Decisión nº PJ0042013000285 de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 20 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2013
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteClaudia Bracho
ProcedimientoInterrupción Del Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo

Punto Fijo, Miércoles (20) de Noviembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-000462

ASUNTO : IP11-P-2009-000462

AUTO DECLARADO INTERRUMPIDO JUICIO ORAL Y PÚBLICO.-

Revisadas como han sido las actas procesales que componen el presente asunto, se observa que en fecha (30) de Julio de 2013, se dio inicio al Juicio Oral y Público Unipersonal, seguido en contra del acusado ciudadano ONEIDO M.H.G., titular de la cédula de Identidad Nº V.- 15.016.550, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, con el agravante establecido en el artículo 46 ordinal 5 ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; habiéndose fijado continuación para el día 09.10.2013.

Ahora bien, previa verificación de la agenda secretarial llevada en su oportunidad por la Secretaria Suplente Diagnys Miranda mediante la cual se observa que de la relación de apuntes diarios referente a los actos a celebrarse por este Juzgado en fecha 09.10.2013 (fecha en la que no hubo despacho por encontrarse esta Juzgadora de reposo medico), no se constato el apunte referido al presente asunto penal, lo cual trajo consigo el omitir de su reprogramación.

Es así como, al verse afectado el principio de continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la cual se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 30.07.2013, conforme con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO F.E.P.F. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Publico iniciado en la presente causa en fecha 30.07.2013 seguido en contra del ciudadano ONEIDO M.H.G., titular de la cédula de Identidad Nº V.- 15.016.550, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, con el agravante establecido en el artículo 46 ordinal 5 ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, al haber sido afectado el principio de continuidad del proceso penal venezolano, es razón por la este tribunal acuerda. PRIMERO: Se declara INTERRUMPIDO el Juicio Oral y Público de conformidad con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija nuevamente apertura de juicio oral y público para el día MARTES 28-01-2014 A LAS (09:00) HORAS DE LA MAÑANA; fecha esta, en virtud de la cantidad de los actos fijados en la agenda Única Llevada por este despacho, de conformidad a lo establecido en la sentencia N° 483 de fecha 14-04-2005, expediente N° 050265 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Se ordena oficiar la Coordinación Judicial a los fines de hacer del conocimiento de la irregularidad observada en varios asuntos incorrectamente u omisivamente tramitados por la ciudadana Secretaria Suplente Diagnys Miranda. Notifíquese a las partes, fiscal, defensa privada y al acusado para la fecha indicada.- Cúmplase.-

LA JUEZA PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO

ABOG. C.R.B.P..

ABG. N.F.C.

LA SECRETARIA

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