Decisión nº 3CS-372-09 de Tribunal Tercero de Control Los Teques de Miranda, de 6 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2009
EmisorTribunal Tercero de Control Los Teques
PonenteRosa Elena Rael Mendoza
ProcedimientoInadmisible

Los Teques, 06 de Mayo de 2009.-

199° y 150°

Solicitud N° 3CS-372/09

Juez: Dra. R.E.R.M.-

Secretaria: Abg. A.M..-

Solicitante: Fiscal Duodécima del Ministerio Público, Dra. Descree Vitale.-

Solicitud: Exhumación.

DECISIÓN:

Con fuerza en la motivación precedente expuesta, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud interpuesta en fecha 18/03/2009, por la Fiscal Duodécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Dra. D.A.V.; en el sentido que se emita orden de Exhumación de los restos de quien en vida respondiera al nombre de COLINA AVILAN ARABIS JHOAN; en virtud que el escrito de solicitud carece de requisitos indispensables para la práctica de la misma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 216 y 217, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 38 y 39 del Reglamento de Cementerios, Inhumaciones y Exhumaciones, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 95 y 104, ambos del Código de Instrucción Médico Forense.

Notifíquense a la parte solicitante del contenido de la presente decisión, conforme al único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en los copiadores que a tales efectos lleva este Tribunal. Cúmplase.-

La Juez de Control N° 3

Dra. R.E.R.M.

La Secretaría

Abg. A.M.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado. y así lo certifico.

La Secretaría

Abg. A.M..

Causa Nº 3CS372/09

RERM/AM/RERM.

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