Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 26 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 26 de marzo de 2007

Años: 196º y 148º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la interesada, ciudadanos: E.R.U. y P.C.T., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: 1.141.097 y 3.708.709, ambos domiciliados en Jurisdicción del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias fomentadas en un área de terreno Municipal que mide ocho metros con setenta centímetros (8,70 mts.) de frente por quince (15) metros de fondo, ubicado en la calle 6, entre Avenidas Sucre y Libertador de la Población de Marín, Municipio San F.d.E.Y.; alinderado así: Norte: casa que es o fue del Señor Telmo; Sur; Casa que es o fue de E.L.; Este; Patio de la casa que es o fue de P.M. y Oeste; Casa que es o fue de R.L. y calle 6 de por medio. Unas bienhechurias consistentes en una (1) casa en paredes de bloques de cemento, techo de zinc, y está distribuida así: Sala-Recibo, comedor, tres (3) dormitorios y una (1) cocina. a favor de la ciudadana C.D.V.D.C., venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.509.313 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal. Se le asignó el N° 184/2007.

La Jueza,

Abgº. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria,

Abg° K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( 03 ) folios útiles.

La Secretaria,

Abg° K.M.L.R.

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