Decisión nº 533-09 de Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes de Zulia (Extensión Maracaibo), de 23 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2009
EmisorTribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes
PonenteNorma Cardozo Pérez
ProcedimientoSin Lugar Sustitución De Medida Privativa De Liber

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 23 de Septiembre de 2009

199º y 150°

RESOLUCIÓN No. 533-09 CAUSA Nº 1E-1612-09

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA DE LA DECISION

Vista la audiencia realizada en el día de hoy, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual se procedió ala revisión de la medida de Privación de Libertad que le fue impuesta a los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA); este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia pasa a resolver, y al efecto observa:

CAPITULO II

DE LAS ARGUMENTACIONES DE LAS PARTES Y SUS PETICIONES

La Defensora Pública ABOG. DIAMILIS LUGO, obrando en representación del joven sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), al momento de la realización de la audiencia expuso: “Revisada como ha sido la causa se puede observar que el adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), fue condenado a cumplir la sanción de privación de libertad por el lapso de 01 AÑOS y 04 MESES, y hasta el día de hoy ha permanecido privado de libertad 09 MESES y 28 DIAS, tiempo este suficiente para optar a una sustitución de sanción considerando que le resto que falta de la sanción puede ser cumplido por el adolescente estando en libertad debido que en diferentes tratados internacionales se establece que los adolescentes deben de permanecer privados de libertad el menor tiempo posible aunado al principio de la excepcionalidad de la privación de libertad, el principio de progresividad, objetivo y finalidad de la sanción aunado a los resultados de los informes evolutivos correspondiente a los meses de junio, agosto y septiembre 2009, donde se puede evidenciar que el adolescente ha logrado mantener una conducta ejemplar, ha mantenido orientación individual, ha asistido a actividades escolares, talleres de crecimiento personal, ha cumplido con todas las normas y limites dentro del centro, así como ha planificado sus metas a corto y mediano plazo, recibe apoyo familiar bandado por sus padres, el adolescente se caracteriza por ser respetuoso y obediente ante cualquier figura de autoridad y en relación a sus compañeros mantiene una relación armónica, por todas estas razones solicito al tribunal decrete en este acto la sustitución de la sanción de privación de libertad por una menos gravosa como podría ser la semi libertad por el tiempo que le falta por cumplir, ordenando la libertad inmediata del adolescente y haciendo entrega a su representante legal que se encuentra en esta audiencia para dar cumplimiento de esta manera al debido proceso y al interés superior del adolescente. Finalmente solicito copia simple de la presente acta, es todo”.-

La Defensa Privada ABOG. AUER BARRETO, obrando en representación de los jóvenes sancionados (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), al momento de la realización de la audiencia expuso: “Tomando en consideración los informes favorables de mis defendidos (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA, esta defensa en esta audiencia para revisión solicita muy respetuosamente a este tribunal se digne a realizar y tomando en consideración el informe favorable, el criterio establecido en el artículo 272 de la constitución el cual establece que en todo caso se preferirá la no reclusión del penado tomado como sistema alternativo de cumplimiento de pena, mis defendidos tienen o van a cumplir el 16 de Octubre del presente año, un año privados de la libertad, mis defendidos desean aprovechar el tiempo estudiando el cual sus padres tiene ya apartados los cupos respectivos en los liceos para continuar estudiando, también desean trabajar para ayudar a sus padres los cuales se encuentra en situación precarias, mis defendido poseen contención familiar, es por ello ratifico que esta defensa solicita a este tribunal se sirva decretar una de las medidas alternas al cumplimiento de pena tales como l.a., semi libertad o servicios a la comunidad, etc, esta defensa solicita copia certificada del acta de celebración de audiencia de revisión, es todo”. El adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), conforme a los artículos 80, 85, 86, 87, 89 y 90 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y artículos 19, 20, 21, 25, 26 y 46.2 Constitucionales, al momento de la realización de la audiencia expuso: “Estoy de acuerdo con lo manifestado por mi defensora, es todo”. El joven (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), conforme a los artículos 80, 85, 86, 87, 89 y 90 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y artículos 19, 20, 21, 25, 26 y 46.2 Constitucionales, al momento de la realización de la audiencia expuso: “Estoy de acuerdo con lo manifestado por mi defensora, es todo”. El joven (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), conforme a los artículos 80, 85, 86, 87, 89 y 90 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y artículos 19, 20, 21, 25, 26 y 46.2 Constitucionales, al momento de la realización de la audiencia expuso: “Estoy de acuerdo con lo manifestado por mi defensora, es todo”.-

Así mismo, la representante del Ministerio Público, a cargo de la ABOG. SUMY HERNANDEZ, al momento de la realización de la audiencia expuso: “Revisadas minuciosamente las actas que conforman la presente causa, en especial el plan individual y los últimos informes evolutivos practicados a los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), se puede precisar que estos han dado cumplimiento con algunos objetivos y metas planteados en las diferentes áreas del informe integral o plan individual, todo lo cual se refleja en los informes que consecutivamente se mencionan. En lo que refiere al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , el Informe Evolutivo de fecha 06-07-09, correspondiente al periodo Abril-Mayo-Junio de 2009, emitido por el Centro de Formación Cañada I, el equipo técnico precisa que joven adulto durante este periodo ha mantenido un cambio de conducta irregular, ya que el día 10-06-09 fue sancionado por participar en una riña y posteriormente fue sancionado por tener en su poder un teléfono celular, se afirma igualmente que el joven es un líder negativo de sus grupos de pares, no muestra disposición al cambio, es negligente a la hora de la rutina diaria, provoca daños o destrucción de las instalaciones de la institución, es irrespetuoso con el personal y funcionarios policiales, incumple con las normas del centro, usa normas de cortesía cuando le conviene, escucha orientaciones por parte del personal pero no las cumple, además de que su autoestima es negativa e influye y se deja influenciar por sus compañeros. Por otra parte, el Informe Evolutivo de fecha 23-09-09, correspondiente al periodo Julio-Agosto-Septiembre de 2009, emitido por el Centro de Formación Integral Cañada I, establece que el comportamiento y evolución de este durante este lapso ha sido irregular, ya que en una oportunidad fue sancionado por cuanto en el dormitorio donde se encuentra se localizó objetos no permitidos dentro del recinto penitenciario, como teléfonos celulares, además, de que en fecha 16-08-09 agredió físicamente al joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) con un objeto punzo penetrante (cabilla 30 cm) a la hora de la visita en presencia de los familiares y representantes, dejándose también muy claro que el mismo es fácilmente manipulable por otros internos en forma negativa, concluyendo el equipo multidisciplinario que el joven no evolucionó positivamente en su proceso reeducativo y adaptativo, lo cual deja ver claramente a quien que el mismo no se encuentra apto para cumplir una sanción en libertad. En cuanto al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) a quien conciernen los Infórmense Evolutivos de fechas 23-07-2009 y 22-09-09, correspondientes al periodo del 21-03-09 al 21-06-09 y del 21-06-09 al 21-09-09, respectivamente, emitidos por el Centro de Formación Cañada II, y al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) a quien corresponden los Infórmense Evolutivos de fechas 28-04-09 y 28-06-09, emitidos por el Centro de Formación Cañada I, en los mismos se puede precisar ciertamente que estos ha mostrado algunos avances en las diversas áreas evaluadas por el equipo técnico multidisciplinarios de los respectivos centros de formación integral, no menos cierto que en esta oportunidad se trata de la primer revisión de la sanción de privación de libertad, lo cual hace precisar que aun no hay un sostenimiento fuerte y demostrable en el tiempo de la evolución de la conducta de los jóvenes en referencia y tampoco se encuentra comprobado el hecho de que los mismos hayan internalizado la conducta desplegada por ellos como reprochable. Por todo lo antes expuesto, es por lo que esta Representación Fiscal, emite en estos momentos opinión desfavorable en cuanto a la sustitución de la sanción de privación de libertad por otra sanción en libertad de los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), por cuanto no existe suficiente fortalecimiento por parte de estos para cumplir otra medida distinta a la que actualmente cumplen, así como tampoco hay sostenibilidad en el tiempo de los avances que estos han podido tener en las diversas áreas que han sido evaluadas, todo esto a fin de evitar en los jóvenes la reincidencia en nuevos actos delictivos, por lo cual, quien acá expone se opone a la sustitución de la sanción propuesta por la Defensa por cuanto es evidente que se hace necesario continuar su abordaje terapéutico intramuros a objeto de superar las carencias que lo llevaron a verse incurso dentro de este Sistema Penal Juvenil, es todo”.

CAPITULO III

DE LA FUNDAMENTACION

Ahora bien, De las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha 02-12-2008, el Juzgado Segundo de Juicio de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, según sentencia No. 034-08, declaró penalmente responsable a los adolescentes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD Art. 545 LOPNNA) , por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 en concordancia con el 83 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto en el artículo 277 ejusdem y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de A.C.H. y EL ESTADO VENEZOLANO, siendo sancionado el adolescente 1.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) a cumplir la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES y la sanción de L.A. E IMPOSICIONDE REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de 02 AÑOS. En consecuencia, siendo que el adolescente fue detenido en fecha 25-11-2008, y hasta la fecha ha permanecido detenido 09 MESES y 28 DIAS, faltándole por cumplir 06 MESES y 02 DIAS, debiendo cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD hasta el día 25-03-2010. Para luego cumplir las sanciones de l.a. e imposición de reglas de conducta, por el lapso de 2 AÑOS, una vez culmine la privación de libertad, es decir, desde el día 26-02-2010 hasta el día 26-03-2012. 2.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , a cumplir la sanción de PRIVACIÒN DE LIBERTAD, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS y la sanción de L.A. E IMPOSICIONDE REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de 1 AÑO y 04 MESES. El mismo se encuentra detenido desde el día 16-10-2008, y hasta la fecha ha permanecido detenido 11 MESES y 07 DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO y (23) DIAS, debiendo cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD hasta el día 16-10-2010. Para luego cumplir las sanciones de l.a. e imposición de reglas de conducta, por el lapso de 1 AÑO y 04 MESES, una vez culmine la privación de libertad, es decir, desde el día 17-10-2010 hasta el día 17-02-2012 y 3.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , a cumplir la sanción de PRIVACIÒN DE LIBERTAD, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de 01 AÑO y 04 MESES y la sanción de L.A. E IMPOSICIONDE REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de 02 AÑOS. El mismo se encuentra detenido desde el día 16-10-2008, y hasta la fecha ha permanecido detenido 11 MESES y 07 DIAS, faltándole por cumplir 04 MESES y 23 DIAS, debiendo cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD hasta el día 16-02-2010. Para luego cumplir las sanciones de l.a. e imposición de reglas de conducta, por el lapso de 2 AÑOS, una vez culmine la privación de libertad, es decir, desde el día 17-02-2010 hasta el día 17-02-2012.- En este estado se procede a realizar el análisis del INFORMES EVOLUTIVOS de los adolescentes sancionados de la manera siguiente: 1.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , al folio 635 al folio 643 de la causa, contentivo de INFORME INTEGRAL (PLAN INDIVIDUAL) a cumplir en el próximo periodo a evaluar e Informe Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), del cual se aprecia lo siguiente: METAS PLANTEADAS: Área Educativa: Aprender a leer y escribir correctamente. Practicar las divisiones. Asistir a talleres. Asistir a clases.- Social: Participar en las actividades escolares. Participar en el taller de crecimiento personal. Participar en los cursos y charlas que realicen en el centro. Emotiva Cognitiva: Portarme bien y cumplir mis metas. Salud: Mantenerse mi salud. Recibir información sobre salud, higiene, sexualidad.- A los Folios 449 al 458 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 23-07-09 de la cual se desprende el ítem referido a: METAS LOGRADAS las siguientes: a) EDUCACION: Se inicio en la lectura corrida. Asistió a clases. Asistió a los Talleres de Lectura Bíblica.- b) SOCIAL: “cumplió sus metas planteadas. Participo en las actividades escolares desarrolladas en el centro. Participo en el taller de crecimiento personal. Participo en el Taller de Técnicas Básicas en Arte y Pintura. Participo en el Taller de Enfermedades de Transmisión Sexual. Participo en el Taller de Uso y Abuso de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Participo en las Charla de Tolerancia.- c) EMOTIVA COGNITIVA: Asistió al Taller de Motivación al logro de metas, participando activamente del mismo.- d) SALUD: Jornada de Vacunación (Toxoide). Charla sobre sexualidad.- Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) BARRIOS establece como METAS POR LOGRAR: a) EDUCACION: Leer en forma fluida. Seguir asistiendo a clases. Moldear la letra.- b) SOCIAL: Participar en el Taller de Crecimiento personal. Seguir asistiendo a las actividades escolares. Asistir a charlas y cursos que realicen en el centro.- c) EMOTIVA COGNITIVA: Seguir asistiendo a los talleres.- d) SALUD: Mantener la salud. Recibir información sobre salud, higiene, sexualidad. Lograr control de proceso alérgico.- A los Folios 459 al 464 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 22-09-09 de la cual se desprende el ítem referido a los RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES PRACTICADAS: Social Durante la evaluación del trimestre se ha logrado observar que las visitas familiares son constantes en los días establecidos evidenciándose que existe una buena relación y comunicación entre ellos, quienes manifestaron prestarle todo el apoyo indispensable para que el joven mantenga una conducta positiva durante su estadía en la entidad, así como también participan activamente en la escuela para padres, prestando toda la colaboración posible en actividades extras planificadas por el equipo técnico, actualmente se encuentran organizando un comité de representantes, en pro de una integración familiar satisfactoria. Al momento de la entrevista el adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) presento una actitud respetuosa y colaboradora ante las orientaciones brindadas, planteando metas a corto y mediano plazo, con el deseo de seguir participando en las actividades escolares en el nuevo año escolar, asistir a talleres, charlas y cursos que realicen en el centro lOS cuales le permitirán reforzar su desarrollo psicosocial. Emotiva Corinitiva Se realiza exploracion psicológica al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), quien se presenta a la entrevista con actitud tranquila y colaboradora, verbalizando aspecto de su vida personaL Se encuentra orientado en las tres esferas, pensamiento lucido y coherente, vocabulario apropiado. Actitud tlmida y discreta, aunque positiva al recibir la orientación. Impresiona Inteligencia promedio. Durante su periodo de internamiento ha logrado mantener su desarrollo conductual apropiado, mostrándose positivo, sin ceder a presiones negativa de terceros, por lo que se observa que es capaz de colocar limites en sus relaciones interpersonales. Se observa arrepentimiento genuino por el hecho cometido. Muestra resonancia afectiva con su familia. Expresa metas a corto y mediano plazo, con deseo de insertarse en el área académica. INFORME CONDUCTUAL: Conducta Social Adaptativa: Se ha observado que este adolescente mejora cada día mas su proceso de readaptación social cumpliendo así y de esta forma su compromiso para estar preparado a enfrentarse y cumplir con las normas que pide la sociedad para su reinserción. Actitud ante las normas Renglón que cumple cada día mejor de manera rápida sin la presencia de la figura de autoridad e incluso invitando a sus pares al acato de estas, es muy colaborador mostrando iniciativa propia para el cumplimiento de la rutina. Actitud Ante Figuras de Autoridad Joven que se caracteriza por el respeto y obediencia, es muy receptivo lo que lo ayuda al cambio que este centro ha podido generar en el. Actitud Hacia Compañeros: Sus interacciones con el grupo de jóvenes internos se caracteriza por ser positivas y muy favorables con mucha iniciativa para compartir con el grupo en actividades propicias como la peluquería a todos y cada uno de sus pares. Estado Emocional Predominante se caracteriza por ser un adolescente tranquilo con marcada ascendencia a tolerancia con una excelente autoestima despertada en el sobre todo en este ultimo trimestre. Hábitos: Excelente higiene y sobre todo respeto a las pertenecías de sus compañeros, buen apetito y con un sueño placido. Comportamiento durante la visita familiar Sus relaciones interfamiliares se han consolidado en el constante abordaje que este centro brinda a la familia en los talleres de escuela para padres que esto central al núcleo; llegando a fortalecer sus relaciones afectivas y el apoyo y comunicación entre estos. DIAGNOSTICO INTEGRADO: Adolescente de 17 años quien presenta una actitud tranquila y colaboradora durante la entrevista psicológica, (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) ha logrado mantener resistencia ante presiones grupales por lo que se observa que es capaz de colocar limites en sus relaciones interpersonales, muestra arrepentimiento genuino por el hecho cometido, sus orientaciones individuales consistirán en brindarle las herramientas necesarias para mantener una conducta positiva. Las visitas familiares son constantes en los días establecidos observándose el apoyo brindando por las mismos en el cual se evidencia que las relaciones afectivas entre ellos son satisfactorias. El adolescente en su proceso de readaptación social se observa mejo cada día, se caracteriza por ser respetuoso y obediente ante cualquier figura de autoridad, las relaciones con sus compañeros son pasivas y armónicas con iniciativa para compartir con el grupo en actividades propicias como la peluquería, cumple con la norma institucional de manera rápida sin la presencia de la figura de autoridad, el cumple de la rutina diaria planificada por las diferentes áreas de desarrollo es de manera voluntaria.- El mencionado Informe Evolutivo del adolescente sancionado señala como METAS LOGRADAS las siguientes: SOCIAL: cumplió con las metas propuestas. Participo en el taller de crecimiento personal. Participo en la realización del mural en el área interna (integración grupal).- EMOTIVA COGNITIVA: Resistencia a la presión grupal. Cumplimiento de normas y límites. Planificación de metas a corto y mediano plazo. Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) establece como METAS POR LOGRAR: Emotiva-Cognitiva: Mantener mi conducta y aprender de las orientaciones recibidas.- Área Social: Seguir asistiendo a las actividades escolares. Participar en el Taller de crecimiento personal. 2.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , al folio 439 al folio 448 de la causa, contentivo de INFORME INTEGRAL (PLAN INDIVIDUAL) a cumplir en el próximo periodo a evaluar e Informe Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), del cual se aprecia lo siguiente: METAS PLANTEADAS: Área Educativa: Continuar participando y colaborando en todos los talleres, charlas educativas, así como ayudar al resto de mis compañeros en las dificultades que presente.- Social: Continuar apegado a la normativa del Centro. Asistir a todas las actividades. Realizar la rutina diaria. Emotiva Cognitiva: ser mejor persona. Cumplir con todas las metas del trimestre. Deportiva: Mejorar su condición física como también dominio técnico – táctico y de reglamento. Laboral: Adquirir conocimientos básicos en el área de computación.- A los Folios 411 al 420 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 28-06-09 de la cual se desprende el ítem referido a: METAS LOGRADAS las siguientes: a) EDUCACION: Se como prevenir la contaminación ambiental. Me siento motivado a cambiar. Misión Robas: Cumplió con todas sus metas.- b) SOCIAL: “cumplió sus metas planteadas.- c) EMOTIVA COGNITIVA: Asistió al Taller de Desarrollo personal.- d) SALUD: Jornada de Vacunación (Toxoide). Charla de enfermedades de transmisión sexual. SIDA. E) DEPORTIVA: Se logro mayor dominio técnico táctico y del reglamento deportivo. F) LABORAL: Computación: Utiliza las herramientas adecuadas del programa Word, así como configurar y da formato, las tareas a realizar en el computador, mostrando un buen dominio en el mismo. Electrónica: Aprendió a utilizar el uso del tester en su aplicación. En circuito serie y paralelo, para las oportunidades lecturas en ohmios. Cumplió con éxito todas sus metas.- Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) establece como METAS POR LOGRAR: a) EDUCACION: participar en todos los talleres y charlas educativas. Misión Ribas: continuar asistiendo a clases de la misión.- b) SOCIAL: seguir con mi comportamiento. Poner mas empeño en las actividades deportivas. continuar asistiendo a todas las actividades programadas.- c) EMOTIVA COGNITIVA: continuar con todas mis metas que me proponga.- d) SALUD: Mantener la salud. Recibir información sobre salud, higiene, sexualidad. Lograr control de proceso alérgico. E) FORMACION LABORAL: Computación: continuar con el programa Word y las herramientas, tablas, bordes, sombreado, configuración de programas, copiar, cortar y pegar. Electrónica: continuar conociendo las características de los circuitos según un tipo de conexión. Manejar el tester para una oportuna lectura de voltajes.- A los Folios 465 al 472 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 22-09-09 de la cual se desprende el ítem referido al AREA INSTITUCIONAL: Joven adulto desde su ingreso se adapto a las dinamicas institucionales, se conduce guardando los parámetros del respeto hacia sus compañeros y personales, ante las normas las acata de manera pasiva, cumple con las comisiones encargado, participa en las actividades de la rutina diaria, ante las figuras de autoridad ha sido respetuoso y receptivo, armonico con el personal hacia sus compañeros, es introvertido cumple con su aseo e higiene personal, arregla sus pertenencias, mantiene buen apetito, ingiere variedad de alimentos, es visitado regularmente por su familia, su hobbie es el futbolito, recibe capacitacion en varios programas, recibe todos los servicios de salud, social y educativo a su edad y sexo, tiene comunicación con su defensor. DIAGNOSTICO INTEGRADO: Joven adulto de 18 años de edad, con procesos psicologicos preservados y en condiciones de salud estables, durante este periodo se ha mantenido apegado a la normativa del centro, respetando a sus figuras de autoridad y grupo de pares. Se muestra colaborador en todo momento, introvertido y asiste de forma voluntaria a todas las actividades propuestas en su plan individual.- El mencionado Informe Evolutivo del adolescente sancionado señala como METAS LOGRADAS las siguientes: SOCIAL: dio cumplimiento a todas sus metas establecidas. Asistir a todas alas actividades.- EMOTIVA COGNITIVA: asistió al taller de desarrollo personal, participando activamente en el mismo. EDUCACION: MISION RIBAS: cumplió con éxito todas sus metas pautadas. DEPORTIVA: Cierto dominio técnico – táctico y mayor participación y dominio del reglamento. LABORAL COMPUTACION: Buen desempeño en el programa Word. Manejo de herramientas como cortar, copiar, pegar, tablas bordes. LABORAL ELECTRONICA: Cumplió con todas sus metas. Cumplió con éxito el curso de electrónica básica. Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) establece como METAS POR LOGRAR: Emotiva-Cognitiva: Seguir asistiendo a los talleres.- Área Social: continuar portándome bien. Seguir asistiendo a todas las clases y talleres. Cuando salga de aquí voy a seguir estudiando. EDUCATIVA MISION RIBAS: Continuar participando y facilitando talleres. Seguir ayudando al resto de mis compañeros impartiéndole conocimientos educativos ya que poseo conocimiento. Mi carrera universitaria. DEPORTIVA: continuar su trabajo técnico – táctico. Mayor dominio de reglamento deportivo. LABORAL COMPUTACION: Reforzar y practicas de computación. LABORAL ELECTRONICA: seguir asistiendo a las clases. Mantener el mismo animo y la disposición a la enseñanza. 3.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , al folio 402 al folio 410 de la causa, contentivo de INFORME INTEGRAL (PLAN INDIVIDUAL) a cumplir en el próximo periodo a evaluar e Informe Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) , del cual se aprecia lo siguiente: METAS PLANTEADAS: Área Educativa: Continuar participando activamente en todos los talleres de charlas educativas para lograr enriquecer mis conocimientos. Disminuir mis errores ortográficos. Leer más rápido. Misión Ribas: Adquirir conocimientos en las siguientes áreas: lenguaje, matemática, historia de Venezuela, geográfica universal, ingles.- Social: continuar portarme bien e irme a clases. Cumplir las normas del centro. Emotiva Cognitiva: Aprender sobre los valores. DEPORTIVA: continuar su preparación física general y específica como su trabajo técnico táctico y de reglamento. LABORAL: Adquirir los conocimientos básicos en el área de computación. SALUD: Adquirir conocimientos en educación para la salud.- A los Folios 421 al 4429 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 26-06-09 de la cual se desprende el ítem referido a: METAS LOGRADAS las siguientes: a) EDUCACION: comprendo lo perjudicial que es ensuciar las calles. Debo ahorrar agua, tomar conciencia. Entiendo cuales son mis labores. Misión Ribas: Cumplió con todas sus metas.- DEPORTIVA: se logro mayor conocimiento del reglamento de condicion fisica.- c) EMOTIVA COGNITIVA: Asistió al Taller de desarrollo personal.- d) SALUD: Jornada de Vacunación (Toxoide). Charla de transmisión sexual SIDA. SOCIAL: Cumplió todas sus metas. LABORAL: Computación: Utiliza las herramientas adecuadas del programa Word, así como configurar y da formato, las tareas a realizar en el computador, mostrando un buen dominio en el mismo.- Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) establece como METAS POR LOGRAR: a) EDUCACION: continua asistiendo a talleres y charlas. Misión Ribas: Continuar asistiendo a clases de la misión.- b) SOCIAL: Seguir con mi comportamiento. Asistir a las actividades y estudiar. Continuar con mi plan de vida sana.- c) EMOTIVA COGNITIVA: Asistir a los talleres para salir en libertad.- d) SALUD: Mantener la salud. Recibir información sobre salud, higiene, sexualidad. Deportiva: Continuar su preparación física general y especial como de reglamento. LABORAL: Computación: continuar con el programa Word y las herramientas, tablas, bordes, sombreado, configuración de programas, copiar, cortar y pegar. Electrónica: continuar conociendo las características de los circuitos según un tipo de conexión. Manejar el tester para una oportunidad lectura de voltaje. Lograr control de proceso alérgico.- A los Folios 473 al 480 corre inserto Informe Trimestral relacionado con el Adolescente de autos de fecha 22-09-09 de la cual se desprende el ítem referido a los RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES PRACTICADAS: -AREA EMO1IVA-COGNITIVA. Adolescente de 16 años de edad, quién cuenta con procesos psicológicos preservados, se comunica por medio de un lenguaje coloquial, vocabulario poco extenso y manejo adecuado de las palabras, se encuentra orientado alopsiquica y Autopsiquicamente. Durante este periodo el joven no se ha mantenido apegado a la normativa de la institución, ya que agredió al joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) con un objeto punzo penetrante durante el momento de la visita familiar, se puede observar que puede ser manipulado por los mismos. Participe de forma voluntaria en talleres y se comunica de forme directa. En cuanto al área emocional, el adolescente cuenta con el apoyo de su progenitora, quién se muestra interesada en el proceso por el cual atraviesa en La actualidad y responde adecuadamente a Los estimules prestados. - AREA SOCIAL. adolescente de 1 años de edad, su comportamiento y evolución par este periodo ha sido irregular ya que el mismo se ha visto involucrado en situaciones irregulares, siendo sancionados de forme colectiva en une oportunidad donde por conseguirse en el dormitorio donde se encuentra ubicado objetos no permitidos como teléfonos celulares. en fecha 16!O8/0 agredió fisícemente al joven adulto Helio (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) con un objeto punzo penetrante (cabilla de 30cm) a la hora de la visita en presencia de los representantes. Motivo por el cual recibe nuevamente una sanción. Se realiza abordaje por parte del equipo muitidisciplinario, recibiendo orientación, el mismo durante las entrevistes se mostró, atento, receptivo y comprometiéndose a no volver a incurrir en este tipo de situaciones. Asiste a todas las actividades sin ningún tipo de objeción, mostrando interés por el proceso en el cual se encuentra inmerso. Su familia continua dándole todo el apoyo que el adolescente necesita. AREA SALUD. La Dra. K.L. se encuentra en estos momentos en PRE POST NATAL. - AREA EDUCATIVA. MISIÓN RIBAS: durante este periodo a evaluar el adolescente conoció en el área de matemática los números naturales. “Fracción propia y fracción impropia., geografía universal, ciclo hidrológico fenómenos naturales que contaminen la atmósfera. - AREA LABORAL.- COMPUTACIÓN: Desarrolla su habilidad en el manejo del programa Word y sus herramientas ya que muestra interés y se desenvuelve de forma satisfactoria comprende que es el computador para que sirve ventajas y desventajas del mismo, utiliza las herramientas cortar, copiar, pegar, tablas y bordes de manera correcta. ELECTRÓNICA.- Durante este periodo a evaluar podemos decir que el adolescente ha mostrado una buena disposición a seguir aprendiendo, conoció los diferentes tipos de circuito paralelo, serie, mixto. Participo en la practica de lectura de resistencia, conoció el manejo del ohmiómetro en sus diferentes lecturas (ohmiaje, amperaje, voltaje). Los diferentes tipos de condensadores. - ÁREA DEPORTIVA. Demuestra conocimiento en esta área domina los fundamentos técnicos y tácticos de los deportes practicados, su colaboración y comportamiento son buenos. - DIAGNOSTICO INTEGRADO. Adolescente de 16 años de edad, con procesos psicológicos preservados y en buen estado de salud física, se mostró irrespetando la normativa institucional, incurriendo en faltas a la misma durante este período, ya que se encontraron objetos no permitidos dentro de su dormitorio y luego agredió con un objeto punzo penetrante al joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) y en el momento de la visita familiar, en conclusión el joven durante este periodo no evolucioné positivamente en su proceso reeducativo y readaptativo. - AREA INSTITUCIONAL. Adolescente que durante este periodo ha presentado conducta irregular, ya que se ha visto involucrado en varios incidentes entre los que se destaca la agresión física contra el joven adulto (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) y la presencia de objetos no permitidos dentro de su dormitorio, permite ser manipulado por otros internos de forma negativa logrando una actitud negativa en cuanto al cumplimiento de las normas institucionales, sin embargo es colaborador y respeta sus figuras de autoridad cumple con su aseo e higiene personal, mantiene en orden y limpia sus pertenencias, viste y actúa de acuerdo a su edad y sexo, come y duerme bien utiliza un lenguaje coloquial en tono de voz bao, recibe frecuentemente la visita de su progenitora mostrándose alegre y tranquilo.- El mencionado Informe Evolutivo del adolescente sancionado señala como METAS LOGRADAS las siguientes: SOCIAL: no logro mantener su comportamiento apegado a la normativa. Asistir a todas las actividades.- EMOTIVA COGNITIVA: asistió al taller de desarrollo personal. EDUCATIVA MISION RIBAS: cumplió con éxito todas sus metas pautadas. DEPORTIVA: Se logro mejor condición físico y manejo y dominio de reglamento. LABORAL COMPUTACION: Buen desempeño en el programa Word. Manejo de herramientas como cortar, copiar, pegar tablas bordes. Ventajas y desventajas del computador. LABORAL ELECTRONICA: Cumplió con todas sus metas. Culmino con éxito el curso de electrónica básica. Finalmente, el Informe Trimestral Evolutivo correspondiente al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) establece como METAS POR LOGRAR: Emotiva-Cognitiva: Salir para hacer talleres grupales.- Área Social: no voy a volver a agredir a ningún otro compañero. Voy a seguir asintiendo a todas a las actividades. EDUCATIVA MISION RIBAS: asistir a todas las actividades propuestas por la misión Ribas. DEPORTIVA: Continuar su trabajo técnico táctico. Trabajo sobre reglamento. LABORAL COMPUTACION: Reforzar y practicas de computación. LABORAL ELECTRONICA: Asistir a todas las actividades propuestas por la institución, mantener el mismo animo y la disposición a la enseñanza.- Del contenido del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se desprende que el Juez debe revisar las sanciones impuestas a los jóvenes, por lo menos cada seis (06) meses y esta facultado a modificarlas o sustituirlas, pues de que esto ocurra dependerá de la convicción de que la sanción impuesta originalmente no cumpla con el objetivo para lo cual fue impuesta o es contrario al desarrollo del adolescente. Esta revisión se hace con la finalidad de controlar los efectos de la sanción impuesta a los jóvenes, en aras de que cumpla con los objetivos por los cuales fue impuesta, la cual se realiza confrontando la finalidad de la medida, el plan individual y los resultados parciales reflejados en los informes evolutivos. En tal sentido, del estudio realizado a las actas que conforman la presente causa se puede evidenciar que el proceso de cumplimiento de la sanción de los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), se observa evolución y avance satisfactorio, evidenciando en los mismos que aún le quedan pendiente una serie de objetivos y metas establecidas en su Plan Individual, que permiten estimar que su proceso de evolución durante el último trimestre evaluado resulto poco vertiginoso y con falta de consolidación de sus objetivos socioeducativos que le fueron diseñados, a pesar de haber dado cumplimiento parcial a los objetivos de su plan Individual durante éste periodo evaluado, siendo en este momento necesario espera los resultados de lo siguientes informes para proceder a la revisión de la sanción impuesta y así constatar si los jóvenes han dado fiel cumplimiento a lo establecido en el Plan Individual. Así tenemos que del estudio, confrontación y análisis comparativo efectuado al Plan Individual y a los informes Evolutivos Técnicos, practicado por el Equipo Multidisciplinario del Centro de Formación Integral Cañada II relativos a los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), y (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), en su proceso de abordaje terapéutico, aprecia esta Juzgadora que la superación de las carencias y el logro efectivo de una evolución debe ser en forma sostenida, que pueda hacer presumir con fundamento serio que se trata de una situación irreversible, constatando en esta primera revisión de la sanción quien decide que de los informes evolutivos técnicos practicado a los supra señalados jóvenes, se aprecia que resulta fundamental reforzar tratamiento terapéutico en cuanto a: 1) (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) : Emotiva-Cognitiva: Mantener mi conducta y aprender de las orientaciones recibidas.- Área Social: Seguir asistiendo a las actividades escolares. Participar en el Taller de crecimiento personal.- 2) (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA): Emotiva-Cognitiva: Seguir asistiendo a los talleres.- Área Social: continuar portándome bien. Seguir asistiendo a todas las clases y talleres. Cuando salga de aquí voy a seguir estudiando. EDUCATIVA MISION RIBAS: Continuar participando y facilitando talleres. Seguir ayudando al resto de mis compañeros impartiéndole conocimientos educativos ya que poseo conocimiento. Mi carrera universitaria. DEPORTIVA: continuar su trabajo técnico – táctico. Mayor dominio de reglamento deportivo. LABORAL COMPUTACION: Reforzar y practicas de computación. LABORAL ELECTRONICA: seguir asistiendo a las clases. Mantener el mismo animo y la disposición a la enseñanza. 3.- (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA): Emotiva-Cognitiva: Salir para hacer talleres grupales.- Área Social: no voy a volver a agredir a ningún otro compañero. Voy a seguir asintiendo a todas a las actividades. EDUCATIVA MISION RIBAS: asistir a todas las actividades propuestas por la misión Ribas. DEPORTIVA: Continuar su trabajo técnico táctico. Trabajo sobre reglamento. LABORAL COMPUTACION: Reforzar y practicas de computación. LABORAL ELECTRONICA: Asistir a todas las actividades propuestas por la institución, mantener el mismo animo y la disposición a la enseñanza.- En atención a las anteriores consideraciones quien decide estima que aún faltan una serie de aspectos que deben ser abordados terapéuticamente por el Equipo Técnico del centro de internamiento donde se encuentran los jóvenes sancionados para lograr en los jóvenes el desarrollo integral de sus capacidades y contrarrestar aquellos aspectos negativos nocivos que inciden en su actuación, situación que permite concluir que se requieren segur fijando estrategias para cumplir con los objetivos y metas diseñadas en el proceso de rehabilitación de los jóvenes sancionados.- Así vemos, que el intento serio y plausible de los adolescentes de someterse al Plan Individual no es suficiente para proceder a la sustitución de la sanción, ello procede solo si el progreso se determina SOSTENIBLE bajo un régimen de menor intervención. En tal sentido hasta tanto el Equipo Multidisciplinario que aborda a los sancionados exponga en sus respectivos Informes Técnicos-Evolutivo, que las metas planteadas conjuntamente con los jóvenes adultos (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), fueron logradas y se consolidaron en el tiempo, y por ende los jóvenes disponen efectivamente de las destrezas, habilidades y capacidades que los encaminen hacia su formación integral y le permitan retornar a su grupo familiar con el apoyo del mismo, y social en condiciones adecuadas para evitar la reiteración de conductas delictivas no se puede sustituir la sanción impuesta en la sentencia, circunstancia que conduce a quien decide que deben seguir tratamiento terapéutico que le permita superar esas debilidades y carencias, siendo indispensable para quien decide que los referidos jóvenes continúen con el abordaje terapéutico intracentro, precisamente para lograr en los mismos el desarrollo de sus capacidades intelectuales y su adecuada reinserción en la sociedad.- A criterio de esta Juzgadora no hemos arribado al momento oportuno ni propicio para proceder a la sustitución de la sanción que ha cumplido hasta la fecha, como lo es la Privación de Libertad, no pudiendo en consecuencia sustituir la sanción por cuanto faltan metas por cumplir, siendo que sustituir la sanción no solo interrumpiríamos ese logro si se quiere vertiginoso en el proceso evolutivo de los adolescentes, al extraerlos de los programas en los que se encuentran incurso por parte del Equipo Técnico, siendo contrario a su desarrollo integral, siendo que sus desarrollos han sido poco progresivos, ello no es indicativo de que la misma no sea efectiva para lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social, al lograr que los adolescentes asumas la responsabilidad por el hecho cometido, entienda el dañó que con su conducta han causado a la sociedad, comprendan que con su conducta ha violado los valores que tienen que ver con el hecho cometido, es por lo que resulta de mayor productividad para los adolescentes como para la sociedad y el grupo familiar la incorporación progresiva, continua y gradual de este en su entorno social.- Y si bien tanto la defensa privada y la defensa publica solicitan la sustitución de la sanción de privación de libertad por una sanción menos gravosa, y así mismo si bien el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 2 y 19 de la Constitución Nacional refiere el tipo de sanción y referente al Estado democrático social de derecho y de justicia que propugna como valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico la vida, la solidaridad, la democracia, la libertad, también es cierto que conforme al principio de progresividad establecido en el artículo 19 de la Constitución Nacional y artículo 13 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual se refiere el ejercicio progresivo y conforme a su capacidad evolutiva, donde de la misma forma se le exige a los adolescentes el cumplimiento de sus deberes y conforme al artículo 14 de la mencionada ley especial, limitaciones y restricciones de los derechos y garantías de los adolescentes reconocidos y consagrados en esta ley solo pueden ser limitados y restringido mediante ley de forma compatible con su naturaleza y los principios de una sociedad democrática para la protección de los derechos de las demás personas; razón por la que esta Juzgadora considera idóneo el mantenimiento de la sanción de Privación de Libertad aplicada a los jóvenes adultos sancionados (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA).- En consecuencia se declara sin lugar la petición de la Defensa Especializada DIAMILIS LUGO y la Defensa Privada Abog. AUER BARRETO, en los términos supra señalados, por cuanto considera quien aquí decide que las sanciones impuestas son proporcionales a la gravedad del delito por cuanto estamos en presencia de concurrencia de delitos graves en los cuales la sanción impuesta por el Tribunal Segundo de Juicio fue ponderada y desplazando en forma sucesiva la pena privativa de libertad la cual como se evidencia es menor en comparación con las sanciones que deben cumplir en libertad. Así mismo se puede constatar que es la primera revisión que realiza este tribunal a las sanciones impuestas y por lo tanto es necesario la consolidación de las mismas en el tiempo a fin de determinar si estos han internalizado su conducta y obtenido las herramientas necesarias que les impidan reincidir en la comisión de cualquier otro hecho punible.- así se decide

IV

PARTE DISPOSITIVA

En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento al Literal “E” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Especial.- RESUELVE: PRIMERO: Se niega lo solicitado por la defensa publica y por la defensa privada de sustituir la sanción de privación de privación de libertad por una menos gravosa y se ACUERDA MANTENER la medida de Privación de Libertad de los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA; quienes fueron sancionados por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 en concordancia con el 83 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto en el artículo 277 ejusdem y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de A.C.H. y EL ESTADO VENEZOLANO.- SEGUNDO: Se ordena el reingreso de los jóvenes (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) BLANCO a los CENTROS DE FORMACIÒN INTEGRAL CAÑADA I y II, respectivamente, donde deberán permanecer a la orden de este Juzgado. TERCERO: Fijar audiencia de Revisión de la Medida de Privación de Libertad en relación a los jóvenes sancionados (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), para el día MARTES (16) DE FEBRERO DE 2010, A LA 01:00 DE LA TARDE, con la comparecencia de todas las partes. CUARTO: Fijar audiencia de Revisión de la Medida de Privación de Libertad en relación al joven sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), para el día MARTES (23) DE MARZO DE 2010, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, con la comparecencia de todas las partes. QUINTO: En relación al adolescente M.F., se acuerda diferir la Audiencia Oral y Reservada de Revisión de la sanción de L.A. e Imposición de Reglas de conductas y fijar nuevamente para el día MARTES (03) DE NOVIEMBRE DE 2009, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en virtud de no constar en actas las resultas del informe del Departamento de Trabajo Social de este Circuito Judicial Penal, correspondiente al joven adulto de autos, el cual resulta indispensable para llevar a cabo el mencionado acto a los fines de verificar el cumplimiento o no de la sanción impuesta.- SEXTO: Se dispone oficiar al Centro de Formación Integral cañada “I” y Cañada II, para el reingreso de los jóvenes sancionados, comisionado para efectuar el traslado a la Policía del Municipio San F.d.E.Z., quedando igualmente comisionados para trasladar a los mencionados jóvenes hasta la sede de este Juzgado, el día y hora fijada para la audiencia de revisión. Se ordena oficiar al Centro de Formación Integral Cañada “I” y Cañada “II”, y a la Policía del Municipio San F.d.E.Z., comisionado bajo los Números 4449-09, 4450-09 y 4451-09, con la finalidad de participarle el contenido de la presente decisión. Se ordena Oficiar al Departamento de Trabajo Social a los fines de que remitan el informe correspondiente antes de la fecha pautada para la Audiencia de Revisión bajo Oficio Nº 4452-09. Se acuerda proveer las copias simples solicitadas por la defensa publica y copias certificadas solicitadas por la defensa privada en este acto.- ASI SE DECIDE.-

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,

MGS. N.C.P.

LA SECRETARIA,

ABOG. E.S.

La anterior Resolución quedó publicada y registrada bajo el No. 533-09

El Secretario

NCP/Stephanie!

Causa No. 1E-1612-09

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