Decisión de Juzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia" de Merida (Extensión El Vigia), de 18 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia"
PonenteJulio Cesar Newman Gutierrez
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE.

197º Y 148º

Visto el convenimiento celebrado entre el ciudadano Sentob S.B.S., de nacionalidad Española, titular de la cédula de identidad Nro. E-621.083, con el carácter de ex cónyuge y tercero pagador de la ciudadana B.T.D., parte demandada en el presente juicio y quien en el acta de embargo expuso: “me presento en este acto como tercero pagador de la deuda de la ciudadana B.T.D., demandada de autos, realizado este pago natural y conviniéndome y subrogándome ante el decreto intimatorio emitido por el Tribunal de la causa...”, y la parte actora; mediante acta de embargo suscrita por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 09 de julio de 2007 (folios del 09 al 12 y vueltos), del cuaderno de medidas, este Tribunal, observa:

El presente juicio se trata de Cobro de Bolívares Vía intimatoria y de la revisión de las actas procesales se puede constatar que las partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y se trata de derechos disponibles, pues tiene por objeto materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con los artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente convenimiento solo en cuanto al pago y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, no se archive el expediente hasta tanto no se verifique el último de los pagos; en cuanto a la subrogación al decreto intimatorio este Tribunal, se abstiene de homologar por cuanto el tercero ante el decreto intimatorio no puede subrogarse el derecho sobre el cual no ha sido autorizado por el demandado. Así se establece. Agréguese Cuaderno de Medidas al Expediente principal. LA---------------

JUEZ TEMPORAL,

ABG. N.C. BONILLA V.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

O.G.

En la misma fecha se agregó cuaderno de medidas al expediente principal.

SRIA.

RQ.

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