Decisión de Tribunal Segundo de Control L.O.P.N.A de Monagas, de 22 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2013
EmisorTribunal Segundo de Control L.O.P.N.A
PonenteGreycimar Vallejos
ProcedimientoOrden De Aprehensión

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 23 de Marzo de 2013

202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2013-000105

ASUNTO : NP01-D-2013-000105

Corresponde a este Tribunal pronunciarse en relación a la ratificación de la orden de aprehensión decretada por el Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente en fecha 22 de Marzo de 2013, efectuada el día de hoy por la Fiscal Décima del Ministerio Público del Estado Monagas quien imputo al ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de El Pao Estado Bolívar, en fecha 22/10/1998, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.330.813, hijo de M.L. (V) y MANUEL DE J.F. (V), de profesión u oficio vendedor, estado civil soltero, residenciado en el CASERIO PALO GACHO, MUNICIPIO SIERRA EL PAO, cerca del Estadio de la Sierra, SAN FELIZ ESTADO BOLIVAR, de Maturín teléfono 04148605616 (TIA OLI)”, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA EN LA EJECUCION DE EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 ° y 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano I.G., este Tribunal observa de las actuaciones:

PRIMERO

De la revisión exhaustiva de las actas procésales se evidencia con toda claridad la comisión de un hecho delictual, perseguible de oficio, la cual no se encuentra evidentemente prescrita y existen suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, se encuentre incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA EN LA EJECUCION DE EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 ° y 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano I.G., por los siguientes elementos:

Se observa en la referida ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 18/02/2013, realizada por los Funcionario Dulce Indriago, adscrito a Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Temblador, Estado Monagas y en consecuencia expone: En horas de la mañana del día de hoy efectué llamada telefónica a la Fiscalía del ministerio Público a fin de reportar la causa penal N° J-042-359, que se investiga hasta este Despacho, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas…

Cursa al folio 45 y vto de las presentes actuaciones, Acta de Investigación Penal realizada por la Funcionaria Dulce Indriago, adscrito a Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Temblador, Estado Monagas, en el cual deja constancia: “me traslade en compañía de los Funcionarios H.N., JULIO VELSQUEZ Y L.C., hacía la referida población a vir de verificar dicha información, con la finalidad de información sobre la veracidad del hallazgo del cadáver, sosteniendo entrevista con el oficial J.P., quien efectivamente indico que el día de hoy fue localizado el cadáver de una persona del sexo masculino en un terreno ubicado en la Vía el Merey de Chaguaramas I, asimismo me manifestó que para el momento se encontraba en la estación policial una ciudadana que al parecer es la esposa del occiso, por el cual nos condujo que dicha ciudadana sosteniendo entrevista con la misma quedo identificada como M.M.G.B.,

  1. al folio 47 inspección técnica N° 075, de fecha 18 de febrero de 2013, suscrita por los funcionarios L.C., H.N. Y DULCE INDRIAGO, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistico Temblador del Estado Monagas, practicada en Vía el Merey, Sector el Tramitito, Chaguaramas, municipio Libertador del Estado Monagas, la cual resulto ser un sitio de suceso MIXTO…… la cual este Tribunal da por reproducida….

Cursa al folio 48 Fijaciones fotográficas correspondientes al hoy occiso I.G.…..

Cursa a los folio 51 y 52 de las actuaciones Acta de entrevista, de fecha 18/02/2013, rendida por la ciudadana a la ciudadana: M.G.B., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó: “En el día de ayer como a las doce del mediodía en la casa donde vivía con mi marido I.G., también estaban de vista tres muchachas que son hijas de la exmujer de I. quienes habían llegado como a las nueve o 10 de la mañana, se quedara e la casa y yo me puso a cocinar para darle comida, I., dijo que iba a cortar unas cañas y que regresaba a comer para el momento llevando un machete, en eso llegaron tres tipos jóvenes, uno alto flaco moreno, uno pequeñito así como enano y otro moreno de estatura mediana, me dijeron que me iban a joder si yo iba para la policía, me dijeron que salieran para afuera de la cocina y hacían como que tenían algo pro debajo de la franela, me mandaron a arrodillar en el patio de la casa, y me amarraron en un palo por los pies, los brazos y la barriga, A LAS TRES HIJASTRA DE ISMAEL NO LAS AMARRARON, las dejaron sueltas entonces empezaron a sacar los corotos de la casa registrando, sacaron todo, le echaron gasolina al colchón de la cama y lo prendieron, en el monte se escuchaban voces de otras personas yo estaba asustada, y les decía a las hijas de ISMAEL que me soltaran, que me ayudaran y me decían que no porque las podían matar a ellas, como a las 4:00 de la tarde se fueron los sujetos con las hijastras de I., caminando por la carretera, se llevaron una bicicleta de reparto de color negro que era de I., como cuatro rines de bicicletas que I. tenia allí, se llevaron varios sacos con toda mi ropa, mis papeles, se llevaron un congelador de color gris, una lavadora mediana, y a mi me dejaron amarrada…”

Cursa a los folio 55, 56 y 57 de las actuaciones Acta de entrevista, de fecha 18/02/2013, rendida por el ciudadano: L.A.C., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó: “hoy en horas de la mañana recibí llamada telefónica de una cuñada que vive en Chaguaramas diciéndome que me viniera para Chaguaramas que había pasado un problema con mi papá,… encontré con la noticia de que estaba muerto y lo habían encontrado atrás de la casa en un conuco que el tenía, estando allá se presento una comisión de la ptj de temblador para sacar el cadáver de mi papa entonces yo me vine hasta esta oficina a solicitar la entrega del cadáver de mi papa...”

Cursa a los folios 59 y 60 de las actuaciones Acta de entrevista, de fecha 18/02/2013, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, rendida por la ciudadana: N.J.M.C., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó: “.. Hoy como a las siete de mañana llegó a mi casa MARGARITA, diciéndome que a su casa habían llegado unas personas la habían amarrado, golpeado y se habían ido para el conuco del Sr. ISMAEL, buscándolo porque el estaba allá cortando unas cañas y que ella no sabía nada de el desde ayer que sucedió eso, también me dijo que ella logro desamarrarse, s e escondió en el monte y allí amaneció hasta hoy que llegó a mi casa buscando ayuda,..”

Cursa a los folios 65 y 66 de las actuaciones Acta de entrevista, de fecha 19/02/2013, Suscrita por Agente de Investigaciones Dulce Indriago, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, donde se deja constancia “…me traslade en compañía del funcionario D.H.M..., hacía la vía El Merey Sector Tramojito Chaguaramas Estado Monagas, específicamente donde habita la victima… pudimos sostener entrevista con la ciudadana M.G.M.B., por haber rendido entrevista.., en virtud de que también fue sometida y atada por los autores materiales, asimismo nos indica que una de estas mujeres responde al nombre de silvina, quien es hija de una exconcubina del occiso I.G., la cual es presuntamente nativa del Pao, Estado bolívar, mientras que las otras dos femeninas son sus hijas o hermanas… la cual este Tribunal las da por reproducidas…

Cursa a los folios 69 y 70 de las presentes actuaciones, de fecha 19/03/2013, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, rendida por el ciudadano: M.R.G., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó: “.. Estaba en la bomba de Gasolina y llegó un muchacho del pueblo que le dicen Q. y me dijo que si ya sabía que en el pueblo andaban probando su carro por la vía El Merey y vió en la entrada de tramojito a una hija de S. en compañía de unos muchachos parados allí, con unas cosas esperando carro y que mas adelante iba caminando S., junto con otra muchacha buscando hacia el pueblo, en eso me llamo mi esposa diciéndome también que mi hermano estaba desaparecido que la policía lo estaba buscando, luego yo me fui para el terreno de mi hermano y cuando legue ya lo había encontrado muerto y enterrado….”

Cursa a los folios 71, 72 y 73 de las presentes actuaciones, de fecha 19/03/2013, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, rendida por el ciudadano: E.I.M.C.,.. plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó: “.. S. a probar mi carro …iba agarrando hacía el Merey que pase el ultimo obstáculo pude ver a dos mujeres que venían caminando como de la vía del M. hacia el pueblo, reconocía a una persona que conozco por silvina.., me vió y se sorprendió…empezó a conversar con la otra mujer que iba con ella a quin no le vi la cara, pero se que era una mujer por el cuerpo…. S. la marcha del carro como hacia el merey, en eso que iba pasando por la entrada del cementerio que es la misma que da hacia el terreno de I.G. vi que estaban parados del lado derecho de la vía pero del lado izquierdo de la entrada del cementerio una hija de S. de la cual desconozco… quien estaba acompañada por varios sujetos…. Me pareció que eran como cuatro o cinco sujeto, me pareció que eran jóvenes…. Me extrañe ver a esas personas por allí… me encontraba en la casa de mi hermana N. mota, cuando se presento la mujer de I.G. diciendo que habían llegado a su casa unas mujeres y unos tipos, quienes la amarraron… y me dijo que I. garcía no aparecía…. La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa al folio 82 de las presentes actuaciones INFORME MEDICO FORENSE N° 0561, de fecha 20/02/2013 suscrito por el Dr. E.G., adscrito al departamento de medicina legal Maturín, Estado Monagas, realizado a la ciudadana M.M.G. BOLÍVAR. La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa al folio 84 de las presentes actuaciones Acta de Investigación Penal, de fecha 20/02/2013, suscrita por la Agente Dulce Indriago, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, a los fines de obtener entrevista del ciudadano J.I.S.J., plenamente identificado en las actuaciones, quien manifestó haberle prestado sus servicios como taxista a una ciudadana desconocida, para llevarla a la entrada del cementerio, donde abordaron a su vehícul9o varios objetos, entre estos una lavadora y un friser, asimismo que como dicha se encontraban con varios jovencitos y dos jovencitas, como no entraban en su carro llamo a su primo J., quien también es taxista y entre los dos se llevaron a las personas y a los objetos hasta la carretera nacional, donde los mismos pensaban tomar otro vehículo para la ciudad de San Félix…

Cursa a los folios 85 y 86 de las presentes actuaciones, Acta de entrevista de fecha 05/03/2013, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, rendida por el ciudadano: S.J.Y., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó:..” En la vía El Merey estaba mi primo danny M., con unas personas y yo me detuve y el me comento que unas personas le estaban pidiendo una carrerita para que los llevara con unas cosas que cargaban pero como el carrito de el es pequeño me pidió que lo ayudara a llevar en mi carro parate de esas cosas, hasta la salida, donde esas personas iban agarra otro carro…, yo le hice el favor y me monté sobre la maleta de mi carro un refrigerador pequeño y algunas de las personas y mi primo D. montó en su carrito una lavadora pequeña y el resto de las personas….

Cursa a los folios 87 y 88 de las presentes actuaciones, de fecha 05/03/2013, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, rendida por el ciudadano: D.J.M.M., plenamente identificadas en las actuaciones, quienes entre otras cosas manifestó:..” me encontraba en mi casa arreglando mi carro, salgo llego una señora catira como de 35 años con una chamita como de 15 años y me solicitaron una carrerita para que buscara a sus hijos quienes se encontraban un poquito mas adelante, yo decido ir con ella hacerle la carrerita y en lo que llego al lugar donde estaban los hijos de la señora, también tenían un friser, una lavadora y unos sacos de maíz…. La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa al folio 90 de las presentes actuaciones, de fecha 05/03/2013, Inspección Técnica N° 091, suscrita por L.C. Y DULCE INDRIAGO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub.-Delegación Temblador, Estado Monagas, practicado en el Estacionamiento Interno de la sub Delegación a un vehículo Marca Chevrolet, Modelo Malibu, Clase Automóvil, Tipo Coupe, Color Azul… La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa al folio 95 de las presentes actuaciones, Registro de Defunción, correspondiente al hoy occiso, muere a consecuencia de Fractura de Cráneo por traumatismo contuso cortante con objeto contundente….

Cursa al folio 96 de las actuaciones, de fecha 20/02/2012, PERMISO DE ENTERRAMIENTO, del ciudadano I.G., suscrita por M.R., Registradora Civil de San Antonio de Capayacuar, Estado Monagas.

Cursa al folio 101 de las actuaciones ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 14/03/2013, suscrita por el F.H.M., adscrito a Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Temblador, Estado Monagas. La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa al folio 107 de las actuaciones ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 14/03/2013, suscrita por la Agente Dulce Indriago, me traslade en compañía del F.D.H.M. hacia la población del pao, Estado bolívar, a fin de ubicar e identificar plenamente a los adolescente mencionados como CARLOS JAVIER Y MANUEL DE JESUS… La cual este Tribunal la da por reproducida…

Cursa protocolo de Autopsia de fecha 19/02/2013, realizada por la Anatomopatologo Dr. Asisclo Boada, al cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de ISMAEL GARCIA…. La cual este Tribunal la da por reproducida…

SEGUNDO

Del análisis de las actas procesales se evidencia claramente que están dados los supuestos de aplicabilidad del tipo penal de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA EN LA EJECUCION DE EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 ° y 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano I.G., por cuanto existen suficientes y concordantes elementos de convicción que hacen presumir la Responsabilidad Penal del ciudadano adolescente ante mencionado; toda vez que todas las actas de entrevista efectuadas fueron contestes en afirmar que efectivamente se encontraban adolescentes, en el pueblo andaban probando su carro por la vía El Merey y vieron en la entrada de tramojito a una hija de S. en compañía de unos muchachos parados allí, con unas cosas esperando carro y que mas adelante iba caminando S.; adminiculando los elemento de convicción con el resto de las actuaciones es por lo que, esta juzgadora considera que se encuentra llenos los requisitos exigidos en el exigidos en el Artículo 236 ordinales 1°, , y y Parágrafo Primero del Artículo 237 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la pena que pudiera llegar a imponérsele, la magnitud del daño causado, y es procedente ratificar y decretar la orden de aprehensión emitida en fecha 22 de Marzo de 2013 y en consecuencia una MEDIDA DE PRISION PREVENTIVA, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes, la cual es indispensable para asegurar la presencia del imputado a los actos subsiguientes. Se declara sin lugar por todo lo antes expuesto la medida cautelar solicitada por la Defensa Privada y por cuanto el referido imputado fue presentado ante este Juzgado en funciones de guardia mantiene la MEDIDA DE PRISION PREVENTIVA, se acuerda seguir el presente proceso por las reglas del procedimiento ordinario, debiendo permanecer recluido en la Entidad Socio Educativa General J.F.B. a la orden del Tribunal Primero de Control de está Sección de Adolescente. Se acuerdan las copias solicitadas por la Defensa Privada. Así se decide.-

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RATIFICA ORDEN DE APREHENSION, de conformidad a lo establecido en el último aparte del Articulo 236 del Código Órgano Procesal Penal en contra del ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de El Pao Estado Bolívar, en fecha 22/10/1998, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.330.813, hijo de M.L. (V) y MANUEL DE J.F. (V), de profesión u oficio vendedor, estado civil soltero, residenciado en el CASERIO PALO GACHO, MUNICIPIO SIERRA EL PAO, cerca del Estadio de la Sierra, SAN FELIZ ESTADO BOLIVAR, de Maturín teléfono 04148605616 (TIA OLI)”, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA EN LA EJECUCION DE EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 ° y 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano I.G. y por cuanto el referido imputado fue presentado ante este Juzgado en Funciones de Guardia mantiene la MEDIDA DE PRISION PREVENTIVA, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes, la cual es indispensable para asegurar la presencia del imputado a los actos subsiguientes, se acuerda seguir el presente proceso por las reglas del procedimiento ordinario, debiendo permanecer recluido en la Entidad Socio Educativa General J.F.B. a la orden del Tribunal Primero de Control de está Sección de Adolescente. Se acuerdan las copias solicitadas por la Defensa Privada. L. lo conducente. Remítase el presente Asunto a la Fiscalía Décima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. R., publíquese y déjese copias certificadas. C..-

LA JUEZ

ABG. GREYCIMAR VALLEJO

EL SECRETARIO

ABG. E.F.

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