Decisión nº 198 de Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de Barinas, de 29 de Abril de 2009

Fecha de Resolución29 de Abril de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario
PonenteJosé Gregorio Andrade
ProcedimientoMedida Cautelar Agraria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 29 de Abril de 2009.

198º y 150º

Vista la solicitud de MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, presentada por el ciudadano C.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.465.845, asistido por la abogada B.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.972.145, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.779, constante de Tres (03) folios útiles y Diez (10) anexos constante de Sesenta y Nueve (69) folios útiles en copia simple, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, y a los fines de proveer sobre la misma, se designa al ciudadano: I.M.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.917.129, de profesión Ingeniero, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N 44.668, como EXPERTO a fin de que presente un informe donde determine lo siguiente:

• El Uso actual de las tierras.

• Describir el sistema de producción empleado y determinar la productividad en base a las guías de entrada y salida de productos, bien sean vegetal o animal, forestal o acuícola, comparar los índices que se determinen en la finca con los índices nacionales, regionales y municipales, si existieran.

• Identificar las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

• Determinar si se cumple con la Ley del Trabajo en cuando al delegado sindical, horario de la fuerza de trabajo, condiciones de higiene y seguridad laboral, dotación de uniformes, salarios de acuerdo a la Ley, inscripción de los obreros en el Instituto Venezolano del Seguro Social Obligatorio, disfrute de vacaciones, cotizaciones a seguro de paro forzoso y ahorro habitacional.

• Determinar si el predio cumple la función social de la tierra.

• El área exacta donde se encuentran ubicadas las actividades agro productivas, igualmente indique con exactitud el sitio sobre el cual se decretara la medida, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación o excusa.

Abg. J.G.A.P.

JUEZ

Abg. CARMEN AMERICA MONTILLA.

SECRETARIA ACC.

En la misma fecha se libro boleta de notificación. Conste.-

Scría,

JGAP/CAM/ld.

Exp. Nº 5.157

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