Decisión nº S1C-206-06 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 28 de Julio de 2006

Fecha de Resolución28 de Julio de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteWilmer Margarita Aranguren Tovar
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San F. deA., 28 de Julio de 2006

196º y 147º

ENTREGA DE VEHICULO

CAUSA N° S1C-206-06

FISCAL: FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO.

SOLICITANTE: E.A.P.B..

ABOGADO ASISTENTE: DR. V.A.A..

Realizada como fue la Audiencia Especial de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal en esta misma fecha, en la cual el Fiscal Cuarto del Ministerio Público DR. F.J.V., expone que se decida por auto separado la entrega del vehículo solicitado. Ahora bien, visto el escrito consignado por el solicitante ciudadano E.A.P.B., asistido por el abogado en ejercicio DR. V.A.A., donde solicita conforme a lo previsto en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la entrega de un vehículo de su propiedad determinado por las siguientes características: MARCA: HYUNDAI; MODELO: ACCENT; AÑO: 1998; COLOR: VERDE; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; CLASE: AUTOMOVIL; PLACA: SAH-96G; SERIAL DE CARROCERIA: KMHVF11LPWU515914; SERIAL DE MOTOR: G4EHW364103, el cual se encuentra depositado en el Estacionamiento “EL MULTIPLE”, ubicado en el Sector Biruaquita, Municipio Biruaca Estado Apure. Este Tribunal para resolver sobre lo solicitado, observa: Este Tribunal para resolver sobre lo solicitado, observa:

Que el vehículo está sujeto a la investigación signada con el N° 04-F4-0319-06, que iniciara el Ministerio Público, específicamente la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien deberá concluir la investigación en los lapsos que le establece la ley procesal penal.

Que la norma prevista en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, concede a las partes o terceros interesados acudir ante el Juez de Control solicitando la devolución de cosas u objetos recabados mediante el proceso investigativo. En tal sentido, la solicitud de auto es procedente y conforme a derecho, pues en la misma se evidencia que se han cumplido con los trámites útiles y necesarios para determinar y dejar constancia del objeto.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. ACUERDA:

PRIMERO

CON LUGAR la solicitud de entrega del vehículo distinguido con las siguientes características: MARCA: HYUNDAI; MODELO: ACCENT; AÑO: 1998; COLOR: VERDE; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; CLASE: AUTOMOVIL; PLACA: SAH-96G; SERIAL DE CARROCERIA: KMHVF11LPWU515914; SERIAL DE MOTOR: G4EHW364103; pudiendo transitar por todo el Territorio Nacional, EN CALIDAD DE DEPÓSITO al ciudadano: E.A.P.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 13.937.876, el cual se encuentra depositado en el Estacionamiento “EL MULTIPLE”, ubicado en el Sector Biruaquita, Municipio Biruaca Estado Apure. Quien en lo sucesivo fungirá como Depositario del referido bien, quedando obligado a:

1) Mantener el vehículo automotor que se entrega en depósito en perfectas condiciones de funcionamiento.

2) Darle el uso adecuado y destino propias a la naturaleza del bien.

3) Presentar el vehículo dado en depósito a intervalos de TREINTA (30) DÍAS entre una y otra oportunidad, por ante este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, quien dejará constancia de cada presentación.

4) Presentar el vehículo entregado en depósito ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, las veces que sea requerido.

5) Se prohíbe expresamente al Depositario Judicial ciudadano E.A.P.B., titular de la Cédula de Identidad N° 13.937.876, enajenar o gravar el vehículo entregado en depósito.

SEGUNDO

Ofíciese al Gerente o encargado del Estacionamiento “EL MULTIPLE”, ubicado en el Sector Biruaquita, Municipio Biruaca Estado Apure; a los fines de hacer entrega del vehículo con las siguientes características: MARCA: HYUNDAI; MODELO: ACCENT; AÑO: 1998; COLOR: VERDE; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; CLASE: AUTOMOVIL; PLACA: SAH-96G; SERIAL DE CARROCERIA: KMHVF11LPWU515914; SERIAL DE MOTOR: G4EHW364103, al ciudadano: E.A.P.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 13.937.876.

TERCERO

Entréguese copia certificada de la presente decisión dictada por este Tribunal al ciudadano solicitante E.A.P.B..

Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público para que concluya la investigación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR.

EL SECRETARIO,

ABG. J.L.S..

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

ABG. J.L.S..

Causa N° S1C-206-06

WAT/JLS/wn.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR