Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 8 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 08 de Agosto de 2007

Años: 197° y 148°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: M.A.L.D. y P.A.J.V., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 18.301.094 y 25.833.715, respectivamente, ambos domiciliados en el estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías edificadas en un lote de terreno que forma parte de una mayor extensión perteneciente al Instituto Agracio Nacional (IAN) hoy denominado Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el Asentamiento Campesino Doña Paula, Sector Maporita, Jurisdicción del Municipio Autónomo Veroes del Estado Yaracuy, con una extensión de terreno de Una Hectárea con Cinco Mil metros Cuadrados (1 Hás. 5.000 M2) aproximadamente, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Carretera Panamericana de Puerto Cabello a San Felipe; Sur; Vía de penetración; Este; Casa de J.C.; y Oeste; Casa de L.V.. Bienhechurías consistentes en una (1) casa de Bahareque, con techo de zinc, piso de cemento, puertas de hierro y ventanas de madera y con divisiones, plantaciones de doscientas (200) matas de naranjas en producción, veinticinco (25) de cocos, cien (100) de cambures y cañas de azúcar; cerca perimetral de Cinco (05) pelos de alambres púa sobre estantillos de madera; tres (03) tomas de aguas y servicios de electricidad. A favor de los ciudadanos E.L. y M.G.A., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 2.570.275 y 4.971.310 respectivamente, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 727/2007.

La Jueza

Abg. M.d.L.C.d.A.

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R.

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