Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Miranda, de 22 de Febrero de 2005

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2005
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteAizkel Damaris Orsi Chirinos
ProcedimientoDivorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veintidós (22) de Febrero del Dos Mil Cinco (2005).-

194° y 146°

Vista la anterior solicitud presentada, por los ciudadanos C.A.D.S. y S.A.L., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.070.840 y 17.753.302, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado W.O.S. Inpreabogado Nos.93.659 y por cuanto la misma se fundamenta en la causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Désele entrada en el Libro de Solicitudes bajo el Nro. 289 SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Así mismo por cuanto dicha solicitud esta fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, se ordena citar a la Fiscal del Ministerio Público, mediante boleta, anexándole copia certificada de la solicitud y del presente auto, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro del plazo de Diez (10) días de despacho siguientes a su citación, para que exponga lo que considere conveniente en relación a la misma. Líbrese boleta.-

LA JUEZ

DRA. AIZKEL ORSI.

LA SECRETARIA TEMP,

ABG. M.G.H..

NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto fueron consignados los fotostatos.

LA SECRETARIA TEMP,

ABG. M.G.H..

AO/eleana*

S -289

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY.-

Ocumare del Tuy, 22 de Febrero de 2005

194° y 146°

BOLETA DE CITACIÓN

SE HACE SABER:

A la Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, (ENCARGADO) Abg. D.E.M.P., que con motivo del juicio signado bajo el N° S-289, fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, intentado por C.A.D.S. y S.A.L.. Se ha ordenado su Notificación para que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.

LA JUEZ

Dra. AIZKEL ORSI.

CITADO:------------------------------------------FECHA:-------------------------------

HORA:-----------------------------------

AO/eleana*

S. N° 289

La abogado MARIAG. HERNÁNDEZ. Secretaria temporal del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan a la Solicitud N° 289. Relacionado con la Solicitud de DIVORCIO 185-A, hecha por los ciudadanos C.A.D.S. y S.A.L.. las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Veintidós (22) de febrero de dos mil cinco (2005).

LA SECRETARIA TEMP.,

ABOG. MARIAG. HERNÁNDEZ.

AO/eleana*

S-289

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR