Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Régimen Transitorio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 28 de Julio de 2010

Fecha de Resolución28 de Julio de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Régimen Transitorio
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoCobro De Beneficio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui - Barcelona

Barcelona, veintiocho de julio de dos mil diez

200º y 151º

ASUNTO: BH06-S-2000-000145

La suscrita Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, se ABOCA al conocimiento de la presente solicitud a los fines de su prosecución. Revisada como ha sido la diligencia anterior cursante al folio (287) del expediente; en consecuencia se acuerda: 1) Hacer entrega a la ciudadana E.M.B.V., titular de la cédula de identidad N° 15.247.429, de las pensiones atrasadas correspondiente desde el mes de Junio del 2005 al mes de Junio del 2006, a razón de Bs.250.oo cada mes, para un total de Bs. 3.250.oo, los cuales serán deducidos de la cuenta de ahorros N° 0007-0088-63-0010006413, llevada por este Tribunal en el Banco Bicentenario (antes Banfoandes) a nombre de la ciudadana E.M.B.V., titular de la cédula de identidad N° 15.247.429, en su carácter de madre y representante legal de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) 2) Hacer entrega de la Libreta de ahorros a la ciudadana E.M.B.V., titular de la cédula de identidad N° 15.247.429, para que en lo sucesivo cobre directamente en forma permanente y mensual por ante la entidad bancaria, el mismo monto de las pensiones por sobreviviente que le deposita el I.P.S.F.A. 3) Librar oficio a la O.C.C de éste Circuito Judicial, a los fines de que den cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZA PROVISORIO

Abg. S.S. FIGUERA CABELLO

LA SECRETARIA

Abg. LISANDRA FUENTES

SSFC/J.R.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR