Decisión nº A-7997-04 de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Nueva Esparta, de 9 de Julio de 2014

Fecha de Resolución 9 de Julio de 2014
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteJorge Huerta Polidor
ProcedimientoActa De Inspeccion Judicial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado de Primera Instancia Agraria

de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, nueve (09) de Julio de 2014

Años 204º y 155º

En el día de hoy, miércoles nueve (09) de julio del año dos mil catorce (2014), siendo las nueve y cuarenta y cuatro minutos de la mañana (9:44 a.m.) se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a cargo del Abogado J.H.P., Juez Provisorio en compañía de la Secretaria Abogada L.M.N., y el Alguacil L.C., en el lote de terreno ubicado en el Sector Sabana de Guacuco, Municipio A.d.E.N.E., con el fin de practicar la Inspección Judicial acordada por auto de fecha 04 de junio de 2014, de conformidad con lo previsto en los artículos 187, 190 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Seguidamente se deja constancia que en el lote de terreno donde se encuentra constituido el Tribunal Agrario se hicieron presentes los siguientes ciudadanos: D.E.M., titular de la cédula de identidad Nº V.-5.477.287, parte demandante en la presente causa, debidamente asistido por el Abogado L.M.R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.280, en su condición de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Nueva Esparta. Acto seguido, el Tribunal Agrario pasa a designar al ciudadano E.J.G.V., titular de la cédula de identidad Nº V-9-420.162, Técnico Superior Universitario Agropecuario funcionario perteneciente a la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, como Experto para que asesore a este Tribunal en la práctica de la presente inspección judicial; quien estando presente en el terreno inspeccionado aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. Seguidamente el Tribunal Agrario previo recorrido por el terreno objeto de la presente inspección judicial y con el asesoramiento del Experto Designado, deja constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento del Experto Designado, que el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, posee tierras con vocación de uso agrícola, y que en dicho lote de terreno se observo una actividad productiva agrícola vegetal consistente en los siguientes cultivos: Cultivos de ciclo corto. Se encuentran las siguientes plantas: Melón ochocientas (800), chimbombo mil cien (1100), auyama ciento treinta y dos (132), maíz trescientas (300), patilla trescientos ocho (308), tomate margariteño (recién sembrado) mil trescientos sesenta y ocho (1368), tomate margariteño de (salida) novecientos ochenta (980), ají dulce trescientos cincuenta (350) los cuales ocupan una superficie total de ocho mil quinientos trece metros cuadrados (0,8513 ha), aproximadamente; Asimismo, se observo otros cultivos tales como: Musáceas: (cambures, plátano y topochos) con cepas productivas en buen estado fitosanitario, a las cuales le aplica las labores culturales apropiadas de: desmalezamiento y eliminación de hojas enfermas o secas y diversos frutales en asociación con las musáceas tales como: mango, pomalaca, aguacate, guayaba, coco, níspero, dátil, caña de azúcar y cotoperi de larga data; SEGUNDO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento del Experto Designado, que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, existe un sistema de riego por goteo utilizando mangueras de una (01) pulgada y cintas de media (1/2) pulgada el cual se encuentra en buen estado de conservación. Con agua proveniente de un pozo profundo que existe dentro del terreno inspeccionado, y se observo que el área ocupada por los cultivos de ciclo corto se evidencia un correcto control de malezas sin restos vegetales; TERCERO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento del Experto Designado, que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, se observo una pequeña actividad pecuaria conformada por un rebaño de cuatro (04) novillas; igualmente se observo actividad avícola consistente en una cría de quinientos (500) pollos y gallinas criollas, así como veinte (20) patos; CUARTO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento del Experto Designado, que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, no se observó ningún tipo de vivienda, ni construcciones o bienhechurias enclavadas en el lote de terreno inspeccionado; QUINTO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento del Experto Designado, que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, se observó un rancho con un superficie de ciento sesenta y dos metros cuadrados ( 162 Mts2), aproximadamente, con techo de zinc y asbesto, sin paredes, y en malas condiciones, de piso de tierra, utilizado como depósito de materiales y para descansar durante el trabajo de campo. Seguidamente el Juez de éste Tribunal Agrario le concede al Experto Designado y juramentado un lapso de dos (02) días de despacho siguiente al de hoy, a los efectos de que consigne el respectivo Informe Técnico y Fotográfico. Siendo las once y cuatro minutos de la mañana (11:04 a.m.) concluyó la presente inspección judicial y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural; En consecuencia este Tribunal Agrario ordena agregar al expediente la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Provisorio,

Abg. J.H.P.

La Secretaria Temporal,

Abg. L.M.N.

La parte demandante

El Abogado Asistente y/o Defensor

El Experto Designado,

El Alguacil,

EXP: Nº A-7997-04

JHP/LM/wm

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