Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 15 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoExpropiación

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, QUINCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL TRECE.

203° Y 154°

Por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, se observa que en fecha siete (07) de Octubre del año en curso, se incurrió en el error material involuntario pero subsanable, de dictar auto instando a los expertos a consignar el informe requerido en la presente causa, siendo que en la diligencia de fecha dos (02) de este mismo mes y año, el abogado en ejercicio J.B.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.223, con el carácter acreditado en autos, mediante diligencia solicitó se fijara fecha para la juramentación del experto designado F.F. RONDON plenamente identificado en autos; es por ello que este Juzgador en arras de subsanar el mencionado error y de conformidad con lo establecido en el Articulo 310 del Código de Procedimiento Civil el cual establece: “Los actos y providencias de mera sustanciación o de mero tramite, podrán ser revocados o reformados de oficio o a petición de parte, por el Tribunal que los haya dictado, mientras no se haya pronunciado la sentencia definitiva, salvo disposiciones especiales. Contra la negativa de revocatoria o reforma no habrá recurso alguno, pero en el caso contrario se oirá apelación en el solo efecto devolutivo”. En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Revoca por contrario Imperio, el auto de fecha siete (07) de octubre del año dos mil trece, y fija el quinto (5) día de despacho siguiente a las 10:30 a.m., a fin de que se lleve a cabo el acto de juramentación de dicho experto. Sin boletas, por cuanto los mismos están constantemente revisando las actas procesales que conforman la presente causa.

DR. A.J.L.T.

EL JUEZ

LA SECRETARIA

ABOG. YOHISKA MUJICA

Exp: 32.180

Eleczo….

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR