Decisión nº BH012004001143 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 13 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonenteHenry José Agobian Viettri
ProcedimientoDivorcio

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, trece de octubre de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : BH01-X-2004-000031

Vista las diligencias de fechas 10 y 11 de septiembre de 2004, presentadas por el abogado en ejercicio R.L., en su caracter de apoderado judicial de la parte actora, mediante las cuales solicita inspección ocular, en la calle Caribe con Delicias, Urbanización Colinas de Buenos aires, Casa Isidoro, Puerto Pírirtu, estado Anzoátegui y en las Entidades Bancarias: Banco del Caribe, Corp Banca y Banco de Venezuela, sucursales Píritu, respectivamente, este Tribunal niega dichos pedimentos en razón de que estando dirigidas las inspecciones solicitadas a la preconstitución de pruebas sobre bienes presuntamente pertenecientes a la comunidad conyugal, considera este Tribunal que la accionante puede obtener la satisfacción de dichos pedimentos a través de un Tribunal distinto, habida cuenta de que lo que se ventila en el caso de marras es una demanda de divorcio. Asimismo se Niega la solicitud de fecha 18 de agosto de 2004, mediante la cual la parte actora pide al Tribunal como medida preventiva, se ordene la desocupación del hogar conyugal por parte del demandado, en virtud de que no se desprende de autos que la parte actora haya acreditado alguno de los presupuestos a que se contrae el ordinal 1 del artículo 191 del Código Civil, para la procedencia de dicha medida. Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-

EL JUEZ TEMP.,

H.A.V.

LA SECRETARIA.,

JORGYMAR PUMAR S.

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