Decisión de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 14 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2008
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteWendy Yanez Rodriguez
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL T.D.L.C.J.

DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 14 de noviembre de 2008

Años 198° y 149°

EXPEDIENTE N° 5615

PARTE ACTORA : E.Y.T.S., Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.713.566, de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE

PARTE ACTORA.

: Abg° R.H.E.G., Inpreabogado N° 14.571.

MOTIVO

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (SUMARIA)

Se inicia el presente procedimiento por solicitud suscrita y presentada por la ciudadana E.Y.T.S., ya identificada, debidamente asistida por el abogado R.H.E.G., Inpreabogado N° 14.571, y recibida en este Tribunal por distribución en fecha 11 de noviembre de 2008, constante de un (01) folio útil y cinco (05) anexos.

Señala la solicitante, en su escrito libelar que al momento de ser asentada su PARTIDA DE NACIMIENTO, en los Libros de Nacimientos llevados por la extinta Prefectura del Municipio B.d.E.Y., hoy Registro Civil del Municipio B.d.E.Y., para el año Mil Novecientos Setenta y Nueve (1979), inserta bajo el Nro. 175, folio 92, de fecha 09 de marzo de 1979; el funcionario incurrió en el siguiente error material: al asentar erróneamente su nombre como “ELIAN” siendo totalmente incorrecto, ya que su nombre es “ELIANI”, tal como se desprende de la documentación anexa al escrito libelar, constante de copia certificada de Registro de Titulo, emanado del Ministerio

de Educación Cultura y Deporte, Dirección General de Desarrollo Educativo, Dirección de Evaluación y Acreditación, Zona Educativa Carabobo; C.d.E. emanada de la Misión Sucre Carabobo, del Licenciado José Mújica Coordinador de Aldea Universitaria Carabobo, Parroquia R.U.M.V.; Datos Filiatorios emanado del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (ONIDEX), Oficina Carabobo y Cédula de Identidad de la solicitante en original y copia fotostática. Y en virtud que dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, NO AMERITA UN JUICIO DE MANERA ORDINARIA, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL T.d.l.C.J. del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana E.Y.T.S., anotada bajo el Nro. 175, de los Libros de Registro Civil del Municipio B.d.E.Y. y el Registro Civil Principal del mismo Estado, para el año 1979, en el sentido donde se colocó su nombre como “ELIAN YANETH” Diga en lo adelante “ELIANI YANETH” Que es lo correcto, es decir su verdadero nombre es E.Y.T.S..

Expídase copia certificada de la presente decisión y con oficios remítase al REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO B.D.E.Y., y al REGISTRADOR CIVIL/OFICINA PRINCIPAL de este mismo Estado, a los fines previstos en los Art. 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, en el libro para Nacimientos llevados por esos Despachos para el año 1979. Líbrese Oficios-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL T.d.l.C.J. del Estado Yaracuy. En San Felipe a los catorce (14) días del mes de noviembre de Dos mil ocho (2008) Años: 198° y 149°.-

La Jueza;

Abog°. W.C. YÁNEZ RODRÍGUEZ

La Secretaria Temporal;

Abg° I.M.M.

En esta misma fecha y siendo las 02:30 p.m. se publicó y registró la anterior decisión.

La Secretaria Temporal;

Abg° I.M.M.

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