Decisión nº PJ0332007000257 de Tribunal Primero de Ejecución de Yaracuy, de 4 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2007
EmisorTribunal Primero de Ejecución
PonenteEsmeralda Leticia López Guzmán
ProcedimientoNegativa De

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000331

ASUNTO : UJ01-X-2004-000020

Visto el oficio N° 1228, emanado de la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario "Dr E.H., a los fines de solicitar la concesión del permiso de navidad al ciudadano L.R.S., Titular de la Cédula de Identidad N ° 14.956.559, este tribunal para decidir observa: La Ley de Régimen Penitenciario en su artículo 62 establece para aquellos penados cuyas conductas lo m.y.n.h. riesgo de quebrantamiento de condena otorgar permisos hasta por 48 horas, debidamente vigilados en los siguientes casos:

  1. Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padres e hijos.

  2. Nacimiento de hijos

  3. Gestiones personales no delegables

  4. Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad del egreso.

No contemplando la mencionada ley, y el Código Orgánico Procesal Penal, permisos con motivo de las festividades navideñas, este tribunal a los fines de no violentar el principio de la legalidad, principio base del Derecho Penal, niega el permiso solicitado por la Directora encargada del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr Dr E.H., ubicado en la ciudad de V.E.C.. Ofíciese lo conducente. Notifíquese. Cúmplase.

LA JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01 LA SECRETARIA

ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN ABG. MAYRA MILLA

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