Decisión de Tribunal Segundo de Ejecución L.O.P.N.A. de Caracas, de 4 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Segundo de Ejecución L.O.P.N.A.
PonenteLizbeth Ludert Soto
ProcedimientoAudiencia Para La Cesación De Medida

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA SEGUNDO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN

199º y 150º

ACTA DE AUDIENCIA PARA DEBATIR POSIBLE CESE

DE LA MEDIDA

Causa Nº 507-09

JUEZ: Dra. L.K.L.S.

FISCAL: DRA. V.F.

SANCIONADOS: NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA

DEFENSA: DRA. L.M.I.

SECRETARIA: ABG. A.D.D.

En horas del día de hoy, miércoles cuatro (04) de Agosto del año dos mil diez (2010), siendo las once y treinta (11:30) horas del mediodía, fecha y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia para debatir el posible Cese de la Medida de Imposición de Reglas de Conducta consistente las mismas en: Obligaciones de Hacer: 1.- Mantenerse incorporados en el ámbito educativo o laboral y presentar la respectiva constancia cada tres (03) meses, ante este Tribunal, 2.- Presentarse por ante este Tribunal una vez al mes; Obligaciones de No Hacer: 1.- No verse involucrados en hechos de carácter delictivo; que le fuera impuesta en su oportunidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 547, literal “h” de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente en la causa seguida a los jóvenes adultos NOMBRES Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA. Constituido el Tribunal por la ciudadana Juez DRA. L.K.L.S. y la Secretaria ABG. A.D.D., quien previa solicitud de la ciudadana Jueza procedió a verificar la presencia de las partes, constatando que se encuentran presentes la ciudadana Fiscal Nº 117º del Ministerio Público DRA. V.F., los jóvenes adultos NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, acompañados para este acto del Defensor Público Nº 01º (e) DR. L.M.I.. Acto seguido la ciudadana Jueza toma la palabra y procede a informar a los jóvenes adultos de los derechos que le asisten en la ejecución de las medidas los cuales se encuentran contenidos en el artículo 630 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como del precepto constitucional contenido en el artículo 49, ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se le cede el derecho de palabra al joven adulto NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, a los fines de que exponga lo que considere pertinente, quien al efecto expuso: “Yo he dado cumplimiento a la medida tal como me la impusieron, así mismo no he faltado a mis presentaciones, actualmente estoy estudiando. Es todo” Seguidamente se le cede la palabra al joven adulto NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, a los fines de que exponga lo que considere pertinente, quien al efecto expuso: “Después que me hicieron la audiencia yo retome mis presentaciones y no he tenido problemas, actualmente me encuentro trabajando en una distribuidora de libros que se llama Aurilibros que queda en La California y mi delegada me ha ido a supervisar. Es Todo”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público, DRA. V.F. quien manifestó: “Revisadas las presentes actuaciones y en atención a lo manifestado por los sancionados, esta Representación Fiscal, no tiene objeción en el sentido que sea decretado el cese de la medida de Imposición de Reglas de Conducta impuesta a los jóvenes por el lapso de un (01) año, toda vez que se evidencia que los mismos dieron cumplimiento a dicha medida y en virtud de haber transcurrido el lapso por el cual fue fijada la misma. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Público Nº 1, Dr. L.M.I., quien expone: “La Defensa observa no solo de la revisión de las actas procesales, sino del comportamiento de los jóvenes y lo expuesto por cada uno en este acto que la medida que le fue impuesta, se cumplió en su totalidad, por lo que, la Defensa solicita se otorgue a mis defendidos la l.p. una vez que se haya decretado el cese de dicha medida en virtud de haber transcurrido íntegro el lapso por la cual se fijó. Es todo.” “OÍDAS LAS EXPOSICIONES REALIZADAS POR LAS PARTES, VISTAS Y REVISADAS EXHAUSTIVAMENTE COMO FUERON LAS ACTAS PROCESALES, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se evidencia de la revisión de las actuaciones: Acta de Imposición de Medida de fecha 14 de Julio 2009 cursante a los folios 125 al 129 de la primera pieza; por otra parte, riela a los folios 134 al 137 de la primera pieza Planes de Supervisión, emanado de la Unidad de Formación Integral para el Adolescente con medida no privativa de Libertad a nombre de los referidos jóvenes adultos; al folio 138 al 139 de la primera pieza riela constancia de trabajo emanada de Kakavo Diseños C.A, a nombre de NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA; a los folios 149 al 152 de la primera pieza riela constancia de inscripción y materia emanado del Instituto Universitario Nuevas Profesiones a nombre del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA; a los folios 153 y 154 de la primera pieza cursa informe evolutivo del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en donde se puede leer: “…Es de hacer notar, que el joven asiste a la Entidad los 12 de cada mes, es cumplido, muy atento, tratable, amable y educado con todas las personas que trabajan en la Entidad…”; a los folios 158 al 159 de la primera pieza cursa informe evolutivo del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en donde se puede leer: “…actualmente se encuentra trabajando en Bapgel, ubicada en El Silencio, como Supervisor en la compañía de encuesta, se realiza supervisión y se verifica lo dicho por el joven…”; a los folios 180 al 183 de la primera pieza cursa informe de supervisión del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en donde se puede leer: “… es un joven que en la actualidad requiere orientación y seguimiento en su actividad o actividades que emprende…”; a los folios 194 al 196 de la primera pieza cursa informe de supervisión del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en donde se puede leer: “…En este sentido, se puede plantear que estamos delante de un joven que tiene su tiempo ocupado y que se protege de los elementos de riesgo de su entorno, con actitud reparatoria y de querer solventar lo sucedido para obtener su l.p.…”; al folio 197 al 198 de la primera pieza cursa oficio Nº 1113-10 procedente de la referida Entidad en la cual la Delegada informa que el joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, hizo cambio de trabajo laborando actualmente en Distribuidora de Libros Aurilibros, ubicada en la calle Bruselas, entre avenida Roma y Paris, Quinta Luisa, Nº 1330, La California; al folio 199 al 200 de la primera pieza cursa oficio Nº 1126-10 procedente de la referida Entidad en la cual la Delegada informa que el joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, fue supervisado en el Instituto Universitario Nuevas Profesiones, en la cual se constato la carga académica y el horario que cursa en el matutino; a los folios 18 al 20 de la segunda pieza cursa informe de supervisión del joven NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en donde se puede leer: “…Hasta la actualidad, el joven a acatado las orientaciones y los señalamientos que se le hacen, manteniéndose respetuoso y cumplidor de las normas. Tienen conducta tranquila y por lo general, asume su proceso con conciencia. En conclusión, desde el momento que se le comenzó a atender y a dar seguimiento constante a su contexto de trabajo, el joven ha respondido en forma satisfactoria. Suministrando información de donde esta ubicado a fin de facilitar su proceso de supervisiones a su ámbito laboral…”. Así las cosas y por cuanto observa este Tribunal de la revisión efectuada a las actuaciones que no solo ha transcurrido el lapso establecido para que opere la cesación de la medida tal como lo manifestaron las partes, sino que además es evidente que los jóvenes NOMBRES OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, plenamente identificado en autos, han dado cumplimiento a la medida de Imposición de Reglas de Conducta que le fue impuesta en fecha 14-07-2009, es por lo que de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647, literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes SE DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA consistente las mismas en: Obligaciones de Hacer: 1.- Mantenerse incorporados en el ámbito educativo o laboral y presentar la respectiva constancia cada tres (03) meses, ante este Tribunal, 2.- Presentarse por ante este Tribunal una vez al mes; Obligaciones de No Hacer: 1.- No verse involucrados en hechos de carácter delictivo, en consecuencia SE ORDENA LA L.P. de los jóvenes NOMBRES Y DATOA FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD COIN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA. Y así se decide.- SEGUNDO: Ofíciese a la Entidad de Atención al Adolescente no Privado de Libertad, a los fines de informar lo acordado en la presente audiencia. TERCERO: Por auto separado se dictara la respectiva resolución de cese de medida.

Con la lectura y firma de la presente acta quedan las partes notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se declaró cerrada la Audiencia siendo las 12:00 horas de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman:

LA JUEZA

DRA. L.K.L.S.

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