Decisión de Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 14 de Julio de 2004

Fecha de Resolución14 de Julio de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL

Barinas, 14 de Julio del 2004.-

194º y 145º

Vista la Anterior solicitud de Bienes de Niños y/o adolescentes por el Fallecimiento del ciudadano N.E. SAYAGO MORA. N° V-3.794.485, suscrito por la ciudadana E.A.J.M., titular de la Cédula de Identidad N° V-8.145.729, debidamente asistidos en este acto por el abogado P.C.B., Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.591, actuando en representación del n.J.E.S.J., de 11 años de edad. Por cuanto la misma no es contraria a la moral, al orden público, a las buenas costumbres y ninguna disposición expresa de Ley de conformidad con el artículo 341 del Código de procedimiento Civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE de conformidad con el artículo 910 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ofíciese al Director del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional IPSFA y caja de ahorro “CABISOFAC” Caracas, a los fines que envié lo solicitado. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público. Líbrese el oficio y boleta respectiva. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abog. Y.F.G.G. y la Secretaria Abog. R.F.A.. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria Abog. R.F.A.. Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abog. R.F.A., en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_________ del Expediente Nº S-4845.04, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria,

Abg. R.F.A.

Exp. Nº S-4845.04

YFGG/Maribel.-

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