Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 5 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
PonenteJosé Sarache Marín
ProcedimientoEjecucion De Hipoteca

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.

COMPETENCIA MERCANTIL

I

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

PARTE ACTORA: BANCO CARONI, C.A. (BANCO UNIVERSAL), constituido y domiciliado en Puerto Ordaz, Jurisdicción del Municipio Autónomo Caroni del Estado Bolívar, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, el 20 de agosto de 1981, bajo el Nº 17, del Tomo A Nº 17, Folios del 73 al 149; posteriormente transformado en BANCO UNIVERSAL, según modificación inscrita en el Registro Mercantil acabado de citar, en fecha 15 de agosto de 1997, bajo el Nº 22, del Tomo A Nº 35, Folios del 143 al 161; y cuya última modificación de estatutos fue inscrita en el Registro Mercantil, en fecha 22 de Febrero de 2.008, bajo el Nº 04, Tomo 10-A PRO.,

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados en ejercicio G.R.M.A., H.C.S., J.E.M. BASTARDO, BRICITTE YAMMINE DE KABECHE.D.E.K.J., inscritos en el Inpreabogado bajo el Nros. 36.619, 40.489, 58.767, 24.767 107.459, respectivamente, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: Sociedad MercantilINVERSIONES & CONTRUCCIONES 2.005, C.A, domiciliada en Pampatar, Estado Nueva Esparta, inscrita inicialmente bajo la denominación social de ADRIMAR VIAJES, C.A por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 30 de Junio de 2003, bajo el Nro. 36, Tomo 16-A, con modificación donde cambio a su actual denominación, inscrita por ante el mismo registros mercantil, en fecha 26 de Mayo del 2005, bajo el Nro. 73, Tomo 25-A, y con ultima modificación inscrita por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 13 de Noviembre de 2007, bajo el Nro. 73, Tomo 68-A,en la persona de su Director ciudadano L.R.B.D., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 6.254.547.Representado en la presente causa por la DEFENSORA JUDICIAL, designada por el Tribunal Abogada en ejercicio B.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.822.

JUICIO: EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO.

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE Nº 41.950

II

SINTESIS DE LA SUSTANCIACION DE PROCEDIMIENTO

Conoce este Tribunal del presente juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO incoara la sociedad mercantil BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil INVERSIONES & CONTRUCCIONES 2.005, C.A, correspondiendo su conocimiento a éste Juzgado por distribución que del libelo de demanda de fecha 21 de julio del 2.009, el cual posteriormente reformado conforme escrito de fecha 15 de octubre del 2.009; solicitando que se acordara la intimación de LA PRESTATARIA, Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., en la persona de su Director ciudadano L.R.B.D., en su condición de deudora de las obligaciones aquí referidas y como propietaria del inmueble (garante hipotecario) objeto de la presente SOLICITUD DE EJECUCION DE HIPOTECA para que apercibidos de ejecución, paguen al BANO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, o a ello sean condenados por el Tribunal las siguientes cantidades:

PRIMERO

La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo a que se ha referido.

SEGUNDO

La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.566,67), correspondiente a los intereses por concepto de intereses convencionales, calculados sobre el monto adeudado del capital de dicho pagare, a la tasa del veintiocho por ciento (28%) desde el 01 de octubre de 2.008 hasta el 31 de marzo de 2.009, a la tasa del veintiséis por ciento (26%) desde el 01 de abril de 2.009 hasta el 04 de junio de 2.009; a la tasa del veinticuatro por ciento (24%) desde el 05 de junio de 2009 hasta el 29 de julio de 2009, fecha ésta que se ha tomado como cierre de esta demanda, tal como se evidencia en la posición de deuda elaborada y debidamente certificado por la Gerencia de Crédito de su representada que se acompaña marcada “E”.

TERCERO

La cantidad de CUARENTA MIL DOSICENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 40.266,67)= correspondiente a los intereses de mora calculados desde el 03 de Diciembre de 2.006 hasta el 29 de julio de 2.009 a la tasa del tres por ciento (3%) anual, tal como se evidencia en la posición de deuda elaborado y debidamente certificado por la Gerencia de Crédito de su representado que acompaño marcado “E”.

CUARTO

a cancelar los intereses del capital que se sigan produciendo desde el 30 de julio de 2.009 hasta la cancelación total del monto demandado y los cuales deberán ser computados a la tasa activa del mercado de las instituciones financieras.

QUINTO

Las costas y costos de la ejecución, incluyendo los honorarios de abogados.

Por auto de fecha 19 de octubre del 2.009, este Tribunal admitió la reforma de la demanda y se ordenó la intimación de la parte demandada, asimismo se procedió por a decretar en el mismo la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los inmuebles objetos dela presente ejecución lo cual fue notificado mediante oficio Nº 09-0.841, a la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta. Y a los fines de la intimación de la parte demandad, se comisiono al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

En diligencia d fecha 21 de octubre del 2009, la representación judicial dela parte demandante dejo constancia de haber entregado al Alguacil de este Despacho los emolumentos necesarios a los fines de la citación de la parte demandada, de lo cual dejo constancia el Alguacil de este Tribunal en esa misma fecha.

Por auto de fecha 29 de octubre del 2009, se designa correo especial a los fines de las diligencias de la intimación de la parte demandada, al abogado en ejercicio J.M., quien acepto y presto el juramento respecto.

Mediante diligencia de fecha 26 de enero del 2010, la representación judicial de la parte actora, consigna a los autos las resultas de la intimación de la parte demandada provenientes el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, sin cumplir en vista de la imposibilidad de ubicación de la parte demandada.

Por auto de fecha 25 de febrero del 2010, se dicto auto mediante el cual se ordenó y libró cartel de intimación a la parte demandada de conformidad con el artículo 665 en concordancia con el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose su publicación por el lapso de treinta (30) días, una vez por semana en el diario EL NACIONAL. Advirtiéndosele a la parte demandada que si no compareciere en el lapso señalado, se le designaría defensor judicial, con quien se le entendería la intimación y demás tramites de ejecución.

Por recibido el cartel de intimación por parte de la representación Judicial de la parte actora y cumplida su bebida publicación procedió a consignar a los autos las respectivas publicaciones mediante diligencia de fecha 21/06/2010, las cuales se ordenaron agregar a los autos en fecha 29 de junio del 2010.

Por auto de fecha 29 de junio del 2010, se acordó comisionar la Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de la fijación del cartel de intimación en la morada de la parte demandada, todo de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Librándose oficio Nº 10-0.624.

En fecha 05 de octubre del 2010, se recibieron del Juzgado comisionado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, las resultas de la fijación de cartel en la morada de la parte demandada, lo cual se ordeno agregar a los autos en fecha 07 de octubre del 2010.

Por auto de fecha 29 de noviembre del 2010, se ordeno realizar por Secretaria computo del lapso de los quince (15) continuos previsto en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, contados a partir del 07 de octubre del 2010 (exclusive) fecha en la cual se agregaron a los autos las resultas de la fijación del cartel en la morada de la parte demandada. Practicándose dicho computo, se dejo constancia que dicho lapso se inicio el 08/10/2010 y venció el 22/010/2010.

Por auto de fecha 29 de noviembre del 2010, conforme diligencia de fecha 24/11/2010, suscrita por la representación judicial de la parte demandante, y vencido como se encontraba el lapso de comparecencia de la parte demandada a darse por citada en la presente causa, se procediéndosele a designar defensor judicial a la parte demandada a la abogada M.C.L..

En fecha 28 de febrero del 2011, quien suscribe se aboco al conocimiento de la presente causa.

Mediante diligencia de fecha 04 de Marzo del 2011, el alguacil de este Despacho judicial, consigno la boleta de citación de la Defensora Judicial de la parte demandada designada por el Tribunal abogada M.C.P., debido a la imposibilidad de su citación.

Por auto de fecha 10 de marzo del 2011, vista la diligencia suscrita por el Alguacil de este Despacho judicial de fecha 04/03/2011, en la cual señala al Tribunal la imposibilidad de ubicación para la citación de la defensora judicial designada; se procedió a designar un nuevo defensor judicial de la parte demandada, cargo este recaído en la persona del abogado L.R.S.M., quien presento sus excusas al dicho cargo.

Por auto de fecha 28 de abril del 2011, se procedió a designar nuevamente Defensor judicial de la parte demandada, cargo este recaído en la persona de la abogada en ejercicio B.R.d. este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.822, quien previa citación, aceptación y juramentación procedió a representar a la parte demandada.

Mediante diligencia de fecha 11 de junio de 2011, la abogada B.R., en su carácter de Defensora Judicial de la parte demandada señalo al Tribunal las diligencias pertinentes en base a la búsqueda de la parte demandada.

Estando dentro de la oportunidad para dar contestación a la demanda en la presente causa, compareció la abogada B.R., en su carácter de Defensora Judicial de la parte demandada, y consigno escrito de cuestiones previas en la presente causa, de conformidad con el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo hizo formal oposición a la estimación realizada a su defendida conforme el ordinal 5º del artículo 663 del Código de Procedimiento Civil.

Mediante escrito de fecha 01 de agosto del 2011, la representación judicial de la parte actora, presento escrito de conformidad con los artículos 664, 657 y 350 del Código de Procedimiento Civil, de subsanación de las cuestiones previas opuestas por la defensora judicial de la parte demandada, el cual se ordeno agregar a los autos en fecha 05 de agosto del 2011.

Por auto de fecha 05 de agosto del 2011, se ordeno efectuar por Secretaria computo de los tres (3) días de Despacho previsto e el articulo 661 del Código de Procedimiento Civil, cinco (5) del termino de la distancia , contados a partir del día 01/07/2011 (exclusive), cuatro (4) días hábiles, conforme el artículo 602 ejusdem, más cinco días de despacho correspondientes al lapso de oposición, y ocho (8) días de despacho correspondiente al lapso de oposición. Practicándose dicho computo al respecto.

Por auto de fecha 08 de agosto del 2011, se declaro: Primero: subsanada las cuestiones previas opuesta por la parte demandada y SEGUNDO: Improcedente la oposición formulada por la parte demandada. De cuyo auto, la defensora judicial de la parte demandada apelo mediante diligencia de fecha 09 de agosto de 2011.

Por auto de fecha 21 de septiembre del 2011, se escucha la apelación formulada en un solo efecto devolutivo y conforme el artículo 265 del Código de Procedimiento. Respecto a dicha apelación el Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Transito y de Protección de Niño, Niñas y Adolescente del este Circuito y Circunscripción Judicial mediante decisión de fecha 06/02/2012, que cursa en cursa en cuaderno separado, declaro Con lugar dicha apelación solo en lo que respectó a la decisión dictada en el particular segundo, que declaro improcedente la oposición formulada por la defensora judicial dela parte demanda y ordeno procedimiento abierto a pruebas y la sustanciación por los tramites del procedimiento ordinario.

Por auto de fecha 26 de octubre del 2011, vista la diligencia suscrita por la defensora judicial de la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el articulo 226 del Código de Procedimiento Civil, y oyendo la opinión de los abg. ZADDY RIVAS SALAZAR y J.F., estableció como honorarios del defensor judicial debido alas actuaciones realizadas en la presente causa la cantidad del 10% de la cantidad demandada, las cuales debía cancelar la parte demandada.

Por auto de fecha 20 de marzo del 2012, por recibido y vista la decisión del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Transito y de Protección de Niño, Niñas y Adolescente del este Circuito y Circunscripción Judicial de fecha 06/02/2012, conforme lo señalado en dicha decisión, se ordeno aperturar la presente causa a pruebas, previa notificación de las partes, y de que dicho lapso probatorio comenzaría a computarse una vez que constara en autos la ultima de las notificaciones de las partes. Librándose las respectivas boletas.

Notificadas como fueron las partes las partes, conforme lo ordenado en auto de fecha 20/03/2012, tal como se evidencia de las diligencias del Alguacil de este Despacho judicial de fecha 22/03/2012.

En fecha 17 de abril del 2013, la Defensora judicial de la parte demandada, abogada B.R., presento escrito de pruebas, en los siguientes términos:

Capitulo I Reprodujo el merito favorable de los autos su favor y ratifico el merito favorable de los documentos que constan en autos, específicamente, el documento aportado por la parte por la parte actora de fecha 26 de julio del 2011, el cual reprodujo en copia, el cual opuso bajo toda forma de derecho al actor y en el cual señala se refleja que su representada pago la suma de Bs, 37.333.33 al banco prestatario (anexo marcado con la letra ”A”, dicha prueba es con el objeto de que se evidencie con certeza de existir una deuda cual es le monto exacto de la misma.

Capitulo II De conformidad con lo previsto en el articulo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicitó se requiriera del Banco Caroni, remitiera a este Despacho judicial copia de la documentación donde consta la fecha exacta de la liquidación del pretendido crédito que dice haber otorgado a la accionada, con especial referencia en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de este capitulo, con el objeto de esta prueba establecer con certeza jurídica si existe una deuda liquida y exigible, y en caso de existir, cual es el monto real de la misma. Dicho escrito de pruebas fue agregado a los autos en fecha 18 de abril del 2012.

Mediante escrito de fecha 10 de abril del 2012, la representación judicial de la parte actora, presento escrito de pruebas en lo siguientes términos;

PRIMERO

Reprodujo el merito favorable por lo que respecta al documento de préstamo documento fundamental de la demanda que cursa inserto al expediente.

SEGUNDO

Promovió la posición de deuda, actualizada a la fecha, emitida por la Vicepresidencia de contraloría de su representada marcada “A”, en a cual refleja la cuota nº 1 cancelada por el cliente, y las cuotas desde nº 2 hasta la nº 12 dejadas de cancelar desde hasta el 17 de abril de 2012, Dicho escrito de pruebas se ordeno agregar a los autos en fecha 18/04/2012.

Por auto de fecha 27 de abril del 2012, se ordeno realizar por Secretaria computo de los quince (15) días de despacho correspondientes al lapso de promoción de pruebas, contados a partir del 22 de marzo del 2012 (exclusive), del mismo modo computo de los tres (3) de despacho correspondientes al lapso de oposición ala admisión de pruebas, contados a partir del día de despacho siguiente al vencimiento del lapso de promoción de pruebas, y por ultimo computo de los tres (3) días de despacho correspondiente al lapso de admisión de pruebas, contados a partir del día de despacho siguiente al vencimiento del lapso de oposición. Practicándose dicho computo, se dejo constancia que el lapso probatorio en la presente causa se inicio el 23/03/2012 y venció el 18/04/2012 (ambas fechas inclusive), que el lapso de oposición a las pruebas se inicio el 20/04/2012 y venció el 24/04/2012 (ambas fechas inclusive)y el de oposición se inicio el 25/04/2012 y venció el 27/04/2012.

Por auto de fecha 27 de abril del 2012, se admitieron las pruebas promovidas por la Defensora Judicial de la parte demandada abogada B.R., admitiéndose salvo su apreciación en la sentencia definitiva; y por lo que respecto a la prueba de informes contenida en el Capitulo II del escrito de pruebas, se acordó oficiar a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). Igualmente por auto separado de esa misma fecha 27/04/2012 fueron adiadas las pruebas promovidas por la parte actora, todas salvo su apreciación en la sentencia definitiva.

En fecha 19 de junio del 2011, se recibió de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario,Comunicaciones SIB-DSB-CJ-PA-16601 y SIB-DSB-CJ-PA-16602 de fecha 15 de junio 2012, las cuales se ordenaron agregar a los autos en fecha 22 de junio del 2012.

En fecha 10 de junio del 2012, se recibió comunicación del Banco Caroni –Banco Universal, conforme lo ordenado por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, en repuesta a la prueba de informes promovida por la parte demandada, lo cual se ordeno agregar a los autos en fecha 16/07/2012

Por auto de fecha 16 de julio del 2012, se ordeno realizar por Secretaria computo de los treinta (30) días del lapso de evacuación de pruebas en la presente causa.Practicándose computo al respecto, se dejo constancia que dicho lapso se inicio el 30/04/2012 y venció el 14/06/2012 (ambas fecha inclusive).

Por auto de fecha 16 de julio del 2012, visto el anterior computo, y paralizada como se encontraba la presente causa, se fijo oportunidad para los informes, precia notificación de las partes, fijándose para ello el décimo quinto día de despacho siguiente a que constara en autos, l a ultima de las notificaciones de la partes. Librándose las respectivas boletas.

Notificadas como fueron las partes conforme lo ordenado en el auto de fecha 16/07/2012, ambas partes en fecha 13 de agosto del 2012, presentaron escrito de sus respectivos informes en la presente causa.

Por auto de fecha 04 de octubre del 2012, se ordeno realizar por Secretaria computo de los quince (15) de informes previsto en el articulo 511 del Código de Procedimiento Civil, contados a partir del 19/07/2012 (exclusive) fecha en la cual que notificada la ultima de las partes; asimismo computo del lapso de observaciones a los informes, contaos a partir del vencimiento del lapso de informes. Practicándose computo al respecto. Dejándose constancia que la presente causa se encontraba para dictar sentencia desde el 27/09/2012.

Correspondiéndole al Tribunal dictar sentencia en la presente causa, pasa a ello, con los argumentos que se establecen en el capítulo siguiente:

III

ARGUMENTOS DE LAS PARTES

La representación judicial de la parte actora alegó en su escrito de demanda que consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, en fecha 25 de julio de 2.008, anotado bajo el Nº 2, folios 12 al 31, protocolo primero, Tomo 5, Tercer Trimestre de 2.005 que su representado otorgó un (01) préstamo por la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1.600.000.000,oo), actualmente equivalente a UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo), según Decreto con rango y Fuerza de Ley Reconversión Monetaria, a la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A.,domiciliada en Pampatar, Estado Nueva Esparta, inscrita inicialmente bajo la denominación social de ADRIMAR VIAJES, C.A por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 30 de Junio de 2003, bajo el Nro. 36, Tomo 16-A, con modificación donde cambio a su actual denominación, inscrita por ante el mismo registros mercantil, en fecha 26 de Mayo del 2005, bajo el Nro. 73, Tomo 25-A, y con ultima modificación inscrita por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 13 de Noviembre de 2007, bajo el Nro. 73, Tomo 68-A, inscrita por ante el Registro de Información Fiscal, bajo el Nº J-31024198-8, representada en ese acto por su Director ciudadano L.R.B.D., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 6.254.547, inscrito por ante el Registro de Información Fiscal, bajo el Nº V-06254547-6, domiciliado en Pampatar, Estado Nueva Esparta, en lo adelante denominada indistintamente LA PRESTATARIA. Siendo que dicho préstamo fue documentado en un instrumento que anexaron a a presente demanda en original marcado “D”, el cual denominaron indistintamente EL DOCUMENTO, y que oponen formalmente a la demandada.

Que igualmente consta en El Documento que la PRESTATARIA, recibió de EL BANCO y se obligo a pagarle la referida cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo), en el plazo de un (01) año contados a partir de la fecha de liquidación del préstamo esto es, 21 de julio del 2008, mediante pagos trimestrales que incluirían en su oportunidad la cuota correspondiente a capital más los intereses sobre el saldo deudor.

Que expresamente se convino y así fue aceptado por LA PRESTATARIA, que dicha cantidad devengaría un interés a la tasa equivalente al VEINTIOCHO POR CIETO (28%) anual variable; y en caso de mora los intereses se calcularían a la tasa pactada más el TRES PORCIENTO (3%) anual adicional, por todo el tiempo que durara la mora, o el porcentaje anual o puntos porcentuales adicionales que el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA u otro organismo competente permita agregar, en los casos de mora, a la tasa pactada. Que no obstante LA PRESTATARIA acepto y convino expresamente que EL BANCO podía en todo momento y sin previo aviso variar la tasa de interés de acuerdo a las condiciones del Mercado Financiero, siempre y cuando se ajusten a las resoluciones del Banco CENTRAL DE VENEZUELA u otro organismo competente.

Que se eligió como domicilio especial a Ciudad Guayana, Municipio Autónomo Caroni del Estado Bolívar. Que consta asimismo que para garantizar a EL BANCO el pago de todas y cada una de las obligaciones contenidas y derivadas del otorgamiento del referido préstamo, el ciudadano L.R.B.D., ya identificado, en su carácter de Director de la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005,C.A., constituyo a favor de su representado, hasta la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 3.840.000,oo), HIPOTECA CONVENCIONAL, ESPECIAL Y DE PRIMER GRADO, sobre los siguientes bienes inmuebles propiedad de “LA PRESTATARIA” constituidos por una (1) parcela de terreno y las Edificaciones construidas sobre la referida parcela, que conforman LA PRIMERAETAPA del CONJUNTO TURÍSTICO RESIDENCIAL A.A., la cual se encuentra ubicada entre las Avenidas L.C. de Arismendi y Pampatar, sitio este anteriormente denominado Hato Vimare, Sector San Lorenzo de la Ciudad de Pampatar, Municipio Maneiro, Estado Nueva Esparta, y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas generales: NORTE: En ciento treinta y nueve metros con cincuenta centímetros (139,50 mts) con terrenos que son o fueron de M.G.; SUR: En ciento treinta y nueve metros con cincuenta centímetros (139,50 mts) con terrenos que son o fueron de M.G.; ESTE: En doscientos veinticinco metros (225 mts) con terrenos antes de la sucesión Á.R., hoy de I.Á.R.; y OESTE: En Doscientos Veinticinco Metros (225 mts) con terrenos que son o fueron de Presente Arocha; para un área total de Treinta Mil Ciento Treinta y Dos Metros Cuadrados (30.132 mts2). La Primera Etapa se encuentra actualmente en construcción y desarrollada dentro de un área de terreno deslindada con una superficie de Siete Mil Treinta y Un Metros Cuadrados con Setenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (7.031,74 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE:Con la Etapa Segunda y Tercera del Conjunto;SUR:Con la Etapa Segunda del Conjunto; ESTE: Con la Etapa Segunda y Tercera del Conjunto; yOESTE:Con vía de penetración. La Primera Etapa constará de cuatro (4) edificios distinguidos con las Letras “E”, “F”, “K” y “L”, cada edificio tendrá un área de construcción de Un Mil Cuatrocientos Setenta y Seis Metros Cuadrados con Seis Decímetros Cuadrados (1.476,06 mts2), con un área total de construcción de los edificios que componen la Primera Etapa de Cinco Mil Novecientos Cuatro Metros Cuadrados con Veinticuatro Decímetros Cuadrados (5.904,24 mts2); cada edificio constará de cinco (5) niveles, diez (10) apartamentos y una (1) planta de PentHouse, el cual tiene a su vez dos (2) niveles; a cada apartamento le corresponde un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero a excepción de los PentHouse que le corresponde a dos (2) puestos de estacionamiento y dos (2) maleteros, los cuales forman un todo indivisible con cada uno de los apartamentos a enajenar. La primera etapa cuenta con once (11) apartamentos para cada edificio para un total general de cuarenta y cuatro (44) apartamentos. A cada edificio le corresponde (1) depósito de recolección de basura general, situado en la planta baja, cinco (5) depósitos y ductos de basura, ubicado en cada piso, un (1) ascensor por edificio y escaleras de circulación. Los edificios que conformarán la primera etapa se encuentran alinderado de la siguiente manera: EDIFICIO “E”: El edificio “E” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Edificio “F”; SUR: Con área común que separa de puestos de estacionamientos y acceso al edificio; ESTE: En parte con área común que separa del edificio “H” y acceso al edificio;y OESTE: Con área común, en parte acceso al edificio y puestos de estacionamientos. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nro. E0-1: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del edificio “E” de la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un (1) área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Catorce Metros Cuadrados con Noventa y Cinco Decímetros Cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de Trece Metros Cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Cincuenta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E0-1), ubicados en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio y en parte con cuarto de medidores; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación;y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores, y le corresponde un porcentaje de condominio de 2,056% sobre los derechos y obligaciones comunes: APARTAMENTO NRO. E0-2: Corresponde al tipo I y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B.) del edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un (1) área para servicio de lavandería, tiene un área total de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados con Cuarenta y Cinco Decímetros Cuadrados (136,45 mts2) distribuida en un área techada de Ciento Un Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (101,10 mts2) un área de patio en la parte trasera de Veintidós Metros Cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E0-2), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F0-1; SUR: Con apartamento E0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura; y le corresponde de condominio 2,441%, sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº. E1-3: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (E1-3) ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes NORTE: Con apartamento E1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E1-4: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitaciones principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E1-4), ubicado en el área estinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F1-3; SUR: Con apartamento E1-3 en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación, y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E2-5: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E2-6: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitaciones principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F2-5; SUR: Con apartamento E2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio; en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E3-7: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E3-8: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del Edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F3-7; SUR: Con apartamento E3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E4-9: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del Edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento E4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E4-10: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del Edificio “E”, que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicios de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2).

Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (E4-10), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble, se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F4-9; SUR: Con apartamento E4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.698% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº E (PH-E): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel PentHouse del Edificio “E” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un baño de visitas, terrazas de servicios descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de Trescientos Veintiséis Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (326,20 mts2). Distribuidos así: En planta baja tiene un área de Doscientos Treinta y siete Metros Cuadrados (237 mts2). En planta alta tiene un área de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta Decímetros Cuadrados (88,70 mts2). Consistente de un (1) área de construcción de Doscientos Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (273,20 mts2) más un área de terraza en la planta baja de Veinticinco Metros Cuadrados (25 mts2), y en la planta alta de Veintiocho Metros Cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamientos y dos (2) maleteros, distinguidos con las misma nomenclatura del apartamento (PH-E), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento PH-F; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “F”: El edificio “F” se encuentra comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE: Con área común que separa del edificio “A” y “B”; SUR: Con edificio “E”; ESTE: Con área común, que separa del edificio “H”, y OESTE: Con área común, en parte con acceso al edificio y puesto de estacionamiento. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nº F0-1: Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Plata Baja (P.B.) del Edificio “F”, que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados con Cuarenta y Cinco Decímetros Cuadrados (136,45 mts2), distribuida en un área techada de Ciento Un Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (101,10 mts2) un área de patio en la parte trasera de Veintidós Metros Cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F0-1), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E0-2; ESTE: Con fachada este del edificio, y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F0-2: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Plata Baja (P.B.) del Edificio “F”, de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, un (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Catorce Metros Cuadrados con Noventa y Cinco Decímetros Cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (88,40 mts2) un área de patio en la parte trasera de Trece Metros Cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Cincuenta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F0-2), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio y en parte con cuarto de medidores; SUR: Con apartamento F0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores, y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F1-3: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del Edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F1-3), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E1-4; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F1-4: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F1-4), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F1-3, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F2-5: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E2-6; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F2-6: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F3-7: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F3-7), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E3-8; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F3-8: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F4-9: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento F4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento E4-10; ESTE: Con fachada este del edificio, parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº F4-10: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (F4-10), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento F4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE – F (PH-F): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel PentHouse del Edificio “F” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño y vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicios descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de Trescientos Veintiséis Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (326,20 mts2), distribuidos así: En planta baja tiene un área de Doscientos Treinta y Siete Metros Cuadrados (237 mts2). En planta alta tiene un área de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta Decímetros Cuadrados (88,70 mts2). Consistente de un (1) área de construcción de Doscientos Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (273,20 mts2) más un área de terraza en la planta baja de Veinticinco Metros Cuadrados (25 mts2) y en la planta alta de Veintiocho Metros Cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamientos y dos (2) maleteros, distinguidos con las misma nomenclatura del apartamento (PH-F), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento PH-E; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “K”: El edificio “K” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con edificio “L”; SUR: Con área común y acceso que separa del edificio “N”; ESTE: Con área común y social; y OESTE: Con área común y acceso al edificio que separa de puestos de estacionamiento. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nº K0-1: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “K” de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Catorce Metros Cuadrados con Noventa y Cinco Decímetros Cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (88,40 mts2), un área de patio en la parte trasera de Trece Metros Cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Cincuenta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (K0-1), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio y en parte con cuarto de medidores; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K0-2: Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, esta constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados con Cuarenta y Cinco Decímetros Cuadrados (136,45mts2), distribuida en un área techada de Ciento Un Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (101,10 mts2) un área de patio en la parte trasera de Veintidós Metros Cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (K0-2), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L0-1; SUR: Con apartamento K0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio, y en parte con depósito de basura, y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441%, sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K1-3: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K1-3), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K1-4: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K1-4), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L1-3, SUR: Con apartamento K1-3, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K2-5: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K2-6: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L2-5; SUR: Con apartamento K2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K3-7: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K3-8: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L3-7, SUR: Con apartamento K3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K4-9: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento K4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº K4-10: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (K4-10), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L4-9, SUR: Con apartamento K4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE – K (PH-K): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel PentHouse del Edificio “K” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicios descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de Trescientos Veintiséis Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (326,20 mts2), distribuidos así: En planta baja tiene un área de Doscientos Treinta y Siete Metros Cuadrados (237 mts2). En planta alta tiene un área de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta Decímetros Cuadrados (88,70 mts2). Consistente de un (1) área de construcción de Doscientos Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (273,20 mts2) más un área de terraza en la planta baja de Veinticinco Metros Cuadrados (25 mts2) y en la planta alta de Veintiocho Metros Cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamientos y dos (2) maleteros, distinguidos con las misma nomenclatura del apartamento (PH-K), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento PH-L; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. EDIFICIO “L”: El edificio “L” se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con área común y acceso al edificio que separa los puestos de estacionamientos; SUR: Con edificio “K”; ESTE: Con área común y social; y OESTE: Con área común y acceso al edificio que separa de puestos de estacionamiento. Se encuentra conformado así: APARTAMENTO Nº L0-1: Corresponde al tipo 1 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, dos (2) habitaciones auxiliares, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Treinta y Seis Metros Cuadrados con Cuarenta y Cinco Decímetros Cuadrados (136,45 mts2), distribuida en un área techada de Ciento Un Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (101,10 mts2) un área de patio en la parte trasera de Veintidós Metros Cuadrados (22 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,35 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (L0-1), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L0-2, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K0-2; ESTE: Con fachada este del edificio, y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con depósito de basura; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.441% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L0-2: Corresponde al tipo 2 y se encuentra ubicado en el nivel Planta Baja (P.B) del edificio “L” de la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño, una (1) habitación auxiliar, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, un (1) área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Catorce Metros Cuadrados con Noventa y Cinco Decímetros cuadrados (114,95 mts2), distribuida en un área techada de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta Decímetros Cuadrados (88,40 mts2) un área de patio en la parte trasera de Trece Metros Cuadrados (13 mts2) y un área de jardín en la parte delantera de Trece Metros Cuadrados con Cincuenta y Cinco Decímetros Cuadrados (13,55 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura de apartamento (L0-2), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio y en parte con cuarto de medidores; SUR: Con apartamento L0-1, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio y en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio y en parte con cuarto de medidores; y le corresponde un porcentaje de condominio de 2.056% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L1-3: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L1-3), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L1-4, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K1-4; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L1-4: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L1-4), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L1-3, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L2-5: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el nivel primero del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L2-5), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L2-6, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K2-6; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L2-6: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el segundo nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguido con la misma nomenclatura del apartamento (L2-6), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L2-5, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensor, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L3-7: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L3-7), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L3-8, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K3-8; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L3-8: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el tercer nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L3-8), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L3-7, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L4-9: Corresponde al tipo 3 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Ciento Diez Metros Cuadrados (110 mts2), Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L4-9), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con apartamento L4-10, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, y en parte con pasillo de circulación y escaleras de acceso; SUR: Con apartamento K4-10; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.968% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO Nº L4-10: Corresponde al tipo 4 y se encuentra ubicado en el cuarto nivel del edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: una (1) habitación principal con baño y jardinera, una (1) habitación auxiliar con jardinera, un (1) baño principal, sala, comedor, cocina, balcón, un área para servicio de lavandería. Tiene un área total de Noventa y Cinco Metros Cuadrados (95 mts2). Le corresponde en propiedad un (1) puesto de estacionamiento y un (1) maletero, distinguidos con la misma nomenclatura del apartamento (L4-10), ubicado en el área destinada a tal fin los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento L4-9, en parte con depósito de basura, con fosa de ascensores, con pasillo de circulación y escaleras de acceso; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 1.699% sobre los derechos y obligaciones comunes. APARTAMENTO PENT HOUSE – L (PH-L): Corresponde al tipo PH y se encuentra ubicado en el nivel PentHouse del Edificio “L” que corresponde a la Primera Etapa, está constituido por los siguientes ambientes y dependencias: Planta Baja: Habitación principal con un (1) baño, vestier, balcón y jardinera, dos (2) habitaciones auxiliares, dos (2) baños, una (1) habitación de servicio con un (1) baño, cocina, comedor, terraza, estar, un (1) baño de visitas, terraza de servicios descubierta. Planta Alta: una (1) habitación con un (1) baño, estar, terraza descubierta y jardinería. Tiene un área total de Trescientos Veintiséis Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (326,20 mts2), distribuidos así: En planta baja tiene un área de Doscientos Treinta y Siete Metros Cuadrados (237 mts2). En planta alta tiene un área de Ochenta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta Decímetros Cuadrados (88,70 mts2). Consistente de un (1) área de construcción de Doscientos Setenta y Tres Metros Cuadrados con Veinte Decímetros Cuadrados (273,20 mts2), más un área de terraza en la planta baja de Veinticinco Metros Cuadrados (25 mts2), y en la planta alta de Veintiocho Metros Cuadrados (28 mts2). Le corresponde en propiedad dos (2) puestos de estacionamientos y dos (2) maleteros, distinguidos con las misma nomenclatura del apartamento (PH-L), ubicado en el área destinada a tal fin, los cuales forman parte integrante del inmueble. Se encuentra comprendido dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con apartamento PH-K; ESTE: Con fachada este del edificio, en parte con pasillo de circulación que dan a escaleras de acceso; y OESTE: Con fachada oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 5.835% sobre los derechos y obligaciones comunes. Formaron parte de la mencionada Hipoteca los bienes comunes del CONJUNTO TURISTICO Y RESIDENCIAL A.A., los cuales se describen a continuación: a) Veinticinco (25) puestos de estacionamiento para visitantes con un área de 240 m a 500 m. completamente asfaltados, distinguidos con los Nros: 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43. b) Una (1) caseta de vigilancia. c) 661,00 metros lineales de muro perimetral. d) 11.200 m3 de movimiento de tierra para la conformación de todas las terrazas del conjunto habitacional. e) tanque de almacenamiento subterráneo de agua potable con capacidad para 780.000 lts. f) construcción de portal de acceso. g) 2.889.00 de vialidad asfaltada. h) 2.562.84 m2 de caminarías y áreas verdes. i) churuata recreacional de 50 mts2. j) 400 ml. de tubería de PVC 4” para la alimentación de aguas blancas. k) 205 ml de tuberías de PVC “3” para la alimentación de aguas blancas. l) Construcción de una caseta de bombeo de 47 mts2 con sus respectivos equipos de impulsión. m) 250 ml. de tubería de recolección de aguas negras en PVC “8”. n) Red eléctrica en baja y alta tensión para el conjunto. o) Instalación de dos (2) tanques de almacenamiento y distribución de gas domiciliario con su respectiva red de alimentación a cada edificio. P) Red de instalación contra incendio para los cuatro (4) edificios. Q) La consejería con un área de sesenta metros cuadrados (60 mts2). R) Centro de suministro de energía eléctrica y un banco de transformadores general para el conjunto con su respectiva acometida eléctrica. S) oficina de obra talleres comedor, baños y cocina para el funcionamiento del personal directivo y obrero del desarrollo. El inmueble anteriormente descrito le pertenece a la SOCIEDAD MERCANTIL “INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A.”, así: La parcela de terreno conforme consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, en fecha 14 de julio del 2.006, anotado bajo el N° 18, folios 89 al 92, Protocolo Primero, Tomo 3, Tercer Trimestre, la cual fue deslindada conforme a documento especial de Condominio protocolizado por ante la mencionada Oficina Inmobiliaria, en fecha 20 de diciembre del 2.007, bajo el Nº 24, folios del 94 al 120, Protocolo Primero, Tomo 14, Cuarto Trimestre, posteriormente reformulado mediante documento protocolizado ante la misma Oficina Inmobiliaria, en fecha 21 de febrero del 2.008, bajo el Nº 12, folio 47 al 66, Protocolo Primero, Tomo 7; y las edificaciones por estar construyéndola “LA PRESTATARIA” con dinero de su propio peculio. Que la Hipoteca constituida se extendió y amplio en general sobre todas las construcciones, mejoras y bienhechurias de cualquier especie que existiese o se levantasen en el futuro sobre el inmueble objeto de la hipoteca constituida.

Que la PRESTATARIA ha incumplido su obligación de pagarle a EL BANDO las cuotas a las cuales quedo obligada en v.d.E.D., a pesar de las gestiones de cobranza hechas por su representada, siendo que para la fecha 29 de julio de 2.009, adeuda la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 2.000533,33) por concepto de saldo de capital más intereses convencionales y de mora, según posición de deuda que se anexa marcada con la letra “E”, CERTIFICADO POR LA Vicepresidencia de Crédito del Banco Caroni C.A., Banco Universal. Que expresamente se convino en EL DOCUMENTO que la falta de pago de una (01) cuota trimestral que incluiría capital e intereses, daría derecho a EL BANCO de considerar la obligación total como plazo vencido, y exigir el pago inmediato del saldo deudor y habida cuenta del reiterado incumplimiento por parte de LA PRESTATARIA en sus obligaciones de pago, en ejecución del derecho que le confieren a su representado las citadas estipulaciones de EL DOCUMENTO, es por lo que EL BANCO ha resuelto considerar las citadas obligaciones de LA PRESTATARIA como de plazo vencido, siendo liquidas y exigibles; por lo cual siguiendo las expresas instrucciones de su representado, acuden a fin de demandar, como en efecto lo hacen la EJECUCIÒN DE LA HIPOTECA CONVENCIONAL, ESPECIAL DE SEGUNDO GRADO constituida por L.R.B.D., en nombre y representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., sobre los inmuebles anteriormente descritos, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 660 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Que a tales efectos consigan marcado “F” copia certificada expedida por la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, correspondiente a los gravámenes y enajenaciones de que hubiere podido ser objeto el inmueble cuya ejecución se solicita.

Ante tal pretensión, la Defensora Judicial de la parte demandada abogada en ejercicio B.R., de conformidad con el artículo 663 del Código de Procedimiento Civil, hizo formal oposición al pago que se le intimaba a su representada, conforme el ordinal 5º por disconformidad con el saldo establecido por el acreedor en la solicitud de ejecución, alegado que con la salvedad que ante la imposibilidad de ubicar a la demandada o sus representantes, o apoderados, es imposible conseguir prueba escrita de este fundamento, que n obstante como ha señalado la jurisprudencia “… la prueba escrita indicada en la norma solo se refiere a la demostración de la existencia de la diferencia que se alega. No se refiere a su cuantificación ni ésta en cabeza del oponente comprobar la tasa de interés que sea aplicable, dada la variabilidad de las mismas que fue pactada, l cual será en todo caso del debate probatorio” Sent. Sala Casación Civil 17 de marzo 1997 reiterada Sala Casación Civil 21/05/2007 exp. 06-0958 (ponente Antonio Ramírez Jiménez juicio Inversiones Lelavic, C.A, Ipanema C..A.,

Que se desprende de la demanda que el actor hace referencia a un reiterado incumplimiento, mas no señala si en alguna oportunidad le fue deducido algún pago de la cuenta que debió aperturar en el Banco acreedor, o si per se, el ahora demandado, pagó capital o intereses de la supuesta deuda que adquirió con el Banco. Que por otra parte los intereses alegados en la denominada “posición de deuda” aportada por el mismo actor, no refleja montos exactos que hayan sido pagados por el deudor intimado, y en el supuesto que existiera dicha obligación, deben ser objeto del debate probatorio en los intereses demandados y su quantum.

Planteado los términos de la presente controversia este Juzgador pasa a emitir su pronunciamiento observando lo siguiente:

En tal sentido, el artículo 1354 del Código Civil, establece:

Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido liberado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación

El articulo 506 del Código de Procedimiento Civil, estable:

Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. “Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido liberado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación”

Conforme a las normas distributivas de la carga de la prueba, consagrada en los transcritas normas de los artículos 1354 del Código Civil y 506 del Código de Procedimiento Civil, las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho, y en

este sentido, nuestra Corte Suprema de Justicia, en Sentencia de fecha 26 de febrero de 1987, dejó sentado: "El demandado al contradecir, negar o desconocer los hechos y, por tanto, los derechos que de ellos deriven, el actor corre con toda la carga de la prueba y de lo que demuestre depende el alcance de sus pretensiones." Igualmente al comentar el citado artículo 1.354 del Código Civil, nuestro M.T., reiterando la jurisprudencia pacífica y reiterada desde el 9 de julio de 1969, en sentencia de 21 de mayo de 1987, señaló: "Con esa norma legal se esta estableciendo que al demandado le incumbe la carga de la prueba cuando la naturaleza de su defensa el mismo ha reconocido que la obligación que se le demanda, o sea, que el derecho del actor si existió; pero por un nuevo hecho alegado por el se extinguió la obligación. Fuera de estos casos de excepción, el solo hecho de que el demandado no se defienda, no exime al actor de la carga de probar su acción, máxime que cuando contradice la demanda en todas y cada una de sus partes, tanto en los hechos como el derecho,..."

En este mismo orden la norma del articulo 506, el M.T. en sentencia de fecha 30/11/2000, de la Sala de Casación Civil, con ponencia del Magistrado Franklin ARRIECHE G., señala que: “… el articulo en comento se limita a regular la distribución de la carga de la prueban esto es, determinar a quien corresponde suministrar la prueba de los hechos en que se fundamente la acción o la excepción, de allí que incumbe al actor probar los hechos constitutivos, es decir, aquellos que crean o generan un derecho a su favor y se traslada la carga de la prueba al demandado con relación a los hechos extintivos, modificativos e impeditivos ya que éste puede encontrarse en el caso de afirmar hechos que viene a modificar los del actor, a extinguir sus efectos jurídicos o a ser un impedimento cuando menos dilatorio para las exigencias de los efectos”;

Así mismo encontramos que …

la casación ha señalado que contradicha totalmente la demanda, el actor asume plenamente la carga de la prueba, tocándole al demandado solo probar los hechos concretos que alegue como impeditivos, extintivos o modificativos de la acción, vale decir, cuando se excepciona sustancialmente. Dentro de tales lineamientos, es claro que jurídica y doctrinariamente, solo se configura una excepción suficiente para invertir la carga de la prueba, cuando se contradice directamente la petición del actor. Tal sucedería cuando la alegación de un hecho nuevo se dirige a impugnar una situación adquirida…”Sentencia, SCC, 03 de junio de 1987, Ponente Magistrado Dr. R.P.B., juicio DauodAbder B. Vs. E.P.; O.P.T. 1987, Nro. 6, Pag.156.

Conforme a las Doctrinas de Casación parcialmente transcrita, la cual es acogida por este Tribunal a tenor de lo dispuesto en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, el actor al establecer en su demanda la existencia de ciertos hechos constitutivos, entendidos éstos como aquellos de donde se origina el derecho en el cual basa su pretensión, debe cargar con la prueba de ellos si le son contradichos por la parte demandada.

Ahora bien, del estudio de las actas procesales que conforman el presente expediente, constata este Juzgador que la representación judicial de la parte accionante promovió el documento marcado “D” acompañado al escrito libelar de la demanda, contentivo del crédito celebrado entre las partes en fecha 25 de julio de 2088, ante la oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, anotado bajo el Nro. 2, folios 12 al 31, protocolo primero, tomo 5, Tercer Trimestre del 2008, mediante el cual el Banco Caroni C.A., Banco Universal otorgó la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1.600.000.000,oo), actualmente equivalente a UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo), a la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., documento este que al no ser impugnado no tachado en su oportunidad legal este Juzgador le da valor probatorio del conformidad con el articulo 1357 del Código Civil, del cual se desprende el otorgamiento del crédito objeto de la presente acción y que la demandada a los fines de garantizar el crédito constituyeron hipoteca convencional de Primer Grado sobre los inmuebles anteriormente identificados.

Asimismo, promovió Certificación de Gravámenes acompañándolos al libelo de la demandada, expedidos por la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta en fecha 17 de julio de 2009, documento este que al no ser impugnado no tachado en su oportunidad legal este Juzgador le da valor probatorio del conformidad con el articulo 1357 del Código Civil, se evidencia que existe hipoteca Convencional de Primer grado sobre los bienes anteriormente identificados pertenecientes a la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., a favor de parte actora Banco Caroni, C.A., Banco Universal hasta por la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1.600.000.000,oo), actualmente equivalente a UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo), y asimismo, se evidencia que existe hipoteca Convencional de Primer grado sobre los bienes anteriormente identificado perteneciente Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., a favor de parte actora Banco Caroni, C.A., Banco Universal.

Asimismo consigno a los autos tabla de posición de deuda al 29/07/2009, en la cual se desprende el saldo actual de la deuda que alega la parte actora mantiene a esa fecha la parte demandada. Y así se declara.

Analizadas las pruebas de la parte actora, pasa este Juzgador a analizar las pruebas aportadas por la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2005, C.A., en la persona de su defensora judicial la abogada en ejercicio B.R., en relación a la oposición formulada conforme el ordinal 5º del articulo 663 del Código de Procedimiento Civil, para la cual promovió como pruebas de su oposición Capitulo I Reprodujo el merito favorable de los autos su favor y ratifico el merito favorable de los documentos que constan en autos, específicamente, el documento aportado por la parte por la parte actora de fecha 26 de julio del 2011, y en el cual señala se refleja que su representada pago la suma de Bs, 37.333.33 al banco prestatario (anexo marcado con la letra ”A”), dicha prueba es con el objeto de que se evidencie con certeza de existir una deuda cual es le monto exacto de la misma. Documento supra analizado del cual se desprende la deuda que mantiene la demandada con el demandante, y así se establece.

Asimismo promovió de conformidad con lo previsto en el articulo 433 del Código de Procedimiento Civil, la prueba de informe en el sentido de que se requiriera del Banco Caroni, remitiera a este Despacho judicial copia de la documentación donde consta la fecha exacta de la liquidación del pretendido crédito que dice haber otorgado a la accionada, con especial referencia en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de este capitulo, prueba esta que fue remitida por la referida institución, de la cual se desprende y así queda establecido la deuda liquida y exigible y el monto real de la misma, que mantiene la demandada Sociedad mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C,A., demandante BANCO CARONI, C..A, BANCO UNIVERSAL. Y así se establece.

Este juzgador del anterior análisis de los elementos probatorios se desprende de autos y de conformidad con la disposición del articulo 506 del Código de Procedimiento Civil, la cual establece la carga de la prueba, la cual no regula la actividad del Juez, al establecer los hechos, sino que permite a éste, ante la falta de prueba, decidir quien deberá correr con las consecuencias de carencia probatoria y siendo que la parte demandada no probo a los autos los hechos concretos que alegue extintivo o modificados la acción, en los términos de su oposición al monto intimado, como era la prueba de experticia contable de conformidad con el articulo 451 del Código de Procedimiento Civil que pudiera evidenciar la procedencia de la disconformidad con el saldo planteada por la demandada, o cualesquiera otras circunstancias contables que pudieran modificar o afectar de alguna manera el monto de la deuda, solo quedando evidenciado en dicho lapso probatorio la deuda del demandado, proveniente de la relación jurídica que mantuvo con el Actor, y que evidentemente demuestra con los documentos aportados por el Actor, la obligación de pago que tenia el demandado. En consecuencia, conforme a lo analizado en autos, quedó demostrada la existencia de las hipotecas Convencionales de Primer grado constituidas sobre los inmuebles ya descritos en el texto del presente fallo, para garantizar el cumplimento de la obligación contraída por la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A, ante el BANCO CARONI, C.A, BANCO UNIVERSAL; por lo cual este Juzgador considera procedente declarar con lugar la demanda de EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO presentado por el BANCO CARONI, C..A, BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A, y así ha declarase en el en el dispositivo de este fallo.

V

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por EJECUCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL ESPECIAL DE PRIMER GRADO, incoada por el BANCO CARONI, C.A, BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES & CONSTRUCCIONES 2.005, C.A., a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero:

PRIMERO

La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,oo) por concepto de saldo capital del préstamo.

SEGUNDO

La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.566,67), correspondiente a los intereses por concepto de intereses convencionales, calculados sobre el monto adeudado al capital, a la tasa del veintiocho por ciento (28%) desde el 01 de octubre de 2.008 hasta el 31 de marzo de 2.009, a la tasa del veintiséis por ciento (26%) desde el 01 de abril de 2.009 hasta el 04 de junio de 2.009; a la tasa del veinticuatro por ciento (24%) desde el 05 de junio de 2009 hasta el 29 de julio de 2009, fecha ésta que se ha tomado como cierre de esta demanda, tal como se evidencia en la posición de deuda elaborada y debidamente certificado por la Gerencia de Crédito de su representada que se acompaña marcada “E”.

TERCERO

La cantidad de CUARENTA MIL DOSICENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 40.266,67) correspondiente a los intereses de mora calculados desde el 03 de Diciembre de 2.006 hasta el 29 de julio de 2.009 a la tasa del tres por ciento (3%) anual, tal como se evidencia en la posición de deuda elaborado y debidamente certificado por la Gerencia de Crédito de su representado que acompaño marcado “E”.

CUARTO

a cancelar los intereses del capital que se sigan produciendo desde el 30 de julio de 2.009 hasta la cancelación total del monto demandado, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo conforme al artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.

QUINTO

De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en este juicio.

Y así se decide de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 26, 253, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242, 243, 254, 506 y 660 del Código de Procedimiento Civil y 1.863, 1.864 y 1.877 del Código Civil.-

Por cuanto la presente decisión se produce fuera del lapso legal, se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL TRIBUNAL DE LA PRESENTE DECISIÓN.

DADA FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EN PUERTO ORDAZ, A LOS CINCO (05) DIA DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE (2013). AÑOS: 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACION.

EL JUEZ PROVISORIO

ABG. J.S.M.

EL SECRETARIO,

ABG. J.C.

PUBLICADA EN EL DIA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY, SIENDO LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA (11:00 A.M.).

EL SECRETARIO,

ABG. J.C.

JSM/jc/mr

Exp. Nº 41.950

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