sector? Dos años. OTRA: ¿Cuantos años vivió en el sector? 21 años. OTRA: ¿Habían ocurrido hechos similares en el sector? Nunca. OTRA: ¿Conoce a Leani Molina? De vista solamente, no somos amigas o enemigas, solo de saludo. OTRA: ¿Observo a la niña Identidad Omitida por disposición legal.? De lejitos. OTRA: ¿Cómo hizo para venirse? Lo tenia para después, pero las hijas me decían que tenia que venir y ellas se quedaron cuidándome los niños. OTRA: ¿Por qué le insistieron en que viniera? Porque defienden al señor J.G. por el cariño que le tienen. OTRA. ¿Sus hijas son, IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL, tienen documento de identificación? No, me estan haciendo la diligencia, es todo por la Defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico quien NO INTERROGA, argumentando que la señora manifestó que no tiene conocimiento de los hechos. El Tribunal, NO INTERROGA. LA DEFENSA

17) Con el testimonio de acusado J.G.P., de sus derechos y garantías constitucionales y le interroga sobre su deseo de declarar y manifiesta: “Si deseo declarar” y manifiesta: “En ese momento un lunes 14 de mayo mi esposa y yo estábamos en la habitación y se nos apago el aire, nos paramos y movimos los botones y no prendió; recordé que el papa de la niña es técnico en refrigeración no lo encontré y se lo manifesté a su esposa y me dice que le tocara el la unidad y me regrese llegue a mi casa baje el aire, abrí toda la casa, pasado el rato ladra el perro entonces sale mi esposa a ver y le pregunte y me dijo que los obreros estaban trabajando en las aceras, en menos de una hora ladra de nuevo el perro y esta es la niña jugando con el mecate del perro y mi esposa los regaña. Prendimos el DVD y no ponemos a ver caricaturas de nuevo el perro empieza a ladra y son de nuevo las niñas y las regaña, ellas se van atrás y se tiran a la cama mi esposa como estaban sucias las saco de la cama, en dos hora llega Identidad Omitida por disposición legal. con las películas las niñas, les ponemos las películas y como en 45 lega Identidad Omitida por disposición legal. a buscarla, se van y mi esposa aprovecha y sale a buscar a su mama llega mi esposa a los 8 o 10 minutos y me cuenta de lo que se estaban diciendo me atemorice y me fui a que mi mama, mi esposa se regresa a cerrar la casa y escucha los obreros diciendo que los saquen , que saque al sádico y envío a mi hermano a buscar el carro, al día siguiente esto y a que mi mama tratando de responder el problema, recibo una llamada de mi primo para que lo auxilie en primero de mayo. Al regresar me encuentro con unos familiares y me dicen que no llegue porque el papa de la niña me estaba buscando con un revolver. Al otro día me voy con mi suegra a la fiscalia y no me atendieron porque no había ninguna denuncia en mi contra y no me orientaron de lo que debía hacer. Fui de nuevo al oto día y me dijeron lo mismo, que no se podía hacer nada, hasta que no hubiera denuncia. Luego fui a Cuatricentenario a ver que podía hacer, declare y me dieron una orden para el Ministerio Publico y te dirán que vas a hacer, de nuevo allí me dijeron que igual no podían hacer nada. Salí y busque a mi abogada par ponerme a derecho, me críe en el evangelio y no me considero mala persona, no soy de estar huyendo para que no hayan confusiones en mi contra, soy inocente, es todo. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico para que ejerza su derecho al interrogatorio y así lo hace: primera Pregunta: ¿Puede indicar el motivo porque salio de su vivienda? El frente estaba ocupado, habían mas de 15 hombres y estaban diciendo saquen al sádico, me atemorice y me fui OTRA: ¿Por qué decide irse si no se mencionaron nombres y se lo dije a la policía? Por todo lo que he escuchado, que la misma policía con esas personas las golpean y fui yo mismo a la fiscalia. ¿OTRA: ¿Por qué se fue si no decían nombres? OBJECIÓN DE LA DEFENSA, argumentando que ya se ha comentado, la respuesta es evidente. El Ministerio Publico solicita con respeto a que la defensa objete sin inducir a respuesta, sin invocar otros testigos, se requiere una respuesta clara. El Tribunal declara parcialmente con lugar las dos mociones. Continúa el Ministerio Público ¿Por qué se dio por aludido? Porque mi esposa me contó, ya ella había estado afuera, el papa de la niña se lo había dicho, los vecinos comenzaron a gritarlo. OTRA: ¿Su esposa, previo a los gritos, ya había hablado con el papa de la victima? Si, ella me cuanta que ve el alboroto y la llaman para decirle eso, el papa de la niña se lo dijo y ella se le ofreció a que fuéramos todos a aclarar el problema y el no quiso ir. Ella llega a la casa y me contó todo. OTRA: ¿En que momento se entero ella de lo que estaba sucediendo o que hora? Cuando Identidad Omitida por disposición legal. llega a buscar a Identidad Omitida por disposición legal. se va con las niñas, supongo fue en ese momento, creo que 4 y 30 pm, mas o menos. OTRA: ¿Recuerda lo que le manifestó? Si, me dijo que el señor de al lado dice que la niña fue tocada y yo le dije vamonos a que mi mama y allá resolvemos. OTRA: ¿Identidad Omitida por disposición legal. Andrade estuvo en la tarde en su casa? Si, se fue y se regreso con una película. OTRA: ¿A que hora era para ver la película? 3:45, a 4:00 pm. OTRA: ¿Fue acompañada? Si con Identidad Omitida por disposición legal., llegaran y se tiraron a la cama, mi esposa la regaña y Identidad Omitida por disposición legal. se fue y la otra se sentó en la silla. OTRA: ¿Ella salio y regresó de nuevo? Si. OTRA: ¿Qué tiempo tardo la primera vez? Se fue rápido. OTRA: ¿Donde estaban? En la habitación. OTRA: ¿Que personas diferentes estaban dentro de su casa? Solo mi esposa y yo. OTRA: ¿La niña Identidad Omitida por disposición legal. acostumbraba a ir a su casa? No frecuentemente, pero si iban a jugar, primera vez a ver la película. OTRA: ¿Existía amistad con la familia de la niña? Con el papa no por el poco tiempo y su mamá poco, la conozco de tres a cuatro años, pero si conversábamos. OTRA: ¿Para el momento eran amigos? Conocida solamente, porque es grasera por la boca. OTRA: ¿En vista de eso, porque le dio acceso a su casa a la niña? Siempre en mi casa hay niños les daba que trabajar, y no vi, malicia accedí para que la viera, siempre hay muchachos en la casa. OTRA: ¿No dio aviso a sus padres que ella estaba allí? No, ella dijo que su mama le había dicho que se la pusiera. OTRA: ¿Qué edad tenia? Tres añitos. OTRA: ¿y no le parece raro por le edad de ella? No, por su costumbre. OTRA: ¿Realizo tocamientos en las partes de la niña? No, Dios me cuide. OTRA: ¿Ella le manifestó que sentía algún dolor? No. OTRA: ¿Que dice de lo manifestado por M.J.P.? Que eso es falso. OTRA: ¿Conoce a su progenitora? Solo conversábamos. OTRA: ¿Tuvo problemas con los padres de esas niñas? Con nadie. OTRA: ¿Cómo lo llaman por el sector? Goyo. OTRA: ¿Cómo se llama su perro? Danko, es bravo. OTRA: ¿Dónde lo mantenían? En la sala. OTRA: ¿Dónde estaba DanKo en ese momento? En la sala, que queda al costado. OTRA: ¿La sala esta provista de una puerta? Si. OTRA: ¿Cuántas puertas tiene la sala? Una. OTRA: ¿En otras oportunidades ha sido denunciado por hechos similares a estos? Nunca. Es todo por el Ministerio Publico. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa quien interroga de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Qué día te presentaste al Ministerio Publico? El martes creo, me atendieron yo planteé el problema y me dicen que no puede hacer nada porque no había denuncia. OTRA: ¿Donde estuviste antes de venir al Tribunal? A que mi hermano. OTRA: ¿La familia de Identidad Omitida por disposición legal. fomento alguna amenaza en casa de su familia? Si la mama de la niña gritando en el frente de la casa de mi mama. OTRA: ¿Porque la mama de M.J. vino a decir lo de su niña? Imagino porque son amigas. OTRA: ¿Tocaste a Identidad Omitida por disposición legal.? Nunca. OTRA: ¿Se quedaron solos? Nunca. OTRA: ¿Tocaste a Identidad Omitida por disposición legal.? Ella solo llego a buscar a Identidad Omitida por disposición legal.. OTRA: ¿En que sentido da la puerta de tu habitación? Hacia la calle. OTRA: ¿Hacia el frente de Identidad Omitida por disposición legal.? No. OTRA: ¿Como es la visibilidad? Se tiene que estar en el frente. OTRA: ¿Porque aceptaste que ella entrara? No pensé que había algo malo. OTRA: ¿Acostumbra Identidad Omitida por disposición legal. a estar en la calle? Si. OTRA: ¿Como es el paso que hay en tu casa? Todo e mundo pasar por allí, por eso tengo el perro. OTRA: ¿Cuantas habitaciones tiene esa casa? Dos la cocina, la sala y mi habitación. OTRA: ¿Que comportamiento tenia Leany Molina con su niña? La niña siempre estaba en la calle sucia, la que mas estaba pendiente era su abuelita. OTRA: ¿Siempre fue vivas? Si, siempre fue pilas. OTRA: ¿Puedes decir que motivo a Leany Molina formulara la denuncia? Creo que por celos, por allí siempre criticaban nuestro trato entre mi esposa y yo, quizás fue eso, envidia. OTRA: ¿Llegaste a tocar a Identidad Omitida por disposición legal.? Ni a ella ni a nadie, y nunca tuve problemas de este ni de otro tipo. OTRA: ¿Y en otros sitios? No. OTRA: ¿Puede aclarar la fecha que supuestamente sucedieron los hechos? Lunes 14 de Mayo. OTRA: ¿Te presentaste a la casa de la mama de la niña? No. OTRA: ¿Antes tenias roce con otras niñas? Si, las Quero, Johanny, muchos niños, nunca tuve problemas con nada ni nadie. OTRA: ¿Qué razones tuviste para abandonar tu casa? Porque mi esposa me contó lo que escucho afuera. De ahí salimos a que mi mama a comentarle y de allí me fui como a las 9 pm. OTRA: ¿Hablaste con los padres de Identidad Omitida por disposición legal.? Yo no, mi esposa si, al otro día. OTRA: ¿Tu esposa te comento que le puso tu vehículo a disposición para llevar a Identidad Omitida por disposición legal.? Si, pero ellos no quisieron OTRA: ¿Recibió tu esposa alguna agresión por parte de los padres de Identidad Omitida por disposición legal.? Si. OTRA: ¿Cómo eran las calles de tu barrio? Siempre hemos padecido por agua. Las Calles son de arena. OTRA: ¿Habían aceras en tu calle? No, estaban haciendo los brocales. OTRA: ¿Observaste a Identidad Omitida por disposición legal. tocarse sus partes? No. OTRA: ¿Por qué las levantaron de su cama? Porque estaban muy sucias. Es todo por la defensa. El Tribunal INTERROGA de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Cuál fue el primer momento que Identidad Omitida por disposición legal. esta en tu casa? Cuando llegaron y se tiraron en la cama y mi esposa las regaña y se fueron, no se la hora exacta. OTRA: ¿Vio las niñas ingresar a su casa? Si. OTRA: ¿Dónde estaba Usted? Sentado al frente del televisor. OTRA: ¿Cuanto tiempo estuvieron? Un ratico. OTRA: ¿Donde estaba su esposa? Ahí en el cuarto. OTRA: ¿Las niñas salen de su casa? Si, eran después de las 12 pm., no habíamos almorzado, era antes de la 1 pm. OTRA: ¿Donde estaba el perro? En sala, suelto. OTRA: ¿Qué tiempo estuvieron las niñas? No estuvieron tres minutos. OTRA: ¿Cuándo les dio refresco? La segunda vez que estuvieron. OTRA: ¿Qué hacen después que las regañan? Se bajaron y se fueron. OTRA: ¿Qué paso después? Mi esposa se sentó y nos pusimos a ver películas. OTRA: ¿La segunda vez que llegaron donde estaba? Yo me pase al chinchorro. OTRA: ¿Cuándo llegaron la segunda vez? Yo no las vi., fue mi esposa. OTRA: ¿Antes de la una estaba usted en su casa? SI. OTRA: ¿A que hora paso lo del aire? Como las 9 y 30 am., no había ningún niño por ahí. OTRA: ¿Estaba Identidad Omitida por disposición legal. en su casa? No. OTRA: ¿Qué hace luego? Arrimo la cama y saque el aire, eran como las 9 y 40 am., toque la unidad y estaba caliente. OTRA: ¿Qué hizo después? La pase viendo televisión, como hasta las 4 y 30pm. OTRA: ¿su esposa estuvo con usted? Si, todo el tiempo. OTRA: ¿Las niñas se fueron? Si. OTRA: ¿Dónde estaba usted? Adentro en el cuarto. OTRA: ¿No vio cuando la niña salio? N. OTRA: ¿Cuándo salen las dos niñas? Por el lado izquierdo de la puerta. OTRA: ¿Se ve a su cuarto desde el frente? No. OTRA: ¿La segunda vez que le dijo su esposa? Que regaño las niñas porque estaban jugando allí. OTRA: ¿Qué hizo de dos a cuatro de la tarde? Viendo películas. OTRA: ¿Llegaron las dos niñas a su casa? Si, pero entra solo Identidad Omitida por disposición legal., Identidad Omitida por disposición legal. se va, se regreso a buscar una película como a los dos minutos. OTRA: ¿Qué película era? De comiquita, era de el, y entra solo, Llega y dice: mami que pongas esta película, ella se sienta y Johanna se sienta conmigo. OTRA: ¿A que hora se fue? No había terminado la película, llega Identidad Omitida por disposición legal. a la puerta de la casa buscándola. OTRA: ¿Que tiempo era? 3:30 pm. OTRA: ¿Identidad Omitida por disposición legal. a que hora la busca? 4 y 30. OTRA: ¿En esos 30 minutos quienes la veían? Los tres, Johanna estaba al lado mío y la niña frente al televisor. OTRA: ¿Su esposa duerme en la tarde? No le da migraña. OTRA: ¿Se durmió viendo la película? No, no puede. OTRA: ¿A que hora la busca? Calculo las 4 y 30. Ellas se fueron y dejaron la película. OTRA: ¿Que paso después que ellas se van y a que hora llega su esposa? Se tardo como diez minutos y me llego a decir lo que pasaba y me asuste. OTRA: ¿Cuánto tiempo su esposa fuera de la casa? 10 minutos, me entere cuando ella me cuenta lo que decía. OTRA: ¿Cómo se entran los trabajadores? Por los gritos de su mama. OTRA: ¿La niña cuando regreso estaba sucia? Si, por eso la sentamos en la silla. OTRA: ¿ IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN LEGAL aseveró unos hechos, porque hizo esa referencia? Creo que por envidia. OTRA: ¿Por qué Identidad Omitida por disposición legal. dijo eso? Quizás porque le dijeron sus padres. OTRA: ¿Y M.J., porque diría eso? No se. Es todo por el Tribunal. Con relación a lo solicitado por la defensa este Tribunal considera Declarar con lugar el traslado a la casa del acusado y mandato de conducción de la Médico ginecóloga y el trabajador social. Suspende el presente acto siendo la Una y Cuarenta minutos de la tarde (01:40pm) hasta la hora de la inspección acordada

18)Con el Testimonio de y llamarse L.L.M., titular de la cedula de identidad N° 7.932.612, de profesión Médico Cirujano, Gineco-Obstetra y Médico Forense; y se le pone a disposición solicitado por el Ministerio Publico informe medico suscrito por la Médico H.L., para su interpretación y el Tribunal de acuerdo a lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, lo autoriza; quien previa juramentación de la Juez profesional expone: “La horquilla es la terminación del himen, que continua con la rafe medio de la región vulvar, se describe laceración en horquilla vulvar; esta es una mucosa fibra muy laxa de color rosado normalmente, se describe una laceración, laceración en la perdida la laceración Es la perdida por roce de dicha mucosa, perdida de la solución de continuidad con descamación o grietas. Himen de forma anular de bordes lisos sin desgarro sin lesiones traumáticas ni señas de haberlas sufrido. Conclusión: Se describe el himen, se evidenció lesiones en la horquilla vulvar en genitales externos producidas por la introducción de pene en erección o similar. Esto porque se hace una presión genital en la menor, de tal manera que va a haber una perdida de solución de continuidad… Con data meno de 24 horas, por haber………. Y reciente el roce…. EL Ministerio Publico: Primera Pregunta: ¿Qué fecha tiene ese informe? Se examino el 16 de Mayo 2007, y trascrito el 18 de mayo 2007. OTRA: ¿Cuál es el nombre de la paciente? Identidad Omitida por disposición legal. D.A.M.. OTRA: ¿Qué especialidad tiene? 15 años Medico cirujano y 5 como gineco obstetra y 5 medico forense. OTRA: ¿La Hiperemia, es compatible con una irritación o pañalitis? Se hubiera descrito en el informe y siempre esta en toda la región genital, por el amonio de la orina. Por lo que no es compatible. Además hay laceración por lo que tuvo que haber una fuerza tencil para que se rompa y abra y se produce este tipo de lesión. OTRA: ¿Puede mencionar otros objetos de los señalados? Según el informe solo semejantes a esos objetos mencionados,… OTRA: ¿La horquilla vulvar forma partes de que genitales? De los genitales internos, están cubiertos por los labios mayores. OTRA: ¿Explique que dice que no hubo perforación? Porque la laceración es la ultima parte, y no lo había en ese momento. OTRA: ¿Qué nivel de los genitales afecta? Allí no hay piel. OTRA: ¿Es posible que se haya ocasionado por la ropa interior o fue directamente? De acuerdo a esto es a consecuencia de una fuerza tencil sobre la zona. OTRA: ¿Esa fuerza pudo ser ocasionada por un mecate? No, es de lo externo a lo interno, se hubiera evidenciado excoriación por roce, pero hubo laceración, ruptura de mucosa. Es todo por el Ministerio Público. LA DEFENSA: Primera Pregunta: ¿Qué es mas severo? La laceración, por la pérdida de la continuidad de la mucosa. OTRA: ¿Qué otro tipo de eventos pudiera ocasionar esta laceración? Por varias cosas, pero para eso existe el diagnostico diferencial, acá se describe por fuerza tencil de un objeto duro semejante al palo, o pene… OTRA: ¿En este caso pudo haber sido mucho roce? No solo es el roce, es la fuerza tencil de la zona, por algún objeto. OTRA: ¿A que se llama fuerza tencil? Una fuerza de lo externo a lo interno, como una relación sexual. OTRA: ¿La laceración puede ser causada por otra causa, como rascarme fuerte? No. La laceración rompe. Rascarse produce excoriación, enrojecimiento. OTRA: ¿Si tenemos un área genital desaseada y se le aplica una fuerza de roce continuo o golpes, se puede producir esta lesión? No. OTRA: ¿La laceración es una lesión traumática? Trauma significa un choque entre un objeto móvil con otro fijo, que anteriormente dijimos que debemos hacer diagnostico diferencial, traumatismo vulvar con abuso sexual; el traumatismo va a ser directo. Podemos decir científicamente que si, en líneas generales. OTRA: ¿Qué tiempo tarda en sanar? Cinco o seis días, por las fibras de colágeno en la zona. OTRA: ¿La fuerza tencil también puede roce? Si. OTRA: ¿La horquilla vulvar forma parte de forma parte de los genitales externo o internos? Internos, están cubiertos por los labios mayores y menores. OTRA: ¿A las 24 horas de una lesión como debe ser la hiperemia? No debe haber después de las 24 horas. Depende de la lesión. OTRA: ¿Las niñas, acostumbran a secarse solas en el baño? Depende de la madurez. Deben de educarles bien para el aseo. Es todo por la defensa. El Tribunal Primera Pregunta: ¿En este caso esa laceración que produce la lesión? En esa zona, un objeto duro, romo similar a un palo o pene en erección. OTRA: ¿Puede producirse esa laceración e hiperemia con objeto distinto a lo que se ha mencionado? Palo, dedo o un similar a un pene en erección. OTRA ¿Un objeto moderno empleado para la autosatisfacción sexual puede producir esta lesión? Eso depende de la fuerza que se emplea. OTRA: ¿Una cuerda puede producir esta lesión? Eso produce es irritación en la parte externa. Esta lesión se produce es en la parte interna. Es todo

19) Con el Testimonio de M.A.M.M., 11.280.980, JURA y expone: “No se mucho de esto ese domingo yo estaba en mi casa mi hija si jugaba con la niña, yo Salí a buscar la mía y la otra supuestamente en la casa de el me quede un rato con mi suegra en el frente como media hora y luego me metí porque allí estaba mi esposo, es todo”. El Ministerio Público. Puede indicar cuando ocurrió eso? Solo se que fue un domingo. OTRA: ¿puede indicar quien su hija? Identidad Omitida por disposición legal. tiene 7 años. OTRA: ¿Por qué recuerda que fue domingo? Porque mi esposo viaja y ese día estaba en la casa. OTRA: ¿con cuántos niños jugaba su hija? Habias varios OTRA: ¿Qué tiempo tenia jugando allí? Como media hora. OTRA: ¿Vive a que distancia de la casa de Identidad Omitida por disposición legal. y del acusado? De Identidad Omitida por disposición legal. , al lado, OTRA: ¿Se encontraba Identidad Omitida por disposición legal. jugando con ella? Ese día no vi a Identidad Omitida por disposición legal.. OTRA: ¿Conoce al acusado? Si, fui su amiga, ya no por lo que esta pasando, ella es sobrina de mi esposo, además ya se fue de ahí. OTRA: ¿Entro a su casa? Si, recuerdo tenia un perro. P: Donde lo colocaba.? R: En el día afuera amarrado a una mata y en la noche adentro. P: Como o con que lo amarraba?. R: No se. P: Vio a Identidad Omitida por disposición legal. pasar ese día? P: Conoce a la esposa del acusado. R: Si. P: La vio pasar ese dia? R: No. P: Declaro en la fiscalia? R: Si. P: Recuerda lo que declaró? R: Si, lo mismo que estoy diciendo acá. P. Tiene conocimiento si Identidad Omitida por disposición legal. y su hija frecuentaban la casa del acusado? R: La mía entraba mas que Identidad Omitida por disposición legal., hasta el frente. OTRA: ¿Identidad Omitida por disposición legal. si entraba? No, mi hija si. OTRA: ¿Identidad Omitida por disposición legal. la frecuentaba? No. OTRA: ¿Le manifestó su hija que fue tocada por el acusado? No. OTRA: ¿Y que le paso a Identidad Omitida por disposición legal.? Supuestamente el señor la toco, me entere por su familia. OTRA: ¿Ese día la mandaron a llamar en esa casa? No se. Es todo por el Ministerio Público. SEGUIDAMENTE se le concede la palabra a LA DEFENSA para que ejerza su derecho al interrogatorio y así lo hace: Primera Pr

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