Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 23 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 23 de Mayo de 2007. Años: 196° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: M.P.D.M. y B.E.A.M., titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.590.349 y 1.649.991, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio San Felipe del estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un área de terreno propio, ubicado en la Urbanización San Jacinto-La Pradera, Manzana “H”, signada con el No. 24, Municipio Autónomo Cocorote del estado Yaracuy, según documento debidamente autenticado ante la notaria pública de San Felipe, estado Yaracuy, anotado bajo el No. 51, Tomo 26, de los Libros de autenticaciones de fecha 09 de Mayo de 2000 y posteriormente registrado por ante la oficina de Registro de los Municipio San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, de fecha 08 de Marzo del año 2001, anotado bajo el No. 13, folios 63 y 67, Protocolo Primero, tomo Primero, Primer Trimestre del año 2001, el cual mide Ciento Cuarenta metros cuadrados (140 Mts2); constante de una estructura de cabillas y cemento de dos plantas, construidas en paredes de bloques, techo de platabanda, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: PRIMERA PLANTA: Una sala, un comedor, una cocina, tres habitaciones, una de las habitaciones, la principal con su respectivo baño, un garage con su respectivo portón de hierro, totalmente cercado en paredes de bloque a su alrededor. LA SEGUNDA PLANTA. Una sala de star, tres habitaciones, un baño y una tercera parte funge como terraza, dotados con todos los servicios públicos, luz, aguas negras y blancas; cuyos linderos son: NORTE: En quince metros lineales (15 ML), lote I-29; SUR: En quince metros lineales (15 ML), lote I-30; ESTE: En Díez metros lineales (10 ML), con trazado de la calle J y OESTE: En Díez metros lineales (10 ML), lote I-17; a favor de la ciudadana: A.D.L.A.T. (como aparece identificada en su cédula de identidad, cuya copia simple anexa a la solicitud), venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 14.710.325 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 408/2007.-

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R..

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria.-

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