Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Trujillo, de 8 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteNelson Antonio Bravo Materano
ProcedimientoCobro De Beneficios Contractuales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo

Trujillo, ocho de mayo de dos mil quince

205º y 156º

ASUNTO: TP11-L-2014-000118

PARTE ACTORA: E.P.P., L.E.T., A.M.D.G., E.J.V.G., D.R.V.F., L.A.A.P., F.A.R.D., R.D.R.P., J.Y.M., J.A.G., DAGER A.M.P., O.C.P., O.E.D.C., H.A.A., Y.F.G.G., titular de la cedula de identidad N- 16.619.653, 12.941.473, 12.457.554, 25.882.847, 16.463.285, 20.708.581, 11.617.729, 12.939.966, 13.207.163, 11.128.113, 9.253.212, 10.827.622, 14.983.948, 8.722.795.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados PARRA J.R. Y N.C.E.M. inscritos en el IPSA bajo el N- 83.410 y 101.740

PARTE DEMANDADA: CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados J.M.B. y C.B., inscritos en el IPSA bajo el N- 8.131 y 60.121

MOTIVO: DIFERENCIA DE UTILIDADES

Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado en la oportunidad procesal correspondiente por la parte demandante, por los ciudadanos E.P.P., L.E.T., A.M.D.G., E.J.V.G., D.R.V.F., L.A.A.P., F.A.R.D., R.D.R.P., J.Y.M., J.A.G., DAGER A.M.P., O.C.P., O.E.D.C., H.A.A., Y.F.G.G., titular de la cedula de identidad N- 16.619.653, 12.941.473, 12.457.554, 25.882.847, 16.463.285, 20.708.581, 11.617.729, 12.939.966, 13.207.163, 11.128.113, 9.253.212, 10.827.622, 14.983.948, 8.722.795, por intermedio de sus apoderados judiciales, Abogados PARRA J.R. Y N.C.E.M. inscritos en el IPSA bajo el N- 83.410 y 101.740, y por la parte demandada CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A., representada legalmente por el ciudadano W.R. cedula desconocida, representada Judicialmente por sus Apoderados judiciales, abogados J.M.B. y C.B., inscritos en el IPSA bajo el N- 8.131 y 60.121; este Tribunal, estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE: Del folio 52 al 57 del asunto principal, cursa escrito de pruebas donde promueve lo siguiente:

DOCUMENTALES: Las pruebas documentales que a continuación se mencionan, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

A.- DEMANDANTE CASO 1: E.P.P..

  1. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “1” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, cursante al folio 59, del asunto principal.

  2. - Promueve en cinco (05) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “2”, “3”, “4”, “5” y “6”, comprobante de pagos, cursantes a los folios 60 al 64, del asunto principal.

    B.- DEMANDANTE CASO 2: L.E.T..

  3. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “7” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 66, del asunto principal.

  4. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “8”, “9”, “10” y “11”, comprobantes de pagos, cursantes a los folios 67 al 70, del asunto principal.

    C.- DEMANDANTE CASO 3: A.M.D.G..

  5. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “12” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 72, del asunto principal.

  6. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “13”, “14”, “15”, y “16” comprobante de pagos, cursantes a los folios 73 al 76, del asunto principal.

    D.- DEMANDANTE CASO 4: E.J.V.G..

  7. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “17” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 78, del asunto principal.

  8. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “18”, “19”, “20” y “21” comprobante de pagos, cursantes a los folios 79 al 82, del principal.

    E.- DEMANDANTE CASO 5: D.R.V.F..

  9. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “22” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 84, del asunto principal.

  10. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “23”, “24”, “25” y “26” comprobante de pagos, cursantes a los folios 85 al 88, del asunto principal.

    F.- DEMANDANTE CASO 6: L.A.A.P..

  11. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “27” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 90, del asunto principal.

  12. - Promueve en tres (03) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “33”, “34” y “35” comprobante de pagos, cursantes a los folios 91 al 93, del asunto principal.

    G.- DEMANDANTE CASO 7: F.A.R.D..

  13. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “31” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 95, del asunto principal.

  14. - Promueve en tres (03) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “33”, “34” y ”35” comprobantes de pagos, cursantes a los folios 96 al 99, del asunto principal.

    H.- DEMANDANTE CASO 8: D.R.R.P..

  15. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “36” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 101, del asunto principal.

  16. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “37”, “38”, “39”, y “40” comprobante de pagos, cursantes a los folios 102 al 105, del asunto principal.

    I.- DEMANDANTE CASO 9: J.Y.M..

  17. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “41” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 107, del asunto principal.

  18. - Promueve en cinco (05) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “42”, “43”, “44”, “45” y “46” comprobante de pagos, cursantes a los folios 108 al 112, del asunto principal.

    J.- DEMANDANTE 10: J.A.G..

  19. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “47” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 113, del asunto principal.

  20. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “48”, “49”, “50”, y “51” comprobante de pagos, cursantes a los folios 114 al 117, del asunto principal.

    K.- DEMANDANTE 11: DAGER A.M.P..

  21. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “52” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 119, del asunto principal.

  22. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “53”, “54”, “55, y “56” comprobante de pagos, cursantes a los folios 120 al 123, del asunto principal.

    L.- DEMANDANTE 12: O.C.P..

  23. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “57” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 125, del asunto principal.

  24. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “58”, “59”, “60, y “61” comprobante de pagos, cursantes a los folios 126 al 129, del asunto principal.

    M.- DEMANDANTE 13: O.E.D.C..

  25. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “62” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 131, del asunto principal.

  26. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “63”, “64”, “65, y “66” comprobante de pagos, cursantes a los folios 132 al 135, del asunto principal.

    N.- DEMANDANTE 14: H.A.A..

  27. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “67” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 137, del asunto principal.

  28. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “68”, “69”, “70, y “71” comprobante de pagos, cursantes a los folios 133 al 141, del asunto principal.

    O.- DEMANDANTE 15: Y.F.G.G..

  29. - Promueve constancia en un (01) folio útil, en copia simple marcado con el N° “72” planilla de pago de utilidades correspondientes al año 2012, y resumen de salarios cobrados en forma mensual desde el inicio de la relación de trabajo hasta el mes de noviembre de 2012, cursantes al folio 143, del asunto principal.

  30. - Promueve en cuatro (04) folios útiles, en copia simple marcado con los Nos. “73”, “74”, “75, y “76” comprobante de pagos, cursantes a los folios 144 al 147, del asunto principal.

    TESTIMONIALES: Promueve la declaración de los ciudadanos G.A.V.S., titular de la cédula de identidad Nº V- 15.080.120 y H.J.P.M., titular de la cédula de identidad Nº V- 7.824.632; pruebas de testigo éstas que SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Sin embargo, se advierte que la misma deberá ser presentada por la parte que las promueve en la audiencia de juicio, con su identificación correspondiente y sin necesidad de notificación alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 153 ejusdem que establece la referida carga procesal.

    EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS:

    En el caso de los ciudadanos: E.P.P., L.E.T., A.M.D.G., E.J.V.G., D.R.V.F., L.A.A.P., F.A.R.D., R.D.R.P., J.Y.M., J.A.G., DAGER A.M.P., O.C.P., O.E.D.C., H.A.A., Y.F.G.G., solicita se exhiba los originales de los soportes de pago de utilidades del año 2012 y del soporte del pago realizado a los demandantes los cuales fueron promovidos como documentales en copia simple. Para decidir se observa que las documentales cursantes a los folios 59, 66, 72, 78, 84, 90, 95, 101, 107, 113, 119, 125, 131, 137, 143 son los documentos presentados por la parte demandantes en el escrito de promoción de pruebas, en copia, cuya exhibición se solicita y que fueron consignados por la demandada en los folios que cursan en los números 166,167,168,169,170,171,172,173,174,175,176,177,178,179, del expediente; documentales éstas que corresponden a los demandantes, E.J.P.P., L.E.T., A.M.D.G., E.J.V.G., EDWER DE J.V., L.A.A., R.D.R.P., J.Y.M., J.A.G., DAGER A.M.P., O.C.P., O.E.D.C., H.A.A., Y.F.G.G.; resultando inoficioso ordenar a la parte demandada que exhiba unas documentales que se encuentra consignada por la demandada ya constan en las actas procesales a los referidos folios 166,167,168,169,170,171,172,173,174,175,176,177,178,179. En cuanto al resto de las documentales cuya exhibición solicita la parte demandante; observa este Tribunal que no llenan los extremos establecidos en el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para ordenar su exhibición, puesto que tales documentos no se encuentran ni firmados ni sellados por la parte a quien se le pretenden oponer –destinataria de la solicitud de exhibición- siendo que para ordenarla se requiere de un medio de prueba que constituya al menos presunción grave de que se halla en poder del adversario, en este caso del patrono; sin que tales documentales constituyan documentos o libros que por mandato legal éste deba llevar; de allí que dicha prueba de exhibición debe ser DESECHADA, por no ajustarse a las exigencias legales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 ejusdem.

    PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA: A los folios 148 al 165 del asunto principal, cursa escrito de promoción de pruebas de la parte demandada donde promueve lo siguiente:

    1. Invocó el merito favorable de los autos en todo aquello que beneficie el buen derecho que deduce su representada “CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.”, especialmente en lo que se deriva de: 1.- Los artificios, insustanciales e infundados alegatos expuestos en el libelo de la demanda. 2.- Los razonamientos, defensas, criterios e interpretaciones legalmente correctas argüidas en este acto por su representada en la presente demanda, lo que no constituye un medio de prueba, sino argumentos de la parte demandada que forman parte del debate contradictorio y, consecuencialmente, objeto de prueba. Por su parte el mérito favorable de las actas procesales deriva del principio de la comunidad de la prueba o de adquisición, según el cual, una vez que éstas son agregadas al expediente ya no pertenecen a las partes sino al proceso, pudiendo beneficiar incluso a quien no las promovió y que el juez está en el deber de aplicar sin necesidad de alegación de parte.

    2. DOCUMENTALES:

    Las pruebas documentales que a continuación se mencionan, promovidas por la parte demandada, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo

    1-. En un (1) folio útil, marcado con la letra “A” copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondientes al ciudadano E.P.P., cursante al folio 166 del expediente, respectivamente.

  31. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “B”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano L.E.T., cursante al folio 167 del expediente.

  32. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “C”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente a la ciudadana A.M.D.G., cursante al folio 168, del expediente.

  33. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “D”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano E.J.V.G., cursante al folio 169 del expediente.

  34. - En dos (2) folios útiles, marcados con la letra “E”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano N.E.B., se deja constancia que la misma no cursa en el expediente.

  35. - En dos (2) folios útiles, marcados con la letra “F”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano A.C.M., se deja constancia que la misma no cursa en el expediente.

  36. - En dos (2) folios útiles, marcados con la letra “G”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano D.R.V.F., se deja constancia que la misma no cursa en el expediente.

  37. - En un (1) folios útiles, marcado con la letra “H”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano EDWER DE J.V., cursante al folio 170, del expediente.

  38. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “I”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano L.A.A.P., cursante al folio 171, del expediente.

  39. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “J”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano F.A.R.D., se deja constancia que la misma no cursa en el expediente.

  40. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “K”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano R.D.R.P., cursante al folio 172, del expediente.

  41. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “L”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano J.Y.M., cursante al folio 173, del expediente.

  42. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “M”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano J.A.G., cursante al folio 174, del expediente.

  43. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “N”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano DAGER A.M.P., cursante al folio 175, del expediente.

  44. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “O”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano O.C.P., cursante al folio 176, del expediente.

  45. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “P”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano O.E.D.C., cursante al folio 177, del expediente.

  46. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “O”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano H.A.A., cursante al folio 178, del expediente.

  47. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “R”, copia del cálculo de las utilidades para el año 2012, correspondiente al ciudadano Y.F.G.G., cursante al folio 179, del expediente.

  48. - En un (1) folio útil, marcado con la letra “K”, copia fotostática comunicación de fecha 23 de enero de 2013, el cual contiene solicitud de consulta del cálculo de utilidades correspondientes al periodo 01/01/2012, deja constancia que la misma no cursa en el expediente..

    COMPROBANTES DE PAGOS:

    1-. En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano E.J.P.P., cursante a los folios 181, y 200 del expediente, respectivamente.

  49. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano L.E.T., cursante a los folios 182, y 201 del expediente, respectivamente.

  50. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes a la ciudadana A.M.D.G., cursante a los folios 183, y 202 del expediente, respectivamente.

  51. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano E.J.V.G., cursante a los folios 184, y 203 del expediente, respectivamente.

  52. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano N.E.B., cursante a los folios 185, y 204 del expediente, respectivamente.

  53. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano A.C.M., cursante a los folios 186, y 205 del expediente, respectivamente.

  54. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano D.R.V.F., cursante a los folios 187, y 206 del expediente, respectivamente.

  55. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano EDWER DE J.V., cursante a los folios 188, y 207 del expediente, respectivamente.

  56. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano A.A.P., cursante a los folios 189, y 208 del expediente, respectivamente.

  57. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano F.A.R.D., cursante a los folios 190, y 209 del expediente, respectivamente.

  58. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano R.D.R.P., cursante a los folios 191, y 210 del expediente, respectivamente.

  59. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano J.Y.M., cursante a los folios 192, y 211 del expediente, respectivamente.

  60. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano J.A.G., cursante a los folios 193, y 212 del expediente, respectivamente.

  61. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano DAGER A.M.P., cursante a los folios 194, y 213 del expediente, respectivamente.

  62. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano O.C.P., cursante a los folios 195, y 214 del expediente, respectivamente.

  63. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano O.E.D.C., cursante a los folios 196, y 215 del expediente, respectivamente.

  64. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano H.A.A., cursante a los folios 197, y 216 del expediente, respectivamente.

  65. - En dos (2) folios útiles, pago de complemento de las utilidades correspondientes al 2012 efectuado en abril de 2013 y pago de utilidades correspondiente al 2012 efectuados en diciembre de 2012, correspondientes al ciudadano Y.F.G.G., cursante a los folios 198, y 217 del expediente, respectivamente.

    PRUEBA DE INFORME: A los fines de requerir informes de conformidad con lo establecido en los artículo 433 del Código de Procedimiento Civil y en los artículos 70 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo siguiente:

    Se oficie a las siguientes entidades bancarias: A) BANCO BANESCO, banco Universal, ubicado en la Avenida 19 de abril, edificio Baraju, ciudad de Trujillo, estado Trujillo, con el objeto de que informe al Tribunal si por parte de la empresa demandada se hicieron se realizaron los siguientes depósitos: a favor de los ciudadanos: 1)L.E.T., titular de la cédula de identidad N° 12.941.473, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-13-0001110982, por las cantidades de Bs. 11.385,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 1.806,00; 2) A.M.D.G., titular de la cédula de identidad N° 12.457.554, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-17-0001117850, por las cantidades de Bs. 6.741,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 1.807,00; 3) N.E.B., titular de la cédula de identidad N° 10.319.028, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-17-0001110915, por las cantidades de Bs. 13.517,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.427,00; 4) A.C.M., titular de la cédula de identidad N° 05.791.660, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-15-0001117882, por las cantidades de Bs. 8.895,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00; 5) EDWER DE J.V., titular de la cédula de identidad N° 20.402.075, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-19-0001117961, por las cantidades de Bs. 14.665,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.427,00; 6) L.A.A.P., titular de la cédula de identidad N° 20.708.581, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-11-0001117819, por las cantidades de Bs. 11.210,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.425,00; 7) R.D.R.P., titular de la cédula de identidad N° 12.939.966, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-14-0001117941, por las cantidades de Bs. 9.559,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00; 8) O.C.P., titular de la cédula de identidad N° 10.827.622, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0866-16-0001110924, por las cantidades de Bs. 28.612,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.425,00; 9) Y.F.G.G., titular de la cédula de identidad N° 07.828.280, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0134-0945-58-9461494990, por las cantidades de Bs. 27.043,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.477,00; B) BANCO BICENTENARIO: Ubicado en la Avenida Regularización de la Guerra y Plaza Bolívar, C.C Géminis Center, PB, Local 01, ciudad de Trujillo estado Trujillo, con el objeto de que informe al Tribunal si por parte de la empresa demandada se hicieron se realizaron los siguientes depósitos: a favor de los ciudadanos 1) E.J.V.G., titular de la cédula de identidad N° 25.882.847, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-71-0071480884, por las cantidades de Bs. 11.314,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 1.658,00; 2) D.R.V.F., titular de la cédula de identidad N° 16.463.285, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-72-0071485162, por las cantidades de Bs. 13.427,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.425,00. 3) F.A.R.D., titular de la cédula de identidad N° 11.617.729, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-71-0744071340, por las cantidades de Bs. 6.411,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00. 4) J.Y.M., titular de la cédula de identidad N° 13.207.163, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-77-0744055447, por las cantidades de Bs. 11.470,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00; 5) J.A.G., titular de la cédula de identidad N° 11.128.113, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-77-0744051771, por las cantidades de Bs. 6.119,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00; 6) O.E.D.C., titular de la cédula de identidad N° 14.983.948, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0338-31-0060889997, por las cantidades de Bs. 4.588,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 1.960,00; 7) H.A.A., titular de la cédula de identidad N° 08.722.795, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0175-0417-75-0071602020, por las cantidades de Bs. 5.435,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.168,00; C. BANCO DEL SUR, ubicado en la Calle Comercio, Con Callejón Los Pajaritos, N° 2-32, Trujillo, con el objeto de que informe al Tribunal si por parte de la empresa demandada se realizaron los siguientes depósitos: a favor de los ciudadanos 1) E.P.P., titular de la cédula de identidad N° 16.619.652, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0157-0084-04-3784023099, por las cantidades de Bs. 8.573,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.225,00 2) DAGER A.M.P., titular de la cédula de identidad N° 09.253.212, (02) depósitos en la cuenta corriente Nº 0157-0084-04-3784025094, por las cantidades de Bs. 10.126,00, de fecha diciembre de 2012 y otro en fecha abril de 2013 por la cantidad de Bs. 2.426,00, pruebas de informe éstas que SE ADMITEN, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de las Instituciones del Sector Bancario, dicha solicitud de informe se canalizará a través de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). Ofíciese lo conducente, a los fines de que las entidades Bancarias antes mencionadas remitan a este Tribunal, en un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, más seis (6) días que se conceden como término de la distancia, contados a partir de la constancia en autos de recepción de la autorización que le emita dicha Superintendencia, ubicada en la ciudad de Caracas, la información requerida; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Diríjase el mencionado oficio al ciudadano Superintendente de Bancos a la siguiente dirección: Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, Avenida F.d.M., Urbanización La Carlota, Centro Empresarial Parque del Este, Municipio Sucre del estado Miranda. Este Tribunal deja constancia que aun cuando la parte demandada no indicó en su escrito de promoción de pruebas, los números de la cédula de Identidad de los trabajadores, se evidencia de las actas procesales sus identificaciones ya que los referidos trabajadores se corresponden con los demandantes de autos, por lo tanto se señalan los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

    Dada sellada y firmada en el Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, a los ocho (08) días del mes de mayo de dos mil quince (2015). Años 205 de la Independencia y 156 de la Federación, siendo las 11:50. m. Publíquese y regístrese.

    El Juez

    Abg. Nelson Antonio Bravo Materano

    La Secretaria

    Abg. Luz salome Matheus

    En la misma hora y fecha se publico la presente decisión, previo cumplimiento de las formalidades de Ley

    La Secretaria

    Abg. Luz Salome Matheus

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR