Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 7 de Enero de 2008

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2008
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoRetracto Legal

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de enero de 2008

197º y 148º

Visto el libelo de demanda y sus recaudos anexos, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se ordena emplazar a la sociedad mercantil “TECNICA INMOBILIARIA AMBH, S.A”., inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14-03-1991, bajo el Nº 20, Tomo 82-A-Pro., en la persona de su Presidente ciudadano A.M.B.H., así como también a la ciudadana M.E.V.O., ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: 537.161 y 10.332.147, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a que conste en autos la última citación que de ellos se haga, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., y las 3:30 p.m., para que dén contestación a la demanda, incoada en su contra por la ciudadana M.E.L. por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y entréguense al alguacil a los fines de que practique las citaciones ordenadas. Líbrense las compulsas previo suministro de los fotostatos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto a la medida solicitada este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el cuaderno de medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia.

La Juez

Dra. Maria Rosa Martínez C.

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

Exp. N° 45154

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