Decisión nº PJ0072011000200 de Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 24 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2011
EmisorJuzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteJosé Antonio Soto Asprino
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

No. EXPEDIENTE: VP01-l-2011-2459

PARTE ACTORA: A.M.D.C.N.M..

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: H.L.

PARTE DEMANDADA: YAMIN FAMILY CENTER MARACAIBO, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA. NO NOMBRO APODERADO JUDICIAL.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy jueves veinticuatro (24) de noviembre de dos mil once (2011), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 AM), día y hora fijado para llevar a efecto la celebración de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes ciudadana A.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 12.802.199, y Sociedad Mercantil YAMIN FAMILY CENTER MARACAIBO, C.A., ni por si, ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando que una vez firme la presente decisión, se archive definitivamente el expediente. Así se decide.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

EL JUEZ

ABOG. JOSE SOTO ASPRINO LA SECRETARIA

ABOG. LISSETH PEREZ O.

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