Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 12 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer
PonenteAriani Romero
ProcedimientoDeclara No Culpable

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona

Barcelona, 12 de Agosto de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2009-000412

ASUNTO : BP01-S-2009-000412

JUEZA: ABOG. A.R. HALEGIYS

SECRETARIA: ABOG. ALIANNE BASTIDAS.

FISCAL 14º DEL MINISTERIO PÚBLICO. ABOG. G.S.

DEFENSORA PRIVADA: ABOG. S.R..

ACUSADO: C.A.M.A.

VICTIMA: JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA

DELITO: VIOLENCIA SEXUAL

Visto como ha sido el Juicio Oral en la presente causa, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, pasa a dictar sentencia en los siguientes términos:

SOBRE LA PUBLICIDAD DEL DEBATE

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV., el cual dispone textualmente: “…El debate será oral y público, pudiendo el juez o jueza decidir efectuarlo, total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la víctima. El juez o la jueza deberá informar a la víctima de este derecho antes del inicio del acto…”. En tal sentido, el Tribunal tomando en consideración que los hechos objeto del proceso versan sobre un delito en el cual se encuentran comprometidos la reputación, honor, y vida privada de la mujer víctima, atendiendo a principios elementales de respeto a la dignidad de la misma, preguntó a la ciudadana JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA , si esta deseaba la realización del acto en forma privada a lo que ella respondió: “Si, deseo que se haga de forma privada” por lo que se ordenó que el Juicio se celebrara en su totalidad de manera privada, conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV. en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 numeral 7 ejusdem.

PRETENSIONES DE LAS PARTES

DE LA REPRESENTACIÓN FISCAL

La Fiscal Décima Cuarta (14°) del Estado Anzoátegui, abogada G.S., en el inicio del debate oral y reservado presentó la acusación en contra del acusado ciudadano C.A.M.A., ya identificado, en virtud de considerar que se encuentra incurso en los hechos : “… ocurridos el día Sábado 11/04/2009, siendo aproximadamente las 06:30 horas de la mañana cuando la ciudadana JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.076.841, se encontraba durmiendo en su vivienda ubicada en el Sector Los Bucares de San Mateo, Municipio Libertad, fue sorprendida por el ciudadano C.A.M.A., titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.711.629, quien portaba como vestimenta un bóxer, logrando este ingresar al interior de la vivienda, violentando la puerta que da al patio de la misma, y de esta manera sorprender a la víctima utilizando para ello una franela que le cubría el rostro, procediendo el ciudadano C.A.M.A., darle un golpe en la cara y luego halarle el cabello, en el momento del forcejeo para intentar violarla, se le cayo la franela que le cubría el rostro, reconociéndolo la ciudadana como el hermano de una amiga que vive cerca de su vivienda, diciéndole este de manera amenazante “que si decía algo la iba a matar”.

Asimismo; la representante fiscal indico los fundamentos de la acusación, ratifico los medios de prueba que fueron aportados en la oportunidad procesal pertinente, y califico los hechos por el delito de VIOLENCIA SEXUAL establecido en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una V.L. deV., delito por el cual se ordenó la apertura a Juicio Oral y Reservado.

DE LA DEFENSA

La defensora pública abogada S.R., señalo al momento de hacer sus alegatos de inicio del debate oral lo siguiente: …“En el día de hoy 12/07/2010, oportunidad fijada por este Tribunal para dar inicio al Debate Oral y Publico, esta defensa en representación del acusado ciudadano C.A.M.A., demostraremos a lo largo de este proceso, la inocencia de mi representado, en lo cual el Ministerio Publico basa su acusación, mi defendido ha mantenido su inocencia en los hechos que aquí se dan, y así lo vamos a demostrar y teniendo como fundamento la comunidad de la prueba ofertadas, en lo atinente a todo aquello que resulte favorable a la defensa de la pruebas antes traídas a juicio por el Ministerio Publico, observa esta Defensa que no existen elementos de convicción para imputarle la responsabilidad penal a mi defendido es por ello que haciendo énfasis de la existencia de una serie de contradicciones presentes al momentos de concatenar y adminicular las actas que presentan el presente asunto, lo cual arroja una duda razonable que favorece a mi defendido, tomando en consideración que el delito no fue consumado, no lográndose el objetivo de cometer el delito, es decir, es un delito imperfecto, mi defendido a mantenido su inocencia en los hechos y así lo vamos a demostrar cuando la representante de la vindicta publica haga exhibición de los medio probatorios. Es todo”.

EL ACUSADO

El acusado C.A.M.A., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.711.629, de estado civil: soltero, nacido en Barcelona, en fecha 4-10-1987, de 23 años de edad, de profesión u oficio: agricultor, hijo de I.F.M. (V) y A.A. (V), domiciliado en el Sector lo Bucares, San Mateo, Casa S/N, Estado Anzoátegui, el mismo fue informado sobre el significado del juicio, asimismo se le impuso del precepto constitucional que le exime de declarar en causa propia, de reconocer culpabilidad contra si mismo y contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de su cónyuge si la tuviere o de su concubina, de conformidad con el numeral 5º del artículo 49 constitucional, se le informó que su declaración no es un objeto de prueba sino un medio para su defensa, que con ella pueden desvirtuar si fuere el caso la acusación que le ha hecho el Ministerio Público, se le indicó y se le informó sobre los derechos procesales que le asisten, se le informó sobre los hechos por los cuales el Ministerio Público lo acusa y se le explicó las circunstancias que para éste influyeron en la calificación jurídica dando lectura al precepto jurídico aplicable asimismo, se le indico sobre el uso de las medidas alternativas a la prosecución del proceso como lo es la admisión de los hechos contenida de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y se le preguntó seguidamente si está dispuesto a declarar, a lo que el acusado libre de todo juramento, coacción o apremio, contesto negativamente, es decir, expuso: “si deseo declarar y expuso lo siguiente: “los policías no me detuvieron donde dicen ellos que me detuvieron, me detuvieron de en la casa del cuñado mió, yo estaba dormido en mi cuarto entonces el cuñado y el policía entraron al cuarto a buscarme, el policía me dice que me estaba acusando de entrar a una casa a robar el no me dijo que fue por un intento de golpiza o algo si no por robo, el me dice vamos para que firmemos unos papeles y te vienes, los firme y me metieron al comando, no me tomaron declaraciones ni nada, me metieron el la celda, de ahí me dijo el guardia si había sido yo quien había agredido a la señorita y yo le dije que no, el me mostró unos papeles y me dijo que eran de os hechos que habían pasada, ahí estaba la ama de ella y otra persona insultándome diciendo que por que yo me había metido en esa casa, cuando se fueron ellos estaban hablando con un policía que estaba declarando después entro la mama mía y se fueron y después al otro día fue que metieron esto por tribunales.”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: indícanos fecha y hora de tu detención? Respondió: no fue a la hora que ellos dijeron, no fue a las 6, eso fue como a las 10 o 11 de la mañana Otra: donde? Respondió: en la casa del cuñado mío Otra: recuerdas en día en que te detienen? Respondió: el 11 de abril, el día sábado Otra: donde esta ubicada la casa de tu cuñado? Respondió: en los bucares Otra: y con relación a la casa de Josmayrin donde esta ubicaba la casa de tu cuñado? Respondió: de cuadra a cuadra, antes de llegar a su casa quedan como 4 casa Otra: donde trabajas tu para ese momento? Respondió: con el cuñado mió. Otra: dormiste en tu casa en ese momento? Respondió: yo soy ganadero me iba desde las 4 de la mañana de ahí me venia a las 8 descansaba y comenzaba otra vez a trabajar Otra: a que hora sales de ti casa cuando te detuvieron? Respondió: yo estaba dormido Otra: a que hora trabajotes ese día? Respondió: a las 4 me fui a trabajar y me vine como a las 11 de la mañana fui a ordeñar. Otra: como estabas vestido cuando te detienen? Respondió: tenia una camisa blanca y un pantalón rojo Otra: tenias tu algún trato con Josmayrin? Respondió: no Otra: tenia Josmayrin algún motivo para colocar alguna denuncia en tu contra? Respondió: no, nosotros no no tratábamos ni nada. Otra: cuantos funcionarios practican tu detención? Respondió: 2, el chofer y el que se bajo. Otra: cuando te enteras de los hechos por los cuales te están procesando? Respondió: cuando llegue al comando Otra: como te declaras tu en esos hechos? Respondió: inocente. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le sede la palabra a la Defensora Pública, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: indícanos a que te dedicas tu? Respondió: a la agricultura y al ganado Otra: cual es tu horario? Respondió: desde las 4 de la mañana a las 8 y después de las 4 a las 8 de la noche Otra: tienes hijos? Respondió: 2 Otra: estas casado? Respondió: no Otra: con quien vives? Respondió: con mi mujer. Otra: que hacías tu en la casa del cuñado tuyo? Respondió: estaba durmiendo. Otra: vives en la casa del cuñado? Respondió: vivía ahí porque estaba trabajando con el. Otra: a que hora te detuvieron? Respondió: como a las 10 11 de la mañana. Otra: a que distancia en metros queda la casa de tu cuñado y la de la señorita? Respondió: como a 100 metros, como a 4 casas Otra: de que color es la casa de tu cuñado? Respondió: de bloques rojos Otra: de que color es la de la señorita? Respondió: era verde Otra: cuando la vistes por primera ves? Respondió: cuando me fui a vivir a la casa de mi cuñado Otra: que te dijeron en el comando de por que te detuvieron? Respondió: que era porque yo supuestamente me había metido en la casa a buscar de la señorita, pero no como dijeron la primera vez que era por robo. Otra: quienes estaban cuando te detuvieron? Respondió: los vecinos Otra: como estabas vestido? Respondió: con un pantalón rojo y como estaba dormido me puse una camisa blanca para salir. Otra: en algún momento haz tenido alguna entrevista con algún familiar de la victima? Respondió: no Otra: desde cuando trabajas con tu cuñado? Respondió: desde hace 2 años Otra: y vives con el desde hace cuando? Respondió: desde ese tiempo, yo no soy de san mateo Otra: como te consideras tu? Respondió: buen trabajador, me gusta hacer las cosas bien Otra: como es la relación tuya con tu mama? Respondió: bien Otra: como distribuyes tu sueldo? Respondió: yo ganaba 400, 100 a mi mama y lo demás para los hijos míos. Otra: tu estudiaste? Respondió: hasta 6to porque yo tenia que trabajar desde pequeño. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: tu consumes algún tipo de bebidas alcohólicas? Respondió: cuando hay fiestas, cumpleaños o algo. Otra: que edad tienen tus hijos? Respondió: 4 y 6 años Otra: hay alguna hermana tuya que viva cerca de la señorita? Respondió: si Arrimar Otra: y ellas son amigas? Respondió: si se hablaban porque ella iba a comprar para su bodega Otra: tu conoces al novio de Josmayrin? Respondió: lo he visto pero no de trato Otra: de que color es la casa de Josmayrin? Respondió: era verde Otra: ese día fuiste a trabajar? Respondió: si Otra: a que hora? Respondió: a las 4 Otra: y regresaste? Respondió: a las 8 Otra: quienes estaban aparte de los vecinos? Respondió: su mama, su papa, su novio y los vecinos Otra: como es tu relación con los vecinos? Respondió: bien normal Otra: nunca haz visitado la casa de Josmayrin? Respondió: no Otra: y tu hermana? Respondió: no se decirle Otra: y la bodega donde queda? Respondió: en la casa de mi cuñado Otra: cuando te detuvieron que te decomisaron algo? Respondió: nada Otra: el funcionario que te dijo? Respondió: que era por robo, que me estaban acusado que me había metido en una casa, que fuéramos firmáramos unos papeles y me regresaba Otra: como te comunicas ahí con tu familia? Respondió: por teléfono. Cesaron las preguntas.

DE LAS PRUEBAS RECEPCIONADAS

  1. -Declaración de la Víctima JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, quien se identificó ante el Tribunal, de la manera siguiente: titular de la cedula de identidad Nº 21.067.842 , quien expuso lo siguiente: “ Eran las 3 de la mañana yo estaba dormida en mi cuarto no escuche como forcejeo la cerradura del cuarto, me di cuenta fue porque el televisor de mi cuarto se movió, me asome y vi que era el porque tenia la cara cubierta el estaba totalmente desnudo, con un bóxer solamente, le pregunte que quería, que hacia ahí, no me decía nada, yo le decía que se fuera de mi casa, y el decía que no, que tenia que estar conmigo a juro yo le decía que porque y el me decía que porque lo mandaron a hacerle eso, y yo le pregunte porque y el no decía nada, le tuve que decir que estaba embarazada para que me creyera y no me hiciera nada, yo le dije que si el estaba solo y me dijo que afuera estaban otras personas esperando, y me decía que no gritara ni nada que iba a ser pero si yo forcejeaba con el, me tiro sobre la cama, fue cuando a el se le cayo la camisa y le dije ya se quien eres tu por favor vete no me hagas daño, déjame sola, el decía que no le importaba si lo metían preso o algo, que el solo tenia que cumplir lo que le mandaron, en ese momento yo le inventaba mil excusas y fue el momento en que se hicieron como las 6 d el mañana su ropa estaba tiraba en el piso se vistió y salio y cuando el salio mi mama estaba afuera y fue que lo detuvieron y se lo llevaron preso”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: indícanos el lugar fecha y hora de los hechos. Respondió: en mi casa, entro a las 3 am cuando el salio que lo detuvo en el patio de mi casa que no es cerrado fue que lo agarraron. Otra: en que momento te das cuenta que el esta dentro de tu casa? Respondió: por un ruido que se hizo en el televisor, porque yo no lo escuche cuando entro, me di cuenta cuando estaba en el cuarto sin ropa Otra: que te dijo el cuando tu despiertas y el esta adentro de tu habitación? Respondió: que me quedara tranquila que el tenia que estar conmigo que yo le obedeciera. Otra: portaba el algún arma? Respondió: no Otra: te amenazo? Respondió: si, que si yo decía algo el me iba a hacer daño y me iba a ir peor, me decía que no gritara porque las 2 personas que estaban afuera podían entrar y después iba a ser peor. Otra: que hacia el ahí? Que te dijo? Respondió: que el iba a estar conmigo, el me quitaba la ropa, que quería acostarse conmigo pues. Otra: portaba el alguna vestimenta? Respondió: no, un bóxer y la cara tapada con una camisa. Otra: cuando te das cuenta de que se trataba de C.M.? Respondió: en el momento en que estábamos forcejeando que a el se3 le cayo la camisa. Otra: que le manifestaste tu al momento de saber que se trataba de el y que te decía el? Respondió: yo le decía que ya sabia quien era por favor vete, y el decía que no le importaba, que el tenia que cumplir lo que el fue a hacer, que el no le importaba que yo supiera quien era. Otra: que tiempo tuvo contigo aproximadamente en tu habitación? Respondió: como 3 horas mas o menos, desde las 3 am hasta como a las 6 am. Otra: que hacia el? Respondió: el salía mucho, el entraba y me decía no salgas, el salía y volvía a entrar, me decía quédate aquí, que iba a hacer no se. Otra: llegaste a ver si había alguna otra persona afuera? Respondió: no porque el me decía que no saliera, se porque el mismo me lo dijo. Otra: durante ese tiempo el llego a abusar de ti? Respondió: no. Otra: por que? Respondió: yo trataba de hablar con el, y yo me inventaba mil pretextos, yo le decía que tenia ganas de vomitar, entraba al baño y que pasara el tiempo ahí, el agarro el cuchillo y abrió la puerta del baño para que yo saliera, fue cuando empezamos a forcejear que me quedara tranquila que el solo iba a cumplir lo que le habían dicho. Otra: llego a agredirte en una oportunidad? Respondió: en el mismo forcejeo, me tiraba a al acama, me agarraba las muñecas, los brazos fuertes. Otra: pudiste observar si el entro sin ropa? Respondió cuando yo desperté el estaba en bóxer, cuando el vio que amaneció y no logro lo que quería el agarro su ropa y se vistió ahí mismo, tenia un mono rojo y una camisa azul marino. Otra: esa franela que se puso el era la misma que cargaba en su rostro? Respondió: si. Otra: describe el pantalón que cargaba. Respondió: un mono rojo, de tela suelta, tenía unas letras por los lados blancas. Otra: que paso después que el se viste?. Respondió: salio de la habitación yo no salí me quede ahí después escuche el ruido el alboroto fue que yo salí y fue que lo detuvieron ahí en la parte de atrás de mi casa. Otra: a que hora sale el de tu habitación? Respondió: a las 6 de la mañana Otra: por que el decide salir? Respondió: no se a los mejor al ver que ya había amanecido y que habíamos forcejeado y el no hizo lo que realmente quería no se, estábamos peleando el decide irse, agarro su ropa y se fue y no me dijo mas nada, lo ultimo que me dijo antes de que el se vistiera fue que no le dijera a nadie después que el me había dicho en el mismo forcejeo que no dijera nada porque iba a ser peor, eso fue lo ultimo que me dijo antes de salir de la habitación Otra: quien lo detiene a el? Respondió: los mismos policías, los nombres de ellos no me los se. Otra: donde lo detienen a el? Respondió: en el patio de mi casa. Otra: cuando te das cuenta de que la puerta trasera estaba abierta? Respondió en el momento en el policía comenzó a averiguar por donde el había entrado y me enseño que la reja estaba toda doblada y ahí me di cuenta de que el forcejeo la puerta Otra: como estaba la puerta? Respondió: estaba doblada, utilizo fue como un tronco, el policía le tomo foto a todo eso Otra: tienes conocimiento como llega la policía a tu casa? Respondió: cuando yo salí y vi el movimiento de la policía no, cuando fui aponer la denuncia fue que los policías me dijeron que mi mama había llegado y escucho gritos y fue que ella llamo por teléfono a la policía y luego después es que llegan Otra: quienes estaban presentes al momento de la detención? Respondió: cuando lo estaban agarrando llego mi papa y mi novio, que el vive a una casa de donde yo vivo Otra: tu estabas sola en tu casa? Respondió: si porque mi mama había salido. Otra: que le dijiste tu a los policías que estaba afuera y al resto de las personas que estaban ahí de lo que había sucedido? Respondió: al momento no me salía nada, después del rato fue que comencé a decirles lo que había pasado y cuando puse la denuncia fue que pude hablar con más claridad pero al momento no podía hablar. Otra: recuerdas la hora exacta de la detención? Respondió: las 6 de la mañana. Otra: para el momento de su detención ya el estaba vestido? Respondió: si, ya estaba vestido. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensora Pública, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: dígame fecha lugar y hora en que presuntamente ocurrieron los hechos. Respondió: cuando el entro era las 3 de la mañana, la fecha era en semana santa, la fecha del día no me acuerdo, la hora si que era a las 3 am y salio a las 6 Otra: desde cuando conoces a C.M.? Respondió: yo a el no lo conozco, lo he visto de que pasa por la calle y eso pero ni de un hola lo he hecho Otra: con quien estabas en ese momentos? Respondió: sola. Otra: como se entero tu mama? Respondió: en el momento en que ella llego yo en si no sabia hasta que yo Salí que me explico que ella fue a poner la denuncia y llego y escucho los gritos y fue que ella llamo la policía. Otra: como es tu casa? Respondió: de una sola planta, mas o menos grande, esta cercado pero le falta es el portón. Otra: de que color es tu casa? Respondió: rosada Otra: cuando tu mama escucho los gritos tu llegaste a ver si entro a la habitación? Respondió: no. Otra: hablamos en esas 3 horas que paso en esa habitación? Respondió: yo estaba dormida me desperté porque el hizo un ruido, movió el televisor tenia la cara cubierta con la camisa, le pregunte quien era el, que hacia ahí, y el me decía que tenia que estar ahí porque tenia que hacer algo, cuando el se paro frente a la cama yo me paro y me siento y yo le decía que se fuera y el me decía que tenia que estar conmigo porque si, yo le dije déjame tranquila que estoy embarazada y el decía no importa, y el decía que me quedara tranquila que el tenia que hacer lo que lo mandaron a hacer, y decía esto va a ser un ratico y ya, yo le dije vete, tu tienes hijos, y el decía que no, yo le decía que lo podían meter preso y el decía que no le importaba nada, que tenia que hacer eso porque si, al momento en que el se me insinúa yo lo empuje y comenzamos a forcejear, me tiro a la casa, y se le cae la camisa, y ahí fue que le dije yo te conozco que se fuera que le dejara tranquila y el decía que no le importaba nada que el tena que hacer eso porque si, había momentos en que yo hablaba con el y el se quedaba tranquilo. Otra: ustedes forcejearon en la cama? Respondió: si Otra: y como te defendías tu? Respondió con los pies, con las manos, trataba de empujarlo de quitármelo de encima. Otra: como conoces tu que el tiene hijos si tu dijiste que no lo conocía? Respondió: ósea, yo le dije fue si tu tienes hijos no te gustaría que te hicieran eso Otra: conocías algún familiar de Cruz? Respondió: a la hermana, al lado de mi mama vivía hace años una hermana de el, como a los meses ella le vende a mi mama y ella se mudo de ahí, la hermana tiene una bodega y yo iba a comprar pero trato con el nunca Otra: cuando llego la policía Cruz trato de huir? Respondió: no, en si yo no lo vi, cuando yo salí ya la policía ya lo tenia. Otra: que hiciste cuando vistes la policía? Respondió: lo que hice fue correr hacia mi mama Otra: que dijiste tu en la policía? Respondió: todo lo que había pasado. Otra: te dieron una orden para practicarte un examen medico? Respondió: no Otra: a algún examen medico? Respondió: no Otra: y con el forcejeo no te ocasionó algún hematoma o enrojecimiento? Respondió no, de morado y golpes no. Otra: hubo algún tipo de violencia física de parte de Cruz? Respondió: no. Otra: hubo algún tipo de amenaza hacia usted? Respondió: si, que no dijera nada porque me iba a ir peor, amenazas asi Otra: la casa de tu novia esta al lado tuyo, en tu habitación hay aire acondicionado? Respondió: si Otra: descríbenos tu cuarto. Respondió tiene una ventana en frente de mi casa, al lado no? Otra: da es hacia al frente de tu casa? Respondió: si Otra: y es transitada esa calle? Respondió: si Otra: que pasa a las 3 am por esa calle? Respondió: bueno ahí pasa muchos carros, al frente por ejemplo vive un señor que es taxista que el se para a las 4 am Otra: por donde entro Cruz? Respondió: por la parte de atrás, por el espacio donde va el portón que esta descubierto Otra: tu sabes la calificación por la cual esta acusado C.M.? Respondió: si. Otra: cual es? Respondió: abuso sexual a nivel frustrado, creo que es así. Otra: por que no se practico un informe que dejara constancia de las presuntas agresiones. Respondió: yo en si no se nada si me lo hubieses dicho un policía yo voy, pero como no se nada no lo hice Otra: como entro el a tu habitación, vestido o desnudo? Respondió desnudo, con un bóxer Otra: de que largo? Respondió: a nivel de las caderas Otra: y luego salio de tu casa vestido? Respondió: el se vistió en la habitación y salio. Otra: no dejo ninguna prenda de vestir que pudieras consignarla? Respondió: no. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: a esa hora y haciendo ese tipo de ruidos cuando rompió la reja usted no escucho nada? Respondió: es que el aire de mi habitación hace ruido. Otra: y como escucha el ruido de la mesa? Respondió: porque esta en mi habitación. Otra: a que distancia queda la reja de su habitación? Respondió: lejos Otra: usted dijo que Cruz salio en varias oportunidades, por que no se le ocurrió a usted pedir ayuda, gritar o salir también? Respondió: el me decía quédate tranquila no grites porque va a ser peor Otra: por que usted después decidió gritar? Respondió: a medida que iba aclarando si grite Otra: cuando el salía usted no gritaba? Respondió: porque eran las 3 de la mañana. Otra: como sabes que eran las 3 de la mañana? Respondió: por un teléfono de casa, cuando yo levante el teléfono. Otra: en que momento levantaste el teléfono? Respondió: cuando iba al baño que le dije que iba a vomitar, cuando lo levante vi la hora y el mismo me lo quito Otra: como es el teléfono? Respondió: un teléfono grande, blanco. Otra: y donde estaba la hora? Respondió: el la pantalla. Otra: que hora eran cuando vistes la hora? Respondió: las 3 y cuarenta y pico? Otra: cuando lo detienen lo detienen dentro o fuera de mi casa? Respondió: en el patio de mi casa Otra: cuando saliste de tu casa? Respondió: cuando el sale de la habitación yo me quede sin habla cuando escuche el alboroto fue que salí al patio y vi a los policías y a mi mama Otra: como es que si estaba sin habla dice que estaba gritando? Respondió en el cuarto yo estaba gritando, cuando el agarro su ropa y sale yo me quede tranquila cuando escucho todo es que salgo Otra: cuantas personas viven esa casa? Respondió: 3 Otra: a las 3 de la mañana donde estaba su mama? Respondió: la verdad no se Otra: y tu hermana? Respondió: se quedo en la casa de mi abuela Otra: a que hora llego tu mama ese día? Respondió no se, cuando yo salí a las 6 fue que la vi Otra: como sabes que tu mama no durmió ese día allá? Respondió: no se, yo se que salio pero no se a que hora. Otra: como es que su mama llama a los funcionarios? Respondió: cuando yo vi que a el lo tenían agarrado yo no sabia, cuando yo fui a hacer la denuncia fue que me dijo que escucho que yo estaba gritando y que ella estaba gritando pero no se a que hora llego ella Otra: usted a las 3 de la mañana sabia que estaba sola? Respondió: si Otra: como lo sabias si usted dijo que no vio cuando su mama salio? Respondió en el cuarto donde yo estaba durmiendo era el cuarto de mi mama. Otra: todo lo que sucedido sucedió en el cuarto de su mama? Respondió: si en el de mi mama, si mi mama hubiese llegado a las 3 o 4 de la mañana ella automáticamente entra al cuarto, me imagino que ella llego fue como a las 5 y pico o 6. Otra: la misma camisa con que Cruz se cubrió el rostro era la misma que luego se coloco? Respondió: si Otra: el señor cruz en algún momento le dio bofetadas? Respondió: no Otra: le jalo los cabellos? Respondió si. Otra: y por que no lo dijo si la defensa se lo pregunto? Respondió: ok no lo dije. Otra: por que le decía que se fuera que lo iba a meter preso, te importaba que a el lo metieran preso o no? Respondió: no, no me importaba Otra: entonces por que se lo decía? Respondió: para ver si le daba miedo y se fuera Otra: a la hermana de cruz antes de los hechos sabia que era su hermana? Respondió si, porque yo lo había visto antes de que sucedieras los hechos. Cesaron las preguntas.

  2. -Declaración de la Testigo MANELA DE J.A.L., titular de la cedula de identidad Nº 8.281.651, quien expuso: “Para comenzar el hecho no es un presunto hecho fue un hecho que ocurrió el día 11 de abril, yo no me encontraba en la casa, estábamos en semana santa yo había salido con mi potra hija y ella se quedo en la casa solo, yo llegaba ese día pero ella estaba sola, me llamaron por teléfono y yo acudí inmediatamente a la casa, antes de irme yo llame a su papa y a los funcionarios para que se trasladaran a la casa mientras yo llegaba, cuando llegue como a las 6 vi que la puerta estaba forzada, y espero que vinieran los funcionarios y lo detuvieron saliendo por el patio de la casa, porque como a 3 casas de mi casa vive su novio, cuando el salio el me aviso y ahí me avisaron, luego se hizo todos los tramites.”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: diga lugar fecha y hora de los hechos que acaba de narrar Respondió: el 11 de abril, en san mateo, en mi casa, yo llegue a las 6 de la mañana, 6 y media aproximadamente. Otra: como se entera usted de los que hechos? Respondió: porque me llamaron por teléfono. Otra: quien la llama y que le manifestaron? Respondió: me llamaron unos familiares del novio de ella que viven cerca de la casa Otra: y que le dijeron? Respondió: que se habían metido en mi casa, que algo estaba pasando allá. Otra: a que hora la llaman a usted? Respondió: entre 6 y 6 y media. Otra: le llego a manifestar esa persona si llego a escuchar algo? Respondió: si porque tengo eso descubierto, porque se nota que quedo toda rota la puerta Otra: que hizo usted cuando le informan? Respondió: le avise a su papa para que fue a buscar a los funcionarios ahí en la policía, cuando ellos llegaron se pudieron contactar que la puerta estaba violentada y con la crisis que ella tenia y con su descripción detuvieron al muchacho en el patio. Otra: cuando llega usted? Respondió: cuando yo llego ya a el lo había agarrado. Otra: que le manifestó Josmayrin al momento de su llegada? Respondió: que la persona se había metido en la casa, como a las 3 de la mañana que estuvieron forcejeado, que intento abusar de ella, que la amenazo si decía algo, fue un momento para ella traumático porque al momento no podía hablar mucho a las horas fue que comenzó a hablar, cuando la patrulla lo decía su hermana que vive cerca de mi casa el fue que se acerco a su casa y se lo llevaron a la municipal. Otra: cuando usted llega ya tenían los funcionarios a Cruz? Respondió: si Otra: quienes estaban ahí? Respondió: los policías, su papá y los vecinos Otra: y Josmayrin donde estaba? Respondió: en la casa, ella se fue a la casa del hermana del novio mientras pasaba eso Otra: tuvo conociendo de la manera en que detuvieron a cruz? Respondió: si, saliendo del patio Otra: observó si cruz estaba vestido? Respondió: si con ropa, tenia como un mono puesto Otra: como era? Respondió: no recuerdo mucho Otra: de que color? Respondió: creo que era azul Otra: observo usted la puerta violentada? Respondió: claro Otra: de que puerta se trataba? Respondió: una reja protectora, estaba doblada y hacia arriba los tubitos Otra: era la puerta principal? Respondió: no la trasera Otra: entonces usted llego fue después que ya tenían a Cruz? Respondió: llegue fue al momento, llegando ellos yo venia en camino, después que lo detienen a el porque eso fue algo inesperados, como a las 6 y media 7 de la mañana eso era en escándalo, después todo lo que aconteció en la municipal donde ella puso la denuncia y todo Otra: donde estaba usted al momento de los hechos? Respondió: aquí en puerto la cruz, yo Sali fue a comprar unas cosas y ella se quedo sola porque no le gusta salir Otra: cuantas personas viven esa casa? Respondió: 3. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensora Publica, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: infórmenos exactamente el día, fecha y lugar donde presuntamente ocurrieron los hechos? Respondió: en mi casa, en san mateo, se puso la denuncia el 11 al amanecer de ese día del mes de abril. Otra: como obtiene conocimiento usted de esos hechos? Respondió: porque me avisaron, me llamaron por teléfono Otra: quien le aviso? Respondió: una hermana del novio de ella Otra: a que hora la llamaron? Respondió: como a las 6 de la mañana Otra: que hace usted en ese momento? Respondió: yo llame al papa para que se acercara a la casa Otra: llamo al papa o a la policía? Respondió: a ambos, y el papa se acerco a la policía Otra: antes usted no había visto a cruz? Respondió: no Otra: donde practicaron la detención de cruz? Respondió: en mi casa Otra: usted recuerda la hora en que llamo a la policía? Respondió: entre las 6 y media o 7. Otra: de que color es su casa? Respondió: rosada Otra: descríbanos su casa, el cuarto donde ocurrieron los hechos donde queda? Respondió: tiene una ventada en frente Otra: y por ahí eso es transitada? Respondió: no Otra: cuando vio a cruz que lo trasladaron que hace? Respondió: me fui a la municipal a que pusiera ella la denuncia, yo le pregunté inclusive a el por que había cometido los hechos y el ni me hablo Otra: que le dijo su hija cuándo usted se entera de los hechos ocurridos? Respondió: que el se había metido en su casa, que entro a su cuarto, que el estaba desnudo con la cara cubierta, que ella le dijo que le pregunto que hacia el ahí, y el le decía que se quedara tranquila que eso era algo que lo habían mandado a hacer, que forcejearon y ella se golpeó la cabeza cuando el la tiro en la cama, y que el siempre le decía que no podía irse de ahí sin hacerle eso Otra: ella e indico que el le hizo uso de alguna violencia física? Respondió: bueno que el le jalaba los cabellos, el golpe que se dio en la cabeza y eso, pero no ningún signo que se pudiera ver a simple vista, el es hermano de una persona que tiene una bodega y por eso ella lo reconoce porque ella lo había visto ahí pero ellos no tenían ningún tipo de amistad. Otra: no tenia ningún hematoma o algún chichón? Respondió una cachetada no deja morado, y el golpe si fue simple pero no le dejo ningún digno. Otra: a usted no le dieron una orden para que le hicieran una orden medica a ella? Respondió: la verdad no, yo en ese momento estaba como neutra porque era algo que en mi vida había vivido no pensé en someterla en esa situación, y como el acto sexual no se había producido pensé en no llevarla a un medico forense, y como no se le veía evidencias no nada, lo que si es que ella me dijo que el la estuvo tocando manoseando y eso no deja evidencias Otra: como esta organizada esa habitación? Respondió: tiene una ventana que da al frente Otra: hay alguna silla, o mesa? Respondió: si una mesa. Otra: hay teléfono? Respondió: si Otra: como es? Respondió: normal de casa Otra: indica la hora? Respondió: si claro Otra: como estaba ella cuando usted la vio? Respondió: ella fue hablando a medida que iban pasando las horas, no la acosaba mucho porque estaba mal, ella todavía cada vez que habla eso se siente mal Otra: ella vive con usted actualmente? Respondió: no, tiene como 2 meses que no vive. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: por que ella no vive actualmente con usted? Respondió: porque vive con el novio, hace un mes o dos meses, tiene que se fue de la casa como hace un mes Otra: tiene conocimiento si para el momento en que ocurren los hechos la señorita tenia relaciones con su pareja actual? Respondió: la verdad no porque yo le pregunte y me dijo que no, después de los meses fue que le pregunte y me dijo que si pero que era algo resiente. Otra: usted acostumbra a dormir fuera de su casa? Respondió: a veces por la universidad tenia que dormir fuera de la casa. Otra: a que hora salio ese día de su casa? Respondió: en la noche Otra: a que hora? Respondió: fue tarde, como a las 11 o 12 de la noche aproximadamente, ella me dijo que no quería ir porque ella iba a casa de una amiga a pasar semana santa Otra: por que usted manifestó que algo iba a pasar? Respondió: no lo se, yo me había acostado y sentía inquietud de que algo estaba pasando Otra: hacia donde se dirigía usted cuando salio de su casa? Respondió: a San Diego. Otra: usted dijo que iba a comprar unas cosas, donde las iba a comprar? Respondió: al mercado Otra: de aquí de Barcelona? Respondió: si Otra: usted cuando sale de su casa como a las 11 que dijo regreso a que hora? Respondió: yo regrese pero no me fue a la casa, regrese fue en la mañana Otra: usted dijo que salio aproximadamente a las 11, cuando regreso a la casa? A que hora? Respondió: en la mañana, pero volví a salir Otra: a que hora entro a su casa? Respondió: a las 7 y media de la mañana, cuando llego es porque me avisan por teléfono. Otra: cuando uestes regresa ya sabía lo que había pasado? Respondió: si. Otra: y en que momento iba usted al mercado? Respondió: en la mañana, yo no llegue a ir al mercado porque me vine. Otra: que hora era cuando usted se decidió ir al mercado? Respondió: yo salí la deje sola, en la noche, me voy es para regresar en la mañana, cuando me voy a acostar como a las 12 que me vine para acá no pidió quedarme dormida y es cuando me llaman como a las 6 lo que había pasado me fui como a eso de las 6, 6 y media. Otra: ese día usted iba a pasar la noche en otro lugar? Respondió: si Otra: Josmayrin se quedo sola esa noche? Respondió: si Otra: en que habitación estaba Josmayrin cuando usted llego? Respondió: estaba el novio de ella, y la hermana y ellos se la llevaron a su casa, porque ella tenía una crisis y yo tenia que ocuparme de lo que estaba pasando Otra: que le dijo ella que eso ocurrió en la habitación de ella o suya? Respondió: en la habitación mía Otra: usted nunca pensó a llevar a Josmayrin a un psicólogo? Respondió: no, lo pensé pero nunca llego a suceder. Otra: desde abril 2009 ella no a asistido a un psicólogo? Respondió no Otra: como es la actitud de ella actualmente después de los hechos? Normal. Cesaron las Preguntas.

  3. -Declaración del Testigo J.E.B. titular de la cedula de identidad Nº 18.567.149, quien expuso lo siguiente: “era agente en ese momento, a las 7 de la mañana por radio se nos fue notificado de un hecho ocurrido en el sector los bucares, luego fuimos al lugar a ver si en verdad estaban ocurriendo los hechos., luego de llegar as la viviendo observamos al muchacho en la vivienda de la muchacha, el salio corriendo, nosotros logramos aprehenderlo y fue cuando las muchacha nos fijo que el intento violarla y nos dimos cuenta de que la puerta estaba violentada, luego lo detuvimos y lo llevamos al comando y ella llego al comando, y luego su mama y papá como a los 20 minutos posterior. ”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: cuando hacen el llamado por radio que le informan? Respondió: la persona que esta en el comando nos informa que el sector los bucares dijo que su hija estaba siendo violada por un muchacho que el no conocía, atendido el llamado nos acercamos al lugar donde presuntamente estaban ocurriendo los hechos. Otra: que paso cuando llegan al lugar? Respondió: llegamos y el ciudadano estaba saliendo de la casa cuando le damos la voz de alto el decide salir corriendo y nosotros nos fuimos a tras de el, y lo capturamos le leímos sus derechos y lo aprehendimos y en ese momento sale la muchacha de la casa e identifica al muchacho. Otra: a que hora? Respondió: como a las 7 de mañana. Otra: que día? Respondió: creo que el 11 de abril, un día sábado Otra: indícanos la residencia donde fue aprendido es la misma residencia de la ciudadana Josmayrin? Respondió: si, ella estaba sola en la vivienda Otra: que manifestó ella a los policías? Respondió: ella dijo que el había entrado a la fuerza a su casa que lo conocía de vista que el intento violarla, que el estaba con la cara cubierta y estaba semi desnudo Otra: cuando ustedes lo aprenden el estaba vestido o sin ropa? Respondió: vestido, Con mono rojo, cholas negras y una chemise blanca como con una estrella Otra: que puerta rota observaste? Respondió: la de atrás de la vivienda, tenía como una punta levantada Otra: que personas estaba presentes al momentos Respondió: la mama, la muchacha, el funcionario que me acompañaba, el papa y unos vecinos que se acercaron. . Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensora Publica, a los fines de que formule preguntas: con cuantas personas te trasladaste al lugar de los hechos? Respondió: 3 Otra: Anibal y el Inspector Pérez. Respondió: que observaste cuando llegastes? Otra: la puerta que estaba levantada y al ciudadano que estaba saliendo del lugar Otra: el trato de huir del lugar? Respondió: si Otra: cuando el fue aprehendido fue señalado por alguien? Respondió: si por la muchacha y dijo que si, que si era el, y la mama también dijo que era el que estaba ahí. Otra: se hizo una rueda de individuos? Respondió: cuando llegamos al comando llamamos a todos y a la muchacha para que lo reconociera a el. Otra: quienes se bajaron a practicar la aprehensión?. Respondió: mi persona y A.B.. Otra: y la otra persona? Respondió: estaba rodeando el lugar a ver si estaba solo o acompañado. Otra: a que hora llegaron a la residencia? Respondió: como a las 7 de la mañana. Otra: que distancia hay desde el lugar que se encontraban ustedes y la de la victima Respondió: como a 20 min mas o menos. Otra: ustedes recibieron alguna llamada? Respondió: si, del comando nos notificaron por radio. Otra: que tiempo tardaron? Respondió: como 20 min. Otra: a que hora recibieron exactamente la llamada? Respondió: como a las 7 y pico, por radio como a las 6 y pico y llegamos al lugar como a esa hora. Otra: de que parte de la casa lo sacaron ustedes? Respondió: el estaba afuera, cuando nos vio el salio corriendo nosotros le dimos la voz de alto y el no se paro hasta que lo alcanzamos, luego llamamos a la muchacha para que lo reconociera porque ella decía que el tenia la cara semi cubierta y que estaba en bóxer, cuando llego la mama ella fue la que notifico al comando de lo que estaba ocurriendo. Otra: que informo la victima cuando ustedes llagaron? Respondió: ella estaba nerviosa y la llevamos al comando junto con el fue con la mama y dijo que si era el, que el se quito la ropa se quedo en short y lo conocía era de vista, que el le había dicho cosas antes. Otra: que le hizo mi defendido a la victima? Respondió: el la golpeo, dijo que el le había jalado los cabellos, se le había montado encima y que no le dio tiempo de hacerle nada pero si le toco sus partes, eso fue lo que ella nos alego a nosotros. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: Quien hace la llamada al comando? Respondió: la mama de la muchacha? Otra: la casa donde realizaron la aprehensión es la casa de la presunta Victima? Respondió: si Otra: ella estaba adentro o afuera? Respondió: cuando la aprendemos ella estaba saliendo de su casa Otra: de que color era esa casa?. Respondió: creo que de rejas blancas y la casa verde. Otra: usted conversó con los familiares de la víctima? Respondió: con la mama, ella se nos acerco luego con la muchacha. Otra: cuando llegaron ella estaba afuera o adentro? Respondió: cuando llegamos creo que estaba saliendo de su casa. Otra: usted llego a observar algún daño físico a la victima? Respondió: tenía un morado y los cabellos alborotados Otra: le llegaron a decomisar algo a Cruz? Respondió: no, no tenia ni drogas ni armas. Cesaron las preguntas.

  4. - Declaración del Testigo A.J.B.T., titular de la cedula de identidad Nº 4.899.915, quien expuso lo siguiente: “ Nosotros andábamos patrullando, yo era el conductor, fuimos llamados por radio y se trasladaron al sitio mencionado y buscaron al ciudadano que luego lo trasladamos al comando, yo estaba parado afuera con la patrulla pero en realidad no se si el otro muchacho lo saco de su casa para montarlo a la patrulla, y en el comando son otros los encargados de lo demás, Es todo.”Acto seguido se le sede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: diga usted que le informan cuando le hacen el llamado vía radiofónica? Respondió: que hay un ciudadano dentro de la casa, nosotros nos trasladamos hasta el sitio Otra: diga la dirección a la cual se trasladaron? Respondió: sector los bucares, en una casa verde, no recuerdo el numero Otra: que observó cuando llego al lugar? Respondió: estaba una muchacha nada más con el papa. Otra: que manifestaron ellos al momento de llegar la comisión al sitio? Respondió: ellos hablaron fue con el comandante de la unidad. Otra: cual es el nombre del comandante de la unidad? Respondió: J.B.. Otra: diga el lugar y el modo de la aprehensión del ciudadano? Respondió: a el lo sacaron de un fondo y lo montaron en la patrulla, las casas son iguales todas. Otra: la casa de donde lo sacan es la misma de la de persona presuntamente agraviada? Respondió: no, no era la casa verde, era otra casa. Otra: a que hora fue la aprensión del ciudadano y si recuerda como estaba vestido `para el momento? Respondió: fue como a las 10 de mañana, cargaba un pantalón rojo con una camisa blanca creo que de rayas. Otra: tuvo usted conocimiento posterior de lo que había sucedido con relación a los hechos? Respondió: no, porque nos fuimos a entregar al muchacho al comando y nos fuimos a otro procedimiento, de eso se encargan los jefes de investigaciones. Otra: la casa color verde es la casa donde se encontraba la presunta victima? Respondió: si, la casa verde. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensora Publica, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: C.A. trato de huir del sitio donde fue aprehendido? Otra: no, porque el muchacho lo agarro del fondo. Respondió: en la residencia donde se practico la aprensión es la vivienda de la presunta victima Otra: no, es otra casa Otra: recuerda si es la casa donde reside mi defendido? Respondió: desconozco porque no lo conozco. Otra: recuerda el color de la casa? Respondió: no, porque era de bloques. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: recuer5da si al momento de la aprehensión el ciudadano que sacan del interior de la casa estaba desnudo, o vestido? Respondió: venia vestido con un short rojo, como con una bermuda. Otra: por que al momento de que la fiscal le hizo referencia de una pregunta relacionada a la casa ustedes respondió inmediatamente que no era la casa de color verde? Respondió: la del color verde es la de muchacha y de donde lo sacaron a el era en potra casa Otra: usted es vecino de allí? Respondió: no, yo soy patrullero, yo vivo en anaco Otra: cuando hacen la salida del presunto agresor recordó ver la victima? Respondió: no recuerdo haberla visto. Otra: usted dijo que la vio con su papa y con su mama es así? Respondió: mi compañero si la vio. Otra: usted estaba afuera o permaneció dentro de la patrulla al momento de la aprensión? Respondió: dentro de la patrulla Otra: quien hizo la aprensión? Respondió: J.B.O.: el en algún momento se negó a ir a la policía? Respondió: no, el se venia sereno. Otra: usted acude al sitio por una llamada radiofónica o por un operativo de patrullaje? Respondió: nos llamaron y dijeron que había un señor con ganas de violentar la casa. Otra: usted observo si su compañero le quito al acusado algún tipo de instrumento o armas? No le decomisaron nada? Respondió: no, no. Otra: cual fue la reacción de la comunidad? Respondió: no, ellos se aglomeran y no dicen nada, en el comando estaba es la mama de la muchacha y el ya estaba detenido Otra: usted recuerda de la persona que detuvieron? Respondió: si, al muchacho, esta mas cambiado, mas delgado. Cesaron las preguntas.

  5. - Declaración del Testigo A.A.B.M., titular de la cedula de identidad Nº 16.423.139, quien expuso lo siguiente: “Ese día a las 11 de la mañana llegaron a buscar al muchacho a la casa, yo me extrañe, dijeron que había intentado violar a una muchacha y se le llevaron, me dicen los policías ya lo trajeron, nunca lo trajeron, se quedo preso porque intento violar a la muchacha”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensa Pública a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: Diga el lugar donde los funcionarios practicaron la detención de C.A.M.A.. Respondió: en mi casa a las 11 am. Otra: diga usted a que distancia vive del sitio donde presuntamente sucedieron los hechos Respondió: 100 metros. Otra: desde cuando conoce al hoy acusado? Respondió: desde pequeño vivo con su hermana desde hace 12 años Otra: como ha sido la conducta del acusado? Respondió: bien, un muchacho trabajador, correcto Otra: usted se recuerda que ropa tenia al momento de su detención? Respondió: pantalón rojo camisa blanca. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra la Representación Fiscal, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: vivía el acusado en la misma residencia para el momento en que ocurrió el hecho? Respondió: si en mi casa. Otra: recuerda si ese día 11 el amaneció en su casa? Respondió: si Otra: que parentesco tiene usted con el? Respondió: es cuñado mió, estoy casado con una hermana de el. Otra: tiene conocimiento usted si el hoy acusado tenia relación con la hoy victima? Respondió: ninguna. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: usted conoce alguna hermana del señor cruzA. medina? Respuesta: si, a toditas, a Mariela, Karina, Maria, y la esposa mía que se llama Arrimar. Otra: usted conoce a la ciudadana Josmayrin J.M.? Respondió: si, vive cerca Otra: sabe usted si el ciudadano cruz mantuvo alguna relación con la ciudadana Josmayrin? Respondió: no Otra: y con las hermanas? Respondió: no en ningún momento Otra: luego que ocurre el presunto hecho usted tuvo comunicación con las hermanas? Respondió: si, para decirme que estaba detenido Otra: usted declaro en la policía? Respondió: no, nunca Otra: tiene conocimiento si la ciudadana Josmayrin tiene algún grado de parentesco con algún funcionario policial? Respondió: no Otra: usted ha visitado esa casa? Respondió: no Otra: a cuantas casas de su casa queda la casa de la victima? Respondió: como a 6 casas, del lado contrario Otra: de que color es esa casa? Respondió: verde. Cesaron las preguntas.

  6. - Declaración de la Testigo R.M.G.R., titular de la cedula de identidad Nº 6.025.089, quien expuso lo siguiente: “yo venia era decir que a el lo sacaron de su casa dormido, como a las 11 de la mañana, yo vivo al frente y eso”. Es todo. Acto seguido se le cede la palabra la Defensa Pública, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: indique el lugar, hora y fecha en que presuntamente ocurrieron los hechos. Respondió: a las 11, del 11 de abril del 2009. Otra: exactamente donde los funcionarios practicaron la detención de C.M.? Respondió: en su casa Otra: donde se encontraba usted al momento de la detención? Respondió: al frente de su casa Otra: con quien se encontraba? Respondió: con mi esposo Otra: a que distancia vive usted del sitio donde detuvieron a cruz medina? Respondió: pasa la callecita, vivimos al frente Otra: desde cuando conoce usted a Cruz? Respondió: 2 años y medio Otra: que ropa tenia cuando lo detuvieron? Respondió: un pantalón rojo y camisa blanca Otra: que conocimiento tiene de los hechos? Respondió: estábamos afuera cuando llego la patrulla y lo sacaron a el, después llegaron el papa, la muchacha y el novio de la muchacha, que supuestamente lo había violado, eso es mentira; Otra: usted conoce a la ciudadana Josmayrin? Respondió: no, de vista nada mas Otra: cual es la conducta de cruzA.M.? Respondió: nunca lo llegue a ver ni hablando con ella ni nada, ella siempre pasa por ahí y el nunca la pasa en cuente Otra: a que se dedica el acusado? Respondió: el trabaja sembrando hortalizas. Cesaron las Preguntas. Acto seguido se le cede la palabra a la Defensora Pública, a los fines de que formule preguntas: Primera Pregunta: puede indicar los presuntos hechos que usted conoce sobre lo ocurrido? Respondió: no tengo conocimiento Otra: diga usted si por el hecho de ser vecina sabe usted si el ciudadano C. medina tenia alguna relación de amistad o enemistad con la ciudadana Josmayrn o alguno de sus familiares. Respondió: no. Cesaron las preguntas. Acto seguido el Tribunal procede a formular las siguientes preguntas: Primera Pregunta: ciudadana R.M., con quien vive C.A., donde duerme? Respondió: en la casa de su hermana, con el cuñado, el trabaja con ellos ahí. Otra: conoce al ciudadano A.A.? Respondió: si. Otra: cuanto tiempo tiene conociendo al ciudadano acusado Respondió: 2 años y medio Otra: cuando usted manifiesta que usted observo que sacaban a C.A. con quien estaba. Respondió: con mi esposo, estábamos afuera sentados. Otra: que fue lo que observaron Respondió: la patrulla, como si fuesen unos locos, entonces entro un señor y me dijo ese es el papa de esa muchacha, y lo sacaron dormido Otra: usted no tiene trato con la señorita Josmayrin Respondió: no Otra: nunca vio a Cruz con Josmayrn? Respondió: no Otra: actualmente Josmayrin vive en la misma residencia? Respondió: no, ella se mudo con su marido, para un terreno que parece que invadieron Otra: quien le dio la información? Respondió: el esposo mio. Otra: cual es el nombre de su esposo? Respondió: L.F.F.O.: su casa a cuantas casas queda de la presunta victima? Respondió: a 4, de la casa Otra: de que color es? Respondió: creo que esta pintada de azul, no se, porque tiene una pared de bloques. Otra: cuando detienen al ciudadano que escucha en ese momento? Respondió: en ese momento no escuchamos nada solo el rebullicio, después fue que pregunte y me dijeron que supuestamente se metió en la casa de la muchacha y lo violo y eso, pero no sabia que era por eso, la muchacha y el novio después llegaron a la casa de el, y se fueron, después vivieron con la patrulla Otra: como a que hora la señorita llego a la casa de Cruz? Respondió: como a las 8 y media Otra: le dijeron o la vio. Respondió: yo la vi. Otra: usted conoce a las hermanas del señor Cruz? Respondió: de vista, nada más a la que vive ahí. Otra: quien la llamo para declarar. Respondió: yo misma, si el muchacho fuese malandro o eso no estuviese aquí. Cesaron las preguntas.

DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA

QUEDARON ACREDITADOS Y VALORACIÓN

DE LAS PRUEBAS

El Tribunal estima que de las pruebas aportadas al presente proceso sólo se comprobó la no participación del Acusado C.A.M., ya identificado en los hechos denunciados ocurridos presuntamente en fecha 11/04/2009, en perjuicio de la Ciudadana JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, ello en virtud de que en su mayoría las pruebas aportadas al proceso como fueron, los testimonios de los testigos MANELA DE JESUS MONYS, AGENTES J.E.B., A.B. y la Víctima JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, todos ellos fueron inexactos, contradictorios al comparar sus testimonios entre si, tratando de afirmar cada uno de ellos, que el ciudadano C.A.M.A. era el culpable del delito aquí enjuiciado, ninguno de estos testimonios tuvieron coherencia alguna, por el contrario fueron respuestas contrarias y no creíbles tomando en cuenta la lógica y lo que comúnmente sucede en casos similares donde la calificación del delito es el mismo que en el presente caso. Como consecuencia de ello, no se probó el presunto delito sufrido por la ciudadana JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA.

Así nos encontramos que los funcionarios que practicaron la detención del ciudadano C.A.M.A., fueron confusos en sus declaraciones en cuanto al modo, lugar y hora de aprehensión, cuando el funcionario A.B., quien era el conductor de la patrulla, manifestó “… yo estaba parado afuera con la patrulla pero en realidad nose si el otro muchacho lo saco de su casa para montarlo a la patrulla…” también dijo en su declaración que al llegar al lugar, observaron una muchacha nada mas con el papá y que la hora de la aprehensión del ciudadano, fue como a las 10 de la mañana. A pregunta hecha por la Defensa Pública sobre el color de la casa donde realizaron la aprehensión este respondió “… la de color verde es la de la muchacha y de donde lo sacaron a el era en otra casa…” también respondió a esta pregunta ¿el en algún momento se negó a ir a la policía? Respondiendo: no, el se veía sereno. El Testigo, funcionario de nombre J.E.B. dijo en su declaración que llegaron al sitio como a las 7 de la mañana y a pregunta hecha por la Defensa ¿De que parte de la casa lo sacaron ustedes? Respondió: El estaba afuera, cuando nos vio el salió corriendo nosotros le dimos la voz de alto y el no se paró hasta que lo alcanzamos…” Como puede evidenciarse, estas declaraciones fueron contradictorias entre si, no lograron determinar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que supuestamente ocurrieron los hechos que fueron ratificados por la representante del Ministerio Público, motivo por el cual no se le puede dar valor probatorio a estos testimonios. Y ASI SE DECIDE.

MANELA DE J.A.L., dijo en su declaración “…yo había salido con mi otra hija y ella se quedó sola en la casa…” esta testigo no pudo explicar en sala, a que hora salió de su casa y cuando regreso dejando claro únicamente, que para el día y la hora en que presuntamente ocurren los hechos, no se encontraba en su casa. Dijo: “…llegue como a las 6, vi que la puerta estaba forzada y espere que vinieran los funcionarios…” Manifestó igualmente en su deposición, que ella se entera de los hechos porque la llaman por teléfono unos familiares del novio de su hija que vive cerca. Asimismo, esta informó que al enterarse inmediatamente llama al Padre de su hija para que este llame a la policía. Dijo también que a C.M. lo sacaron del fondo de su casa, y que su hija no se le veía signos de violencia que se pudiera ver a simple vista. A pregunta hecha por la defensa ¿no tenia algún hematoma o algún chichón? Respondió: una cachetada no deja morado, y el golpe si fue simple pero no le dejó ningún signo…” Llamando poderosamente la atención a quien aquí juzga que esta ciudadana siendo la madre de la víctima, no haya sido quien inmediatamente haya referido un examen medico o si quiera una evaluación psicológica para examinar lo sucedido presuntamente a su hija JOSMAYRIN. Esta declaración, solo probó que no se realizó en ningún momento el hecho aquí mencionado y por el cual se ha producido este Debate Oral pues, solo a generado una gran extrañeza en esta juzgadora por cuanto las respuestas ofrecidas por esta testigo, no se relacionaban con lo ya declarado por su hija JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, tanto que en Audiencia, el Alguacil llamó la atención debidamente para que esta no hiciera señas con su mirada hacia su progenitora como especie de símbolo o contraseña para hacer de las respuestas algo paralelo con su declaración. Por todo ello, carece de credibilidad este Testimonio. Y ASI SE DECIDE.

Los Testigos A.A.B.M. y R.M.G.R., manifestaron que al ciudadano C.A.M.A., lo sacaron los policías de su casa. Asimismo, declararon sobre la buena conducta del referido ciudadano diciendo que es un muchacho trabajador, correcto y que nunca lo vieron hablar con la Víctima JOSMAYRIN MONYS AVILA a pesar, de reconocer que si la conocen pero de vista nada más. Con todo ello se evidenció, la no participación del ciudadano C.A.M.A., en los hechos imputados por la Fiscalia. Por tanto dichos testimonios son valorados al momento de dictar una Sentencia Absolutoria. Y ASI SE DECIDE.

Analizado como ha sido el testimonio de la Víctima ciudadana JOSMAYRIN JOSE MONYS AVILA, quien es testigo presencial y directa de los hechos objeto del presente proceso, es necesario indicar que no aportó para esta Juzgadora, ninguna prueba que pudiera comprometer al Ciudadano C.A.M.A. como el responsable del delito imputado por el Ministerio Público por el contrario, con esta declaración se demuestra que esta ciudadana nunca fue víctima de violencias ni agresiones por parte del hoy Acusado. Siendo conteste a las preguntas realizadas por la Fiscalía dijo: “¿que tiempo tuvo contigo aproximadamente en tu habitación? Respondió: Como 3 horas mas o menos, desde las 3 am hasta como a las 6am.” Se pregunta esta Jueza como es que transcurrieron tantas horas y en ese lapso de tiempo no ocurrió lo que presuntamente el Acusado iba a realizar cumpliendo con lo que le habían encomendado según dijo la Víctima en su declaración, también refirió esta, que el ciudadano C.M. salió fuera de la casa y volvió a entrar varias veces, también se pregunta esta juzgadora porque razón la Víctima no aprovechó esta circunstancia para huir o llamar por teléfono o gritar. En su declaración manifestó ante el Tribunal que fue solo a las 6 am, es decir, cuando amaneció fue que ella decidió gritar; se le preguntó por que no lo hizo antes y ella respondió, que esperaba que fuese más claro, que amaneciera. Esta reacción no es entendible desde ningún punto de vista tratándose de la angustia y desesperación por salir de esa situación, lo más lógico es tratar de buscar ayuda lo más pronto posible y de haber gritado muy probablemente algún vecino le hubiese escuchado y no fue lo que aquí ocurrió. Ella manifestó a pregunta hecha por la Fiscalía ¿Durante ese tiempo el llegó abusar de ti? Respondió: No. Otra: ¿Por qué? Respondió: Yo trataba de hablar con el, y yo me inventaba mil pretextos, yo le decía que tenia ganas de vomitar, entraba al baño para pasar el tiempo ahí…” Esto se entiende como algo absurdo si pensamos que una persona que va decidido hacer o a cometer este tipo de delitos, no vacila tanto tiempo, va directo hacerlo sin esperar ni tener consideración con su Víctima. Ella dijo que habia forcejeado, había dado golpes, patadas y que el Acusado le dio una cachetada sin embargo, su progenitora manifestó que no tenía rastro de violencia física en su cuerpo por lo tanto no consideró el enviarla a la medicatura forénse. Por todas estas circunstancias, este testimonio no puede ser considerada actividad mínima probatoria de cargos por lo tanto, no es suficiente para dictar una sentencia condenatoria. Y ASI SE DECIDE.

La declaración del ACUSADO, ha sido estimada por esta Juzgadora como un medio de defensa, por lo tanto han sido analizados los hechos narrados por el mismo, de lo que se coligió simplemente en el presente proceso no se logro desvirtuar la presunción de inocencia con la cual esta protegido el acusado de autos, entendiendo este Juzgadora que el acusado nada tiene que probar, siendo esta una carga del Estado, y ante la duda que ha surgido en esta Juzgadora, sobre los hechos objeto del presente proceso, dicha duda debe favorecer al acusado, y en estos términos fue analizada la declaración del acusado.

Como PRUEBA DOCUMENTAL, solo se presentó una INSPECCION TECNICA POLICIAL SIN NUMERO de fecha 12-04-2009, practicada por el funcionario Agente J.B., adscrito a la Policía Municipal de San Mateo, la cual fue leída en sala de audiencia no probándose con esto, que la víctima hubiere sufrido algún daño cometido por el ciudadano C.A.M.A..

En virtud de los razonamientos anteriormente esgrimidos, esta Juzgadora estima que ha quedado demostrada la inocencia del acusado, en relación al delito de VIOLENCIA SEXUAL, por no existir pruebas para debatir sobre el hecho por el cual se le acuso, en consecuencia la decisión que en justo derecho debe dictar este Tribunal es declarar INCULPABLE al ciudadano C.A.M.A., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.711.629, de estado civil: soltero, nacido en Barcelona, en fecha 4-10-1987, de 23 años de edad, de profesión u oficio: agricultor, hijo de I.F.M. (V) y A.A. (V), domiciliado en el Sector lo Bucares, San Mateo, Casa S/N, Estado Anzoátegui, y en consecuencia dictar sentencia absolutoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 107 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV., ordenándose el cese de las medidas cautelares sustitutivas que pudieran pesar en contra del acusado tanto de carácter real como personal. No condenándose en costas en la presente causa penal tomando en consideración lo planteado en el transcurso de todo el debate, lo cual les favorece conforme a lo dispuesto en el único aparte del artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

  1. como fueron los testimonios escuchados en esta Sala, asimismo, las conclusiones presentadas por el Ministerio Publico y la Defensa Publica en este debate Oral, este Tribunal haciendo uso de las máximas experiencias, las reglas de la lógica y ante la falta de pruebas de los hechos imputados por el Ministerio Publico y presentados ante esta Instancia Jurisdiccional de conformidad con el Articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Anzoátegui procede a dictar sentencia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: declara INCULPABLE al ciudadano C.A.M.A., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.711.629. SEGUNDO: Se ordena la libertad inmediata desde esta misma Sala al ciudadano C.A.M.A.. TERCERO: NO se condena en Costas Procesales al referido ciudadano. CUARTO: La publicación del fallo definitivo será publicado a la quinta Audiencia del día de hoy. Se deja Constancia que se dio cumplimiento a los Principios Generales del Proceso, como lo son la Oralidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, establecidos en los artículos 14, 16, 17 y 18 todos de la Ley Objetiva Penal. Dada, sellada y refrendada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los doce (12) días del mes de Agosto del año dos mil diez (2010) 200° años de la Independencia y 151° año de la Federación.-

LA JUEZA DE JUICIO

ABOG. A.R. HALEGIYS

LA SECRETARIA

ABOG. ALIANNE BASTIDAS.

ASUNTO: BP01-S-2009-000412

DECISION: SENTENCIA ABSOLUTORIA

FECHA: 12/08/2010

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