Decisión nº 3E-2866-03 de Tribunal Tercero de Ejecución Los Teques de Miranda, de 26 de Abril de 2005

Fecha de Resolución26 de Abril de 2005
EmisorTribunal Tercero de Ejecución Los Teques
PonenteJulian Gregorio Hurtado Lozano
ProcedimientoPermiso

Los Teques, 26 de Abril de 2005

194° y 146°

CAUSA N° 3E-2866-03

JUEZ: J.G.H.L., Juez Tercero de Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Miranda con sede en Los Teques

SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ, Secretario adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques

FISCAL: DR. A.B., Fiscal Décimo Con competencia Nacional en Materia Penitenciaria y Ejecución de sentencias del Estado Miranda

PENADO: Y.D.R.

DEFENSA: A.R., Defensora Privada

VICTIMA: HO SUI LIN

Visto que en fecha 20 de A.d.A.D.M.C. (2005), el Director del Internado Judicial de Los Teques encargado R.P., solicita a este tribunal le sea autorizado al penado: Y.D.R., titular de la Cédula de identidad N° V- 9.488.972, el traslado para el complejo Cultural V.E.S., anexo del Rodeo I, a los fines de participar en el Festival de Música Venezolana Región Capital Central, los días 27. 28, y 29 del presente mes y año, este tribunal a los f.d.D. previamente observa:

De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se evidencia, que aun cuando en autos no consta informes actualizados de la conducta desplegada por el referido penado en el cumplimiento de la pena que le ha sido impuesta, quien aquí decide considera oportuno acordar la participación de dicho ciudadano en el festival musical, toda vez que tal evento le brinda la oportunidad de interactuar con penados de otros establecimientos carcelarios en su misma situación, los que podría estimular al penado ut supra mencionado a concienciar acerca de sus actuaciones, aunado a que tales actos forman parte de la dinámica de la política carcelaria para estimular a aquellos que se encuentran privados de su libertad, en consecuencia y a tenor del principio de progresividad consagrado en el artículo 19 de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, norma suprema protectora de los Derechos Humanos, este tribunal AUTORIZA, el traslado del penado: Y.D.R., titular de la Cédula de Identidad N° V-9.488.972, al Complejo Cultural V.E.S. anexo Rodeo I, para participar en el festival de Música Venezolana región capital Central los días 27, 28 y 29-04-2005, Y ASI SE DECLARA:

DISPOSITIVA:

En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en esta ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: Declara Con Lugar la solicitud presentada por el Director Encargado del Internado Judicial de Los Teques ciudadano: R.P., y Autoriza el traslado del Penado: Y.D.R., titular de la Cédula de identidad N° V-9.488.772, al Complejo Cultural V.E.S. anexo Rodeo I, para participar en el Festival de Música venezolana Región Capital Central los días 27, 28 y 29 de Abril del 2005. Líbrese oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Los Teques.-

EL JUEZ,

J.G.H.L.

EL SECRETARIO

EDUARDO SANCHEZ

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la Decisión anterior.-

EL SECRETARIO

JGH/ES

Causa N° 3E-2866-03

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