Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 3 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteNelson Antonio Mejias
ProcedimientoContinuaciòn De Juicio Oral Y Pùblico

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barcelona

Barcelona, 3 de noviembre de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-005353

ASUNTO : BP01-P-2005-005353

ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

JUEZ: DR. N.A.M.

SECRETARIA: ABG. YULIMAR JIMENEZ

FISCAL: DRA. G.F..

DEFENSOR: DRA. J.A.

ACUSADO: E.A.R.P..

DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD YU PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.

VÍCTIMA: A.L.L..

ALGUACIL:

En el día de hoy, LUNES 03 de Noviembre de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Continuación del Juicio Oral y Público en la causa seguida al acusado. E.A.R.P., por la comisión de delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD YU PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 458 en relación con el segundo aparte del articulo 80 del Código Penal, articulo 218 Numeral 1º Ejusdem y el articulo 277 Ibidem, en perjuicio del ciudadano H.A.L. Y EL ESTADO VENEZOLANO. Se constituyó el Tribunal Unipersonal conformado por el Juez Profesional DR. N.A.M., acompañado de la Secretaria Abg. YULIMAR J.M.. Verificada la presencia de las partes se hace constar que se encuentra presentes la DRA. G.F., en su condición de Fiscal 6º del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la Defensora Pública Penal DRA. J.A., el acusado E.A.R.P.. La Víctima: H.A.L. Y EL ESTADO VENEZOLANO. Verificada la presencia de las partes, El ciudadano Juez Profesional DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO LA CONTINUACIÓN DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO, tal como lo prevé el segundo aparte del artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, advirtiendo al acusado y al público sobre la importancia y significado del acto. De conformidad con lo establecido en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, El ciudadano Juez Profesional de manera breve realizó un resumen de los actos cumplidos el día 23/10/08 oportunidad en la cual se dio apertura al presente juicio, así como los acontecimientos suscitados en la audiencia realizada, acto en la cual se procedió a evacuar los testigos presentes, quienes dieron sus declaraciones, y posteriormente fueron interrogados por cada una de las partes, y en virtud de no encontrarse otros medios de prueba debidamente notificados se acuerda suspender el acto según lo dispuesto en el articulo 335, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, para dar continuación en el día de hoy 03/11/2008. Acto seguido este Tribunal en Funciones de Juicio Nº 04 declara dar continuación al juicio procediendo de inmediato a instruir al alguacil de sala para que verifique si se encuentra presente algún órgano de prueba en la sala contigua; el cual manifiesta que se encuentran presentes en la sala contigua, los ciudadanos W.R.I., en calidad de experto Y J.G.A.H., en calidad de experto, ofertados por la Fiscalia del Ministerio Público. En vista de que se encuentran presentes los expertos, este Tribunal acuerda aperturar la recepción de las pruebas, a lo cual no se realiza objeción alguna. Acto seguido el Tribunal DECLARA EXPRESAMENTE ABIERTO LA RECEPCION DE LAS PRUEBAS OFERTADAS, dando cumplimiento a lo consagrado en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido el Juez pasa a instruir al ciudadano alguacil para que conduzca hasta la sala de audiencias al Ciudadano W.R.I., quien se encuentra en calidad de experto. Quien es juramentado y se identifica de la siguiente manera: W.R.I.R., Titular de la cedula de identidad Nº 8.257.447 domiciliado en el sector Barrio Universitario. De profesión u oficio funcionario publico .Experto al Servicio del cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Sud delegación Barcelona, quien declara en relación a la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 29 DE FECHA 26-01-2006. Quien expone: Yo como experto recibo las evidencias que me son puestas a la orden para que le practique experticia, fui designado para ello, en este caso se trata de un arma tipo escopeteen, calibre 44, con una concha o capsula, la misma se compone de material sintético, de manipulación corta, parecida a un revolver por u tamaño es una pistola elaborada de material sintético ambas son de manipulación simple de forma paralela que igualmente se compone de los mismos elementos, ambas son armas de fuego. Es todo. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público a los fines de que formule sus preguntas al experto. El cual contesto: ratifica la experticia que en la oportunidad legal que elaboro a los objetos que se colocaron a su disposición. Respuesta: si la ratifico. Pregunta: cual es el tiempo que lleva laborando en ese Organismo. Respuesta: Trabajo en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Como experto hace 9 años y 7 meses y como funcionario Adscrito al Cuerpo tengo 11 años. Pregunta: por su experiencia lo hace rápidamente, las experticias. Respuesta: tomando en cuenta mi experiencia y la profesión que vengo desempeñando, se me hace fácil y lo puedo hacer rápidamente y se clasificar los objetos que se ponen a mi disposición, por lo que es fácil deducir que ambas se tratan de un arma de fuego de fuego tipo escopeteen y una pistola. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Defensora Pública Penal a los fines de que formule sus preguntas al experto. El cual contesto: informe la cadena de custodia que se utilizo para el resguardo de las evidencias y objetos del supuesto delito Respuesta: no le se decir, a nosotros nos comisionó la fiscalia del Ministerio Publico después que de los acontecimientos sucedidos. Pregunta: nos puede indicar quien se encarga de resguardar las evidencias. Respuesta. Eso le corresponde a otro funcionario. Es todo. Acto seguido el Juez pasa a instruir al ciudadano alguacil para que conduzca hasta la sala de audiencias al Ciudadano J.A., quien se encuentra en calidad de Experto. Quien es juramentado y se identifica de la siguiente manera: J.G.A.H., Titular de la cedula de identidad Nº 10.940.244. De profesión u oficio Licenciado en Ciencias Policiales. Con domicilio en Tronconal tercero. Experto al Servicio del cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Sud delegación Barcelona, quien declara en relación a la Inspección Técnico Policial Nº 287 de fecha 30-01-2006. Quien expone: se trata de una inspección realizada en la calle Pérez del sector Campo Claro de la cuidad de Barcelona. Correspondiente a un tramo de la calle donde se aprecia para el momento de realizar la inspección temperatura calida, iluminación abundante, escasa afluencia vehicula, permite el libre transito vehicular, construcciones particulares, aceras y locales donde se deja ver postes de alumbrado publico y tendido eléctrico, se toma como fachada frente a un inmueble que funge como taller de pintura denominado taller de carrocerías Bolivariana. Es todo. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público a los fines de que formule sus preguntas al experto. El cual contesto: pregunta: tiempo que tiene laborando en la institución. Respuesta: tengo18 años. Pregunta: que tiempo lleva realizando esa actividad. Respuesta: tengo 15 años realizando este tipo de experticias. Es todo. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Defensora Publica Penal a los fines de que formule sus preguntas al experto. La cual contesto: Pregunta: existía algún objeto en el lugar donde practico la experticia. Respuesta: no porque la realización del acto fue posterior al hecho y allí no hubo resguardo de las evidencias. Pregunta: como obtienen ustedes el conocimiento. Respuesta: lo supe o se tuvo conocimiento por cuanto lo que inicio la vindicta publica solicitado ciertas diligencias y dentro de esos petitorios constaba esa experticia. Pregunta: normalmente que se realiza cuando en los hechos hay un herido que se hace normalmente. Respuesta: en este caso el cuerpo actuante la policía debió resguardar y notificar para realizar las actuaciones al momento del hecho lo cual lo realizamos a solicitud de la Vindicta Publica. Pregunta: no es necesario realizar la planimetría….objeción… las preguntas que deben realizarse al experto deben ser referentes a la experticia, con lugar la objeción… no hay más preguntas. Es todo. Acto seguido el Juez pasa a instruir al ciudadano alguacil para que conduzca hasta la sala de audiencias al Ciudadano O.N.F., quien se encuentra en calidad de Experto. Quien es juramentado y se identifica de la siguiente manera O.F., Titular de la cedula de identidad Nº 6.248.679. Con domicilio en Barcelona, De profesión u oficio funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas LIC. en Ciencias Policiales .Experto al Servicio del cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Sud delegación Barcelona, quien declara en relación a la Inspección Técnico Policial Nº 287 de fecha 30-01-2006. Quien expone: para la fecha fui comisionado por la Fiscalia, mediante inicio de averiguación, dentro de la cual se encontraba inspección del lugar donde ocurrieron los hechos, se practico y para el momento no se ubico ningún objeto relacionado con lo que se nos solicitó. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público a los fines de que formule sus preguntas al experto. La cual contesto: pregunta: Cuantos años tiene usted trabajando dentro de ese organismo. Respuesta: Tengo 21 años en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas. Pregunta: ñeque sitio realizo la experticia. Respuesta: al frente de un lugar donde funciona un taller mecánico donde funciona. Pregunta: Recuerda usted como se llama la Calle. Respuesta: en la calle E.P.. Pregunta: Como define usted el sitio. Respuesta: era un sitio de suceso abierto. Pregunta Porque lo denomina de esa manera, Respuesta: porque es una iba pública, en plena calle, Pregunta: Que realizaron el sitio. Respuesta: practicamos la inspección después de acontecidos los hechos. Hay iluminación. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Defensora Pública Penal a los fines de que formule sus preguntas al experto. La cual contesto: Pregunta como inicia su actividad. Respuesta: Por cuanto la Fiscalia del Ministerio Publico nos comisionó. Pregunta: Cuando efectuaron la Inspección, fue el mismo día. Respuesta: no, eso fue posteriormente, la inspección fue posterior, eso es un lapso, es luego que comisionan al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalística para que realice las inspección. Pregunta: cuando se dirigen hasta el sitio del suceso que encontraron. Respuesta: lo que pasa es que nosotros vamos posteriormente. Es todo. Acto seguido el Juez pasa a instruir al ciudadano alguacil para que conduzca hasta la sala de audiencias al Ciudadano SAMBRANO S.R.E., quien se encuentra en calidad de TESTIGO. Quien es juramentado y se identifica de la siguiente manera: SAMBRANO S.R.E., Titular de la cedula de identidad Nº 22.572.324, profesión camionero, domiciliado en Campo Claro, no tengo ninguna relación de parentesco o interés en la presente causa. Quien expone: bueno en el año 2005 el 16 de Diciembre, el ciudadano Abrahán fue para que le pintáramos en el taller un espolee y el señor, presente lo iba atracar se le fue encima y después escuche un disparo allí me metí para dentro, es todo. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público a los fines de que formule sus preguntas al Testigo. El cual contesto: Pregunta: Reside usted en ese Sector. Respuesta: si en el Sector campo c.d.B. sucre. Pregunta: A que se dedica usted. Respuesta: soy latonero. Pregunta: Donde esta ubicado ese el taller de latonería. Respuesta: en Campo Claro queda el taller. Pregunta: A que hora fue el acontecimiento. Respuesta era como a las 3 y 30 de la tarde. Pregunta: Con que finalidad se dirigió el ciudadano hasta el taller. Respuesta: para que le pintara un espolee para su carro. Pregunta: se percato usted de la situación. Respuesta: cuando estoy conversando allí fue cuando paso la broma yo estaba anotando su número de teléfono de Pregunta: Pudo ver que tenía el ciudadano en la mano. Respuesta: un escopeteen --- objeción…. Que sea mas especifica--- cual fue la conducta asumida por la victima. Respuesta: la victima se defendió. Pregunta: Quienes estaban presentes. Respuesta: estábamos nosotros dos, el andaba con la mama que se encontraba dentro del carro. Pregunta: Luego que paso. Respuesta: llego la policía y lo recogieron a el y se fueron se llevaron el arma. Acto seguido se le sede la palabra a la ciudadana Defensora Pública Penal a los fines de que formule sus preguntas al experto. La cual contesto: Pregunta: expone en su declaración que la victima tenia en la mano un teléfono. Respuesta: la victima tenia en la mano el teléfono. Pregunta: donde estaba usted en ese momento. Respuesta: el señor estaba en la calle y yo en el portón parado. Pregunta: Con que intención fue la victima a donde estaba usted. Respuesta: la victima fue para que yo le pintara u espolee. Pregunta. Cuando fue su última declamación. Respuesta: la última declaración la di en la PTJ. Pregunta. Cuando fue la última vez que vio el expediente, hace poco. Respuesta: no, en estos días no la he leído. Pregunta: que observaste. Respuesta: el muchacho lo venia robar Pregunta. Como sabes que lo venia a robar. Respuesta: porque el lo venia a robar el saco un arma que traía en la cintura y el señor saco un arma del koala, Pregunta. Conoce usted al acusado. Respuesta: si lo conozco al acusado vive por mi casa, Pregunta: quien estaba cerca del sitio. Respuesta: nadie, los vecinos se acercaron después que escucharon los tiros. Pregunta. Y donde estabas tú. Respuesta: me metí hacia dentro del taller. Pregunta: Cuando escuchaste los disparos. Respuesta: cuando me ti para adentró, cuando escuche los disparos me metí para dentro---- objeción--- el testigo respondió—a lugar la objeción --- Pregunta: la victima estaba armado. Respuesta: no lo sabia. Pregunta: que reacción tubo usted, le aviso a la victima. Respuesta: no yo no hice nada el lo vio cuando el venia Pregunta: donde queda el sitio. Respuesta: ese es una avenida queda un callejón mas adelante y otra sale para la alterna. Pregunta. Por donde llego el. Respuesta: por detrás. Pregunta: Llego algún vecino del sector. Respuesta: después de los disparos fue que empezaron a llegar ----- objeción del la fiscal…. eso no tiene nada que ver con los hechos debatidos, a lugar la objeción. No más preguntas señor Juez. Es todo. Acto seguido se instruye al ciudadano alguacil para que informe a este Tribunal si se encuentra presente otro órgano de prueba, el cual manifestó que no se encuentra presente otro órgano de prueba Acto seguido se da apertura a la recepción de las pruebas documentales procediéndose a dar lectura a los fines de ser incorporadas al proceso, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, 1) EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 29, de fecha 26-01-2006, realizada por lo Funcionario W.I., experto al servicio del cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, Sub- Delegación Barcelona. 2) INSPECCION TECNICO POLICIAL Nº 287, de fecha 26-01-2006 realizada por los Funcionarios J.A. Y O.F., expertos al servicio del cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, Sub- Delegación Barcelona. Una vez incorporadas las pruebas documentales, acto seguido el Tribunal se dirige a la representación, Fiscal a los fines de que exponga si prescinde o no de las pruebas, respondiendo la misma que no prescinde de las pruebas por evacuar por cuanto son útiles y necesarias para terminar de demostrar la responsabilidad del acusado de los hechos que nos ocupan. En este estado, Este Tribunal en funciones de Juicio Acuerda Suspender el Acto del Debate Oral Y Publico de conformidad con lo dispuesto en el articulo 335 Numeral 2º y 336 del Código Orgánico Procesal Penal siendo las 5:30 de la tarde, teniendo en cuenta las partes que proponen a los testigos deben colaborar en las diligencias para llevar a cabo el Acto de Continuación El día MIERCOLES 05 DE NOVIEMBRE DE 2008 A LAS 10:00 AM. No habiendo mas que acotar el Tribunal Se retira. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL MINISTERIO PUBLICO SE COMPROMETE A COLABORAR EN LA NOTIFICION DE LOS TESTIGOS AFERTADOS POR El. Se deja Constancia que se dio cumplimiento a los Principios Generales del Proceso, como son Oralidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, establecidos en los artículos 14, 16, 17 y 18 todos de la Ley Adjetiva Penal. Culminó el presente acto siendo las 04:30 de la tarde Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ DE JUICIO Nº 04,

DR N.A.M..

LA FISCAL 6º DEL MINISTERIO PÚBLICO,

DRA. G.F..

LA DEFENSARA PUBLICA PENAL,

DRA. Y.A..

EL ACUSADO,

E.N.R.P.

LA VICTIMA,

A.L.L..

LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. YULIMAR JIMENEZ.

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