Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 14 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2014
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteMilagros Hilda Fuenmayor Gallo
ProcedimientoPartición De Bienes Comunes

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, catorce [14] de marzo de dos mil catorce [2014].

203º y 155º

Como quiera que el defensor judicial abogado en ejercicio D.H.S.M., nombrado por este Juzgado, mediante auto de fecha 07 de marzo de 2014, aceptó el cargo recaído, tal y como, se evidencia del acta de esta misma fecha, que obra inserta al folio 94 del presente expediente, este Tribunal ordena librar recibo de citación, al prenombrado profesional del derecho, en su condición de Defensor Judicial del demandado de autos, ciudadano F.A.U.U., para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los VEINTE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a aquél en que conste en autos su citación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a fin de que dé contestación a la demanda cabeza de autos, en los términos a que se contrae el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil; anexándosele copias certificadas del libelo de la demanda y de la diligencia de fecha 10 de julio de 2013, con la orden de comparecencia. Líbrese el recibo y entréguesele al Alguacil de este Juzgado para que lo haga efectivo. Certifíquense por auto separado la copia fotostática del escrito libelar que obra del folio 01 al 02 y de la diligencia de fecha 10 de julio de 2013, que obra al folio 26 del presente expediente. Líbrese recibo de citación con su respectiva compulsa.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. M.F.G.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En…

… la misma fecha se libró el recibo de citación con su respectiva compulsa al defensor judicial y se entregó al Alguacil de este Tribunal para que lo haga efectivo. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

MFG/SQQ/yp.-

Exp. 10.580.-

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, catorce [14] de marzo de dos mil catorce [2014].

203º y 155º

En atención a lo ordenado en el auto anterior de esta misma fecha, certifíquese por Secretaría la copia fotostática del libelo de la demanda que riela del folio 01 al 02 y de la diligencia de fecha 10 de julio de 2013, que obra al folio 26 del presente expediente de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, e insértese al pie de la certificación el presente auto.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. M.F.G.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En la misma fecha se expidió copia fotostática certificada del escrito libelar que riela del folio 01 al 02 y de la diligencia de fecha 10 de julio de 2013, inserta al folio 26 del presente expediente. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

MFG/SQQ/yp.-

Exp. 10.580.-

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