Decisión de Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 20 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorJuzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteLuis Ernesto Gomez
ProcedimientoCobro De Cuotas De Condominio (Via Ejecutiva)

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 20 de Septiembre de 2016

206º y 157º

ASUNTO: AH1A-V-2008-000101

ANTIGUO: 35386

PARTE ACTORA: la sociedad mercantil CONDOMINIO BRICEÑO, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el día 16 de Enero de 1991, bajo el No. 2, Tomo 9-A Pro.-

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: L.T. PIUZZI CHITTARO, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 22.738.-

PARTE DEMANDADA: ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.595.994 y V-3.715.929 respectivamente.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No tiene apoderado judicial acreditado en auto y se encuentra representado por la defensora judicial I.F.M., abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 70.535.-

MOTIVO: COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (VIA EJECUTIVA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

I

ANTECEDENTES

En fecha 12 DE Junio de 2008, se inició la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por la sociedad mercantil CONDOMINIO BRICEÑO, C.A.,, a través de su apoderada judicial : L.T. PIUZZI CHITTARO, por ante el Tribunal de Turno de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., todos anteriormente identificados, correspondiendo conocer a este Juzgado, mediante la cual la parte actora alega:

• Que su representada es administradora del Edificio “CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA”, ubicado en la Avenida Sur 13 entre las Esquinas de Quesera a Niquitao, Parroquia San A.d.N., Municipio Libertador del Distrito Capital.

• Que el referido edificio fue enajenado bajo el sistema de Propiedad Horizontal según consta de Documento de Condominio registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital el día 28 de septiembre de 1983, bajo el No. 13, Tomo 4, Protocolo Primero y el mismo se encuentra dividido en cuatro Torres Distinguidas con letras “A”, “B”, “C” Y “D”.

• Que la administración del Edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, le fue ratificada a CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., según consta de Asamblea General de Propietarios celebrada el día 30 de Noviembre de de 2005 y también se aprobó autorizar a la Junta de Condominio para que, a su vez autorizara la demanda judicial a los copropietarios morosos en el pago del condominio.

• Que su representado suscribió el contrato de administración el día 1 de noviembre de 2004, con la Comunidad de Propietarios del edificio, representado por su Junta de Condominio.

• Que en la cláusula séptima del contrato su representado quedo expresamente facultado para representar a la Comunidad y especialmente para establecer juicios contra los propietarios morosos en el Condominio conforme a lo previsto en el artículo 20, literal e) de la Ley de Propiedad Horizontal, responsabilizándose la Junta de Condominio de levantar un acta en el Libro de actos de Junta de Condominio, a fin de dejar constancia de esta autorización.

• Que en la cláusula décima octava se estableció que en caso de que algún propietario incurra en retardos en el pago mensual del recibo de condominio causaran y cargaran en próximos recibo intereses de mora a la tasa del uno por ciento (1%) mensual, que pertenecerá a la Comunidad, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 101 y 12 del Código Civil en concordancia con el artículo 108 del Código de Comercio. Adicionalmente para el caso de los propietarios morosos (del tercer mes hasta el quinto mes inclusive) serán generados ingresos a favor de la administradora, en una suma equivalente al cinco por ciento (5%) sobre el monto adeudado por concepto de gastos de cobranza y recuperación de cartera morosa de dichas deudas.

• Que en la cláusula novena del contrato de administración establece expresamente que los copropietarios se obligan de manera general y particular a pagar mensualmente los conceptos que correspondan a las cuotas, recibos o recibos contentivos de los pagos comunes y no comunes.

• Que es entendido que la falta de pago de algunas planillas de liquidación de gastos de condominio, en el lapso de quince (15) días contados a partir de la emisión de los mismos, dará lugar al pago de intereses de mora.

• Que si el propietario no hiciese su cancelación dentro del plazo de cinco (5) meses y en consecuencia acumulara cinco (5) recibos, al emitir el sexto (6) recibo, el cobro será pasado al departamento legal de la administradora y causara honorarios profesionales de abogados por las gestiones extrajudiciales a que diere lugar ( hasta un máximo del veinticinco (25%) por ciento del capital cobrado).

• Que el Reglamento del documento de Condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, el cual se encuentra registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador bajo el No. 1292 del Cuaderno de Comprobantes del Tercer Trimestre del año 1983, establece en su artículo 36 que los propietarios tienen la obligación de pagar las planillas de condominio dentro del plazo de 15 después de su emisión y en caso de o hacerlo se generaran intereses de mora.

• Que los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., adquirieron el apartamento No. 3-A-4, que forma parte del mencionado edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”, según consta de documento protocolizado ante la mencionada oficina subalterna de registro el dia 28 de junio de 1984, bajo el No. 15, Tomo 54, Protocolo Primero.

• Que estando obligados al pago de los gastos comunes y no comunes, éstos no han pagado las cuotas de condominio correspondientes a los meses que van desde febrero de 2001 a marzo de 2008, tal y como se evidencia de los recibos y planillas de liquidación de gastos comunes correspondientes al apartamento No. 3-A-4 del Edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”.

• Que fundamenta su demanda en los artículos 7, 11, 12, 15, 18 y 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, artículos 127, 146 y 12 del Código Civil y articulo 630 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, por cuanto las planillas de liquidación pasadas por el Administrador tienen fuerza ejecutiva.

• Que a pesar de haber hecho gestiones previas para obtener el pago correspondiente a las cantidades adeudadas por concepto de cuotas de condominio, estas han resultados inútiles e infructuosas.

• Que procede de acuerdo a instrucciones precisadas por su mandante.

• Que los propietarios dejaron de pagar las obligaciones condominales desde el mes de marzo de 2001, fecha en que comenzaron a estar en mora con dicho pago, es por lo que procede a demandarlos en nombre y representación de CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., para que convengan o en su defecto sean condenados a pagar las siguientes cantidades:

  1. NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 9.471,91) que es el monto de las cuotas de condominio vencidas y no pagadas que van desde el mes de febrero de 2001 hasta el mes de marzo de 2008, ambos inclusive.

  2. Por tratarse de obligaciones de dinero, sometidas al proceso inflacionario que sufre la economía, pide al Tribunal que en el dispositivo de la sentencia, ordene la INDEXACION de la cantidad demandada por concepto de capital de las cuotas de condominio demandadas desde sus respectivos vencimientos mensuales hasta la fecha en que quede definitivamente firme la sentencia que se dicte en el presente juicio, según criterios establecidos y reiterados por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia por Sentencia del 30 de septiembre de 1992.

  3. Costas, costos y honorarios profesionales de abogados que den lugar en el presente juicio.

    • Que a los fines de no hacer ilusorio el cobro de las obligaciones solicito medida ejecutiva de embargo sobre el inmueble propiedad de los demandados, conforme a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, hasta cubrir el doble del monto demandado mas las costas prudencialmente calculadas por este Tribunal.

    Consignados como fueron los recaudos, este Juzgado admitió la demanda y ordeno el emplazamiento de los demandados por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 630 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.-

    Realizadas como fueron las gestiones pertinentes para lograr la citación de los demandados, este Tribunal, a solicitud de la parte actora, ordenó la citación por carteles, conforme lo previsto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, y cumplidas como fueron las formalidades de la norma supra indicada, se le designó defensor judicial a los demandados, recayendo dicho nombramiento en la persona I.F.M.,, quien estando debidamente notificada, en fecha 21 de Agosto de 2012, presto el juramento de ley correspondiente, con todos los deberes inherentes al cargo

    En fecha 2 de Noviembre de 2012, el Alguacil de este Circuito Judicial dejo constancia de haber practicado la citación de la defensora judicial.

    En fecha 09 de Enero de 2013, la representación judicial de la parte actora consigno escrito de REFORMA PARCIAL DE LA DEMANDA en los siguientes términos:

    • Que el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, se encuentra ubicado en la Avenida Sur 13 entre las Esquinas de Quesera a Niquitao, Parroquia San A.d.N., Municipio Libertador del Distrito Capital.

    • Que su Documento de Condominio registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital el día 28 de septiembre de 1983, bajo el No. 13, Tomo 4, Protocolo Primero.

    • Que dicho edificio se encuentra dividido en cuatro Torres distinguidas con letras “A”, “B”, “C” Y “D”.

    • Que la sociedad mercantil CONDOMINIOS BRICEÑOS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el día 05 de noviembre de 1948, bajo el No. 3, Tomo 4D, fue designada administradora del condominio del mencionado conjunto, mediante, Asamblea General de Propietarios celebrada el día12 de Mayo de 2011 (Asamblea en la que se aprobó el cambio de mandato de CONDOMINIO BRICEÑO, C.A., para ADMINISTRADORA BRICEÑO, S.A.,).

    • Que por ello actúa en su carácter de apoderada judicial de la Administradora.

    • Que los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., adquirieron el apartamento No. 3-A-4, que forma parte del mencionado edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”, según consta de documento protocolizado ante la mencionada oficina subalterna de registro el día 28 de junio de 1984, bajo el No. 15, Tomo 54, Protocolo Primero.

    • Que con dicha compra los propietarios LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., pasaron a formar parte del condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, TORRE “A”, cuyas normas se encuentran establecidas e.D.d.C. y su Reglamento.

    • Que estando obligados al pago de los gastos comunes y no comunes, , éstos lo han pagado las cuotas de condominios vencidas, hasta el mes de agosto de 2006, que habían sido objeto de la demanda original, sin embargo, han dejado de pagar las cuotas de condominios correspondientes a los meses que van desde septiembre de 2006 hasta diciembre de 2012, tal y como se evidencia de los recibos y planillas de liquidación de gastos comunes correspondientes al apartamento No. 3-A-4 del Edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”. las cuales consigna en original marcadas con los números desde el sesenta y ocho (68) al ochenta y seis (86) y acompaña a la reforma marcadas con los números desde el ochenta y siete (87) al ciento cuarenta y tres (143) y se las opone formalmente.

    • Que el monto determinado en los recibos y planillas de liquidación insolutas que van desde el mes de septiembre de 2006 hasta diciembre de 2007 aparecen reflejas conforme lo establece la Ley de Reconvención Monetaria; en cuanto a los montos reflejados en cada uno de dichos instrumentos a partir del mes de enero de 2008, lo han sido mediante la denominación de Bolívares Fuertes.

    • Que la falta de pago puntual de las obligaciones de condominales por parte de estos propietarios y el fenómeno de la depreciación de la moneda nacional que es el Bolívar causada por la inflación que sufre la economía del país, la cual se refleja a través de reconocimiento por medio del ente técnico del estado, denominado Banco Central de Venezuela (que mensualmente publica el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)), han ocasionado que el valor real de las cantidades adeudadas, por concepto del capital de cada una de las pensiones de condominios debidas, también se haya depreciado, causando una disminución del valor real de dichas cantidades, lo cual afecta directamente el fondo de reserva del Conjunto.

    • Que el Reglamento del Documento de Condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA establece en su articulo 36 que los propietarios tienen la obligación de pagar las planillas de condominio dentro del plazo de 15 días después de su emisión y en caso de no hacerlo generaran intereses de mora a la rata corriente en la plaza para los préstamos a corto plazo sin perjuicio de la inmediata exigibilidad del pago, es der, que aquél propietario que esté moroso en el pago de las planillas de condominio debe pagar intereses, a la tasa del uno por ciento (1%) mensual.

    • Que fundamenta la reforma parcial de la demanda en los artículos 343 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 7, 11, 12, 15, 18 y 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, artículos 127, 146 y 12 del Código Civil y articulo 630 ejusdem, en concordancia con el articulo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, por cuanto las planillas de liquidación pasadas por el Administrador tienen fuerza ejecutiva e igualmente invoca la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, ahora Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 30 Septiembre de 1992.

    • Que en virtud de los hechos y fundamentos de derecho explanados en la reforma de la demanda y por haber resultado inútiles las gestiones extrajudiciales por cuanto solo se ha obtenido el pago parcial de la deuda de condominio originalmente demandada (febrero 2011 hasta agosto 2006), procede a reformar la demanda.

    • Que en virtud de que los demandados han dejado de cumplir puntualmente con su obligación de pagar las planillas de condominio vendidas desde el mes de septiembre de 2006, procede a demandar a los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y M.J.O., en su carácter de propietarios del apartamento No. 3-4-A. del Edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO, PLAZA, Torre “A”. para que convengan o en su defecto sean condenados a pagar:

  4. TREINTA Y OCHO MIL CUATROCINTOS CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 38.446,37), que es el monto de las cuotas de condominio vencidas y no pagadas que van desde el mes de septiembre de 2006 hasta el mes de diciembre de 2012, ambos inclusive.

  5. Por tratarse de obligaciones de dinero, sometidas al proceso inflacionario que sufre la economía, pide al Tribunal que en el dispositivo de la sentencia, ordene la INDEXACION de la cantidad demandada por concepto de capital de las planillas condominio demandadas desde sus respectivos vencimientos mensuales hasta la fecha en que quede definitivamente firme la sentencia que se dicte en el presente juicio, según criterios establecidos y reiterados por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia por Sentencia del 30 de septiembre de 1992.

  6. Como condena accesoria a la principal, solicita las costas, costos e inclusive aquellos Honorarios Profesionales de Abogado que se generen con ocasión del presente juicio, pedimento que hace basada en lo previsto en los artículos 274 y 286 del Código de Procedimiento Civil.

    • Solicito medida ejecutiva de embargo sobre el inmueble propiedad de los demandados, conforme a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil.

    Por auto de fecha 17 de Enero de 2013, este Tribunal procedió a admitir la reforma de la demanda, concediéndole a la defensora judicial veinte (20) días más para la contestación de la demanda, en virtud de que esta se encontraba debidamente citada, se ordeno su notificación mediante boleta, la cual fue librada en esa misma fecha.-

    En fecha 06 de Febrero de 2013, el Alguacil de este Circuito Judicial, practicó la notificación de la defensora judicial de los demandados y ésta el 14 de Marzo de 2013, procedió a dar contestación a la demanda en los siguientes términos:

    • Que en dos oportunidades su asistente Sr. REIVAJT MURAT se trasladó al Conjunto Residencial Parque Carabobo Plaza, Torre A, Apto. 3-4-A, en la Avenida Sur 13 entre esquinas de Quesera a Niquitao, Parroquia San A.d.N., Municipio Libertador.

    • Que en la primera oportunidad, al tocar la puerta no se encontraba persona alguna, por lo que dejó por debajo de la puerta la notificación.

    • Que en la segunda oportunidad fue atendido por una Sra. De nombre Xiomara, quien le informó que LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., se mudaron hace muchos años del apartamento sin dar más información.

    • Que la conserje del Edificio le informó que ellos se mudaron a r.d.l.m. de su hijo

    • Que consigna copia fotostáticas de las fotos tomadas en la visita realizada como prueba de haber agotado los medios idóneos para lograr su citación.

    • Que dicha dirección es la que aparece en la página del CNE.

    • Que anexa telegrama enviado a sus defendidos.

    • Que a la fecha de la contestación no ha tenido comunicación con sus defendidos y dicha circunstancia le ha sido impedido contar con información distinta a la que emerge de las actas procesales.

    • Que estado dentro de la oportunidad legal da contestación al presente juicio de cobro de bolívares.

    • Que sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, a todo evento niega, rechaza y contradice en todas y cada una de sus partes, tanto en los hechos narrados en el libelo de la demanda, como la adecuación de las normas jurídicas invocadas en el mismo, como fundamento de la acción ejercida.

    • Que solicita que dicho escrito sea sustanciado conforme a derecho, agregado al expediente y valorado en la sentencia definitiva.

    • Y señalo su domicilio procesal.-

    En fecha 25 de marzo de 2013, la defensora judicial ratifico en toda y cada una de sus partes el escrito de contestación a la demanda a excepción de lo contenido en el final del segundo párrafo que se señala: “Asimismo, consigno trasladado a su residencia. Fui a notificar a mi defendido a esa dirección, por ser la que aparece en la pagina del CNE como el Municipio en el cual vota el ciudadano I.E.H., por lo que acompaño copia del mencionado registro marcada con la lera “B”, ya que por error involuntario no corresponde al presente juicio.

    En la oportunidad de pruebas solamente la actora promovió pruebas.-

    En fecha 29 de Julio de 2013, la apoderada judicial consigno escrito de conclusiones.

    En fecha 18 de febrero de 2014, este Tribunal dicto de conformidad con lo previsto con el artículo 515 del Código De Procedimiento Civil.

    CAPÍTULO II

    DE LAS PRUEBAS

    PARTE ACTORA:

    Con el escrito libelar,

    • Cursa inserto a los folios del seis (06) al ocho (08), anexo marcado “A”, copia simple de instrumento poder: autenticado por ante la Notaría Pública Octava del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 16 de Febrero de 200, anotado bajo el N° 51, tomo 10 de los libros de autenticaciones llevados por dicha Notaría, mediante el cual la sociedad mercantil CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., otorga poder a la abogada L.T. PIUZZI CH., plenamente identificados en autos.-

    El instrumento bajo análisis constituye un documento privado autenticado, producido en copia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, que este Tribunal tiene por fidedigno por no haber sifdo impugnado y le otorga valor probatorio de conformidad con los Artículos 150, 151, 154 y 429 del Código Procesal Adjetivo, en armonía con los Artículos 1.357, 1.360, 1.363 y 1384 del Código Civil, desprendiéndose del mismo la representación judicial y facultades otorgadas a los profesionales del derecho que en él se mencionan, como apoderados de la parte demandante. ASÍ SE DECLARA.

    • Riela a los folios del nueve (09) al trece (13), anexo marcado “B”, copia simple del Asamblea General de Propietarios celebrada el día 30 de Noviembre de 2005.-

    Observa quien aquí decide que, dicha instrumental no fue impugnada, ni tachado de falso en la oportunidad correspondiente para ello por la representación de la demandada conforme el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal le otorga valor probatorio de conformidad con los Artículos 150, 151, 154 y 429 del Código Procesal Adjetivo, en armonía con los Artículos 1.357, 1.360, 1.363 y 1384 del Código Civil, en la que consta que fue ratificada CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., como administradora del edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO, y también se aprobó autorizar a la Junta de Condominio para que, a su vez autorizara la demanda judicial a los copropietarios morosos en el pago del condominio.

    • Cursa inserto a los folios del catorce (14) al veinticinco (25) anexo “C”, copia simple del Contrato de Administración de fecha 01 de noviembre de 2004, suscrito entre la Comunidad de Propietarios del edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO y la sociedad mercantil CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., que deja evidencia que esta última fue contratada como administradora del edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO.

    • Cursa inserto al folio veintiséis (26) anexo “D”, copia del acta No. 15, de fecha 14 de Junio de 2002, que deja constancia de que la cual la Junta de Condominio autorizó a la Administradora, Condominios Briceño C.A., de acuerdo a lo previsto en el literal E) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal.

    • Cursa inserto al folio veintisiete (27), Recibo y control signado con el No. 72972, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de FEBRERO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 566,270,08.- Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa inserto al folio veintiocho (28), Recibo y control signado con el No. 7445, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de MARZO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 616,792.92.- Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa inserto al folio veintinueve (29), Recibo y control signado con el No. 77664, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de ABRIL de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 610.065,00 . Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa inserto al folio treinta (30), Recibo y control signado con el No. 79479, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de MAYO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 54.247,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio treinta y uno (31), Recibo y control signado con el No. 80827, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de JUNIO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 715,142,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio treinta y dos (32), Recibo y control signado con el No. 83300, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de JULIO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 841.606,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio treinta y tres (33), Recibo y control signado con el No. 84686, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de AGOSTO de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 826.587,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio treinta y cuatro (34), Recibo y control signado con el No. 86877, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de SEPTIEMBRE de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de Bs. 772.486,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio treinta y cinco (35) Recibo y control signado con el No. 00025, emitido por CONDOMINIOS SAENZ, C.A., del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., correspondiente al mes de OCTUBRE de 2001, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 975.369,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa a los folios treinta y seis (36) al cuarenta y dos (42), Originales de recibos de pagos de fechas correspondientes a los meses de noviembre, diciembre de 2001, enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2002, emitido por ADMINISTRADORA INTERCANARIVEN, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y tres (43), Original Recibo signado con el No. 000012, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A., de fecha 06-02, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 45.265,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y cuatro (44), Original Recibo signado con el No. 000112, de fecha 07-02, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A.,, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 104,438,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y cinco (45), Original Recibo signado con el No. 000212, de fecha 08-02, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A.,, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 106.999,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y seis (46), Original Recibo signado con el No. 000312, de fecha 09-02, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A.,, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 100,053,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y siete (47), Original Recibo signado con el No. 000412, de fecha 10-02, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A.,, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 105,705,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y ocho (48), Original Recibo signado con el No. 000512, de fecha 11-02, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A.,, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 100.362,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cuarenta y nueve (49), Original Recibo signado con el No. 000012, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A., de fecha 12-02, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 105.962,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta (50), Original Recibo signado con el No. 000012, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A., de fecha 01-03, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 102,681,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y uno (51), Original Recibo signado con el No. 000012, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A., de fecha 02-03, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 109,204,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y dos (52), Original Recibo signado con el No. 000012, emitido por CONDOMINIOS BELICE, C.A., de fecha 03-03, del inmueble CONJ. RES. PQUE CARABOBO PLAZA “A”, Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 110,635,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y tres (53), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de abril de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 54.454,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y cuatro (54), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de mayo de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 43.852,87. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y cinco (55), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Junio de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 49.463,33. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y seis (56), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Julio de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 47.190,45. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y siete (57), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Agostode 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 42.056,07. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y ocho (58), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Septiembre de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 50.016,36. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cincuenta y nueve (59), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Octubre de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 54.600,56. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta (60), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Noviembre de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 51.114,04. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y uno (61), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Diciembre de 2003, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 48.166,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y dos (62), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Enero de 2004, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 50.153,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y tres (63), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Febrero de 2004, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 45.565,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y cuatro (64), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Marzo de 2004, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 56.573,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y cinco (65), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Abril de 2004, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 58.491,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y seis (66), Original Recibo de Reingreso, correspondiente al mes de Mayo de 2004, emitido por el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 59.194,00. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y siete (67), Original Recibo 5293-C, emitido por ADMINISTRADORA DORAL B, C.A., correspondiente al mes de 6 de 2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 58.915,50. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio sesenta y ocho (68), Original Recibo 6467-C, emitido por ADMINISTRADORA DORAL B, C.A., correspondiente al mes de 8 de 2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 59.322,70. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta (70), Original Recibo 1380-C, emitido por ADMINISTRADORA DORAL B, C.A., correspondiente al mes de 9 de 2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS H., y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 62.473,15. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta y uno (71), Original Recibo 0410, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 59.702,40. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta y dos (72) y setenta y tres (73), Original Recibo 0411, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11- 2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 58.611,10. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta y cuatro (74) y setenta y cinco (75), Original Recibo 0412, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12- 2004, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 72.254,85. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta y seis (76) y setenta y siete (77), Original Recibo 0501, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 69.526,50. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio setenta y ocho (78) y setenta y nueve (79), Original Recibo 0502, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 184.693,75. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ochenta (80) y ochenta y uno (81), Original Recibo 0503, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 88.315,45. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ochenta y dos (82) y ochenta y tres (83), Original Recibo 0504, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 227.426,05. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ochenta y cuatro (84) y ochenta y cinco (85), Original Recibo 0505, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 226.371,55. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ochenta y seis (86) y ochenta y siete (87), Original Recibo 0506, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 233.940,10. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ochenta y ocho (88) y ochenta y nueve (89), Original Recibo 0507, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 241.158,10. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio noventa (90) y noventa y uno (91), Original Recibo 0508, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 76.078,60. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio noventa y dos (92) y noventa y tres (93), Original Recibo 0509, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 83.664,60. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio noventa y cuatro (94) y noventa y cinco (95), Original Recibo 0510, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 94.418,65. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio noventa y seis (96) y noventa y siete (97), Original Recibo 0511, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 100.590,40. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio noventa y ocho (98) y noventa y nueve (90), Original Recibo 0512, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-05, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 99.201,45. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio cien (100) y ciento uno (101), Original Recibo 00601, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 91.121,25. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento dos (102) y ciento tres (103), Original Recibo 0602, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 87.958,50. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento cuatro (104) y ciento cinco (105), Original Recibo 0603, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 89.311,65. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento seis (106) y ciento siete (107), Original Recibo 0604, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 89.138,45. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento ocho (108) y ciento nueve (109), Original Recibo 0605, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 121.209,05. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento diez (110) y ciento once (111), Original Recibo 0606, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 138.393,80. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento doce (112) y ciento trece (113), Original Recibo 0607, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 143.362,75. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento catorce (114) y ciento quince (115), Original Recibo 0608, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-06, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 142.929,30. Esta prueba nada aporta al debate probatorio pues no ha sido exigida, en la REFORMA DE DEMANDA, el pago de esta factura.

    • Cursa al folio ciento dieciséis (116) y ciento diecisiete (117), Original Recibo 0609, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2006, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 168.391,25. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento dieciocho (118) y ciento diecinueve (119), Original Recibo 0610, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2006, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 148.460,35. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veinte (120) y ciento veintiuno (121), Original Recibo 0611, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2006, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 168.227,95. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veintidós (122) y ciento veintitrés (123), Original Recibo 0612, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2006, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 172.452,80. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veinticuatro (124) y ciento veinticinco (125), Original Recibo 0701, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 151.906,25. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veintiseis (126) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 195.980,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veintisiete (127) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 148.983,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veintiocho (128) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 167.442,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento veintinueve (129) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 167.442,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta (130) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 168.521,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y uno (131) y ciento treinta y dos (132) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 255.358,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y tres (133) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 244.174.00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y cuatro (134) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 243.766.00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y cinco (135) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 225.138.00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y seis (136) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 231.599,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y siete (137) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 269.601,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y ocho (138) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2007, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 254.041,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento treinta y nueve (139) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 150,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento cuarenta (140) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 143,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio ciento cuarenta y uno (141) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y se observa un sello húmedo redondo que dice CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 171,30. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    CON LA REFORMA PARCIAL DE LA DEMANDA:

    • Cursa al folio doscientos nueve (209) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 243,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos diez (210) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 216,48. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos once (211) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 163,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos doce (212) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 184,13. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos trece (213) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 191,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos catorce (214) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 164,27. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos quince (215) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 182,84. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos dieciséis (216) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, C.A., RIF J-003430501, por la cantidad de 221,26. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos diecisiete (217) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2008, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 311,06. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos dieciocho (218) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 299,18. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos diecinueve (219) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 358,59. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veinte (220) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 300,95. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintiuno (221) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, y sRIF J-003430501, por la cantidad de 298,80. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintidós (222) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 329,26. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintitrés (223) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 323,11. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veinticuatro (224) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 365,69. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veinticinco (225) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 325,64. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintiséis (226) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 413,24. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintisiete (227) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 446,76. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintiocho (228) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 457,90. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos veintinueve (229) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2009, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 409,01. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta (230) Original de recibo de condominio, emitido por CONDOMINIOS BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 408,88. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y uno (231) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 412,73. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y dos (232) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 445,27. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y tres (233) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 368,41. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y cuatro (234) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 347,58. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y cinco (235) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 401,21. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y seis (236) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 395,94. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y siete (237) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 404,33. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y ocho (238) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 359,51. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos treinta y nueve (239) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 456,14. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta (240) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 508,41. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y uno (241) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2010, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 509,03. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y dos (242) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 467,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y tres (243) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 506,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y cuatro (244) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 549,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y cinco (245) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 556,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y seis (246) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 558,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y siete (247) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 582,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y ocho (248) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 613,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cuarenta y nueve (249) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 673,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta (250) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 700,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y uno (251) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 764,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y dos (252) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 684,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y tres (253) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2011, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 664,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y cuatro (254) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 01-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 655,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y cinco (255) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 02-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 742,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y seis (256) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 03-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 734,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y siete (257) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 04-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 703,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y ocho (258) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 05-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 763,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos cincuenta y nueve (259) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 06-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 827,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta (260) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 07-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 798,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta y uno (261) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 08-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 824,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta y dos (262) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 09-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 904,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta y tres (263) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 10-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 1.566,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta y cuatro (264) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 11-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 1.091,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Cursa al folio doscientos sesenta y cinco (265) Original de recibo de condominio, emitido por ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., correspondiente al mes 12-2012, del inmueble RESID. PARQUE CARABOBO PLAZA TORRE A correspondiente al Apartamento 3-A4, a nombre de LEONGELI VIVAS, RIF J-003430501, por la cantidad de 828,00. Esta factura, cuyo pago se demanda, corre inserta en autos con todo valor probatorio, como origen de la obligación de pago de la cuota de condominio a que hace referencia.

    • Riela al folio doscientos sesenta y seis (266), copia simple DR. AQUÍ SE LEE: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA NOTARIA PUBLICA VIGESIMA SEXTA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, de fecha 16 de Noviembre de 2011, en el día de hoy se procedió a la apertura del libro de ACTAS DE JUNTAS DE CONDOMINIO correspondiente al: CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA con domicilio en Caracas, Distrito Capital el cual consta de Trescientos (300) folios útiles, marcado “C”. Corre inserto a los folios doscientos sesenta y siete (267) y doscientos sesenta y ocho (268)Copia simple del acta No. 57, de fecha 20 de Junio de 2012 mediante el cual los miembros principales de la Junta de Condominio de Conjunto Residencia Parque Carabobo Plaza en su punto único autorizan suficientemente a ADMINISTRADORA BRICEÑO S.A.

    -III-

    CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:

    Trabada la litis en la forma expuesta, quedó probado con prueba instrumental pública los siguientes hechos:

    • Que el Documento de Condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, ubicado en la Avenida Sur 13 entre las Esquinas de Quesera a Niquitao, Parroquia San A.d.N., Municipio Libertador del Distrito Capital, se encuentra registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital el día 28 de septiembre de 1983, bajo el No. 13, Tomo 4, Protocolo Primero.

    • Que dicho CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA se encuentra dividido en cuatro Torres distinguidas con letras “A”, “B”, “C” Y “D”.

    • Que los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., adquirieron el apartamento No. 3-A-4, que forma parte del mencionado edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”, según consta de documento protocolizado ante la mencionada oficina subalterna de registro el día 28 de junio de 1984, bajo el No. 15, Tomo 54, Protocolo Primero.

    • Que con dicha compra los propietarios LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., pasaron a formar parte del condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, TORRE “A”, cuyas normas se encuentran establecidas e.D.d.C. y su Reglamento.

    La prueba documental analizada es suficiente para acreditar a ADMINISTRADORA BRICEÑO, C.A., como ADMINISTRADORA de la Comunidad de Propietarios del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, con facultad para realizar la cobranza extrajudicial y judicial de las cuotas de condominio, contratar servicios de abogados y otorgar poderes a tales fines en nombre de la Comunidad, lo que realizó con el poder con el que actúan sus abogados en el caso de marras.

    Con el carácter de propietarios del inmueble, los demandados están en la obligación de pagar los gastos comunes generados, cuyas planillas fueron pasadas por el administrador del edificio y corren insertas en autos con todo valor probatorio, de conformidad a lo previsto en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Propiedad Horizontal se establece que son gastos comunes para todos los propietarios, los siguientes:

    1. Los que correspondan a la administración, conservación, reparación de cosas comunes;

    2. Los que hubieren sido acordados como tales por el 75% de los propietarios, por lo menos;

    3. Los declarados comunes por la ley o por el documento de condominio, los cuales se entienden causados para el cuido y mantenimiento del bien sometido al régimen legal de la propiedad horizontal y, de acuerdo al artículo 13 eiusdem, todo copropietario está obligado a pagar el condominio de su inmueble porque la Ley lo dispone, debido a que los gastos del mismo son solidarios con la propiedad del apartamento o local, aun cuando se hayan causado con anterioridad a su adquisición, lo que también se justifica por necesidad y obligación para el copropietario de pagar puntualmente el recibo de condominio a fin de permitir el pago oportuno de los servicios que deben prestarse en el edificio para así garantizar el suministro ininterrumpido de los mismos, a lo cual se refiere el documento de condominio.

    Debe indicarse que la parte demandante exige el pago de la suma de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 38.446,37), que es el monto de las cuotas de condominio vencidas y no pagadas que van desde el mes de septiembre de 2006 hasta el mes de diciembre de 2012, ambos inclusive.

    En la secuela probatoria la parte demanda no probó haber pagado las cuotas de condominio reflejadas en las planillas de condominio, que se le imputan como insolutas, acompañadas con la Reforma de la Demanda, lo cual los hace evidentemente responsables de los supuestos contemplados en el artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal y en los artículos 1264, 1269 y 1278 del Código Civil referente al cumplimiento de las obligaciones.

    Al no estar probado efectivamente que los demandados hubiesen cumplido con su obligación como copropietarios, en el pago de las cuotas condominiales, tienen la obligación de pagar las mismas, razón por la cual la pretensión de cobro debe prosperar y así decide.

    Por las razones precedentes este juzgador considera procedente el reclamo relativo al pago de las facturas de condominio emitidas por la CONDOMINIOS BRICEÑO C.A., es decir la suma de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 38.446,37), que es el monto de las cuotas de condominio vencidas y no pagadas que van desde el mes de septiembre de 2006 hasta el mes de diciembre de 2012, ambos inclusive.

    Es procedente el reclamo de la indexación de las sumas demandadas desde sus respectivos vencimientos mensuales hasta la fecha en que quede definitivamente firme la presente sentencia, según criterios establecidos y reiterados por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia por Sentencia del 30 de septiembre de 1992, ya que las mismas se encuentran sometidas al proceso inflacionario que sufre la economía, más aún cuando se trata de aportes al mantenimiento de áreas comunes, que en su momento, necesariamente han debido ser pagadas por los co-propietarios del CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA. Así se decide.-

    -V-

    DISPOSITIVA:

    En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda propuesta por CONDOMINIO BRICEÑO, C.A., contra los ciudadanos LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO y en consecuencia, PRIMERO: Se condena a LEONGELI VIVAS HERRERA y J.M.O., propietarios del apartamento No. 3-A-4, que forma parte del mencionado edificio CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, Torre “A”, ubicado en la Avenida Sur 13 entre las Esquinas de Quesera a Niquitao, Parroquia San A.d.N., Municipio Libertador del Distrito Capital, a pagar debidamente indexada la suma de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 38.446,37), que es el monto de las cuotas de condominio vencidas y no pagadas que van desde el mes de septiembre de 2006 hasta el mes de diciembre de 2012, ambos inclusive. SEGUNDO: La suma condenada al pago en el numeral anterior, deberá ser indexada mediante experticia complementaria a este fallo, bajo las pautas previstas en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, desde los respectivos vencimientos mensuales de las planillas de condominio hasta la fecha en que quede definitivamente firme la presente sentencia. TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas judiciales.

    Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

    Notifíquese a las partes.

    PUBLIQUESE Y REGISTRESE

    Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 10º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 20 de Septiembre de 2016. 206º y 157º.

    El Juez,

    Abg. L.E.G.S.

    La Secretaria

    Abg. Sonia Carrizo Ontiveros

    En esta misma fecha, siendo las ____________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.

    La Secretaria

    Abg. Sonia Carrizo Ontiveros

    Asunto: AH1A-V-2008-000101

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