Decisión nº 00020-20009 de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Cumaná), de 11 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteDouglas Rumbos Ruiz
ProcedimientoCondenatoria

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2003-003364

ASUNTO : RP01-S-2003-003364

El Tribunal Unipersonal integrado por el Juez Presidente ABG. D.J.R.R., Juez Cuarto de Juicio, como Secretaria la ABG. E.S., para conocer de la presente causa y siendo la oportunidad de pronunciarse en el juicio oral y público realizado en contra del ciudadano A.J.G.G., venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.213.781, de este domicilio, hijo de Glorys García y A.G., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano L.A.H. (OCCISO), cuya defensa fue ejercida por la Defensor Público ABG. J.A.. Este Juzgado, siendo la oportunidad procesal para decidir, procede a hacerlo, previa las siguientes consideraciones:

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

La Acusación Fiscal: La misma fue presentada por la ABG. J.R., quien expuso entre otras cosas lo siguiente: “…De conformidad con las atribuciones que me confiere la Constitución y demás leyes, presento formal acusación en contra del ciudadano A.J.G., por los hechos ocurridos en fecha 12-09-2003, cuando el hoy occiso, se dirigía hacia su residencia y se encuentra con el ciudadano H.F., y el hoy acusado, se juega con H.F. de despide y se va, en ese momento el hoy acusado tenía un arma de fuego se la pasa a H.F. y le pide que explotara al hoy occiso, H.F. la dispara en el pecho causándole la muerte al hoy occiso L.A.H.. Este acusado estaba en fuga y en el 2008 se logra su detención por eso es que llevamos casi cinco años. Aperturada la investigación, demostraré en esta sala que el hoy acusado es el autor del delito de Homicidio Calificado en Grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 406, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, por cual no existió motivo alguno para que el hoy acusado le pasara el arma de Fuego a H.F. para que le quitara la vida al hoy occiso, arma que nunca se recuperó, pero si hay testigos que verifican que el hoy occiso recibió y murió por un disparo…”

La Defensa: “…el Ministerio Público ha formulado acusación en contra de mi defendido por la comisión del delito de Homicidio Calificado en Grado de Cooperador Inmediato, ese delito requiere algunas acciones específicas, cuando uno se encuentra a situaciones como estas uno le tiene que poner el ojo a la vida, cuando uno esta en ciudades como Cumaná y vive en barrios populares, cuando uno sale a la calle no le tiene que pedir a Dios para que no le pase nada a uno, sino además para que las personas que anden con uno no se metan en problemas, pareciera que cuando una persona realiza una acción determinada y esta con otro ciudadano, el brazo de la justicia, en este caso el Ministerio público no se conforme con traer hasta la justicia al que realizó la acción, sino que además solicita que quien lo acompañaba circunstancialmente, las cuales no basta para serlo a uno responsable, esa es la estrategia de la defensa, que es muy sencilla, ciertamente mi defendido estaba ahí eso no lo hace responsable de lo que haya hecho otros ciudadanos, tiene que demostrarse no solo que estaba ahí, sino tener acciones para ser señalado y ser responsable por el delito de cooperador, la defensa pública para desvirtuar la acusación ha presentado como testigos y así fueron admitidos por el Tribunal de Control, a quien responsable de la muerte del hoy occiso, al ciudadano H.A.F., a el le corresponde decir ante este Tribunal las circunstancias como se sucedió el hecho, no nos vamos a conformar con el testimonio de mi defendido, sino además con el de H.F., a los fines de contrastarlos por los testimonio de los familiares de la víctima, en lugar de justicia pareciera estar reclamando una venganza para ello. Ahora, el nuevo testamento dice una cosa que se habla de lo que se escuchó, y da testimonio de lo que ve, queda de parte de este Tribunal verificar si por aquí van a pasar testigos del Ministerio público u oidores que vienen hablar de lo que escucharon, a un Tribunal puede venir a hablar cualquier persona, de lo que vieron, de lo que pasó, pero a testificar de lo que vieron, la defensa tiene una labor de verificar si esos testigos vienen a testimoniar de lo que vieron o no, esa es la estrategia de la defensa, vigilar a los testimonios, y traer al ciudadano H.F., para verificar, porque lo hizo, con quien lo hizo y con la ayuda de quien, y solicito se oficie al Tribunal Primero de Ejecución a los fines de que acuerde el traslado de este ciudadano a los fines que comparezca a esta sala...”

La Víctima: soy la hermana Mayor de L.A.H., en el momento de la muerte de mi hermano, mi mamá tenía un mes de muerta, y en esa oportunidad mi hermano se dirigía a mi casa y lo aguanté herido, para nosotros se mantiene el mismo dolor de perder a mi hermano injustamente, ya que ellos le aceptaron el trago, si ellos querían mas, le tenían que pedir, no quitarle la vida, porque si el imputado presente no hubiese dado el arma a Hermes, mi hermano no era un mal hermano, fue un gran hermano, hijo y padre, el tenía un niño de un año en esa época, y que ahora esta bajo nuestra responsabilidad, esto fue una burla, son asesino, son ladrones, a decisión de la persona presente y de el chichito le quitaron la vida a mi hermano, ustedes decidirán, pueden pasar muchos años, pero la vida de mi hermano no se puede quedar así, la persona aquí presente A.J.G., el papa del imputado es sobrino de mi papá, mi hermano fue muy conocido como un hombre trabajador, no veía cansancio para venir a darle practica de futbolito a los muchachos …”

El Acusado: luego de impuesto del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que no está obligado a declarar, pero si lo desea lo puede hacer sin juramento, libre de coacción y apremio, con el conocimiento que su declaración es un medio para su defensa y que en caso de negarse a declarar el juicio no se paralizará, quien a tal efecto manifestó: “…En ese lugar estábamos 5 persona, Hermes no se encontraba ahí, luego se fueron tres y quedamos 2, Chucho y yo, luego vino Hermes, cerca como a 5 metros, Antonio le quitó la gorra, el si le ofreció el trago del licor y le dio una patada en la cara, y luego el le tiró la botella, arranco a correr y le dio el disparo, ¿como ella vio que yo le di el arma a Hermes?, yo me quedé sentado, y me vine como a las dos de la mañana, mi papa dijo que uno de ellos lo apuntó, yo no fui, empezaron a seguir a mi mama y a maldecirla, si yo le hubieses dado el arma yo asumo mi responsabilidad y digo yo si fui, a mi me están juzgando por algo que no he hecho eso es como motivo personal, nunca me he metido en problemas con nadie, ni ninguno de ellos, si yo le hubiese dado el arma yo no evado mi responsabilidad, los testigos no estaban ahí, luego que escucharon ellos salieron, yo si me encontraba ahí, Hermes cuando llegó nunca se movió hacia nosotros, nunca dijeron que el muchacho le dio una patada a Hermes, claro, tampoco era para quitarle la vida…”

Fue interrogado por las partes: ¿Cuántas personas se encontraban? 5 personas ¿Los nombres? Los conozco por apodos Mauro, Kike y un primo de él, Chucho y mi persona ¿Antes de esos hechos que pasó entre la víctima y la persona que le disparó? El le quitó la gorra al muchacho ¿Quién? Antonio a Hermes y Hermes le dice tu cada vez que tomas te vuelves loco, pero no le hizo nada, cuando le dio la botella le dio una patada en la cara ¿En que sitio exacto estaban ustedes? Por el fondo de mi casa ¿Cómo estaban? Agachados, sentados en la cerca ¿Familiares del ciudadano Antonio habían por ahí? Si, un primo, un sobrino, creo ¿Habían muchas personas? En el segundo grupo ¿Cuál grupo? Más arriba como a 40 o 50 metros estaba otro grupo, y mas arriba otro grupo mas ¿Ese sobrino donde se encontraba? Donde esta Antonio ¿A parte de ese sobrino distinguiste a otro familiar? No ¿Conocías a todos los familiares? Si ¿De donde sacó éste ciudadano el arma? De su cintura ¿Vistes el arma? La vi cuando le disparó que el corrió ¿Escuchaste a alguien decirle al señor Hermes que le disparara? En ningún momento ¿Tardo tiempo en dispararle? Eso fue le dio la botella, cuando se la regresó le dio la patada Antonio salió corriendo y cuando iba corriendo sacó la pistola ¿Ustedes que hicieron? Chucho se quedó ahí con nosotros ¿Qué hizo Hermes? Salió corriendo ¿Alguna persona trató de agredirte a ti? En ese momento no, me vieron y salieron caminando ¿Por qué te quedaste ahí y no corriste? No tenía delito ¿Estas personas se ofendieron? No, lo único que el muchacho le dio la patada ¿Cómo estaba la iluminación de ese sitio? El reflejo de las luces de la casa ¿Y alumbrado público? No había ¿Desde donde tu estabas se veía claramente estas personas? Si ¿A pesar de la poca iluminación? El reflejo de las casas pegaba y lo vimos ahí? Cuando le dan el disparo, el se devuelve y pasa corriendo por el frente de nosotros y los familiares del muerto nos vieron y no nos dijeron nada, luego nos paramos ¿A que distancia se encontraba usted de Hermes cuando le disparó al hoy occiso? Como de aquí a la puerta (puerta de la entrada de la celda) ¿A que testigo se refiere usted en la parte de atrás? En ningún momento dije que en la parte de atrás habían testigos, si como a 40 o 50 metros ¿usted dijo que estaban de espalda, como sabe que estaban de espalda? Ellos no estaban de espalda ¿Usted era amigo de Hermes? Lo conocía de vista, de hola, conversábamos grupos de personas y el opinaba, lo conozco de vista ¿Por qué motivo mataron a A.H., ya que usted fue testigo? De repente porque el muchacho se molestó por que le metió la patada en la cara, no se si tenían problema anteriormente ¿Había algún familiar de A.H.? Si, estaba en el otro grupo de persona como a 40 o 50 metros.

EXAMEN Y VALORACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA

Seguidamente abierto el contradictorio y aperturada la evacuación de los medios de prueba, este Tribunal atendiendo el contenido de los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, actuando según su libre convicción, atendiendo las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, habiéndose practicado las pruebas respetando los disposiciones legales y conforme al desarrollo del juicio oral y público, observa las declaraciones de:

El ciudadano Experto al experto: J.C.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.696.248, residenciado en esta ciudad, de oficio Patólogo, quien previo juramento expuso: “Practique la autopsia al cadáver, se le practico aun cadáver de sexo masculino en fecha 13-08-93 las característica era piel oscura, pelo negro, delgado, tatuaje decorativo del demonio de tasmania, no había lesiones externas, solo orificio de entradas, tres a nivel de la región del tórax derecho y cinco orificio de entrada, se identificaron cinco orificio de salida, es decir, de la trayectoria de este orificio a nivel abdominal, el tipo de arma era proyectil tenía roto el corazón y el hígado, y ruptura en los pulmones.

Fue interrogado por las partes: ¿Es suya la firma que aparece al pie de la autopsia? Si es mi firma aunque la copia es mala, además el formato de la autopsia es el mío ¿En que consiste un shock hipovolémico? Al estar roto el corazón hay una salida de sangre, lo cual produce una hemorragia internada y produce caída externa de la oxigenación del cerebro, por eso hay un shock ¿De que producto son los orificios? Por proyectiles que salieron de un arma con proyectil múltiple ¿Encontró algo dentro del cadáver? Se encontró tres costras, hay 8 entradas y 5 salida, las 3 fueron las que se encontraron en el cuerpo ¿Recuerda donde se encontró? En la cavidad toraxo abdominal ¿En el tiempo que tuvo como experto y el que tiene como médico forense puede indicar con que se produjo este tipo de perforación? Corresponde a las postas que vienen en cartucho de un solo disparos con múltiples. ¿Puede traducir los sitios del cuerpo donde están ubicados los orificios? 3 en la región anterior, esos tres orificios corresponde a uno de salida, coloquialmente uno de salida en la boca del estomago, tenía 4 orificio de entrada, es decir, entro por la zona del antebrazo y la salida por la zona de atrás ¿Puede decirse en la zona derecho la pared costado derecho? Si la pared costado ¿De derecha a izquierda, que quiere decir? Había un orificio de entrada y salida, desde la derecha a la izquierda ¿En cuanto a la trayectoria ascendente o descendente pudo determinarlo? fue horizontal.

Por ser coherente la experta en la explicación del Examen Médico Forense por el practicado, y notarse serio y equilibrado al momento de declarar y al ser interrogado por las partes sin ninguna incidencia en particular que lo desacreditara, se le otorga valor probatorio a dicho testimonio respecto a la causa de la muerte de la víctima L.A.H., quien falleciera por shock hipovolémico, al estar roto el corazón originó una salida de sangre, lo cual produjo una hemorragia internada y causó caída externa de la oxigenación del cerebro, causada por proyectiles que salieron de un arma con proyectil múltiple.

El ciudadano funcionario J.M., expuso: “En relación a los hechos el día 12 de septiembre del 2003 me encontraba en el CICPC se tuvo conocimiento a través de llamada telefónica que en la calle principal del Pinar estaba una persona fallecida, nos trasladamos allá y una vez en la zona se encontraba una persona sin signos vitales fuimos atendido por la señora Aracelys, y nos indicó que la persona fallecida era su hermano, luego me entreviste con un sobrino del fallecido y me informó que era testigo presencial y me indicó que la persona que le ocasiono la muerte era H.F. y que el acompañante era Arquímedes conocido como el Simpson quien le entrego el arma de fuego y le dijo que disparara, este nos condujo hasta la residencia de las personas que este mencionó, en la misma de cada uno de ellos logré identificarlo, y a través del padre de Arquímedes, que es apellido García, y luego nos trasladamos a la morgue…”

Por ser coherente el funcionario en la explicación de las inspecciones por el practicadas, y notarse serio y equilibrado al momento de declarar y al ser interrogado por ambas partes sin ninguna incidencia en particular que lo desacreditara, se le otorga valor probatorio a dicho testimonio respecto al sitio del suceso, los testimonios recogidos y la inspección del cadáver; al adminicularse con lo dicho por el Médico Forense y los testigos, se nota la concordancia entre las diferentes declaraciones; se le otorga valor probatorio a dicho testimonio en relación los hechos los cuales conoció por referencia o de manera indirecta.

El Testigo ciudadano L.A.B., expuso: “…Yo me encontraba en mi casa como a las 11:00 de la noche, en ese tiempo había muerto mi suegra, me vine caminando y al llegar al Pinar, me encontraba sudado y me senté en la puerta de mi casa, veo a los muchachos y venía el fallecido con una botella de ron, ellos le pidieron que le diera un trago de ron y el le dio, tomaron y el se dio a quitarle la gorra a uno de ellos, y el que le quitó la gorra no quiso que se lo llevara, y el señor (el acusado) le dio un arma de fuego, me da la impresión que quería como asustarlo, cuando yo traté de correr ya ellos se habían ido, el muchacho corrió y se fue a la casa de la señora ( la víctima) y cuando regresé de llamara a la “Red de Atención Inmediata” ellas estaban llorando, recuerdo que llegó P.E., en ese momento estaba un PTJ y le di mis datos y yo dije la verdad, y no vengo a mentir, yo vine a decir la verdad…”

Fue interrogado por las partes: ¿Qué apodo le conoce al acusado? He escuchado que le dicen “el Simpsom” ¿Usted dice el que esta allá le dio un chopo, quien esta allá? A.G., se encontraba el otro detenido de nombre Chichito, otro que se llama Chucho ¿En ese sitio estaban ellos tres? Si ¿Estaba el acusado? Si ¿Puede informar que hizo el acusado esa noche donde mataron al hoy occiso en que colaboró? El arma casera el la sacó de un lado y se la dio al otro ¿usted vio cuando el acusado sacó el arma casera y se la dio a Hermes? Si, en ningún momento le quité la vista a ellos, quise tratar de evitar problemas y luego me cohibí cuando vi el chopo, y fue que me aguante corrí cuando fui a auxiliar al muchacho, ¿El hoy condenado Hermes, le quitó la vida a L.A.H. por al arma casera que le entregó el Simpson? ¿Le dio tiempo sentarse en su casa? Llegue y saque un mueble y me senté al frente como a 100 metros de los muchachos escuché la voz alta, al momento quise pararme para tratar de evitar y cuando vi que salió el armamento me retuve ¿Qué tiempo hace de eso? Como cinco años, eso fue un día antes de que mi suegra haya muerto, y un mes antes murió la mama de la señora (Víctima) ¿Cómo estaba la iluminación? Era un poco mala unos bombillos alumbraban y otros no ¿La iluminación era mala y usted se encontraba como a 100 metros de distancia? Calculo que eran 100 metros ¿Entre esa casa, y el sitio de los hechos se podía ver con claridad? Si ¿Cómo se produjo esa discusión? Fue como una discordia como con una botella de ron, eso fue lo que yo pude escuchar y se podía escuchar ¿Había música? No, eran como las once y picote, no habían muchas casas abiertas ¿Desde el sitio donde usted estaba percibió que la discusión era por una botella? Presentí que era por una botella, el la traía debajo del brazo, yo estaba pendiente para tratar de evitar y cuando vi el armamento me retuve ¿Antes de ese disparo hubo agresión física? En ningún momento, no vi agresión física solo el disparo ¿Cuándo se produce el disparo y una persona herida, como estaba el tirador con respecto a la víctima? Anteriormente yo dije que la persona le paso el arma, estaba como de frente el corrió doblado y se tiró dentro de la casa ¿Corrió antes o después del disparo? Cuando le dieron el disparo, corrió doblado como buscando un auxilio ¿Por qué usted utilizó la palabra supuestamente le pasó el arma, porque dijo eso? Rectifico, le pasó el arma ¿Qué pasó con la persona que le dio el disparo a la víctima? Yo corrí y fui a auxiliar al muchacho ¿Y vio a mi defendido ahí? Ellos corrieron, se asustaron y corrieron ¿De donde se sacó el arma mi defendido? Lo que pude visualizar que lo sacó de un ladito o atrás, no pude ver con exactitud ¿Estas personas que discutían estaban sentadas o de pie? El señor( el acusado) se quedó sentado, mas el otro muchacho, el único que se paro como para asustarlo, porque para mi fue eso, cuando el muchacho corre doblado y se cae en la casa de la señora ellos se asustaron todo ¿Usted escuchó alguna insinuación de mátalo, explótalo? Yo escuché que dijeron explótalo ¿Sabe quien dijo eso? No se de donde salió la voz ¿Cuántas personas aproximadamente andaban con la víctima? Estaban como tres personas, aparte que estaba el hijo de la señora más acá ¿Del grupo donde salió el disparo conoce a las personas? De vista, por apodos, Chucho, C.S., yo no sabía que se llamaba Arquímedes ¿Usted auxilió? Estaba en la trayectoria de auxiliar, yo fui funcionario policial y se de auxilios, horita esto me lleva a mi de no auxiliar a nadie ¿Auxilio esa noche? No ¿En que momento se enteró que estaba fallecido? Yo lo toqué, en ese momento llegó la policía uniformada, uno de los policías dijo que estaba muerto ¿A que hora dice usted que usted llegó al barrio? Como once y picote, cerca de ¿La persona que disparó y el occiso estaba parado? Si.

El Testigo A.J.M., expuso: “ese día en la noche yo estaba sentado en el frente de mi casa en la puerta, llegaron dos señores, Chichito el asesino, el Chucho y el Simpsom, ellos venía de abajo del Pinar y se encontraron con un sobrino mío y mi cuñado tomándose unas cervezas, en eso viene A.H. y cuando llega a donde estaba el sobrino, ya estaban ellos tres y el le pide un trago y se lo dan, ellos se van hacia abajo y se quedan en la vuelta, y se sentaron los tres inocentitos, y cuando Toño viene le da la botella a chichito y se echan un trago y no le querían dar la botella, Toño le quita la gorra, y le da la botella a chichito, y este señor, le da la pistola, y este le dice al asesino, lo mataste vamos y se perdieron porque busqué con la PTJ y fue como que se lo comieron la tierra, yo si estaba ahí, yo no he visto esos muchachos en cosas mala, no me consta, pero ellos fueron lo que los mataron.

Fue interrogado por las Partes: ¿recuerda la hora? Con exactitud no recuerdo se que fue en la noche ¿Chichito, Chucho y Simpson, sabe los nombres? De Chichito y Chucho no se, pero este señor se llama Arquímedes ¿sabe cual es el apodo? Si, el Simpson ¿Cuándo usted dice este señor a quien se refiere? Al imputado que le dio el chopo al chichito para que lo matara ¿usted vio cuando el acusado le paso el chopo? Si, eso es chopo de tres emboca ¿De donde lo sacó? Detrás de la espalda de chichito, y chucho le dijo explótalo y después corrieron ¿Quiénes corrieron? Todos tres el (el acusado) corrió de primero ¿Por qué lo mataron? Por que le dieron la gana, decirle en verdad por quitarle la botella eso es una bajeza, lo mataron por gusto y gana, mato a un padre de familia ¿El acusado usted lo conocía desde hace tiempo? Desde pequeñito ¿Usted lo informa porque se lo contaron o por que lo vio? Yo lo vi, y ellos me vieron a mi también. ¿Dónde estaba sentado usted? En el frente de mi casa ¿A que distancia queda de donde le dieron los disparos? Como a 30 o 25 metros ¿Cómo estaba la Calle ese día, bastante o poca gente? Poca gente, sentado en el frente de su casa ¿Dónde le dan el tiro? En toda la esquina de la casa de Santiago y Yuda le dieron el tiro ¿Y usted estaba cerca? Si, eso es cerca ¿Qué día eran esos? No recuerdo ¿Habían música, baile? No, no tenía nada de eso ¿Dónde vive usted? En el Pinar y estoy de permiso en Margarita y vine para declarar acá ¿usted es familia del occiso? Si, señor, estoy casado con la tía del muerto, el venía a visitar a sus hermanos para acá ¿A perta de la persona que mencionó por apodo habían otras personas? Estaba R.H., A.H., y otra persona el cuñado de la señora ¿Exactamente de donde salió el arma? Detrás de que Chichito, el señor le entregó el arma ¿Usted vio de donde salió el arma? Detrás de que Chichito de la cuneta ¿Es decir, que la persona que entregó el arma tuvo que agacharse? Ellos tres se sentaron justamente donde estaba el arma ¿En que parte estaban sentados? En la cuneta ¿usted vio esa arma? Si ¿Cómo era? Un chopo, recostada era un poco difícil vela por dentro de la ropa ¿Al momento en que la víctima recibe el disparo como estaba con respecto a la persona que le dispara? Venía de espalda a la casa de la señora, el volteó con el mismo tiro arranco a correr y se tiró en la sala de la señora, y vi que los tres salieron corriendo, y cuando vi ya Toño estaba muerto ¿Venía de espalda? Si, le dio de costado y cuando volteó le dio.

El Testigo, ciudadano L.R.H., expuso: “…Yo estaba con mi sobrino frente a la casa de mi hermana, en una esquina se encontraba el Chichito, el Chucho y el Simpsom, llegó donde se encontraban ellos le quitó la gorra a chichito dio como tres pasos, el Simpsom saca un arma y se la da a Chichito y el Chucho le dice explótalo, y fue que le dio, yo quiero que paguen tanto el que esta preso como el que está presente, era un albañil y jugaba fútbol, tienen que pagar lo mataron por que le dieron la gana…”

Fue interrogado por las partes: ¿Cómo se llamaba su hermano? L.A.H. ¿Alguna de esas personas esta aquí en esta sala? El Simpson ¿Sabe cual es el nombre? Lo conozco por el Simpson ¿Lo puede señalar? Señaló al acusado ¿Desde cuando lo conoce? Lo conozco por donde vive mi hermano ¿La noche que murió su hermano, que hizo el acusado? Pasó el arma con el que le dieron muerte a mi hermano ¿Usted vio el arma? era un arma corta como casera, hace señalamiento de la mano hasta el codo ¿Cómo era el arma? Un chopo ¿A que distancia se encontraba usted aproximadamente? Como 15 a 20 metros ¿Dónde fue el homicidio, a parte de la vivienda de su hermana hay mas viviendas? Si ¿Por qué lo mataron? Por que le dieron la gana ¿Qué hizo después el acusado que el Chicho le dio a su hermano? Salió corriendo cuando llegó la PTJ no los encontraron ¿usted lo dice porque se lo contaron o lo vio?.¿En que posición estaba su hermano con respecto a la persona que disparo cuando recibió el disparo? Estaba de espalda ¿Cuándo el Simpson le pasa el arma le dice algo? El Chucho le dijo explótalo, y el Simpson también le dijo explótalo ¿Alguna otra cosa que haya dicho el Simpsom? Explótalo ¿Usted andaba con su hermano? No, con mi sobrino frente a la casa de su mama ¿A que distancia estaba usted? Como 15 o 20 metros ¿Cómo era la iluminación? Estaba clara por eso lo vi ¿Música en el ambiente? No ¿Se escuchaba perfectamente? Yo escuche el disparo ¿Y las cosas que se decía? Lo que escuché fue explótalo ¿El sobrino con el que usted andaba como se llama? L.A.V.H. ¿por ahí estaba un señor de apellido Terán? Estaba frente a la casa de el ¿A que distancia estaba? Como 6 metros ¿Recuerda en que forma estaba vestido el señor Terán? No recuerdo ¿Dónde estaba sentado el señor Terán? Frente a su casa ¿En que sitio? No estaba pendiente si era una silla o no ¿Qué tiempo tenía usted sentado en el frente de su casa con su sobrino? Rato ¿Y no le permitió ver donde estaba sentado? Se veía que era en una silla.

El Testigo L.A.V.H., expuso:”…Yo me encontraba frente de mi casa con mi tío, cuando vi que venia mi tío, chichito el Simpsom y el Chucho, el Simpson le entregó el arma a Chichito y el Chucho le dice explótalo, y luego le dispara a mi tío y me apunta a mi si yo no me quito me dispara, y luego los tres salen corriendo…”

Fue interrogado por las partes ¿Sabe por que motivó suceso o el hecho? Mi tío traía una botella y le ofreció un traguito, le pidió la gorra prestada al chichito y luego se la puso y el Simpson le paso el arma, si yo no me paso para la casa de mi tía me dispara a mi ¿Por que? Iba a auxiliara mi tío, me apuntaron con el chopo ¿Alguna de esas tres personas están aquí? Si ¿Dónde? Señalando al acusado ¿Quién? El Simpson que le entregó el arma ¿Cómo esta vestido? El testigo señaló como estaba vestido el acusado ¿Cómo se llamaba su tío? L.A.H. ¿Muere por el disparo que le dio Chichito? Si, el le pasó el arma, un chopo ¿Y muere por el disparo del arma que le paso el acusado? Si, un chopo ¿Puede describir ese chopo? Un chopo casero ¿De que tamaño aproximadamente? Un chopo ¿por ahí hay mas casa? Si, como dos o tres casas, de mi casa a donde estaban ellos eran como 30 metros ¿Por qué le disparan a su tío? Mi tio le dio una traguito a ellos, le quitó la gorra al chichito y luego se la puso y el Simpson le pasa el arma y le dice explótalo ¿Qué hizo el acusado después que el Chicho le disparó? Huyeron ¿usted vio cuando el acusado le pasó el arma o se lo contaron? Yo lo ví, cuando le pasó el arma y Chichito y el Chucho le dijo explótalo. ¿Cómo a que hora fue eso? Como a las 11 o 12 de la noche ¿Dónde es encontraba usted? En el frente de mi casa ¿Con quien? Con mi tío L.R. ¿Dónde vive el? Por ahí mismo ¿A parte de ustedes habían mas gentes? No ¿Dónde estaban sentados ustedes? En sillas frente a mi casa ¿por ahí habían mas personas? No, yo frente a mi casa con mi tío ¿Y que es eso, una calle avenida vereda? Una calle ¿Y habían mas personas? No, estaba mi tío y yo, y mas allá ellos tres, el Chucho, Chichito y el Simpson ¿De donde venía su tío? Pasando por ahí, y estaban ellos tres, y cuando se venía el Simpson le paso la escopeta a chichito y si yo no me tiro para que mi tía estuviera muerto ¿Cómo a que distancia era eso? Como 30 metros ¿Antes de ese hecho su tío estaba con ustedes? No el venía pasando ¿Por qué dice que fue el Simpson? yo lo vi cuando se lo pasó ¿Cómo estaban vestidos? Tenían pantalón corto ¿Quién? El tenía pantalón corto (el Simpson) ¿Y los demás? El Chicho tenía manga larga y pantalón largo y Chito también.

A dichos Testigos presenciales: L.A.B., A.J.M., L.R.H., L.A.V.H., como medios de prueba, anteriormente señalados, se les otorgó justo valor probatorio, ya que fueron todos contestes y concordantes y sobre todo muy contundentes sin ningún tipo de cavilaciones o dudas en sus declaraciones y sus respuestas cuando fueron repreguntados por las partes. Si bien es cierto que en algunos puntos no hubo coincidencia, en las deposiciones, lo mismo es entendible toda vez que no todos estaban en igualdad de perspectiva lo que origina algunas diferencias no determinantes al momento de su valoración; pero en los tópicos importantes, tales como las circunstancias de tiempo, modo, lugar y la participación del acusado y el testigo H.C. existió total concordancia, lo que al adminicularse lo dicho por estos con lo depuesto por los expertos, convencieron al Tribunal unipersonal al señalar como ocurrieron los hechos de fecha 12-09-2003, cuando el hoy occiso, se dirigía hacia su residencia en estado de ebriedad y se encuentra entre otros, con el ciudadano H.F. y el hoy acusado, intercambian palabras con H.F. y al momento de irse, en ese momento el hoy acusado tenía un arma de fuego se la pasa a H.F. y éste la dispara causándole la muerte al hoy occiso L.A.H.. Dichos testigos también fueron contestes al reconocer inequívocamente al acusado como la persona que facilitó el arma con la cual se causó las lesiones que produjeron la muerte por Shock Hipovolémico, al ciudadano L.A.H..

El Testigo H.A.F.C., quien expuso: “…Vine para acá me enviaron un papel para el centro, ya yo fui procesado por este problema de un homicidio que ocurrió hace como 5 años, yo admití mi culpa, me mandaron a sacar, estoy con el beneficio de destacamento de trabajo, y me dijeron que era que tenía que declarar, si es de ese mismo problema que creo que fue en el 2003, lo que aconteció yo me encontraba en El Pinar, había un grupo de personas a mi lado, no recuerdo, había una música me quedé ahí y me bebí unos tragos, tenía un arma de fuego encima, vino el occiso formando problemas, yo como humilde y tranquilo, el estaba sacando palabras indebidas, me dijo que era arrecho, viene un familiar del muchacho, y yo le dije que le dijera al tío que se calme, y el viene en defensa mía, le dijo al tío que se calmara que deje a Chito quieto, Chito me dicen a mi, yo vi que el estaba demasiado tomado, agarró me dio un trago y yo pensé ya le bajó toda la cuestión, el estaba bebiendo anís, y yo ron, el hecha el anís y cuando me lo va a dar e lo echó en la cara, entonces vino el sobrino otra vez y le dijo que me dejara quieto, yo le dije que se lo llevara, entonces el le dijo déjame quieto que soy mayor que tu, cuando el muchacho da la espalda, era como un callejón recto, era como las 10:30 o 11:00 de la noche vieron el alboroto y todo el mundo voló, el que estaba buscando problema viene hacia mi, y me quitó una gorra blanca, yo le dije que se la llevara y que al otro día bueno y sano yo hablaba con el, yo estaba inclinado en una acerita que estaban como reconstruyendo, cuando el hombre viene con la gorra puesta me da una patada en la cara, vine y saque un arma de fuego tipo casera y le di el disparo, el sobrino voltea, y yo pensé que no le había dado, salió una señora, ahí no quedó nadie, yo escucho como tres disparos de la parte donde el muchacho cayó, escuche la música y me fui, yo aguante mucho, al otro día veo el periódico, como a los tres meses me agarraron preso y todavía estoy pagando lo que cometí, salí por buena conducta de la cárcel, ya no salí con la mente que me voy a vengar, hasta horita estoy impecable, una vez caí preso por cuanto no me borraron el expediente, yo voy al centro a pernotar, y como vivo cerca en el paraíso voy al Centro de Pernota…”

Fue interrogado por las partes: ¿Recuerda las características del menor de edad? Moreno flaco, más pequeño que yo ¿El nombre? No lo conozco, el sobrenombre le dicen el muso ¿A parte de ese joven, habían otros familiares de el? Salen cuando el muchacho va con el impacto y salen ¿Dónde estaba la música? En la casa donde estaba el muchacho ¿Bajita, alta? Alta ¿Ese joven que estaba buscando problemas estaba desde hace rato o acababa de llegar? Venía con una camisa blanca en el hombro ¿Y traía otras cosas? Una botella de anís ¿Qué fue primero? La insultadera me dijo vende patria, la segunda me hecho el ron, la tercera me quito la gorra y la última me dio la patada y luego se fue hacia su casa ¿Esa arma era de usted? La tenía encima, era mía ¿Antes de disparar de donde se la sacó usted? El testigo señaló la parte de atrás ¿Algunas persona le suministró esa arma a usted? No ¿Qué motivo tuvo usted porque surge la necesidad de darle un disparo a esa persona? Me sentí demasiado humillado, el siguió y al final fue la patada en la cara hasta que le di el tiro ¿O sea te colmó la paciencia? Si ¿Alguna otra persona que se encontraba en el sitio te dijo que lo matara o lo explotara? No, las personas que estaban alrededor comenzaron a irse, cuando vio que me dio la patada y yo me aguante ¿Alguien le dijo que lo matara? No, el problema fue conmigo, el muchacho fue el que vino y le dijo que me dejara quieto ¿De acuerdo a lo aconteció esa noche puede decir si alguien le ayudó a darle el disparo? Ahí no quedó nadie ¿Cómo estaba esa noche? Era una calle que estaban construyendo, nunca le habían metido la mano, solo estaban los postes puestos algunos huecos para meter los postes y las ceritas ¿En que posición estabas cuando le das el disparo? Yo me paré, estaba de pie ¿Recuerda por donde le disparaste? No, de la patada que me dio no logre a ver, ¿había tenido problema anteriormente con el hoy occiso? No ¿Se encontraba sentado o de pie cuando le efectuó el disparo al hoy occiso? Sentado ¿Puede señalar aproximadamente el tamaño del arma? Como 35 ¿Usted dice que cuando la situación estaba tensa las personas lo dejaron solo y se fueron? Si.

El Testigo anterior, por su participación en los hechos merece un trato aparte, el mismo poco o nada aportó para al esclarecimiento del hecho; si adminiculamos su dicho con la de los anteriores testigos nos encontramos serias contradicciones ya que dicho testigo hizo toda una disertación de abusos continuos por parte de la víctima que originó que este le causara la muerte, lo cual no tiene sustento en ningún otro dicho como no sea el del acusado; sin embargo en virtud de las serias contradicciones que también mantuvo con lo dicho por el acusado tampoco se debe adminicular con este testimonio, señaló el acusado que siempre estuvo en el lugar de los hechos incluso antes que el testigo H.C., sin embargo el testigo H.C. fue categórico en señalar que llegó solo al sitio y luego llegaron el acusado y otras personas y que al momento de disparar ya ninguno de ellos estaba, ya que según él, se habían ido al ver que la situación se ponía tensa con la víctima. El acusado al indicarle al Tribunal de donde sacó H.C. el arma señaló la parte lateral delantera de la cintura, mientras que H.C. indicó que se la sacó fue de atrás. Ante las variadas contradicciones entre ambos testimonios mal podría el Tribunal adminicularlos ya que las particularidades de los mismos así lo impiden. Finalmente se desacredita el testimonio de H.C. ante el Tribunal al dar dos respuestas opuestas a la misma pregunta como el siguiente caso: ¿En que posición estabas cuando le das el disparo? Yo me pare, estaba de pie; ¿Se encontraba sentado o de pie cuando le efectuó el disparo al hoy occiso? Sentado. Para el Tribunal el testigo mintió al dar la segunda respuesta, ello se desprende de lo manifestado por el experto forense, al referirse a la trayectoria de los proyectiles en el cuerpo de la víctima, la cual fueron horizontales, lo que nos hace suponer que ambos estaban en el mismo plano. Al no existir elemento alguno de prueba con el cual adminicularlo, aunado a ello por no brindar credibilidad; no se le otorga valor probatorio a dicho testimonio. Este testimonio no mereció ni la más mínima credibilidad por parte del juzgador, por que fue marcadamente manipulador de los hechos a favor del acusado pero contradictorio con lo dicho por este último. Por todo lo anteriormente afirmado esta declaración no es apreciada para la definitiva y en consecuencia desechada como medio para exculpar al acusado.

Para incorporar por su lectura se tomaron en cuenta las siguientes pruebas documentales: Inspección Nº 2662, Inspección Nº 2663 y protocolo de autopsia N° 0310-03, las cuales se dieron por reproducidas en sala.

A dichos medios de prueba se les otorgó justo valor probatorio en virtud de que su contenido fue ratificado en el juicio oral por los funcionarios que las suscribieron, quienes fueron repreguntadas por las partes y dejando por demostrado, el sitio del suceso y la muerte de la víctima por herida por arma de fuego de proyectil múltiple, que le causaron la muerte por Shock Hipovolémico.

Ahora bien, hilvanando el contenido de las declaraciones tanto de los testigos presenciales quienes fueron contestes, como la del experto quienes fueron lógicos y contestes, el funcionario de investigación quién fue lógico y conteste y las pruebas documentales incorporadas por su lectura, este Tribunal obrando según su libre convicción, atendiendo las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, se concluye que existen suficientes elementos de prueba para considerar al acusado A.J.G.G., venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.213.781, de este domicilio, hijo de Glorys García y A.G., CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano L.A.H., que fue la conducta desplegada por el acusado, hecho ocurrido en fecha 12-09-2003, aproximadamente a las 11:00 PM, en la segunda Calle del Barrio El Pinar, en Cumaná, cuando el hoy occiso, se dirigía hacia su residencia en estado de ebriedad y se encuentra entre otros, con el ciudadano H.F. y el hoy acusado, intercambian palabras con H.F. y al momento de irse, en ese momento el hoy acusado tenía un arma de fuego se la pasa a H.F. y éste la dispara causándole la muerte al hoy occiso L.A.H..

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Atendiendo a los hechos y demás circunstancias objeto del presente juicio y a las pruebas evacuadas en el curso del mismo, cuyo análisis y valoración ya fueron explanados, a criterio de este Tribunal se concluye la culpabilidad de acusado A.J.G.G., venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.213.781, de este domicilio, hijo de Glorys García y A.G., CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano L.A.H., que fue la conducta desplegada por el acusado, hecho ocurrido en fecha 12-09-2003, aproximadamente a las 11:00 PM, en la segunda Calle del Barrio El Pinar, en Cumaná, cuando el hoy occiso, se dirigía hacia su residencia en estado de ebriedad y se encuentra entre otros, con el ciudadano H.F. y el hoy acusado, intercambian palabras con H.F. relacionado con una bebida alcohólica y una gorra, lo que constituye un motivo fútil; al momento de irse, en ese momento el hoy acusado tenía un arma de fuego de fabricación cacera, se la pasó a H.F. y éste la dispara causándole la muerte al hoy occiso L.A.H.. Por lo tanto debe dictarse sentencia condenatoria, y la sanción prevista en dichas normas, la cual por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; la pena es de prisión de quince (15) a veinte (20) años, que concatenada con las normas previstas en los artículo 37 y 74 numeral 4° del Código Penal, aplicado éste último de oficio por el Tribunal, se debe tomar el término mínimo. En consecuencia se establece que la pena a imponer al ciudadano A.J.G.G., debe ser de QUINCE (15) años de prisión, más las accesorias de Ley, calculada de conformidad con lo establecido en los artículos 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; 37 y 74 ordinal 4°, del Código Penal.

DISPOSITIVA

Este Tribunal UNIPERSONAL de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: UNICO: declara al acusado A.J.G.G., venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.213.781, de este domicilio, hijo de Glorys García y A.G., CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano L.A.H., y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de QUINCE (15) años de prisión, más las accesorias de Ley, calculada de conformidad con lo establecido en los artículos 406 numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; 37 y 74 ordinal 4°, del Código Penal. De conformidad con lo previsto con el artículo 367 del COPP, se fija prudencialmente el mes de enero del 2023, como fecha en que la presente condena finalizará; se ordena su encarcelación en el Internado Judicial de Cumaná. Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación junto con oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Cumaná. Transcurrido el lapso de ley, remítase al Juzgado de Ejecución correspondiente. Todo a tenor de lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, cúmplase.

JUEZ CUARTO DE JUICIO

ABG. D.R.R.

SECRETARIA

ABG. E.S.

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