Decisión nº PJ0032015000223 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 6 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2015
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteFaridy Suarez Colmenares
ProcedimientoPrestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 06 de Agosto de dos mil quince.

205º y 156º

ASUNTO: GP02-L-2015-000674.

PARTE ACTORA: E.G..

PARTE DEMANDADA: DIPROCHER CENTRAL C.A.; FLETES 2410 C.A.; MERCADISA CENTRO C.A., y solidariamente A.E.D.O.N., M.R.D.O., A.D.A.A. y A.L.M..

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Vista la diligencia de fecha 03 y 05 de Agosto de 2015, respectivamente, suscritas por la abogado E.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 207.340; actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora E.G.; titular de la cédula de identidad N° 4.862.356; mediante la cual manifiesta que DESISTE del presente procedimiento respecto al codemandado A.L.L.; una vez revisado el desistimiento se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador, derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO RESPECTO AL CODEMANDADO A.L.L., Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, tan solo en lo que respecta al referido ciudadano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.

DEJES COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZA,

F.S.C..

LA SECRETARIA,

M.E.F..

En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m.-

LA SECRETARIA,

M.E.F..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR