Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 17 de Julio de 2012

Fecha de Resolución17 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteSarita Martínez C
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 17 de julio de 2012

202º y 153º

ASUNTO: AP11-V-2012-000725

Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados por la abogada PEGGI F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.639, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano A.L.P.A., titular de la cédula de identidad Nº 6.918.073, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley LA ADMITE cuanto a lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la ciudadana I.R.D.P., titular de la Cedula de Identidad Nº 271.497, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, para que dé contestación a la demanda por DAÑOS y PERJUICIOS, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 08:30 a.m. y 03:30 p.m.. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pie, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código adjetivo, previo suministro mediante diligencia de los fotostatos respectivos.

Respecto a las medidas solicitadas en el escrito libelar, el Tribunal proveerá por auto separado en el cuaderno de medidas, el cual se ordena abrir, previo suministro de copias del libelo de la demanda, sus respectivos anexos y del presente auto, los cuales deberán consignarse mediante diligencia.-

La Juez

Sarita Martínez Castrillo

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

Sm/jg

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR