Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 20 de Enero de 2011

Fecha de Resolución20 de Enero de 2011
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteAlejandro Avila
ProcedimientoAuto Decisorio De Tranferencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL

El Vigia, 20 de Enero de 2011

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-000100

ASUNTO : LP11-P-2011-000100

Visto los alegatos de las partes en la audiencia de presentación de imputados de la presente causa, y estando en la oportunidad legal establecida en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, para fundamentar la decisión de mantener privado de libertad al imputado D.J.C.A., venezolano, de 40 años de edad, nacido en fecha 05-09-70, titular de cedula de identidad, No V-. 11.216.808, soltero, hijo de E.C.Z. y Gradys Arellano, residenciado en la Población la Azulita, Sector E.M., calle 2, Casa No 5-10, cerca del complejo Turístico de la Cueva, El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión de un hecho punible en el cual perdiera la vida el ciudadano que en vida respondía al nombre de F.G.B.P., hecho que el Ministerio Público calificó como SICARIATO previsto y sancionado en el artículo 12 de la ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, en concordancia con lo establecido en el Artículo 83 del Código Penal vigente, según investigación contenida en las actas que conforman el expediente distinguido con el número 14F-6116310 de la nomenclatura Fiscal y del Tribunal LP11-P-2011-000100, es la razón por la cual el Tribunal lo hace en los siguientes términos:

Se desprende del escrito consignado por la representación Fiscal, que por ante ese despacho cursa investigación penal en contra del ciudadano imputado D.J.C.A., venezolano, de 40 años de edad, nacido en fecha 05-09-70, titular de cedula de identidad, No V-. 11.216.808, soltero0, hijo de E.C.Z. y Gradys Arellano, residenciado en la Población la Azulita, Sector E.M., calle 2, Casa No 5-10, cerca del complejo Turístico de la Cueva, El Vigía Estado Mérida, por estar presuntamente involucrado en la comisión de un hecho punible en el cual perdiera la vida el ciudadano que en vida respondía al nombre de F.G.B.P.. Corresponde a este Tribunal, verificar si en efecto existen suficientes elementos de convicción que hacen presumir que el ciudadano antes identificado está relacionado con el hecho en referencia para determinar la procedencia del decreto de medida privativa de libertad dictado en la audiencia de presentación de imputado, y ante esto se relacionó nuevamente las actuaciones fiscales que son las mismas que originaron la orden de captura, no habiendo cambiado en nada los hechos, no pudiendo ser desvirtuados por la defensa de manera técnica lo cual originó que el decreto de la medida privativa de libertad fuera procedente.

I

Los Antecedentes

  1. - TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, de fecha 13-11-2010, suscrita por la Sub-Inspector Abg. Y.P., Jefe de Guardia, adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalística, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que siendo las 09:30 horas de la mañana, del día sábado 13-11-2010, recibió llamada telefónica de parte del Comisario C.G., funcionario activo de la Policía del Estado Mérida, informando que en la entrada del sector Guachizón, vía panamericana, sujetos por identificar portando arma de fuego lesionaron al Comisario F.G.B., Funcionario de la Policía del Estado Mérida, dándose a la fuga del sitio en un vehículo marca Fiat, modelo PALIO, color Azul, placa JAV-93M, siendo trasladado la víctima con signos vitales hacia el Hospital de Tucani, donde falleció posteriormente a su ingreso. Donde se da inicio a raíz de dicha llamada a la presente investigación, por un delito contra las personas.

  2. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 13-11-2010, suscrita por el Funcionario Lic. JOSE LUZARDO, Detective L.S., Detective C.S. y Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que encontrándose en la sede de ese Despacho recibieron llamada telefónica de parte del Funcionario de la Policía del Estado Mérida, Comisario C.G., informando que en la entrada del sector Guachizón, en plena vía panamericana sujetos por identificar portando armas de fuego, le causaron varias lesiones al Funcionario Policial activo Comisario F.G.B., siendo este trasladado hacia el Hospital de Tucani, Estado Mérida, seguidamente se trasladaron los mencionados Funcionarios a bordo de la Unidad P-63I, a fin de verificar la veracidad de la información , una vez presentes en el lugar donde ocurrieron los hechos, observaron que el sitio se encontraba resguardado por comisión de la Policía del Estado Mérida, al mando del Funcionario policial Inspector Jefe ROJAS ROJAS J.E., Jefe de la Sub-Comisaría Policial Nueva Bolivia, quien ratifico la información recibida a nuestro Despacho, quien identifico plenamente al occiso como F.G.B.P., nacionalidad venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, de 45 años de edad, nacido en fecha 15-07-1964, casado, de profesión u oficio Funcionario de la Policía del Estado con el rango de Comisario, quien laboraba como Jefe de la Comisaría Policial Nro. 06, del Eje Panamericano Nueva Bolivia, Torondoy, Tucani y Arapuey, residenciado en la Urbanización Prado Hermoso, calle 04, casa Nro., 19, El Vigía, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.201.550, indicando que el mismo pernoto la pasada noche en casa de los familiares paternos de su esposa, la ciudadana COROMOTO GALEANO, dicho inmueble se ubica en el lugar donde ocurrieron los hechos, y el día de hoy siendo aproximadamente las ocho y treinta horas de la mañana, encontrándose frente a la residencia en momentos que se dirigía hacia el vehículo automotor marca Jeep, modelo Cherokee, color gris, placas VAA58C, el cual se encontraba aparcado frente al mismo inmueble, sujetos por identificar, quienes sin mediar palabras y los mismo situados desde la vía principal de la carretera panamericana dispararon en diversas ocasiones al mencionado funcionario, quedando herido en el sitio y los mencionados sujetos según versiones de testigos huyeron en un vehículo marca Fiat, modelo Palio, color azul; consecutivamente la víctima fue trasladada de manera inmediata en vehículo particular por sus mismos familiares hacia El Hospital de Tucani, falleciendo antes de ser ingresado al mencionado nosocomio; por lo que de esta Forma el Funcionario Detective L.S., siendo las 10:15 horas de la mañana, procedió a realizar en el sitio la respectiva Inspección Técnica policial, de la misma forma se deja constancia que al vehículo automotor marca Jeep, modelo Cherokee, color gris, placa VAA58C, le fue realizada la correspondiente inspección en el sitio y de igual manera previo conocimiento de la superioridad fue entregado al funcionario policial que se encontraba al mando de la comisión, puesto que dicho vehículo es de su propiedad; posteriormente lograron sostener entrevista con la ciudadana que se identifico como R.A.P., titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.702.723, quien manifestó se cuñada del hoy occiso, y la misma labora vendiendo diarios informativos en plena vía panamericana del mismo sector Guachizón, y el día de hoy como de costumbre salió a laborar a las 06:30 horas de la mañana, y encontrándose en plena vía, logro percatarse de la presencia de un vehículo automotor al cual considero sospechoso, por cuanto el mismo era la primera vez que lo veía en el sector y se encontraba aparcado frente a la resistencia donde se encontraba pernotando el hoy occiso junto a su familia, de igual forma este vehículo en diversas oportunidades dio varias vueltas por el sector y realizo varias paradas, por lo que llamo su atención y procedió a tomar nota del número de su matricula, siendo esta JAV93M, de la misma forma describió el referido vehículo como de color azul, marca Fiat, modelo Palio, con vidrios ahumados, agrega la mencionada ciudadana que la misma forma se dirigió hacia el inmueble donde se encontraba su cuñado hoy occiso y le notifico de la presencia del vehículo antes descrito siendo aproximadamente siendo las 08:30 horas de la mañana, escucho las detonaciones y fue entonces cuando ocurrió el hecho; culmina informando esta ciudadana que varios moradores del sector, se percataron de la presencia de este vehículos entre estos su hermano N.G., así como también una ciudadana quien es conocida en el sector como LA PIPIOLA, quien alquila teléfonos a varios metros donde ocurrió el hecho y la ciudadana JHOANNA quien vende desayunos en plena vía panamericana en el mismo sector de Guachizón, no manifestando nada más al respecto, por lo que le fue librada boleta de citación a la ciudadana presente y así mismo a su hermano antes mencionado, a fin de que comparezcan por la sede de ese Despacho, seguidamente se trasladaron hacia la vía panamericana a los fines de ubicar a las ciudadana nombradas como PIPIOLA y JHOANA, donde fueron atendidos por la ciudadana Y.J.V., titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.539.257, posteriormente lograron sostener entrevista con la ciudadana LEUNY J.G.V., titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.334.391, quien manifestó que para el momento de los hechos frente al lugar donde labora, se aparco un vehículo de color azul del cual descendió un sujeto a quien logro detallar como una persona alta y delgada, quien portaba como vestimenta una camisa manga larga azul o verde y un jeans y el mismo camino varios metros con sentido a donde se ubica la trilladora de café y desenfundo de su cintura un arma de fuego y realizo varias detonaciones hacia la vivienda que esta ubicada al lado de la referida trilladora de café, motivo por el cual indica esta ciudadana que corrió sitio para resguardar su integridad física y así protegerse, posteriormente se entero de lo sucedido, agregando también que para el momento que ocurrió el hecho logro percatarse que del otro extremo de la carretera panamericana se encontraba un joven quien vende aceites y lubricantes para vehículos y también fue testigo del hecho investigado, por lo que de esta forma nos acercamos hacia el referido comercio informal de venta de lubricantes, donde sostuvimos entrevista con una persona del sexo masculino quien se identifico como E.X.V.S., titular de la cédula de identidad Nro. V- 23.560.869, quien manifestó que para el momento que escucho las detonaciones corrió hacia su residencia para resguardar su vida; vista la información aportada por los ciudadanos antes mencionados se solicito la colaboración de la Policía del Estado, para que realizaran el traslado de los testigos en una unidad hasta la sede de ese Despacho, a los fines de que rindieran entrevista sobre los hechos que presenciaron. Acto seguido nos dirigimos hacia la Población de Tucani, Estado Mérida, a fin de hacer acto de presencia al Hospital A.J.U., ubicado en la referida población, donde una vez presente sostuvieron entrevista con el Funcionario Policial de guardia en dicho nosocomio, Cabo Primero (PM) J.L., quien manifestó que en relación al ingreso del funcionario policial hoy occiso, el mismo fue realizado por un vehículo particular, marca Ford, modelo LTD, color blanco del cual se desconocen más detalles al respecto y de la misma forma luego de su ingreso sus pertenencias, entre las cuales menciono arma de fuego de reglamento, pantalón del uniforme policial y botas de color negro, fueron retiradas de la morgue de dicho nosocomio por el Sargento Primero (PM) WILMR CARRERO, adscrito a la Sub-Comisaría Policial de Nueva Bolivia, Estado Mérida, quien trasladaría dichas pertenencias hasta el Comando Policial de Tucani, Estado Mérida; consecutivamente en el referido centro de salud, lograron entrevistarse con el Médico Forense A.G., credencial 27604, adscrito a la Sub-Delegación de Caja Seca, Estado Zulia, quien señalo que comisión del Despacho antes mencionado junto a su persona realizaron la respectiva inspección al cuerpo inerte del hoy occiso el cual para el momento de nuestra presencia ya había sido trasladado hacia la Morgue ubicada en el Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes de Mérida, Estado Mérida, a fin de que le sea realizada la respectiva necropsia de Ley, señalando el forense presente que en la referida inspección logro apreciarle al cadáver las siguientes heridas causadas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego con orifico de entrada: 1.-Región Intercostal del hemitórax derecho; 2.- Región Hipocondrio Derecho del abdomen; 3.-Región dorsal del antebrazo derecho: 4.- Región superior y anterior del músculo deltoides derecho; 5.- Región superior y anterior del músculo deltoides izquierdo; de la misma con orificio de salida logro apreciarle: 1.-Región interna del brazo derecho, donde logro extraerle el blindaje de un proyectil del cual realizo entrega a la presente comisión y será resguardado con su respectiva cadena de custodia al cual se le realizara la respectivas experticias, 2.-Región flexión del codo derecho; 3.-Región Superior y posterior del hombro izquierdo; de la misma forma se recibió de manos del mismo galeno la franela que portaba el occiso al momento de su ingreso a la misma morgue, la cual fue colectada como evidencia de interés criminalistico y le serán realizadas sus respectivas experticias de rigor; una vez concluidas las diligencias en el sitio procedieron a retirarse dejando constancia que a la salida del mismo nosocomio se encontraba presente el Coronel J.P.G., Director de la Policía del Estado Mérida, quien les informo que fue avisado por comisión policial del grupo rural, que en las adyacencias del sector S.E.d.A., parte baja, específicamente en la vía que conduce hacia Guachi Capazón, fue hallado totalmente calcinado un vehículo de la marca Fiat, modelo Palio, el cual para el momento se encuentra aun ardiendo en llamas y se presume que el mismo fue el utilizado para cegarle la vida al funcionario F.G.B.P., por lo que de esta manera nos trasladamos al referido lugar a fin de verificar el hallazgo antes mencionado, donde una vez presentes logramos corroborar dicha información y el sitio se encontraba resguardado por comisión de la Policía del Estado Mérida, adscritos al Grupo Rural del Municipio O.R.d.L., al mando del Sargento Primero (PM) PARRA OVILDO, así como también comisión de Bomberos del Estado Mérida, adscritos al Comando Tucani, estos al mando del Cabo Primero (B) G.R., Inspector de Investigaciones de Siniestros, con quienes se entrevistaron señalando que siendo aproximadamente las 12:40 horas de la tarde de tarde, de esta misma fecha, fueron notificados a través de la sala de comunicaciones del cuartel central por una persona que no se identifico quien observo un vehículo automotor ardiendo en llamas en dicho sector, motivo por el cual se apersono comisión y notifico a la Policía del Estado Mérida; seguidamente siendo las 02.20 horas de la tarde el Funcionario Detective L.S., realizó la respectiva Inspección del vehículo automotor en cuestión, para luego ser trasladado hacia el Estacionamiento Judicial El Vigía, ubicado en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida. Seguidamente retornaron al Despacho, luego verificaron a través del Seguimiento Estratégico de Información Policial (SIIPOL) a fin de verificar la identidad del occiso, donde fueron informados que los datos antes mencionados le corresponden y no presenta registros policiales; seguidamente procedieron a verificar la información aportada por una de las testigos presénciales en relación al vehículo en que se trasladaban los sujetos portaba la matricula JAV93M, donde luego de introducir dicha matricula por ante el Sistema se logro corroborar que efectivamente la misma le corresponde a un vehículo de la marca Fiat, modelo Palio, color azul, año 2008, tipo Sedan, tipo automóvil, serial de carrocería 9BD171581485153362, serial de motor 178F30117956537, el cual se encuentra SOLICITADO por el delito de Robo de Vehículo, por ante la Sub-Delegación de Maracay, Estado Aragua, según expediente Nro. I-444.814, de fecha 08-07-2010, por lo antes expuesto este Despacho dio inicio al expediente signado con la nomenclatura número I-586.714, instruido por uno de los Delitos Contra Las Personas (HOMICIDIO); consigno mediante la presente la Inspección Técnica del sitio del suceso y del lugar donde fue hallado el vehículo automotor marca FIAT, modelo Palio, talmente calcinado, así como también las entrevistas realizada a los testigos presénciales del hecho. Constituye un elemento de convicción en virtud de que en la misma se deja constancia del lugar donde sucedió el hecho, así como de la existencia del vehículo utilizado para llegar al lugar donde se encontraba el hoy occiso F.G.B., dispararle y luego darse a la fuga del mismo, de igual forma se señalan las heridas observadas por el Médico Forense al cadáver de la mencionada víctima.

  3. -INSPECCION NRO. 1680, de fecha 13-11-2010, suscrita por los Funcionarios Lic. JOSE LUZARDO, Detective L.S., Detective C.S. y Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, realizada en la siguiente dirección: Vía Pública, Guachizón, vía panamericana, frente a la casa de la Trilladora de Café, Municipio O.R.d.L.d.E.M.. A través de la cual dejan constancia de las características del lugar del suceso, así como de la existencia de evidencia de interés criminalistico tales como conchas para armas de fuego, calibre 9mm., así como manchas de color pardo rojizo, con mecanismo de formación por contacto y charco sobre la calzada de suelo de formación natural, de igual forma observaron cinco impactos de bala en la pared de la fachada del inmueble frente al cual ocurrió el hecho, de igual forma fueron colectados proyectiles parcialmente deformados. De igual manera señalan la existencia del vehículo marca Jeep, modelo Cherokee.

  4. -MONTAJE FOTOGRAFICO NRO. 0439, de fecha 13-11-2010, relacionada con la Inspección Nro. 01680, realizada en el lugar del suceso. A través de dichas tomas fotográficas se observan los lugares donde fueron colectadas las evidencias debidamente señaladas en la Inspección Técnica realizada en el lugar del suceso dentro de las cuales se encuentran los orificios producidos por proyectiles disparados por arma de fuego, conchas para arma de fuego, mancha de color pardo rojizo sobre la calzada de suelo de formación natural y frente a la casa trilladora de café, orificios en el capot del vehículo marca Jeep, modelo cherokee, así como en el motor de dicho vehículo.

  5. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS NRO. 0670-10, de fecha 13-11-2010, suscrita por el Funcionario Detective L.A.S.G., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde señalas las evidencias colectadas en el lugar del suceso entre las cuales se encuentra: Seis (06) proyectiles color amarillo parcialmente deformados. Cuatro (04) conchas calibre 9mm., tres (3) marca CAVIM y una (1) marca LUGER.

  6. -INSPECCION NRO. 1682, de fecha 13-11-2010, con su correspondiente Montaje Fotográfico Nro. 0439, suscrita dicha Inspección por los Funcionarios Lic. JOSE LUZARDO, Detective L.S., Detective C.S. y Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, realizada en la siguiente dirección: Vía Pública, S.E.d.A., vía Guachi Capazón abajo, adyacente a la Finca de Palmas, Municipio O.R.d.L.d.E.M.. Realizada al vehiculo presuntamente usado para llegar al lugar del suceso y luego de dispararle al hoy occiso comisario F.G.B., huir del lugar de hecho.

  7. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 13-11-2010, suscrita por los Funcionarios Lic. JOSE GREGORIO LUZARDO, Detective L.S., Detective C.S. y Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde indican que prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas al delito Contra Las Personas (HOMICIDIO) se trasladaron a bordo de la unidad toyota, placas P32C, hacia las poblaciones de Guachizón y S.E.d.A., Municipio O.R.d.L.d.E.M., a fin de indagar y dilucidar el móvil y las circunstancias en que se desencadenó el hecho que se investiga una vez en el lugar primeramente mencionado procedieron a realizar un recorrido por las adyacencias del lugar, donde fueron abordados por un ciudadano que no quiso identificarse por temor a futuras represalias en su contra y en contra de su familia, donde les indico que la información que había de manera extraoficial era que en el hecho se encontraban involucrados varios funcionarios policiales del Estado Mérida, entre ellos uno a quien apodan “EL PAPUCHI” quien labora en el Comando Policial de El Pinar, todo esto motivado que la víctima F.G.B., se encontraba investigando a ciertos funcionarios que se encontraban involucrados en hechos ilícitos, así mismo el informante les informo que el funcionario que labora en el Comando Rural de S.E.d.A., de quien se desconoce su identidad se encontraba días anteriores conduciendo un vehículo con las características similares al utilizado en el hecho que se investiga, así mismo les indico que varios funcionarios policiales y ex funcionarios del Estado Mérida, han creado una red de corrupción en el eje panamericano donde se encargan de cobrar vacuna a los pequeños comerciantes y hacendados a cambio de resguardarles su vida, situación que era investigada por el hoy occiso, en este mismo orden de ideas procedieron a trasladarse hacia la población de S.E.d.A., específicamente al sector de Guachicapazón, a fin de indagar lo aportado por el informarte, una vez en el referido lugar, donde identificados como funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, se entrevistaron con una persona de sexo femenino, quien no quiso identificarse por temor a futuras represalias en su contra, quien les indico de una manera nerviosa y evasiva que un Funcionario adscrito a los Comandos Rurales de apellido ESCALANTE, días atrás se encontraba conduciendo un vehículo marca Fiat, de color azul, que por rumores d3el sector indicaban que el mismo era de procedencia dudosa, aparte de eso el mismo estuvo pernotando varios días en el estacionamiento del referido Comando, no aportando más detalles al respecto. Constituye un elemento de convicción en virtud de que en la misma señalan a un Funcionario Policial apodado PAPUCHI, y ESCALANTE fueron vistos en un vehículo fiat palio de color azul, y además que estaban siendo investigados por el hoy occiso por presuntos actos de corrupción.

  8. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-11-2010, suscrita por los Funcionarios Lic. JOSE GREGORIO LUZARDO, Detective L.S., Detective C.S. y Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde indican que prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas al delito Contra Las Personas (HOMICIDIO) se trasladaron a bordo de la unidad toyota, placas P32C, hacia el Comando Policial de El Pinar, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, a fin de identificar plenamente al Funcionario Policial, a quien apodan PAPUCHI, al llegar se entrevistaron con el Funcionario J.D.E.F., titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.590.917, quien les indico que efectivamente en dicho Puesto Policial estaba trabajando un Funcionario a quien le dicen PAPUCHI y el mismo responde al nombre de E.S.D., quien tiene el rango de Distinguido, seguidamente le solicitaron la ubicación del mismo y manifestó que estaba franco (permiso), luego de obtenida la información se trasladaron al sector de Guachizón, Municipio O.R.d.L.d.E.M., lugar donde acaeció el hecho donde se entrevistaron con el funcionario Comisario C.G., quien les indico ser el Jefe de los Comandos Rurales del Eje Panamericano, que comprende las poblaciones de Arapuey, Nueva Bolivia y S.E.d.A., donde le solicitaron información sobre un Funcionarios de apellido ESCALANTE, señalando que en el Comando Rural de S.E.d.A., labora un Funcionario quien responde al nombre de Y.E.P., quien tiene la jerarquía de Distinguido. Donde se observa que efectivamente la información recabada en relación con el seudónimo de uno de los Funcionarios policiales dio positivo al igual que la existencia del otro Funcionario Policial del Comando Rural de S.E.d.A., Estado Mérida.

  9. - ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 13-11-2010, donde consta la entrevista rendida por la ciudadana L.Y.G.V., donde señala entre otras cosas que observo un vehículo pequeño de color azul que se estaciono como a 20 metros del lugar donde se encontraba, y ahí se estuvo como media hora, después se bajo un sujeto alto, delgado, que pasa por el frente de donde ella se encontrara en dirección contraria a donde estaba el vehículo cuando de repente escucha varias detonaciones, al mirar observo que este tenía un arma de fuego y le había disparado a un policía, donde ella salió corriendo por temor.

  10. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 13-11-2010, rendida por el ciudadano E.V., donde señala que trabaja en una venta de aceite y cuando bajo a buscar jugo para desayunar escucho varios tiros que lo hicieron rápido, y salio a ver que pasaba y había mucha gente en la calle cruzo la avenida y vio que había un policía en el piso porque andaba uniformado lo que le faltaba era el chaleco, todavía estaba vivo, luego se fue y después escucho que el Policía se había muerto.

  11. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 13-11-2010, rendida por la ciudadana JOJANA JENNIRET VARELA, donde señala que se encontraba trabajando en su puesto de alquiler de teléfonos cuando observo que se paro un vehículo marca Fiat, modelo Palio, color azul oscuro, del otro lado de la vía en dirección a El Vigía, frente a un puesto de desayunos y jugos, donde trabaja una muchacha de nombre J.G., en ese momento ella se le acerco al vidrio del copiloto para ver si iban a comprar algo, pero no bajaron el vidrio, después yo seguí trabajando y el vehículo duro como media hora parado, al rato se bajo un sujeto y siguió caminando, pero de ahí en adelante no me di cuenta hacia donde se fue. Al rato escuche varios disparos y al ver el alboroto de la gente me acerque hasta el lugar, en ese momento mi amiga J.G. me dijo: Que ella había visto a un sujeto cuando saco el arma de fuego y la acciono contra el Comisario de P.M.d. nombre FRAY, en ese instante, mi amiga también me contó que salió corriendo y se metió a su casa asustada por los disparos que había escuchado. También escuche por comentarios de la gente del lugar que el finado para el momento que se estaba bajando de su camioneta, para buscar a su esposa y a sus hijos en la casa de sus suegros, el sujeto que vio mi amiga JOHANA le disparo y al parecer había quedado mal herido pero cuando lo llevaron al Hospital de Tucani murió. Así mismo señala en una de las preguntas que le realizan que solo vio al sujeto que se bajo del vehículo de espalda, y señala que era un sujeto alto, de contextura delgada, de 20 a 25 años de edad aproximadamente, de 1,80 metros de estatura aproximadamente, portaba vestimenta pantalón blue jean de color azul, suéter manga larga de color verde claro, y el vehículo era un vehículo fiat, modelo palio de color azul oscuro, de los nuevos y por comentarios de la gente escuche que la placa terminaba en 93. Cuando escucho los disparos vio que el carro fiat palio de color azul oscuro arranco rápido en dirección a El Vigía. Después que vio descender al tipo del vehículo y oír las detonaciones calcula que transcurrió como diez minutos aproximadamente. Esta declaración concatenada con la declaración rendida por la ciudadana L.Y.G.V., nos refuerza la existencia en el lugar del suceso de un vehículo fiat, palio color azul oscuro, del cual descendió un sujeto cuyas características corporales aportadas por ambas ciudadanas son concordantes.

  12. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS NRO. 0671-10, de fecha 13-11-2010, suscrita por el Funcionario Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde señalas la evidencia colectada: Un (01) Trozo de blindaje de bronce, perteneciente a la cubierta de un proyectil blindado.

  13. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS NRO. 0672-10, de fecha 13-11-2010, suscrita por el Funcionario Agente O.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde señalas la evidencia colectada: Una (01) franela elaborada en fibras de algodón, de color azul, de la marca OVEJITA, talla L/G, impregnada en una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemática la cual portaba el hoy occiso para el momento del hecho.

  14. -ORDEN DE INICIO DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 15-11-2010, donde este Despacho Fiscal dio inicio a la presente investigación penal signada con el Nro. 14F6-1163-10, por uno de los delitos Contra Las Persona, donde funge como víctima quien en vida respondía al nombre de F.G.B.P..

  15. -REPORTE BASICO DE INVESTIGACION NRO. DPR-RBI-004-11-2010, suscrita por el Funcionario Cabo Primero (B) G.R., adscrito Jefe del Departamento de Prevención Estación Nro. 5, Tucani, Estado Mérida, Inspector Actuante, donde deja constancia en las observaciones Al llegar al sitio se observo que el vehículo involucrado se encontraba ya consumido en su totalidad por la generación de la libre combustión que se origino en el sitio además en el lugar no se encontraba ninguna persona propietaria del vehículo marca fiat, modelo palio, desconociendo más datos de las características del mismo. Se presume que el incendio fue datos de las características del mismo. Se presume que el incendió fue originado por el factor humano activo motivado a las características en el lugar del incendio, ya que se tomaron como muestras varios cerillos de fósforos que se utilizaron para posible generación de combustión y originar el incendio. Se observa igualmente en las fotos anexas el vehículo consumido en su totalidad por el incendió provocado de manera intencional para borrar cualquier tipo de evidencia de interés criminalistico.

  16. -ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 14-11-2010, suscrita por el Funcionario Agente C.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que recibió llamada telefónica de parte de una persona de sexo masculino quien no quiso identificarse manifestando tener conocimiento que la persona que efectuó los disparos que le cegaron la vida a quien en vida respondiera al nombre F.G.B., fue un ciudadano de nombre C.V., a quien también apodan EL PATA DE PALO, quien residen en el sector Los Naranjos, entre los limites de los Estado Mérida, y Zulia, y luego corto la comunicación telefónica.

  17. -ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 14-11-2010, suscrita por el Funcionario Agente C.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que recibió llamada telefónica de parte de una persona de sexo masculino quien no quiso identificarse manifestando que hace aproximadamente cuatro o cinco meses, observó a un funcionario de la Policía del Estado Mérida, de nombre E.S.D., apodado EL PAPUCHE, a bordo de un vehículo marca Ford, modelo Eco Sport, color vinotinto, placas EAP-750, en compañía del ciudadano C.V., apodado PATA E PALO, quienes transitaba a bordo del referido vehículo por las calles del sector La Palmita de esta ciudad, ya que visitaban a unos familiares del ciudadano C.V., apodado PATA E PALO, quienes habitan en ese sector. Constituye un elemento de convicción en virtud de refiere que entre C.V. y E.S.D., existe una relación de amistad, por cuanto han sido visto en varias oportunidades juntos.

  18. - ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 15-11-2010, suscrita por los Funcionarios Agente F.C. y Detective C.S., adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, a bordo de vehículo particular, a fin de realizar investigaciones de campo, logramos sostener entrevistas de forma verbal, con varias personas, quienes se negaron a identificarse por temor a futuras represalias en su contra o contra algún familia, manifestando los susodichos que en reiteradas oportunidades, específicamente a finales del mes de octubre del presente año, vieron al ciudadano C.E.V.Z., apodado PATA E PALO, conduciendo un vehículo marca Fiat, modelo palio, color rojo o vinotinto, placas LAY-96U, por varios sectores de esta ciudad, unas veces solo y en otras oportunidades en compañía del ciudadano E.Y.S.D., apodado PAPUCHE, quien es Funcionario de la Policía del Estado Mérida. Se establece la relación de amistad entre C.V. y E.S..

  19. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14-11-2010, suscrita por el Inspector F.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que vistas las actas de investigación suscrita en esta misma fecha por los Funcionarios Agente C.M. y Agente F.C., siendo las 08:35 horas de la noche, en donde se menciona a un ciudadano como C.E.V.Z. alias PATA E’ PALO, como posible victimario material del hoy occiso F.B., en vista de dicha información se dirigió a la sala técnica de esa Sub-Delegación a fin de ubicar posibles registros de antecedentes (tipo R-6) que pudieran reposar en esa dependencia, una vez allí se entrevisto con el Funcionario Detective A.V., quien logro ubicar dos (02) planillas tipo R-6 a nombre del ciudadano C.E.V.Z., venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 02-09-1984, de 26 años de edad (actualmente), soltero, obrero, con residencia en esta localidad sector Buenos Aires, hijo de C.A.V.M. y Aurestela Zambrano de Velazco, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.636.587, posee dos (02) Registros Policiales: 1) Expediente G-355.464, de fecha 05-03-03, por ante la Sub-Delegación El Vigía, por el delito de Robo Genérico (atraco. 2) Expediente Nro, H-439.921, de fecha 26-05-2007, por ante la Sub-Delegación El Vigía, por el delito de Homicidio Intencional, cabe destacar que dicha Información fue verificada y ratificada por ante el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL). Constituye un elemento de convicción pues se refleja en la misma el Prontuario Policial del ciudadano C.E.V.Z..

  20. -AMPLIACION DE ENTREVISTA, de fecha 15-11-2010, rendida por la ciudadana Y.J.V., donde señala que ella labora como vendedora informal antes del reductor de velocidad, el cual se encuentra ubicado en Guachizón, vía panamericana, Estado Mérida, el día sábado 13 de noviembre del presente año, siendo aproximadamente las 07:00 horas de la mañana, empezó a armar su puesto a orilla de la carretera ubicado en la dirección antes mencionada, a eso de las 08:00 horas de la mañana, observé cuando se detuvo un vehículo marca Fiat, modelo Palio, de color azul, frente al puesto de comida de J.F., ella se levanto y se dirigió hacia el carro a ver si iban a comprar algo en ningún momento bajaron el vidrio, ahí permaneció el vehículo como media hora, después se bajo un sujeto del vehículo antes mencionado y se fue caminando por la acera de ahí no le preste mas atención en eso escucho varias detonaciones, yo pensé que se le estaba quemando el calentador de empanadas a mi amiga JOHANA, ya que la vi cuando salió corriendo hacia la casa de su suegra que queda detrás del puesto, también observe cuando arranco el carro azul, arranco rápidamente, después es que escucho el alboroto de la gente y decían que habían herido al Comisario FRAY, entonces me fui a la casa de la suegra del comisario y lo vi tirado en el piso, de ahí observe cuando Y.G., quien es cuñada del difunto en compañía de otras personas lo montaron en un carro y lo llevaron al Hospital de Tucani, al rato la gente empezó hacer comentarios que el comisario había muerto. Es todo.”Señala que vio al tipo que descendió del vehículo de espalda, era de estatura alta y contextura delgada, llevaba un suéter no esta segura si era de color verde o azul y un pantalón de color azul. Escucho una ráfaga pero no imagino que eran disparos, el vehículo al arrancar tomo la vía hacia S.E.d.A.. Señala que la gente del sector señala que desde el día sábado el vehículo antes señalado estuvo dando vueltas por el sector y que desde la mañana del día sábado 13-11-2010 también estaba dando vueltas por el lugar. Indica que todo el mundo esta consternado por la muerte del Comisario pues era una persona correcta en su trabajo y una conducta intachable. Constituye un elemento de convicción en virtud de que narra la existencia del vehículo fiat, palio color azul, en el lugar del suceso, así mismo indica que del mismo descendió un sujeto al cual observo de espalda y luego escucho los disparos.

  21. - AMPLIACION DE ENTREVISTA, de fecha 15-11-2010, rendida por la ciudadana L.Y.G.V., donde señala que ella trabaja antes del primer reductor de velocidad que se encuentra ubicado en Guachizón vía panamericana, Estado Mérida, siendo las 08:00 horas de la mañana del día sábado 13 de noviembre del año 2010, observo cuando detuvo un vehículo frente a donde ella tiene la venta de comida, ella se levanta de la silla y se acerca a ver que querían, pero en ningún momento le bajaron el vidrio, entonces se volvió a sentar, al rato escucha que abren la puerta del carro y volteo a mirar y observo cuando se baja un sujeto mirando hacia la venta de lubricantes, pero ella no le paro, en eso se levantó de la silla y ve cuando el sujeto va caminado hacia donde había un maizal, después el sujeto se saca un arma de fuego de la cintura y empezó a disparar hacia la casa que esta al fondo del maizal, entonces agarro a su hijo y salió corriendo a la casa de su cuñada, ahí estaba una muchacha que es evangélica y ella le dijo que estaba disparando hacia abajo, ella salió y entro nuevamente a la casa y dijo lo mataron, lo mataron, mataron al policía, al rato regreso a su puesto de comida y llego la gente diciendo que habían matado al Comisario FRAY. Eso ocurrió como a las 08:35 horas de la mañana del día sábado 13-11-2010, del sector Guachizón vía pública, Estado Mérida. El vehículo era pequeño de color azul, ella estaba como a cuatro metros del lugar donde se estaciono el vehículo, el sujeto que se bajo era alto, de contextura delgada, iba vestido con una camisa manga larga de color azul, el vehículo tomo luego la dirección hacia S.E.d.A., el vehículo era cuatro puertas y el sujeto se baja de la parte de atrás específicamente detrás del conductor. Constituye un elemento de convicción en virtud de que narra la existencia del vehículo fiat, palio color azul, en el lugar del suceso, así mismo indica que del mismo descendió un sujeto al cual observo de espalda y vio cuando saco un arma de fuego y efectuó disparos hacia la casa, y luego escucho que habían matado al comisario FRAY.

  22. -AMPLIACION DE DENUNCIA, de fecha 15-11-2010, rendida por el ciudadano E.X.V.S., donde señala que el día sábado 13 de noviembre de 2010, siendo aproximadamente las 07:00 horas de la mañana, saco las cajas de aceite hacia la orilla de la panamericana, acomodo los aceites y se sentó, al rato subió su papá y le llevo desayuno pero como se le olvido llevarle jugo, él bajo a la casa que esta en el fondo a buscar jugo, cuando esta buscando el jugo escucho unos tiros, pero no le tomo importancia y cuando llega al puesto de aceite, observa unas personas que se están acercando hasta donde esta un maizal, si papá se acerco y después regreso al puesto y le dijo que le habían dado unos disparos a un señor, al rato la gente empezó a rumorar que el señor que habían llevado al Hospital estaba muerto. Dicho testigo señala que el hecho ocurrió aproximadamente a las 08:30 horas de la mañana, del día sábado 13-11-2010, lo cual es concordante con las otras declaraciones de testigos presénciales del hecho, así mismo indica que oyó varios disparos.

  23. - INFORME DE AUTOPSIA FORENSE Nro. 9700-154-A-523-10, de fecha 15-11-2010, suscrita por el Experto Profesional IV Anatomopatologo Forense Dr. A.P.M., adscrito a la Medicatura Forense de Mérida, Estado Mérida, realizada al cadáver de quien en vida respondía al nombre de F.J.B.P., titular de la cédula de identidad Nro. V-9.201.550, de 46 años de edad, realizada en fecha 13-11-2010, a las 06:00 p.m., donde señala: HALLAZGOS EXTERNOS E INTERNOS AL EXAMEN DEL CADAVER: Se apreciaron cinco 805) heridas, producidas por el paso de proyectiles disparados con arma de fuego de proyectil único. Cuyas características y localizaciones se describe a continuación: 1.-Orificio de entrada, redondo, con halo de contusión, midió de 06cms., localizado en el área deltoidea izquierda, en su cara laterosuperior a 158cms., del talón y a 17cms., de la línea media y salió en la cara posterior del área deltoidea izquierda, trayecto horizontal, de izquierda a derecha, en el plano lateral izquierdo, perforo la piel y los músculos de la cara deltoidea izquierda. 2.-Orifico de entrada ovoide, de 06cms., con halo de contusión, localizado en la cara anterior del área deltoidea derecha 154cms., del talón y 16cms., de la línea media sin orificio de salida recuperándose un proyectil blindado levemente deformado, abotonado en el tejido celular sub-cutáneo del hemitórax medio y posterior izquierdo, trayecto de arriba, hacia abajo, de derecha hacia la izquierda, de adelante hacia atrás, perforo la piel, los músculos del área deltoidea derecha, el vértice del pulmón derecho fracturo el cuerpo de la 4ta vértebra torácica, perforo el pulmón izquierdo en su lóbulo inferior. Los músculos y el tejido adiposo del hemitórax posterior izquierdo, con hemotórax bilateral de 3000cc (3 litros de sangre). 3.-Orificio de entrada ovoide, con halo de contusión, midió 06cms., localizado en el 6to espacio intercostal, con línea axilar derecha, a 132 cms., del talón y a 20 cms., de la línea media, sin orificio de salida, recuperándose un proyectil blindado bien preservado en los músculos del área sacra, trayecto de arriba hacia debajo de derecha hacia la izquierda, de adelante hacia atrás, perforo la piel, los músculos del tórax, el pulmón derecho en su lóbulo inferior, el músculo diafragma, el hígado el cual presento estallido del lóbulo hepático derecho por la onda expansiva del proyectil, el intestino delgado, los músculos del área sacra con hemoperitoneo de 1500cc (litro y medio de sangre libre en la cavidad abdominal). 4.-Orificio de entrada ovoide, de 0,6cms., con halo de contusión, localizado en el lado derecho del área mesogástrica a 115cms del talón, y a 10 de la línea media sin orificio de salida, recuperándose un proyectil blindado bien preservado alojado en el músculo glúteo izquierdo, trayecto de adelante hacia atrás, de derecha hacia la izquierda, de arriba hacia abajo, perforo la piel, los músculos de la pared abdominal, el intestino grueso, secciono la arteria iliaca izquierda. Fracturo la hemipelvis izquierda (el hueso ileon) perforo el músculo glúteo izquierdo. 5.-Orificio de entrada irregular con halo de contusión, localizado en el 1/3 medio de la cara latero externa del antebrazo derecho, midió 2 cms., y salió en el 1/3 distal con pliegue del codo derecho, perforo la piel, los músculos de 1/3 distal del brazo derecho y del área del pliegue del codo derecho, asó como la piel, los músculos del antebrazo derecho, fracturo el1/3 medio del hueso radio derecho. OTROS HALLAZGOS DE LA AUTOPSIA: 1.-Cabellos lisos castaños, el cráneo y el cerebro no presentaron lesiones. 2.-El rostro no presento lesiones. 3.- El cuello no presento lesiones externas ni internas. 4.- Los arcos costales y el corazón no presentaron lesiones. 5.-El bazo, los riñones, el páncreas, el estómago, el recto y el ano no presentaron lesiones. 6.-El área genital no presento lesiones. Muestras: Sangre y contenido gástrico, para experticia toxicológica. Anexo: Cadena de c.N.. 2010-1664, más evidencia física constituida por tres proyectiles blindados identificados de la siguiente manera: Nro. 01 colectado del músculo glúteo izquierdo. Nro. 02. colectado del área sacra. Nro. 03 colectado del hemitórax medio y posterior izquierdo. CONCLUSIONES: Masculino, de 46 años de edad, el cual murió por hemorragia toraco abdominal masiva de 4500cc., producida por la perforación de ambos pulmones, del hígado y de la arteria ilíaca izquierda, todo esto guarda relación directa con el paso de proyectiles disparados con arma de fuego de proyectil único, al tórax y al abdomen, de los cinco disparos que recibió la víctima tres (03) fueron de naturaleza mortal. Constituye un elemento de convicción en virtud de que a través de la misma queda plenamente establecido cual fue la causa por la que fallece quien en vida respondía al nombre de F.J.B.P..

  24. -REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS NRO. 2010-1664, de fecha 15-11-2010, suscrita por el Anatomopatologo Forense Dr. A.P.M., adscrito a la Medicatura Forense de Mérida, Estado Mérida, donde señala las evidencias que fueron colectadas por su persona al momento de realizarle la autopsia al cadáver de quien en vida respondía al nombre de F.J.B.P., consistente en: Nro. Un (1) proyectil blindado bien preservado, colectado del músculo glúteo izquierdo. Nro. 02. Un (1) proyectil blindado bien preservado, alojado en los músculos del área sacra. Nro. 03 Un (1) proyectil blindado levemente deformado, alojado en los músculos del tórax medio y posterior izquierdo.

  25. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16-11-2010, rendida por el ciudadano R.U., donde señala que en fecha 13-11-2010, se encontraba en la Sub-Comisaría Policial Nro. 13 de S.E.d.A., cuando siendo aproximadamente las 09:00 horas de la mañana recibió llamada vía telefónica por parte del Comisario A.V., Jefe de la Comisaría Nro. 05 de El Vigía, Estado Mérida, quien me dijo lo siguiente: “Uzcátegui que tirotearon al Comisario BUITRIAGO en la casa de los suegros en Tucani”, yo le respondí “Comisario los suegros del Comisario BUITRAGO viven en Guachizón, voy al sitio y le informo” una vez cortada la comunicación me traslade en la unidad motorizada 439, conducida por el Cabo Segundo DELGADO UZCATEFUI, cuado llegamos al sitio observe que se encontraba comisión de la Sub-Comisaría Nro. 15 de Tucani, al mando del Cabo Primero O.V., el mismo se encontraba en el lugar donde al parecer había resultado herido el comisario BUITRAGO y la unidad toyota 387se encontraba estacionada en la vía panamericana, y dentro de la misma se encontraba el Distinguido D.E., en ese momento llego comisión de los comandos Rurales de S.E.d.A., al mando del Sargento Primero MOLERO, Jefe del grupo, en compañía de otros cinco funcionarios y la unidad Toyota era conducida por el Funcionario Y.E.. Seguidamente llego el Comisario D.A. en compañía del funcionario Agente H.Q., quien conducía la moto marca Vestron, color rojo, después le realice una llamada al Comisario A.V. a quien le informe de la novedad y le indique que eso había ocurrido hacia como 45 minutos, en ese momento el comisario D.A. estaba hablando por teléfono y hizo un previo y le dijo al Sargento MOLERO lo siguiente “MOLERO ustedes entromparon el carro y lo dejaron ir” y el Sargento MOLERO se puso nervioso y le decía que dijera que no, que él no había entrompado a nadie, luego me entrevisté con varias personas que se encontraba en el sitio y me indicaron las características del sujeto que había efectuado los disparos, siendo este un sujeto de piel trigueña, estatura alta y contextura regular y las placas del vehículo en que andaban, posteriormente yo en la vía panamericana le comete al comisario DOULAS ARELLANO, quien es el Jefe de la Policía de Tucani, que según las características que me había n aportado los ciudadanos con quien me había entrevistado minutos antes, coincidían con las de un sujeto q quien le apodan pata e’ palo, no haciendo comentario alguno, como a los quince minutos recibí llamada telefónica del siguiente Nro. 0414-752.6370, al contestar me dijo que era PAPUCHE, y después me dijo lo siguiente: “Comandante usted y que anda diciendo que Pata e’ palo y yo fuimos los que matamos al Comisario, cuidado con una vaina, que y estoy en mi casa con mi hija” y después me dijo en reiteradas oportunidades y de una manera amenazante “Comandante cuidado con una vaina” entonces yo le respondí usted es él que esta diciendo eso más yo en ningún momento lo he mencionado en nada y además yo le hice ese comentario a una sola persona y volvió y me dijo cuidado con una vaina Comandante y corto la llamada, quiero agregar que el día viernes 12 de noviembre del año 2010, siendo aproximadamente las 09:00 horas de la noche, me encontraba frente a la Comisaría de S.E.d.A., cuando de repente llego un vehículo marca Fiat, de color rojo, bajo el vidrio delantero derecho y me saludo el conductor Funcionario E.S., apodado PAUCHE, me pidió mi número telefónica y se lo di, él lo anoto en un celular y después me dijo mire le presento a un pana, el sujeto me dijo mucho gusto y luego PAPUCHE me dijo no se acuerda del chamo yo me le quede mirando y le dije Pata e’ palo y PAPUCHE dijo si, si, ese es, entonces le dije al sujeto coño ya salió y me respondió si, de ahí arranco y mas atrás venía el comisario D.A., quien andaba en una FX 4 de color rojo, se detuvo donde yo estaba y me saludo y se fue, esto lo recalco ya que a quien le hice el comentario de que seguramente Pata e’ palo había actuado en el hecho, era al Comisario D.A. y que casualidad que un día antes observo al funcionario a quien apodan PAPUCHE con Pata e’ palo en un carro y más atrás venía el Comisario D.A., es todo. Así mismo señala que en relación al Funcionario Y.E., escucho comentario donde manifestaron que ese sujeto días atrás estaba tripulando un vehículo con las carácter´siticas similares al que utilizaron los sujetos para huir del lugar donde mataron a mi comisario BUITRAGO, y que además lo guardaban en el estacionamiento de los comandos rurales de S.E.d.A., y de casualidad que el carro que presuntamente utilizaron para huir del lugar apareció quemado más abajo del puesto de los comandos rurales de S.E.d.A..

  26. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16-11-2010, rendida por el ciudadano J.C., donde entre otras cosa señala que se encontraba ese día del hecho en el sector comiéndose unas empanadas que observo el vehículo, tipo automóvil, de color azul, que se la pasaba de lado a lado, es decir, llegaba hasta el final donde esta un policía acostado o reductor de velocidad vía S.E.d.A., exactamente antes de una parada de transporte, y se volvía a regresar hasta un poquito donde él estaba ubicado, eso le genero duda de lo que hacía ya que estaba muy sospechoso la actuación de ese vehículo, en un momento él discretamente anoto la placa en un papelito la cual es JAV-93M, luego de un rato el vehículo se traslado hasta el último reductor de velocidad vía S.E.d.A., y se paro antes de llegar a la parada de transporte público exactamente en toda una entrada de tierra que conducen a unas residencias que están al lado de la vía, en ese momento se bajo una persona delgada del lado del copiloto se dirigió hacia atrás de la vía donde quedo parado el vehículo, venía caminando y miraba hacia la parte de debajo de la vía principal, en un momento que él se descuido y miro para otro lado, en eso escucha unas detonaciones como si fuera una ametralladora, enseguida miré al mismo lugar donde venía caminado este ciudadano y lo vi que iba corriendo hacia el vehículo donde e había bajado y se monto rápidamente en el vehículo y arranco rápidamente el vehículo de ahí empezó a salir mucha gente y a gritar que habían matado a un señor de las casas que quedan debajo de la vía principal, yo me acerque a la orilla de la iba y logré ver hacia la parte de debajo de la otra vía al herido, aunque casi no se veía bien porque habían muchas matas de maíz, a ahí lo auxiliaron y lo trasladaron al Hospital de Tucani, al rato me enteré por comentarios de vecinos que el herido había fallecido en el hospital y que se trataba de un Comisario de la Policía y que era Jefe de Nueva Bolivia. Señala que la persona que observo bajarse de el carro fiat, palio color azul, placas JAV-93M, es alto, medio delgado, piel blanca, pelo corto, vestía un pantalón blue jeans, un suéter manga larga azul, se veía una persona joven, tipo muchacho, no pude detallarlo más porque estaba retirado.

  27. -EXPERTICIA TECNICO-CIENTIFICA DE SERIALES Y AVALUÓ REAL Nro. 9700-230-446, de fecha 16-11-2010, suscrita por el Funcionario Sub-Inspector Lic. ROSENDO ROJAS DUGARTE, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, realizada al vehículo clase Automóvil, ,marca Fiat, modelo Palio, tipo sedan, uso particular, año 2008, sin placas serial 9BD17158K85153362, serial de motor 178F3011/7956537, el cual apareció totalmente calcinado, siendo este el vehículo donde se dieron a la fuga los sujetos que dieron muerte al comisario F.B..

  28. -ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 13-11-2010, suscrita por los Funcionarios Sub-Comisario J.M.J. y Agente E.R., adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación Caja Seca, Estado Zulia, donde dejan constancia que cuando se encontraban en la sede de ese Despacho recibió llamada telefónica de parte del Comisario C.G., Jefe del Comando Rural de la Policía de Nueva Bolivia, Municipio T.F.C.d.E.M., informando que en la población de Guachizón Estado Mérida, sujetos desconocidos a bordo de un vehículo marca Fiat, modelo Palio, color azul, placas JAV-93M, le propinaron varios disparos al ciudadano Comisario F.G.B., comandante de la Policía de Nueva Bolivia, Municipio T.F.C.d.E.M., los cuales le ocasionaron varias heridas en diferentes partes del cuerpo, siendo trasladado el mismo hasta la sede del Hospital I de la población de Tucani, Estado Mérida, desconociendo más datos al respecto, en tal sentido se procedió a realizar llamada telefónica a la Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a fin de informar sobre lo antes citado, ya que el lugar donde ocurrió el hecho es Jurisdicción administrativa de ese Despacho, siendo atendida la misma por la Sub-Inspectora Y.P., quien informo que iniciaron averiguación Nro. I-586.714, por uno de los delitos contra las personas, posteriormente se trasladaron hacia el Hospital I de la población de Tucani, Estado Mérida, donde una vez en el referido lugar, fueron atendidos por el Dr. O.M., quien se encontraba de guardia en la sala de emergencia de dicho nosocomio quien les informo que efectivamente había ingresado un paciente procedente de la población de Guachizón, presentando varias heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego y que el mismo había fallecido un instante después, señalando el lugar donde se encontraba el cadáver, observando en una camilla metálica, tipo móvil, el cadáver de una persona de sexo masculino en posición decúbito dorsal, con sus extremidades superiores e inferiores extendidas, el cual presenta como vestimenta lo siguiente: Una prenda intima, tipo bóxer de color azul, marca LIMITED, sin talla aparente, así mismo presenta las siguientes características fisonómicas: Piel de color moreno, cabello de color negro corto, ojos de color pardo oscuro, contextura regular de 1,83cms., de estatura, orejas grandes, boca pequeña, sin bigote ni barba, cejas escasas, nariz perfilada, frente amplia, quien presenta las siguientes heridas: 01.-Un (01) orificio de entrada en la región del hombro derecho; 2.-Un (01) orificio de entrada en la región del hombro izquierdo; 3.-Un (01) orificio de entrada en la región del hemitórax lateral derecha; 04.- Un (01) orificio de entrada en la región del abdominal derecha; 05.-Un (01) orificio de entrada en la región dorsal antebrazo derecho; 06.- Un (01) orificio de salida en la región posterior del hombro izquierdo; 07.- Un /019 orificio de salida en la región del antebrazo derecho y 08.- Un (01) orificio de salida en la región interna del antebrazo derecho, las mismas producidas por el paso de proyectiles disparados por un arma de fuego, procediendo a realizar la inspección técnica.

  29. -INSPECCION CORPORAL CADAVER Nro. 19-11, DE FECHA 13-11-2010, suscrita por los Funcionarios Sub-Comisario J.M.J. y Agente E.R., adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación Caja Seca, Estado Zulia, realizada en el Deposito de Cadáveres del Hospital de la Población de Tucani, Municipio Caracciolo Parra y O.d.E.M., al cadáver de quien en vida respondía al nombre de F.J.B.P., dejando constancia de las lesiones externas presentadas, las cuales fueron producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego.

  30. -AMPLIACION DE ENTREVISTA, de fecha 17-11-2010, rendida por la ciudadana YUSBELYS D.S.D., donde indica ser hermana de E.Y.S.D., señalando que su hermano tiene un vehículo de color rojo, pero desconoce la marca y el modelo.

  31. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-11-2010, rendida por el ciudadano J.G.G.P., donde expone entre otras cosas que el día sábado 13-11-2010 que mataron al Funcionario F.B., y ya el día domingo en horas de la madrugada venía en su camioneta en la caravana de varios carros que estaban haciendo el traslado del cuerpo del Comisario F.B., desde la ciudad de Mérida para el sector Guachizón, en el momento en que iba pasando por el sector de Guayabones entro a comer y se sentó en una mesa de un carrito de hamburguesas y perros calientes que esta adyacente al punto de control de Guayabones, estando allí se le acerco un Funcionario Policial al cual conoce como el Sargento MATUTE, y le dijo que lamentaba la muerte del Comisario BUITRAGO, y lo que más le daba rabia era que lo habían matado eran los mismos policías, debido a que el carro que usaron para llegar al lugar y huir luego de cometido el hecho en días anteriores y con las mismas placas reportadas él lo había visto pasar por el Punto de Control varias veces y lo manejaban Policías, al preguntarle cuales Policías, manifestó que un día ese carro iba pasando por el Punto de Control con los vidrios arriba y a él le pareció sospechoso, él lo mando a parar y al bajar los vidrios vio que iban varios Policías, y los saludaron entre los que se encontraban el Sargento MOLERO, PAPUCHO y ESCALANTE, en si quienes cargaban ese carro para arriba y para abajo eran la Brigada de los Rurales. Al decirle que declara eso le dijo que si estaba loco que esas personas eran peligrosas y temía por su vida. Así mismo refiere que tuvo conocimiento a través de su hermana COROMOTO GALEANO, que hacia como quince o veinte días ARELLANO y su gente retuvieron un camión cargado de manzanas y uvas importadas ilegales le quitaron un dinero al conductor y lo dejaron ir, luego resulto que el conductor era vecino de la secretaria General de Gobierno y el conductor se lo comento a ella, después el Director de la Policía se enteró de eso, llamo al Comisario BUITRAGO y le dijo que investigara cuales eran los Funcionarios que estaban metidos en esa fechoría y levantara un informe y se lo entregara a él, el Comisario BUITRAGO como desconocía la situación llamo al Comisario ARELLANO y le dijo que levantara el informe de los Funcionarios que hicieron dicha fechoría y se lo entregara a él, y como pasaron los días y el Comisario ARELLANO, no le paso el informe, el mismo Comisario BUITRAGO, levanto el informe y el día jueves 11-11-2010, lo entregó en la Dirección General de la Policía de Mérida y según me cuenta mi hermana que el día jueves 11-11-2010 en horas de la mañana BUITRAGO le comento a ella que ARELLANO estaba muy molesto con el informe que él había hecho.

  32. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-11-2010, rendida por la ciudadana YULEIDIS COROMOTO GALEANO PÁEZ, quien manifestó que el día 12-11-2010, su esposo F.G.B.P., llego como a las 09.00 horas de la noche, en una camioneta Jeep Cherokee propiedad del Inspector Jefe J.R., y el día sábado 13-11-2010, siendo las 05.30 horas de la mañana se paro y llamo al Director J.P.G. a fin de pasarle las novedades diarias y se volvió a acostar, luego siendo las 07:30 horas de la mañana ella se levanto y más atrás se levanto él, se vistió con su uniforme de campaña y luego entre los dos montaron el desayuno, posteriormente se dirigió al garaje y saco la camioneta y la estaciono frente a la casa, se bajo y le dijo vamos a buscar periódico para limpiarle los vidrios a la camiones él empezó a limpiarlos y después le dije que si le ayudaba y él le contesto que agilizara el desayuno que él tenía que irse para Nueva Bolivia, cuando ella iba entrando a la casa escucho una ráfaga de disparos se llevo las manos a la cabeza, miro hacia atrás y vio a su esposo tirado en el piso, salió corriendo a auxiliarlo, de ahí lo trasladaron al Hospital de Tucani, donde falleció refiere el percance de un procedimiento de un camión de manzanas, así como el informe levantado por su esposo, de igual manera indica que en una oportunidad su esposo le cayeron a tiro a la casa y decían que e.F.P., al igual que actualmente indica que los que mataron a su esposo fueron Policías y que si algo le pasa a ella o su familia responsabiliza al Comisario ARELLANO junto con su Funcionarios cómplices. Indica además que R.U., le señalo haber visto un día antes al Funcionario E.S. y a un sujeto apodado Pata e’ palo en el vehículo palio azul presuntamente utilizado para llegar al lugar donde sucedió el hecho.

  33. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-11-2010, rendida por la ciudadana A.E.Z.D.V., donde entre otras cosas señala que ella es la madre de C.E.V.Z., y al serle realizada la pregunta de que si conoce a un ciudadano de nombre E.J.S.D., apodado EL PAPUCHO, manifestó que si lo conoce porque vivió 15 años en Buenos Aires, aquí en El Vigía, y fueron vecinos de su familia, trata a su mamá que se llama IRMA es Funcionaria de la Policía del Estado Mérida, y de allí es que su hijo C.V. y PAPUCHO son amigos, pero que ella tiene años sin ver a PAPUCHO desde antes de mudarse para Los Naranjos, Estado Zulia. Que hace como tres años cuando ella se mudo la señora IRMA todavía vivía en Buenos Aires. Con esta Declaración queda corroborado que efectivamente la Familia de E.J.S.D., apodado EL PAPUCHO, y él efectivamente conocen a C.E.V.Z., apodado PATA E PALO, donde en las distintas declaraciones rendidas por sus familiares se observa que los mismos mintieron al momento de ocultar tal amistad, por razones dudosas.

  34. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 19-11-2010, suscrita por el Funcionario Agente F.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia de los siguiente: Que vistas y leídas las entrevistas rendidas por ante ese Despacho por los siguientes ciudadanos: E.J.S.D., apodado EL PAPUCHE, rendida en fecha 15-11-2010, a las 06.00 horas de la tarde, H.J.D.L., rendida en fecha 17-11-2010, a las 02.30 horas de la mañana, y E.M.M.D.S., quien declaro en fecha 19-11-2010, a las 09:30 horas de la mañana. A tal efecto es de hacer notar que en las referidas entrevistas recibidas a dichos ciudadanos se les hace mención de la posibilidad que los mismos pudiesen conocer de vista, trato y/o comunicación a un ciudadano de nombre C.E.V.Z., también conocido como PATA E’ PALO, respondieron dichos ciudadano NO CONOCERLO a ninguna persona con ese nombre o apodo, por lo antes expuesto y en vista de que el ciudadano C.E.V.Z., apodado PATA E’ PALO, aparece como mencionado en la presente acta procesales se traslado hacia la sala de substanciación de esta sede, con la finalidad de tratar de ubicar posibles averiguaciones donde aparezcan mencionados el referido ciudadano, lugar donde luego de una minuciosa búsqueda a los libros de control llevados por esa oficina, donde encontró la averiguación Nro. H-439.921 , de fecha 26-05-2007, iniciada por esta Sub-Delegación por uno de los Delitos Contra Las Personasen la cual aparece como uno de los investigados C.E.V.Z., apodado PATA E’ PALO, a quien para el momento de su aprehensión se le incauto un teléfono celular con las siguientes características: marca Nokia, modelo 6265, color gris, serial Nro. 0528802HN0STQ, signado con el Nro. 0414-082.19.51; a dicho teléfono le fue practicada una experticia de transcripción de texto y llamadas entrantes y salientes la cual quedo signada con el Nro. 9700-230-AT-0497, de fecha 26-05-2007, en la cual se logra observar que en el directorio que poseía el referido teléfono para el momento aparecen mencionados los siguientes nombres LEITO Número telefónico 414-756.20.03, PAPUCHI, número telefónico 414-741.97.76 y MARGELIS DE S.N. telefónico 0424-704.36.9, así mismo se observa en el registro de llamadas recibidas aparece el Nro. De LEITO, en la llamada Nro. 19, así mismo aparece el Nro. De MARGELIS DE SANCHEZ, en la llamada 24, en la llamada 14 el Número de LEITO. Y aparecen mensajes enviados del número de PAPUCHI y del Número de MARGELIS DE SANCHEZ. Lo que evidencia la amistad existente entre estos ciudadanos la cual niegan los mismos, aunado a la declaración rendida por la ciudadana A.E.Z.D.V., que nos lleva a corroborar la amistad existente entre C.E.V.Z. y E.J.S.D., apodado EL PAPUCHO.

  35. - EXPERTICIA DE TRANSCRIPCIÓN DE TEXTO, LLAMADAS ENTRANTES Y SALIENTES, Y DIRECTORIO TELEFONICO Nro. 9700-230-AT-0497, de fecha 26-05-2007, suscrita por el Funcionario W.H., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia de la relación de llamadas existente entre C.E.V.Z., apodado PATA E’ PALO, y E.J.S.D., apodado EL PAPUCHO.

  36. - EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Y COMPARACION BALISTICA Nro. 9700-067-DC-2584, de fecha 19-11-2010, realizada por el Funcionario YAKO JUGO VALERA, Experto al servicio del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación Mérida, Estado Mérida, realizada a los tres (3) proyectiles, recabados en el cadáver de quien en vida respondía al nombre de F.G.B.P., al momento de realizarle la autopsia.

  37. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 22-11-2010, rendida por el ciudadano J.C.M.S., quien manifiesta que llamo al Funcionario de la Policía del Estado Mérida, de apellido ESCALANTE para avisarle que por la vía de Guachi antes de llegar a S.E.d.A., en plena carretera a la altura de la Finca la Fundación estaba un carro que se estaba quemando, y indique que de ese lugar a donde se encuentra el Comando de la Policía Rural de S.E.d.A., esta aproximadamente de 4 a 5 kilómetros de distancia.

  38. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23-11-2010, rendida por el Funcionario P.O.M., donde señala que estuvo conversando el día domingo en horas de la madrugada en la Población de Guayabones con el Funcionario J.G.G., sobre el vehículo donde se trasladaban los sujetos que dieron muerte al comisario F.B..

  39. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 24-11-2010, SUSCRITA POR LOS funcionarios Inspector Jefe J.C., Inspector F.P. y Detective C.S., adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, donde deja constancia que se trasladaron a la sede de la Comisaría Policial Nro. 15 ubicada en la población de Tucani, Estado Mérida, a fin de ubicar y sostener entrevista con funcionarios que laboran en dicho lugar, donde se entrevistaron con la funcionaria Y.D.C.D., quien señalo que era la Secretaria del hoy occiso e indico que en relación a esta muerte lo único relevante que podía mencionar era que en fecha 05-11-2010, el hoy occiso recibió un oficio dirigido de la Dirección Genral de la Policía, solicitando un informe detallado de una detención que realiza.F.P.d.T., por lo que el hoy occiso le solicito esta información al Comisario D.A., no manifestando nada mas al respecto por lo que de esta manera le libraron boleta de citación.

  40. -ACTA DE ENTREVISTA PENAL, de fecha 24-11-2010, rendida por la ciudadana Y.D.C.D., donde señala que ella era la secretaria del Comisario F.G.B.P., el cual falleció el día 13-11-2010, a consecuencia de unos disparos que le efectuaron saliendo de la casa de sus suegros en el sector Guachizón, Estado Mérida, que trabajo como 6 meses con el en la Sub-Comisaría Policía Nro. 17 ubicada en Nueva Bolivia, Estado Mérida, donde señala además que se recibió en fecha 05-11-2010, un oficio de la Dirección de la Policía del Estado Mérida, solicitando información con relación a un procedimiento realizado por Funcionarios destacados en Tucani, y a su vez el comisario BUITRAGO le solicito información al Comisario ARELLANO, quien llevo la información por escrito el día 10-11-2010 y el día 11-11-2010, fue enviada dicha información a la Dirección de la Policía del Estado Mérida.

  41. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 25-11-2010, rendida por el ciudadano PIÑA MORA J.J., quien entre otras cosas refiere haber observado en fecha 26-09-2010, durante el acuertelamiento por lo de las elecciones observo un vehículo de color azul, cuatro puertas, aparcado en el estacionamiento de la Oficina de los Rurales ubicada en S.E.d.A., Estado Mérida, el cual había sido llevado por el Funcionario ESCALANTE JHONNY, primera vez que veía ese vehículo ya que dicho Funcionario laboraba en el otro grupo de guardia junto con el Sargento MOLERO, recuerda el vehículo porque el Funcionario ESCALANTE coloco música e hicieron un sancocho en el comando porque estaba todos.

  42. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25-11-2010, rendida por el ciudadano L.G.M.S., quien corrobora la información dada por el ciudadano PIÑA MORA J.J., de haber observado en fecha 26-09-2010, durante el acuertelamiento por lo de las elecciones parlamentarias al FUNCIONARIO YHONNY ESCALANTE con un vehículo Fiat, palio, cuatro puerta, de color azul, donde se tuvo un rato en el Comando de Los Rurales ubicado en S.E.d.A., Estado Mérida, y después se fue llevándose el vehículo.

  43. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25-11-2010, rendida por el ciudadano J.J.V.R., donde dicho ciudadano señala que en fecha 28-09.-2010, cuando regreso de vacaciones escucho comentarios que el Funcionario YHONNY ESCALANTE el día de las elecciones parlamentarias había llevado un vehículo de color azul, para el Comando de Los Rurales ubicado en S.E.d.A., Estado Mérida, y había puesto música.

  44. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25-11-2010, rendida por el ciudadano J.A.Z.Z., señala que recuerda que en una oportunidad en el acuertelamiento que estaban los dos grupos fue un carrito azul con carácter´siticas similares a buscar al Distinguido ESCALANTE, no pudo ver quien lo tripulaba puesto que tenía papel ahumado, ESCALANTE salió en ese carro y posteriormente regreso en el mismo carro.

  45. -ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26-11-2010, rendida por el Funcionario C.A.G.A., donde señala que por información aportada por el Comisario L.M., que en una oportunidad específicamente el 26 de Septiembre del presente año 2010 el Funcionario J.E.P., llego a bordo de un carro pequeño de color azul, entonces MARQUINA le pareció extraño y le pregunto que de quien era el carro y este le dijo que de un amigo, además le dijo que a él le daba muy mala espina este Funcionario.

  46. -ACTA DE ENTREVISTA POLCIAL, de fecha 01-12-2010, rendida por el ciudadano JARIZON ROYYORGENIS Q.V., donde señala haber sido el Funcionario que iba prestando apoyo al vehículo donde trasladaban el Comisario herido, pero desconocía de quien se trataba hasta que se accidento el vehículo malibu e hicieron el trasbordo a otro vehículo. Y que esa orden la dio el Sargento J.P..

  47. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 01-12-2010, rendida por la ciudadana ARGELA L.A.F., donde señala que el día 13-11-2010, se encontraba de servicio en la Sub-Comisaría Policial Nro. 15, de Tucani, Estado Mérida, en la parte posterior de dicha oficina como a las 07:25 horas de la mañana hablando con el Comisario D.A., ya que él le estaba diciendo que tenía que arreglar el Despacho con los adornos de navidad ya que el Comisario Buitrago, hoy occiso había dado la orden, en eso llego la Patrulla P-387 y toco corneta y el comisario salio y dijo ya vengo, ella se encontraba de espalada y al entrar al Despacho el Sargento PUENTES del Punto de Control El Pinar, Estado Mérida, quien se encontraba de servicio estaba reportando que el comisario BUITRAGO, había pasado en un vehículo y él mismo iba mal herido entonces ella salio corriendo para la parte de atrás del Despacho y le hizo señala, pero no la vieron por lo que llamo al teléfono del Comisario D.A., pero estaba ocupado, luego llamo al Funcionario VIÑA y le informo lo sucedido y este le dijo que ya el Sargento PUENTES había llamado al Comisario D.A.. Señala que el Comisario D.A. le dio la orden de que entrevistara a los Funcionarios Cabo Primero VIÑA, Agente MILLER, a la Agente PUERTA WENDY y al Sargento Primero J.L.M., no sabe para que fin y las entrevistas las agarro él mismo. Indica que las declaraciones recibidas iban dirigidas a demostrar que el Comisario D.A. todo el tiempo había estado en la sede de la Sub-Comisaría Policial de Tucani.

  48. - ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 02-12-2010, RENDIA POR EL funcionario D.J.M., donde señala que recuerda que el día domingo 26 de septiembre del presente año, llego a la sede de los Comandos Rurales de S.E.d.A., el Distinguido ESCALANTE con un vehículo con las carácter´siticas marca fiat, modelo palio, dolor azul, esa fue la única vez que lo vio, así mismo señala que se entero después de la muerte del Comisario BUITRAGO que el carro en que andaban sus victimarios era parecido al que llevo el Distinguido ESCALANTE, el día del acuertelamiento y señala que se acuerda que fue ese día porque no era un día normal sino que estuvieron acuartelado por los comicios parlamentarios.

  49. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 03-12-2010, rendida por el Funcionario E.A.M.M., donde señala que el día 25-09-2010, se encontraba acuartelado en el Comando Rural ubicado en S.E.d.A., Estado Mérida, por motivo de las elecciones parlamentarias de ese día, y salio con el Sub-Comisario D.M. y con el Sargento D.M. a ver un vehículo que el Sub-Comisario D.M. quería comprar, cuando regresaron en horas de la tarde al Comando y nos sirvieron sopa, cuando fue a lavar la taza escucho música y salio para ver de donde revenía la música observó un vehículo marca Fiat, de color azul, cuatro puertas con papel ahumado y bien oscuro y lo vio de frente nada más y pregunto que de quien era ese carro y que tenía madre sonido y los compañeros le dijeron que ese carro era del compañero J.E., donde no supo más nada del asunto hasta el día 13-11-2010, cuando recibió información de una persona del sector San Miguel, Zea, Estado Mérida, que habían matado a un Comisario de la Policía pensó que había sido en un enfrentamiento y le mando un mensaje al Sub-Comisario D.M. y al rato el Sub-comisario MARQUINA lo llamo y le dio que había sido sicariado el Comisario BUITRAGO, y que estaban radiando un vehículo fiat, palio, azul cuatro puertas, el cual había sido en el que los sujetos que mataron al Comisario BUITRAGO habían huido y no supo mas nada.

  50. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 07-12-2010, rendida por el ciudadano J.G.R.D., quien expuso: que fue entrevistado por la Cabo Segundo L.A., por orden del Comisario D.A., y la entrevistase baso más que todo a dar fe que el Comisario D.A. estuvo en el Comando el día viernes 12-11-2010 en horas de la noche, señala que el le preguntó al Comisario ARELLANO que el porque de dicha entrevista y le contestó que era para que diéramos fe de que él estuvo ahí toda la noche, segundo le llamo la atención que el Comisario ARELLANO, según lo manifestado por el mismo Comisario ARELLANO que hacia eso para que no lo fueran a involucrar en la muerte del Comisario BUITRAGO y tercero que lo noto muy nervios, es decir, estaba alterado o preocupado.

  51. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 07-12-2010, rendida por el ciudadano J.H.L.P., donde señala que se encontraba de guardia en el Hospital de Tucani, Estado Mérida, y a eso de las 08:50 horas de la mañana de ese día 13-11-2010, ingreso gravemente herido su comisario BUITRAGO y como a los 10 minutos falleció cuando era atendido por los médicos de guardia. La primera Comisión que se apersono al Hospital fue el Comisario ARELLANO, andaba con el Cabo Primero O.V. y Distinguido D.E., tripulaban la patrulla 387, esa comisión llego como a los 15 minutos de haber ingresado el Comisario BUITRAGO.

  52. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 07-12-2010, suscrita por el Funcionario Inspector F.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalistica, Sub-Delegación El Vigía. Estado Mérida, deja constancia que revisadas las entrevistas rendidas por varios funcionarios adscritos a la Sub-Comisaría Policial de Tucani, donde manifiestan que en horas de la noche del día sábado 13-11-2010, fueron sometidos a entrevista policial en su respectivo despacho, sin justificación alguna ni basamento legal, por orden del entonces Jefe de esa Dependencia Policial Comisario D.A., donde nos e justifica tal acción razón por la cual se procedió a solicitar copias certificadas del libro de novedades llevadas por ante esa Sub-Comisaría a fin de verificar y la unidad CPU, por medio de oficio, donde la extracción de la información se hará una vez se obtenga la autorización por parte del Juez de Control Correspondiente, debidamente tramitada por ante la Fiscalía Sexta del Estado Mérida.

  53. -ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 08-12-2010, suscrita por el Funcionario Inspector F.P., adscrito a la Delegación Mérida, donde deja constancia que por ante ese Despacho se hico presente el Agente de la Policía del Estado Mérida, A.A.A.U., adscrito a la Sub-Comisaría de Tucani, llevando consigo copias simples del libro de novedades del Punto de Control El Pinar y la Unidad CPU, color negro, sin marca ni modelo aparente, serial CS507GNC26, la cual esta asignada a la Sub-Comisaría Tucani, acatando lo solicitado en el Oficio Nro. 7797 de fecha 07-12-2010, donde le será realizada una Experticia Informática al CPU.

  54. - ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 08-12-2010, suscrita por el Funcionario Inspector F.P., adscrito a la Delegación Mérida, donde señala que fue citado para rendir una entrevista en relación con el caso que se investiga, la muerte del Comisario F.B., donde señala que el día 13-11-2010, estaba de guardia se levanto a las 06:30 horas de la mañana y como a las 07:30 se fue a desayunar con el Cabo VIÑA, fueron a un puesto de comida rápida vía al Hospital, después regresaron al comando ya eran las 08:00 de la mañana, donde el Comisario ARELLANO le dijo que lo llevaran a una peluquería fueron el Comisario ARELLANO, VIÑA y su persona cuando se dirigían a la peluquería el Cabo VIÑA recibió llamada donde le informaron que el Comisario BUITRAGO lo traían herido por arma de fuego en un carro particular, el Cabo VIÑA, le informo al Comisario ARELLANO, el Comisario ARELLANO le dijo al Cabo VIÑA que el ya sabía y que lo dejara en la Peluquería después el Cabo VIÑA y él se fueron al Hospital, cuando llegaron al Hospital como a los tres minutos llego el vehículo que trasladaba al Comisario BUITRAGO, lo ayudaron a bajar y a meterlo en la emergencia, después como a los 10 minutos el Cabo VIÑA, lo mando a buscar al Comisario ARELLANO, cuando llego el Comisario ARELLANO le dijo que se fuera que él se iba con HARRISON en la moto después que se afeitara, de inmediato se regreso para el Hospital el Cabo Viña le ordeno que fuera para el boulevard a buscar al Distinguido ESTEVES, estaba llegando al boulevard se monto en la patrulla y nos fuimos para el Hospital, como a los cuatro minutos el Cabo VIÑA me dijo que le entregara la llave de la patrulla al Distinguido ESTEVEZ, y que se quedara en el Hospital, luego ellos dos se fueron, en ese momento que el Cabo Viña y el Distinguido ESTEVEZ van saliendo del Hospital, venía llegando el Comisario ARELLANO y el Agente HARRISON en la moto, no llegó al Hospital sino que dio la vuelta y siguió a la patrulla, yo me quede en el Hospital hasta las 11.30 de la mañana aproximadamente, luego me fui a sir servicio de patrullaje a pie al centro del p.d.T., regrese al Comando como a las 08:30 a 09:00 de la noche. Señala que el tenía la llave de la patrulla desde el día viernes 12-11-2010 en horas de la mañana, tenía la llave porque el Distinguido G.R. le pidió el favor que manera la patrulla porque él tenía que hacerle unas reparaciones a su carro. Señala que los que tuvieron problemas con el Comisario F.B. fue EL Cabo O.V. a quien el Comisario BUITRAGO le solicito cambio pero el alcalde de Tucani lo apadrino, porque una vez VIÑA fue escolta del Alcalde y lo conoce y el Distinguido D.E. tuvo problemas con un motorizado de un consejo comunal le solicitaron al comisario BUITRAGO que cambiara a ESTEVEZ, pero al parecer también interfirió el Alcalde para que no lo sacaran de Tucani. Así mismo indica que el Cabo Primero O.V., le dijo que si aquí le preguntaban que si yo había estado en mi servicio de patrullaje a pie toda mi guardia dijera que si, que no dijera que la patrulla 387 la había tenido yo y aparte de so que dijera que el Distinguido ESTEVEZ había estado en el servicio de seguridad en el mercal que se realizó en La Plaza B.d.T., cuando todo eso es falso. Indica que fue entrevistado por la Cabo Segundo LORENA por orden del Comisario ARELLANO, la entrevista se baso en dejar constancia que el Comisario ARELLANO estuvo toda la noche del viernes 12-11-2010, en la comisaría Tucani, con eso el Comisario ARELLANO estaba buscando justificar algo que él solo sabe porque no le ve la lógica a esas entrevistas que mando hacer. El Comisario ARELLANO tenía preferencia con D.E. y Cabo Primero VIÑA, esa situación es pública y notoria.

  55. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 08-12-2010, rendida por la ciudadana M.V.M.O., señala que vio al Funcionario D.E., fue el día sábado 13-11-2010 pasadas las 09:00 de la mañana, que llego al Boulevard de Tucani, él tenía que estar en la guardia de patrullaje a pie en la Plaza Bolívar a las 07:00 de la mañana, pero llego pasadas las 09:00 de la mañana, con más de dos horas de retardo. Llego en su camioneta pick up, color blanco, modelo nuevo, señala que el rato que ella estuvo en el Hospital no observo al Comisario D.A. que se apersonara al Hospital a ver que había pasado con el Comisario BUITRAGO. Dice que llego a las 09:00 de la noche del día 12-11-2010, al Comando de Tucani, y no vio al Comisario ARELLANO. ESTEVEZ, pero al parecer también interfirió el Alcalde para que no lo sacaran de Tucani. Así mismo indica que el Cabo Primero O.V., le dijo que cuando viniera a declarar dijera que el Distinguido ESTEVES, había estado en el servicio de seguridad en el PDVAL desde temprano con nosotros, pero en realidad ESTEVES nunca estuvo allí, solo cuando llego pasadas las 09:00 horas de la mañana, y no duro ni tres minutos cuando A.A. lo fue a buscar. Indica que a ella no la entrevistaron pero que el Comisario ARELLANO le ordeno que entrevistara a la Cabo Segundo L.A., la entrevista se baso en dar fe de que el Comisario ARELLANO estuvo toda la noche del viernes 12-11-2010 en la Comisaría de Tucani, Estado Mérida. Señala que entre Comisario ARELLANO, Cabo Primero VIÑA y Distinguido D.E., existía como una relación más aparte de la laboral pues todo el tiempo andaban juntos.

  56. -ACTA DE ENTREVISTA POLICIAL, de fecha 13-12-2010, rendida por el ciudadano E.V.S., donde señala que el día 13-11-2010, se levanto como a las 06:00 horas de la mañana y salió a la panadería que se encuentra cerca de su casa, cuando de repente observó a un ciudadano de nombre CESAR, apodado PATA E PALO, lo saludo y él también, cuando subió estaba al lado de un kiosco que esta cerca de su casa, entré a su casa y cuando iba saliendo de nuevo escucho unas detonaciones y al asomarse para ver que estaba pasando él iba corriendo con un arma de fuego en la mano y se monto en un carro palio, de color azul, cuatro puertas, de papel ahumado de color negro, y se fueron vía C.Z.E.M., seguidamente salió a la calle y se percato de que había herido al Comisario F.B., ya que se escuchaban los gritos de los familiares y al ver esto se fue hacia su casa y no supo más nada.

58-. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11-01-11, suscrita por el agente Y.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, quien señala que en momentos que se encontraba en el área Técnica, junto con el Sub Comisario J.L., el Inspector Jefe J.L.C., el sub. Inspector C.C., y el Agente C.M., realizando llenado de planillas vinculadas a la captura del ciudadano E.Y., investigado en la presente causa este manifestó que solo no iba a pagar el muerto y que el día de los hechos, el se traslado desde su residencia en su vehiculo MARCA FIAT PALIO, COLOR ROJO, PLACAS LAU-96Y, hasta la estación de Servicio El Tigre, con el ciudadano C.V., que allí se encontraron con el funcionario D.E., conocido como TUTECO, y los tres abordaron el vehiculo marca FIAT, MODELO PALIO, COLOR AZUL, PLACAS JAV-93M, tripulado por un funcionario apodado TUTECO, que se dirigieron al sector Guachizon, hacia las adyacencias de la residencia de los suegros del comisario hoy occiso F.B., y luego de una breve espera, se baja PATA E PALO, del vehiculo portando un arma de fuego, tipo pistola modelo Glog, se traslada hasta el frente de la residencia y desde la acera de la vía principal, disparo el arma de fuego contra el Comisario hoy occiso, luego regresa corriendo hacia el vehiculo, lo aborda y huyen los tres, hasta la estación de servicio El Tigre, donde el TUTECO, aborda su vehiculo y se marcha llevándose el arma de fuego incriminada, que PATA E PALO, se marcha en el vehiculo palio azul, utilizado para cometer el hecho, y que el se marcho también en su vehiculo hacia S.E.d.A., Estado Mérida vía Guachicapazon abajo, donde dejaron abandonado el vehiculo palio color azul, utilizado para cometer el hecho, y se marcha rumbo a El Vigía Estado Mérida, dejando a PATA E PALO. Así mismo informa que quien quemo el vehiculo Palio azul, utilizado para el hecho, fue el funcionario ESTEVEZ, apodado EL TUTECO, en compañía VIÑA, hasta donde llegaron en una patrulla de la policía. Finalmente el ciudadano señalo, que quien planifico el hecho fue el comisario D.C.A., al parecer pago cierta cantidad de dinero por la muerte del Comisario Buitrago, motivado a que el occiso le había realizado varios procedimientos administrativos y estaban que lo destituían

II

Fundamentos de la decisión

Primeramente, la representación fiscal ratificó de manera categórica a consecuencia de los elementos de convicción antes descritos que el investigado de autos está seriamente comprometido y solicitó que se decretara la medida privativa de libertad en su contra, haciendo un recorrido procesal por las diversas actuaciones.

Al respecto de la defensa en sus alegatos no logró desvirtuar, contradecir, impugnar o comprobar técnicamente, que su patrocinado pudiera no estar involucrado en la comisión del hecho, limitándose a oponer a la actuación fiscal los términos que se transcriben “ La Defensa observa y difiere jurídicamente por lo expuesto en este acto por la Fiscal, en cuanto a la solicitud hecha, en virtud que la misma solicita una orden de aprehensión en base al artículo 250 del COPP, para esta Defensa es cierto la existencia de un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y que cuya acción penal no se encuentra prescrita por ser de reciente edad, asimismo es cierto que no existe fundados elementos de convicción para estimar que mi defendido, haya sido el autor o participe de la muerte del Comisario F.B.. El colega comisario tuvo conocimiento de la orden de aprehensión en la ciudad de Barinas, pudo haberse dado a la fuga, más sin embargo se presento a su lugar de trabajo a cumplir con sus funciones, lugar donde fue aprehendido, por esta razón, para esta Defensa la Fiscal aplicó erróneamente el art. 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que se observa, que la solicitud de Orden de aprehensión la solicito a los fines de imputarlo, aun cuando el aquí imputado tiene su domicilio y se encuentra y es funcionario policial, aunado a que el mismo se presentó de manera voluntaria a rendir su declaración por ante el CICPC Subdelegación de El Vigía. Además se evidencia que no existe una situación de extrema necesidad para solicitar su aprehensión y mucho menos por el delito de autor intelectual del delito de Sicariato. Continuando hizo referencia al artículo 130 del COPP, al estado de libertad que debe prevalecer en toda investigación penal, al artículo 8 del COPP en relación a la presunción de inocencia, de igual forma indicó que el Comisario es un servidor de la patria, tiene buena conducta predelictual, tiene su asiento principal en la población de la Azulita, tiene arraigo del país, no huyo al tener conocimiento de la orden de aprehensión, por lo que no existía necesidad de una orden de aprehensión en su contra para imputarlo, lo cual es objeto de nulidad, de conformidad con los artículos 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal, lo correcto hubiese sido haberlo llamado para imputarlo del delito ante la sede Fiscal. En consecuencia solicito que se le imponga a mi defendido, una medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad, de las establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual puede ser presentación cada 8 días por ante este Tribunal y la medida de fianza de cuatro (4) fiadores, para subsanar la mala aplicación de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal” Es todo.”

Descritos los alegatos de las partes ab initio, cabe destacar en múltiples ideas, que las circunstancias que rodean el hecho punible del Sicariato, se amparan en tres elementos necesarios: a-. Causar la muertes de una persona; b-. Sea por encargo, o cumplimiento de ordenes; c-. Proveniente de un grupo o delincuencia organizada. Partiendo que desde el punto de vista del Iter Criminis al final el resultado es la eliminación, exterminación de la vida de un ser humano, en este caso del sujeto pasivo. Tal y como se evidencia en la norma adjetiva penal establecida en el articulo 12 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada. Así que es necesaria la organización de un conjunto de individuos para perpetrar este hecho punible.

Adicionalmente, los criterios establecidos por el legislador al respecto de la posibilidad que el sujeto investigado se encuentre bajo la figura del indicio, tenemos que a nivel del Derecho Procesal Penal comparado la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia, la Corte Constitucional, define al indicio como:

“..El indicio comprende tres elementos; el hecho indicado o desconocido; la interferencia lógica; y la relación de causalidad entre ellos…

Para el Maestro Devis Echandia:

Se entiende por indicio cualquier hecho conocido ( o circunstancia de hecho conocido) del cual se infiere, por si solo o conjuntamente con otros la existencia de otro hecho desconocido, mediante una operación lógica basada en normas generales de la experiencia o en principios científicos o técnicos especiales

.

Es necesario partir de principios lógicos y científicos, que llevan al operador de justicia a hechos desconocidos y así poder a través del conocimiento obtener un resultado al hecho punible acaecido, y su posible autor.

Así mismo, en los requisitos de procedibilidad, siendo la configuración de un hecho punible que merece pena privativa de libertad (Sicariato) no se encuentra prescrito; Razonables elementos fundados procesalmente para estimar que el investigado esta relacionado al hecho punible; La existencia de las posibles obstaculizaciones y fuga por parte del investigado al observarse su vinculación con individuos que se encuentran organizados en la perpetración del hecho en investigación; la magnitud del daño producido a un individuo en su exterminación, a una familia, a un Organismo de Seguridad del Estado al cual prestaba sus servicios honradamente. Realmente, la verdad de los hechos puede ser desvirtuada por el sujeto precitado.

Finalmente, quien aquí decide llega a la convicción que el ciudadano D.J.C.A., antes identificado, y tomando en consideración el delito calificado por el Ministerio Publico como SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 12 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, en concordancia con lo establecido en el artículo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre F.G.B.P.; y por las razones antes expuestas es necesario imponer una medida privativa de libertad, de conformidad con los artículos 250,251,252 del Código Orgánico Procesal Penal..

III

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:

Primereo: Acuerda con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Publico de dictar y mantener la medida de PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado de autos D.J.C.A., venezolano, de 40 años de edad, nacido en fecha 05-09-70, titular de cedula de identidad, No V-. 11.216.808, soltero, hijo de E.C.Z. y Gradys Arellano, residenciado en la Población la Azulita, Sector E.M., calle 2, Casa No 5-10, cerca del complejo Turístico de la Cueva, El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión de comisión del delito de SICARIATO previsto y sancionado en el artículo 12 de La Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, en concordancia con lo establecido en el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre F.G.B.P., con fundamento en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda librar la respectiva boleta de privación de libertad y remítase con oficio trasladando al Imputados hasta el Centro Penitenciario Región Los Andes ubicado en la población de San J.d.L.d.E.M., con las seguridades del caso. Y el resguardo de no estar con los reclusos teniendo el mismo la condición de procesado. Tercero: Se acuerda sin lugar la solicitud formulada por la defensa de imponerle al ciudadano una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad. Cuarto: Se acuerda remitir la presente causa al Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado M.E.E.V., por la Unidad del proceso, al tener conocimiento de la existencia de la causa No LP11P2010-3305; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Abg. A.Á.P.

Juez (T) Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía.

Abg., E.M.G.C.

Secretaria

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