Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Merida (Extensión Mérida), de 22 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2006
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteEulogio Sanchez Contreras
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar.

196° y 147°

VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito presentado por el ciudadano BLAX R.C., venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V.- 8.070.837, de este domicilio y hábil, asistida por el abogado en ejercicio A.E.S.G., venezolano, portador de la cedula de identidad Nº 8.079.864 e inscrito en el IPSA bajo el Nº 80.242, por el cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Alega en la acción de rectificación de la partida de nacimiento No. 21, folio 09, del año: 1959, que está asentada en la Prefectura Civil del Municipio Guaraque del Estado Mérida; la cual corre agregada en el presente expediente al folio 05, que la misma presenta el error material en cuanto al nombre del solicitante, figura como: GLAX RAMON, siendo lo correcto BLAX RAMON y no como aparece erróneamente en dicha partida.

Acompañó el interesado a los fines de demostrar que es cierto lo alegado en la solicitud de rectificación de partida lo siguiente: copia simple de planilla de cotización del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del solicitante (IVSS), copia simple de planilla de cédula del asegurado emitida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), copia simple de la tarjeta del servicio militar del solicitante emitida por el Ministerio de la Defensa, copia certificada de partida de nacimiento del solicitante emitida por la Coordinadora Registro Civil del Municipio Guaraque del Estado Mérida, copia certificada de la partida de nacimiento del solicitante emitida por el Registro Principal del Estado Mérida, copia simple de la cédula de identidad del solicitante. Los anteriores recaudos, demuestran fehacientemente y son pruebas ciertas, que al asentar la partida de nacimiento del ciudadano: BLAX R.C. en el Registro Civil del Municipio Guaraque y en el Registro Principal del estado Mérida, se incurrió en error al escribir el nombre del solicitante que figura como GLAX RAMON, siendo lo correcto: BLAX RAMON y no como aparece erróneamente en la referida partida.

Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento del ciudadano: BLAX R.C., inserta por ante el Registro Civil del Municipio Guaraque del Estado Mérida y por ante el Registro Principal del estado Mérida y se establece que el nombre del solicitante es BLAX RAMON y no como aparece en la partida de nacimiento. Queda así rectificada. A tales efectos, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes, a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-

PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.

DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, veintidós (22) de noviembre de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-

EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. E.S.C.

LA SECRETARIA,

Abg. S.C..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR