Decisión de Tribunal Quinto de Control de Monagas, de 14 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2012
EmisorTribunal Quinto de Control
PonenteLisett Prada Guerrero
ProcedimientoSentencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 14 de Noviembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-007836

ASUNTO : NP01-P-2012-007836

Por cuanto fecha 12 de octubre de 2012, se celebró la Audiencia Preliminar del el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: C.J.S.A., EGDY G.L., G.Z.C.R. y M.A.F.C., es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación del Acusado

C.J.S.A., titular de la Cédula de Identidad Nº 7.141.804 venezolano, de 43 años de edad, Estado Civil: soltero, hijo de: TROSA ACOSTA (V) y LUIS SEQUERA (F), de profesión u oficio TESORERO DE LA COOPERATIVA Siclo Oriental, natural de Puerto cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 06-04-1969, domiciliado en Urbanización Las carolinas, calle 02, casa 285, Maturín Estado Monagas; teléfono 0416-5984104. Quien se encuentra asistido por el Defensor Privado ABG. L.B., el segundo imputado EGDY G.L., titular de la Cédula de Identidad Nº 5394687 venezolano, de 59 años de edad, Estado Civil: soltero, hijo de: E.L. (V) y J.G. (F), de profesión u oficio OBRERO, natural de MATURIN Estado Monagas, nacido en fecha 05-02-1955, domiciliado Sector Villa La Ameritas calle Brasil casa sin numero, Sector La Puente, Maturín Estado Monagas, teléfono 0416-7902603. Quien se encuentra asistido por la Defensora Publica 14 Publico ABG. S.M.. Seguidamente se hace pasar el Tercer imputado G.Z.C.R. titular de la Cédula de Identidad Nº 6014614 venezolano, de 48 años de edad, Estado Civil: soltero, hijo de: L.R.D.C. (V) y de JUALIAN CARICORE (F), de profesión u oficio DEL HOGAR, natural de V.E. CARABOBO, nacido en fecha 14-02-1962, domiciliado en Villas La Ameritas Calle Brasil, casa sin numero El Rosillo la Puente, Maturín Estado Monagas, teléfono 0416-7902603. Quien se encuentra asistido por la Defensora Publica 15 Publica ABG. S.M.. Seguidamente se hace pasar el CUARTO imputado M.A.F.C. titular de la Cédula de Identidad Nº 11.775.807 venezolano, de 41 años de edad, Estado Civil: soltero, hijo de: B.D.V.C. (V) y de S.A.F. (F), de profesión u oficio ALBAÑIL, natural de MATURIN ESTADO MONAGAS, nacido en fecha 29-09-2001, domiciliado en Villas Las ameritas calle M.Z.E.R., casa sin numero, Maturín Estado Monagas, teléfono 0416-2873211, Por la presunta comisión del delito de CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, LUCRO ILEGAL Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS para el primero de los citados y a los demás por los delitos previstos en el artículo 70, 72 y 80 numeral 3° de la Ley contra la Corrupción y CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS, previstos en los artículos 70, 52 segundo aparte y 80 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.

De los Hechos y Motivos en Relación a los acusados

“ En fecha 31-08-2012, con los elementos de convicción y medios probatorios que el Ministerio Publico presentara en el juicio Oral y publico, demostrara efectivamente que en la presente causa , en fecha 02 de febrero del año dos mil once (2011) esta representación Fiscal, recibe denuncia interpuesta por el ciudadano I.J.B., identificado con la adula de identidad Nro. V-9.367.582 en representación de los habitantes del sector Las villas Las ameritas, ubicado en el Sector Invasión La puente; municipio maturín Estado Monagas en contra los ciudadanos EGDY G.L., G.Z.C.R., M.A.F.C., R.N., P.A.L.L., M.C.W.P.M.B., presuntamente representantes revocados del C.C. de esa comunidad, en razón de presuntas irregularidades presentadas en la misma y a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA CICLO ORIENTAL 200 RL, representada por el ciudadano C.J.S.A., con ocasión a los créditos otorgados por distintas instituciones del estado, así como el manejo de los recursos otorgados para la construcción de obras de interés social para la comunidad, entre ellas el proyecto “ 15 granjas integrales (mini fincas socio productivas) “ , “ Inspección y accesoria para las inspecciones de la red de distribución de aguas potables” y “ culminación de 2da etapa de tanque metálico elevado de200mil litros, todos en la referida comunidad por lo que con ello se le da estricto cumplimiento a lo establecido en el articulo 308 numeral 2 del Código Orgánico procesal penal.

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscalia Décima Segunda (A) del Ministerio Público, Abg. G.C., en cuanto a la calificación jurídica del delito de CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, LUCRO ILEGAL Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS para el primero de los citados y a los demás por los delitos previstos en el artículo 70, 72 y 80 numeral 3° de la Ley contra la Corrupción y CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS, previstos en los artículos 70, 52 segundo aparte y 80 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.

Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública tanto de la por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley.; asimismo se le concede el derecho a la Defensa Privada y Pública de adherirse a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.

MEDIDA DE COERCION

De conformidad a las facultades que prevé el legislador en el artículo 313 ordinal 5°, a criterio de esta Juzgadora a los fines de asegurar su comparecencia al proceso se impone Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada cuarenta y cinco (45) días, ante la oficina del alguacilazgo, por considerarla proporcional.

Orden de Abrir el Juicio Oral y Público

Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 313 ordinal 2° y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para los acusados C.J.S.A., EGDY G.L., G.Z.C.R. y M.A.F.C., por la presunta comisión de los delitos de CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, LUCRO ILEGAL Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS para el primero de los citados y a los demás por los delitos previstos en el artículo 70, 72 y 80 numeral 3° de la Ley contra la Corrupción y CONCIERTO DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PUBLICO, PECULADO DOLOSO IMPROPIO Y CERTIFICACION DE OBRAS MAL EJECUTADAS, previstos en los artículos 70, 52 segundo aparte y 80 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.

Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción a la Secretaria

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía décima Segundo del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.

JUEZA QUINTA DE CONTROL

ABG. L.P.G.

LA SECRETARIA

ABG. ARIADNA RODRIGUEZ

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