Decisión nº 1C-1187-00 de Tribunal Primero de Control Los Teques de Miranda, de 18 de Julio de 2006

Fecha de Resolución18 de Julio de 2006
EmisorTribunal Primero de Control Los Teques
PonenteIris Morante Hernandez
ProcedimientoArchivo De Actuaciones

Los Teques, 18 de Julio de 2006

195° y 147°

CAUSA No. 1C-1187/00

JUEZ: IRIS MORANTE HERNANDEZ, Juez Primera de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Los Teques.-

SECRETARIA: ABG. OGLA BOTTO, Secretaria adscrita al Pool de secretarios del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Los Teques.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

FISCAL: Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Miranda.-

DEFENSA PÚBLICA PENAL: DRA. M.A.A., Defensora Pública Penal.-

IMPUTADO: J.A. RIVAS MARTINEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.952.528.-

En fecha 04 de Abril del año 2006 este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, le fijó un plazo de 60 días continuos, a la Fiscal del Ministerio Público, a los fines de que concluyera la investigación en la causa seguida al ciudadano J.A. RIVAS MARTINEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.952.528 y a la vez le notificó que vencido dicho plazo, empezaba a transcurrir un lapso de treinta (30) días para que la representación fiscal presentara el escrito acusatorio o solicitara el Sobreseimiento de la causa, todo de conformidad con lo previsto en el ya citado artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se constata que se encuentran vencidos los plazos fijados previstos en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal y la fiscal del Ministerio Público, no ha presentado acusación, así como tampoco, solicitó el sobreseimiento de la presente causa, por lo que ajustado a derecho es DECRETAR EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como la condición de imputado del ciudadano J.A. RIVAS MARTINEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.952.528, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, decreta el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, en la causa signada bajo el N° 1C-1187/00, seguida al ciudadano J.A. RIVAS MARTINEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.952.528, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como la como la condición de imputado del antes citado ciudadano, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Defensora Pública Penal, a la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Miranda, así como también al ciudadano J.A. RIVAS MARTINEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.952.528. Se ordena expedir copia certificada de la presente decisión a la Defensora Pública Penal. Una vez que conste en autos las resultas de las boletas de notificación, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante, a los fines de que sean agregadas a la causa original. Líbrense las boletas correspondientes. Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.-

LA JUEZ

IRIS MORANTE HERNANDEZ

LA SECRETARIA

OGLA BOTTO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.

LA SECRETARIA

CAUSA N° 1C-1187-00

IMH/OB/jpc.-

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