Decisión nº 813 de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 2 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2011
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteElda Lorena Valecillos Montilla
ProcedimientoApertura Al Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo

Punto Fijo, 2 de Noviembre de 2011

201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-001916

ASUNTO : IP11-P-2011-001916

AUTO DE APERTURA A JUICIO

JUEZ TERCERO DE CONTROL: ABG. E.L.V.

FISCAL 15 DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. C.C.

IMPUTADO: J.Y.B.B.

DEFENSOR (A): ABG. J.M.M.

SECRETARIO: ABG. M.M.

VICTIMAS: L.F. Y LEONAL MIRANDA

DELITOS: LESIONES CULPOSAS LEVES Y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previstos y sancionado en el articulo en el 420 ordinales 1 y 2 del Código Penal.-

La Abogada DESSIRRE VILLALOBOS, actuando en su carácter de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con los artículos 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 34, numerales 3 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 108 numeral 4 y 326 del Código Orgánico procesal Penal, presentó acusación penal, contra del ciudadano J.Y.B.B., por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS LEVES Y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previstos y sancionado en el articulo en el 420 ordinales 1 y 2 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: L.F. Y LEONAL MIRANDA, celebrada la audiencia preliminar respectiva, se emite pronunciamiento en los términos siguientes:

PRIMERO

HECHOS ATRIBUIDOS

La Fiscal del Ministerio Público le atribuyó al ciudadano J.Y.B.B., los siguientes hechos: “Con la evidencia que el Ministerio Público llevará a juicio, demostrará que el ciudadano: J.Y.B.B., anteriormente identificado, era el conductor del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Placas: BCC-05F, Tipo: SPORT WAGON, CLASE: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318 quien se trasladaba el día Primero (01) de Enero de 2011 aproximadamente a las 3:15 horas de la mañana en la Intercomunal Ah Primera, Adyacente al Aeropuerto J.C., Punto Fijo, Estado Falcón y el mismo no mantuvo el control de su vehículo, impactando el vehículo Marca FORD, Modelo: F-150, Placas: 488-IAA, Tipo: SPORT WAGON, CLASE: CAMIONETA, Año: 1982, Color: AZUL, Serial de Carrocería AJF1CU40483 conducido por el ciudadano L.A.M. y como copiloto la ciudadana L.B.F.D.M. por la parte lateral izquierda trasera, produciendo el volcamiento de dicha unidad y ocasionándole lesiones tanto al conductor como a su acompañante.

FUNDAMENTOS DE LA IMPUTACION:

Consideró el Representantes del Ministerio Público como elementos de convicción para acusar, los siguientes:

  1. ACTA POLICIAL NUM. 001/01012.011, de fecha 01 de Enero de Dos Mil Once (2011) por el funcionario Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Instituto Nacional de Transporte, a través de la cual se desprenden las circunstancias de tiempo y lugar en las cuales ocurrió el accidente.

  2. INFORME POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO, SIGNADO CON EL NUM. 001-2011, suscrita por el funcionario Vigilante (TT) 7501 SENIOR JESÚS, adscrito al Instituto Nacional de Transporte, Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transporte Terrestre, a través del cual deja constancia de la ubicación en la que ocurrió el accidente, datos de los Vehículos Involucrados, datos de los Conductores, tratándose del Conductor del Vehículo Num. 01 el ciudadano L.A.M. y el Conductor Num. 02 J.Y.B.B., así mismo las Condiciones de Seguridad de los Vehículo a través de la cual se deja constancia de los sistemas de seguridad que éstos poseían; Los Controles de T.E., Las Condiciones de la Vía.

  3. ACTA CIRCUNSTANCIAL DEL ACCIDENTE, suscrita por el Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia Terrestre a través de la cual se deja constancia que la Vía donde ocurrió el hecho se trata de una vía de tipo Urbana de acuerdo con el artículo 231 numeral 9, con dos canales de circulación en el mismo sentido con longitud de ancho para casa vía de 3,90 mts, para un total de 7,80mts, en buen estado de pavimentación. En cuanto a los indicios Observados se observan partículas de micas y pavimento mojado. De acuerdo a la posición final de los Vehículos involucrados el Vehículo Num. 01 Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483, propiedad de L.A.M., la cual quedó fuera de la vía, con una distancia del eje delantero al borde de la vía de 21,15 mts y del eje trasero de 18,10 mts. El vehículo Num. 02 Placas BCC05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318, propiedad del ciudadano J.Y.B.B.. En cuanto a la secuencia del accidente, el mismo se origina cuando el conductor del vehículo Num. 02 no mantiene el control de su vehículo, produciendo así este accidente, demás de estar el pavimento mojado.

  4. CROQUIS DEL ACCIDENTE, a través del cual se deja constancia de la ruta que llevaban los vehículos, así como la distancia existente entre un vehículo y otro después del impacto. Tratándose de 5,5 MTS.

  5. ORDEN DE DEPÓSITO DE VEHÍCULO, de fecha 01 de Enero de 2011 a través de la cual dejan constancia de haber dejado en calidad de depósito y a la orden de esta Representación Fiscal el vehículo Placas 488-IAA, Marca:

    FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería:

    AJF1CU40483.

  6. ORDEN DE DEPÓSITO DE VEHÍCULO, de fecha 01 de Enero de 2011 a través de la cual dejan constancia de haber dejado en calidad de depósito y a la orden de esta Representación Fiscal el Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318.

  7. ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS, suscrita por el Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia Terrestre de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral trasera izquierda.

  8. ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS suscrita por el Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia Terrestre de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral delantera derecha.

  9. ACTA DE AVALÚO NUM. 0102-2011 de fecha 04 de Enero de 2011 suscrita por el ciudadano S.A.R.C., código Num. 7203 Experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU4O483, resultando afectadas una serie de partes de la misma con posibles daños ocultos, las cuales no fueron valoradas.

  10. FIJACIÓN FOTOGRÁFICA SIN, a través de la cual se deja constancia de la Posición Final del Vehículo Placas 488-IAA y daños en la parte trasera izquierda.

  11. FIJACIÓN FOTOGRÁFICA S/N a través de la cual se deja constancia de la Posición Final del Vehículo Placas BCC-05F y daños en la parte Delantera Derecha.

  12. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO S/P-2Ollde fecha 12 de Enero de 2011 suscrita por el C/2D0 (TT) 5738 HENDRYS H. CHIRINOS ORTEGA, adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehículo de la Unidad 72 Falcón a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHE VROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 1GNET13M172297318, la cual se determinó ORIGINAL en su serial placa VIN y Serial de Chasis.

  13. ACTA DE AVALÚO NUM. 0109-2011 de fecha 10 de Enero de 2011 suscrita por el ciudadano S.A.R.C., código Num. 7203 experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318, resultando afectadas una serie de partes de la misma con posibles daños ocultos, las cuales no fueron valoradas.

  14. RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 058 De Fecha 11 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense BELKYS MEDINA, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano J.Y.B.B., tratándose de Múltiples Excoriaciones generalizadas en vías de cicatrización con un tiempo de curación de Doce (12) días, sin privación de sus ocupaciones Habituales.

  15. RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 019 de Fecha 04 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense C.A., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano L.A.M., tratándose de paciente quien ingresa a centro privado el día 01/01/11 con diagnósticos: Traumatismo Torazo Abdominal Cerrado, fue intervenido quirúrgicamente el día 01/01/11 realizándose laparotomía exploradora más toracotomía mínima derecha. Hallazgos Operatorios: Se realizó exploración del área abdominal, colon, hígado, asas delgadas, bazo, riñón, retroperitoneo, desgarro del mesenterio, hemotórax derecho, fue ingresado a la Unidad de Cuidados intensivo donde permanece. Actualmente sus condiciones generales son estables, afebril, hidratado, semiinconsciente con monitor cardíaco, entubado conectado a ventilador, responde al llamado con apertura ocular, apósito en región anterior del abdomen el cual no se levanta. Tiempo de Curación no será menor de Treinta días, bajo asistencia médica con privación de sus ocupaciones habituales.

  16. RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 052 de Fecha 10 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense C.A., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió la ciudadana L.B.F.D.M., a través de la cual se aprecia esquimosis en región interna ½ proximal muslo derecho y 1/3 distal región interna muslo derecho. Contusión edematosa en región costal izquierda. Con un tiempo de curación de Quince días, sin privación de sus ocupaciones habituales.

  17. ACTA POLICIAL COMPLEMENTARIA de fecha 10 de Enero de 2011 suscrita por el SGTO/2DO (TT) L.G. a través de la cual se deja constancia de la recepción de la novedad recibida por la ciudadana F.M.D.A. en la cual informa que a consecuencia de la Colisión entre Vehículos con Lesionados su progenitor de nombre L.A.M. presenta TRUMATÍSMO TORAXICO ABDOMINAL CERRADO y POLITRAUMATISMO y la ciudadana L.B.F.D.M. presentó NEURITIS INTERCOSTAL IZQUIERDA.

  18. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO 027-2011 de fecha 03 de Febrero de

    2011 suscrita por el C/ 1RO (TT) 4540 E.C., adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehículo de la Unidad 72 Falcón a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483, la cual se determinó ORIGINAL en su serial placa Body, Serial de Chasis y Serial de Carrocería.

  19. ACTA DE IMPUTACIÓN de Fecha 24 de Abril de 2011 a través de la cual se deja constancia de haber impuesto al ciudadano J.Y.B.B. de la investigación llevada en su contra y los elementos de convicción que componen dicha investigación, así como la imposición que se realizó en el sentido que dichos elementos de convicción conforman la comisión del Delito de Lesiones Culposas Leves en perjuicio de L.D.M. y LESIONES CULPOSAS GRAVES en perjuicio del ciudadano L.A.M., de conformidad con los ordinales l y 2° del artículo 420 del Código Penal Venezolano Vigente.

  20. ACTA DE ENTREVISTA realizada al ciudadano P.M.A., titular de la cédula de identidad Num. V.- 3.572.934, Venezolano, quien entre otras cosas manifiesta” eran aproximadamente las l2 y 2O de la media noche del día 01 de Enero, cuando salió de Banco Obrero y siguió adelante y el señor Leonel y su esposa, yo iba con mi esposa y mi hija, ellos se aguantaron un poquito porque iban a dar el feliz año y yo los esperé, continuamos, yo continué hacia el oasis y ellos venían detrás de mi, llegando a la auras veo por el retrovisor y observo que ellos vienen retirados, como por el aeropuerto y yo me detuve a esperarlos a que vinieran más cerca, luego oímos un impacto fuerte, a cierta distancia, ahí esperamos no vi mas las luces de la camioneta, esperamos como 10 minutos a ver si se acercaban y no lo hacían, nos regresamos ahí en las Auras, en el retorno como vía a Punto Fijo, cuando observamos ya acercándonos a la camioneta, vimos una camioneta parada luego un carro que se detuvo a auxiliarlos, cuando voy acercándome más, casi al lado del accidente, veo un peatón que va vía a punto fijo, me desvié, me estacioné con mi esposa y me bajo a ver en que puedo auxiliar, en eso el señor me aborda, el peatón y sin conversar me dice que no ha pasado nada, me dijo “yo no choqué, no ha pasado nada” y su aliento era a alcohol, no creí que era el dueño de la camioneta que había generado el accidente.... las personas que estaban ahí me comentan que es el dueño de la camioneta que tuvo el accidente, ya la vía entre las dos vías, volteo para ver si el señor aún estaba con mi esposa y salió huyendo, agarró el monte, mi esposa comenta que se cayó tres veces tratando de saltar las tuberías que estaban allí y se fue hacia los matorrales, de ahí fui a auxiliar al suegro a ver que había sucedido, en ese momento ya el muchacho que se paró a auxiliar había sacado al señor Leonel de la camioneta y lo llevan a la Clínica Paraguaná...”.

  21. ACTA DE ENTREVISTA realizada al ciudadano P.E.C.C., titular de la cédula de identidad Num. V.I 15.017.861 quien entre otras cosas manifiesta “Yo salí como a las 12 y 40 de la madrugada desde el sector Bolívar rumbo al sector El Oasis cuando observé que había un choque delante de mi como a como a 200 mts entre una camioneta Blazer y la otra una camioneta Ford, la camioneta Blazer se llevó por delante a la camioneta Ford, sacándolos de la carretera, llevándolos a la cerca del aeropuerto, cuando yo paso por donde está el choque yo pasé poco a poco porque estaba lloviznando, yo logro ver a una señora que se esta bajando de la camioneta yo me paro y busco a ver a la otra camioneta Blazer que quedó en la vía a ver si habían personas lesionadas, el señor que estaba dentro de la camioneta ya se había bajado y estaba caminando hacia adelante, dejando la camioneta sola y cerrada, yo retrocedo y me coloco entre los dos carros, nos bajamos mi hermano y yo, ubicándome donde estaba la señora y esta me pide auxilio que su esposo estaba lesionado dentro de la camioneta, nosotros le brindamos apoyo, lo sacamos y lo colocamos en la orilla del pavimento, en ese momento voy en busca del otro señor que estaba en la Blazer y el señor me ignoró y estaba buscando un taxi para irse...”.

  22. - Acta de entrevista del ciudadano L.A.M. a través de la cual manifiesta las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que sucedieron los hechos.

    MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS:

    Los Representantes del Ministerio Público ofrecieron como medios de pruebas para el Juicio Oral y Público las siguientes:

    1. PRUEBAS TESTIMONIALES: (artículo 355 del Código Orgánico Procesal Penal)

  23. -TESTIMONIO DE LAS VÍCTIMAS:

    1.1.- TESTIMONIO del ciudadano L.A.M., titular de la Cédula de Identidad Num. V.- 2.855.259. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto es la víctima directa de los hechos aquí explanados.

    1.2.- TESTIMONIO de la ciudadana L.B.F.D.M., titular de la Cédula de Identidad Num. V.- 2.862.630. PERTINENTE y NEESARIO por cuanto es la víctima directa de los hechos aquí explanados.

  24. - FUNCIONARIOS ACTUANTES:

    2.1.- TESTIMONIO del funcionario Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Instituto Nacional de Transporte. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el ACTA POLICIAL NUM. 001/01012.011, de fecha 01 de Enero de Dos Mil Once (2011) por el, a través de la cual se desprenden las circunstancias de tiempo y lugar en las cuales ocurrió el accidente.

    2.2.- TESTIMONIO del funcionario Vigilante (TT) 7501 SENIOR JESÚS, adscrito al Instituto Nacional de Transporte, Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transporte Terrestre. PERTINEN y NECESARIO por cuanto suscribe el INFORME POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO, SIGNADO CON EL NUM. 001-2011 a través del cual deja constancia de la ubicación en la que ocurrió el accidente, datos de los Vehículos Involucrados, datos de los Conductores, tratándose del Conductor del Vehículo Num. 01 el ciudadano L.A.M. y el Conductor Num. 02 J.Y.B.B., así mismo las Condiciones de Seguridad de los Vehículo a través de la cual se deja constancia de los sistemas de seguridad que éstos poseían; Los Controles de T.E., Las Condiciones de la Vía.

    2.3.- TESTIMONIO del Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el ACTA CIRCUNSTANCIAL DEL ACCIDENTE, a través de la cual se deja constancia que la Vía donde ocurrió el hecho, los indicios Observados y la secuencia del accidente.

    2.4.- TESTIMONIO del Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscriben el ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD,

    Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral trasera izquierda.

    2.5.- TESTIMONIO del Vigilante (TT) 7501 J.S., adscrito al Cuerp Técnico de Vigilancia Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año:

    2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral delantera derecha.

    2.6.- TESTIMONIO de SGTO/2D0 (TT) L.G. adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscriben el ACTA POLICIAL COMPLEMENTARIA de fecha 10 de Enero de 2011 suscrita por el a través de la cual se deja constancia de la recepción de la novedad recibida por la ciudadana F.M.D.A. en la cual informa que a consecuencia de la Colisión entre Vehículos con Lesionados su progenitor de nombre L.A.M. presenta TRUMATÍSMO TORAXICO ABDOMINAL CERRADO y POLITRAUMATISMO y la ciudadana L.B.F.D.M. presentó NEURITIS INTERCOSTAL IZQUIERDA.

    3) FUNCIONARIOS EXPERTOS: (artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal)

    3.1.- TESTIMONIO del ciudadano S.A.R.C., código Num. 7203 experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el ACTA DE AVALÚO NUM. 0102-2011 de fecha 04 de Enero de 2011 a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483.

    3.2.- TESTIMONIO del S.A.R.C., código Num. 7203 experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscriben el ACTA DE AVALÚO NUM. 0109-2011 de fecha 10 de Enero de 2011, a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHE VROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318.

  25. - TESTIMONIO DEL C/2DO HENDRYS CHIRINOS, adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehiculo de la Unidad 72 Falcón, PERTINENTE Y NECESARIO por cuanto suscribe la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO S/P-2011 de fecha 12 de Enero de 2011 a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 1GNET13M172297318.

    3.4.- TESTIMONIO del C/1RO (TT) 4540 E.C., adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehículo de la Unidad 72 Falcón. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO 027-2011 de fecha 03 de Febrero de 2011 a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas 488- IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial dé Carrocería: AJF1CU40483.

    3.5.- TESTIMONIO de la Médico Forense BELKYS MEDINA, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 058 de Fecha 11 de Enero de 2011 a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano J.Y.B.B., tratándose de Múltiples Excoriaciones generalizadas en vías de cicatrización con un tiempo de curación de Doce (12) días, sin privación de sus ocupaciones Habituales.

    3.6.- TESTIMONIO del Médico Forense C.A., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 019 de Fecha 04 de Enero de 2011 a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano L.A.M., tratándose de paciente quien ingresa a centro privado el día 01/01/11 con diagnósticos: Traumatismo Torazo Abdominal Cerrado, fue intervenido quirúrgicamente el día 01/01/11 realizándose laparotomía exploradora más toracotomía mínima derecha. Hallazgos Operatorios: Se realizó exploración del área abdominal, colon, hígado, asas delgadas, bazo, riñón, retroperitoneo, desgarro del mesenterio, hemotórax derecho, fue ingresado a la Unidad de Cuidados intensivo donde permanece. Actualmente sus condiciones generales son estables, afebril, hidratado, semiinconsciente con monitor cardíaco, entubado conectado a ventilador, responde al llamado con apertura ocular, apósito en región anterior del abdomen el cual no se levanta. Tiempo de Curación no será menor de Treinta días, bajo asistencia médica con privación de sus ocupaciones habituales.

    3.7.- TESTIMONIO del Médico Forense C.A., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 052 de Fecha 10 de Enero de 2011 a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió la ciudadana L.B.F.D.M., a través de la cual se aprecia esquimosis en región interna ½ proximal muslo derecho y 1/3 distal región interna muslo derecho. Contusión edematosa en región costal izquierda. Con un tiempo de curación de Quince días, sin privación de sus ocupaciones habituales.

    3.8.- TESTIMONIO del DR. DELKIS MORA, titular de la cédula de identidad Num. V.- 4.788.071, S.A.S. 29664. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el INFORME MÉDICO DE EGRESO S/N, a través del cual se deja constancia del ingreso a consulta por ACCIDENTE VIAL. POLITRAUMATISMO GENERALIZADO.

    3.9.- TESTIMONIO el Dr. Delkis Mora, titular de la cédula de identidad Num. V.- 4.788.071, S.A.S. 29664. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe INFORME MÉDICO S/N, a través a través de la cual se deja constancia de la evolución hospitalaria a la que estuvo sometido el ciudadano L.A.M. producto de las Lesiones ocasionadas. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    3.10.- TESTIMONIO de la Dra. M.D.L.S., nefrólogo, M.S. 59.686, titular de la cédula de identidad Num. V.- 12.693.869. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto suscribe el INFORME MÉDICO a través del cual deja constancia de las condiciones médicas del ciudadano L.A.M.. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

  26. - TESTIGOS: (artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal)

    4.1.- TESTIMONIO de P.M.A., titular de la cédula de identidad Num. V.- 3.572.934. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto es testigo presencial de los hechos.

    4.2.- TESTIMONIO de P.E.C.C., titular de la cédula de identidad Num. y.- 15.017.861. PERTINENTE y NECESARIO por cuanto es testigo presencial de los hechos.

    5) DOCUMENTALES, Se ofrecen de conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 358 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes DOCUMENTALES, a los fines de que sean leídos, exhibidos y reproducidos según su forma de reproducción habitual en el Juicio Oral y Público:

    5.1.- CROQUIS DEL ACCIDENTE, a través del cual se deja constancia de la ruta que llevaban los vehículos, así como la distancia existente entre un vehículo y otro después del impacto. Tratándose de 5,5 MTS. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.2.- ORDEN DE DEPÓSITO DE VEHÍCULO, de fecha 01 de Enero de 2011 a través de la cual dejan constancia de haber dejado en calidad de depósito y a la orden de esta Representación Fiscal el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería:

    AJF1CU40483. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.3.-ORDEN DE DEPÓSITO DE VEHÍCULO, de fecha 01 de Enero de 2011 a través de la cual dejan constancia de haber dejado en calidad de depósito y a la orden de esta Representación Fiscal el Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.4.- ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral trasera izquierda. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.5.- ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DE VEHÍCULOS de fecha 03 de Enero de 2011, realizada sobre el Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318 a través de la cual se deja constancia que la misma no es apta para su circulación, en cuanto a las condiciones de funcionamiento la misma está imposibilitada para su circulación por cuanto sufrió daños en la parte lateral delantera derecha. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.6.- ACTA DE AVALÚO NUM. 0102-2011 de fecha 04 de Enero de 2011 suscrita por el ciudadano S.A.R.C., código Num. 7203 Experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483, resultando afectadas una serie de partes de la misma con posibles daños ocultos, las cuales no fueron valoradas. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.7.- FIJACIÓN FOTOGRÁFICA S/N a través de la cual se deja constancia de la Posición Final del Vehículo Placas 488-IAA y daños en la parte trasera izquierda.

    5.8.- FIJACIÓN FOTOGRÁFICA a través de la cual se deja constancia de la Posición Final del Vehículo Placas BCC-05F y daños en la parte Delantera Derecha. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.9.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO S/P-2Ollde fecha 12 de Enero de

    2011 suscrita por el C/2DO (TT) 5738 HENDRYS H. CHIRINOS ORTEGA, adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehículo de la Unidad 72 Falcón a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo:

    SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 1GNET13M172297318, la cual se determinó ORIGINAL en su serial placa VIN y Serial de Chasis. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.10.- ACTA DE AVALÚO NUM. 0109-2011 de fecha 10 de Enero de 2011 suscrita por el ciudadano S.A.R.C., código Num. 7203 experto de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, a través de la cual se deja constancia del avalúo realizado sobre el vehículo Placas BCC-05F, Marca CHE VROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318, resultando afectadas una serie de partes de la misma con posibles daños ocultos, las cuales no fueron valoradas. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.11.- RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 058 de Fecha 11 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense BELKYS MEDINA, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano J.Y.B.B., tratándose de Múltiples Excoriaciones generalizadas en vías de cicatrización con un tiempo de curación de Doce (12) días, sin privación de sus ocupaciones Habituales. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.12.- RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 019 de Fecha 04 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense C.A., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió el ciudadano L.A.M., tratándose de paciente quien ingresa a centro privado el día 01/01/11 con diagnósticos: Traumatismo Torazo Abdominal Cerrado, fue intervenido quirúrgicamente el día 01/01/11 realizándose laparotomía exploradora más toracotomía mínima derecha. Hallazgos Operatorios: Se realizó exploración del área abdominal, colon, hígado, asas delgadas, bazo, riñón, retroperitoneo, desgarro del mesenterio, hemotórax derecho, fue ingresado a la Unidad de Cuidados intensivo donde permanece. Actualmente sus condiciones generales son estables, afebril, hidratado, semiinconsciente con monitor cardíaco, entubado conectado a ventilador, responde al llamado con apertura ocular, apósito en región anterior del abdomen el cual no se levanta. Tiempo de Curación no será menor de Treinta días, bajo asistencia médica con privación de sus ocupaciones habituales. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.13.- RECONOCIMIENTO MÉDICO-LEGAL NUM. 052 de Fecha 10 de Enero de 2011 suscrito por la Médico Forense C.A., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a través de la cual se deja Constancia de las lesiones que sufrió la ciudadana L.B.F.D.M., a través de la cual se aprecia esquimosis en región interna ½ proximal muslo derecho y 1/3 distal región interna muslo derecho. Contusión edematosa en región costal izquierda. Con un tiempo de curación de Quince días, sin privación de sus ocupaciones habituales. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.14.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO 027-2011 de fecha 03 de Febrero de 2011 suscrita por el C/1RO (TT) 4540 E.C., adscrito al Departamento de Investigaciones Sección Vehículo de la Unidad 72 Falcón a través de la cual dejan constancia de la peritación realizada sobre el vehículo Placas 488-IAA, Marca: FORD, Modelo: F-150, Clase: CAMIONETA, Año: 1982, serial de Carrocería: AJF1CU40483, la cual se determinó ORIGINAL en su serial placa Body, Serial de Chasis y Serial de Carrocería. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.15.- ACTA DE IMPUTACIÓN de Fecha 24 de Abril de 2011 a través de la cual se deja constancia de haber impuesto al ciudadano J.Y.B.B. de la investigación llevada en su contra y los elementos de convicción que componen dicha investigación, así como la imposición que sé realizó en el sentido que dichos elementos de convicción conforman la comisión del Delito de Lesiones Culposas Leves en perjuicio de L.D.M. y LESIONES CULPOSAS GRAVES en perjuicio del ciudadano L.A.M., de conformidad con los ordinales 10 y 2° del artículo 420 del Código Penal Venezolano Vigente. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.16.- INFORME MÉDICO DE EGRESO S/N, suscrita por el Dr. Delkis Mor, titular de la cédula de identidad Num. V.- 4.788.071, S.A.S. 29664 a través del cual se deja constancia del ingreso a consulta por ACCIDENTE VIAL. POLITRAUMATISMO GENERALIZADO. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.17.- INFORME MÉDICO SIN, suscrito por el Dr. Delkis Mora, titular de la cédula de identidad Num. V.- 4.788.071, S.A.S. 29664 a través a través de la cual se deja constancia de la evolución hospitalaria a la que estuvo sometido el ciudadano L.A.M. producto de las Lesiones ocasionadas. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.18.- FACTURA NUM. 000050168 de Fecha 21 de Enero de 2011 a través de la cual se deja constancia de los gastos médicos arrojados a causa de las lesiones producidas. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

    5.19.- INFORME MÉDICO suscrito por la Dra. M.D.L.S., nefrólogo, M.S. 59.686, titular de la cédula de identidad Num. V.- 12.693.869 a través del cual deja constancia de las condiciones médicas del ciudadano L.A.M.. A tal efecto, solicito les sea exhibida, el acta antes mencionada, a los fines de que ratifique su contenido y sea sometida al contradictorio, con el objeto de la demostración tanto de los hechos punibles como de su autoría en la persona del ciudadano aquí acusado.

SEGUNDO

La DEFENSA PRIVADA: ABG. J.M.M., del ciudadano J.Y.B.B., quien procedió a exponer los fundamentos de hechos y de derechos a favor de su defendido, quien ratifico en todas y cada una de las partes el escrito de descargo, es todo.”

TERCERO

PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA ACUSACION

Las pruebas ofrecidas por el Fiscal del Ministerio Público son útiles, necesarias y pertinentes para demostrar que el ciudadano J.Y.B.B., “Con la evidencia que el Ministerio Público llevará a juicio, demostrará que el ciudadano: J.Y.B.B., anteriormente identificado, era el conductor del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo: TRAIL BLAZER, Placas: BCC-05F, Tipo: SPORT WAGON, CLASE: CAMIONETA, Año: 2007, Color: AZUL, Serial de Carrocería 16NET13M172297318 quien se trasladaba el día Primero (01) de Enero de 2011 aproximadamente a las 3:15 horas de la mañana en la Intercomunal Ah Primera, Adyacente al Aeropuerto J.C., Punto Fijo, Estado Falcón y el mismo no mantuvo el control de su vehículo, impactando el vehículo Marca FORD, Modelo: F-150, Placas: 488-IAA, Tipo: SPORT WAGON, CLASE: CAMIONETA, Año: 1982, Color: AZUL, Serial de Carrocería AJF1CU40483 conducido por el ciudadano L.A.M. y como copiloto la ciudadana L.B.F.D.M. por la parte lateral izquierda trasera, produciendo el volcamiento de dicha unidad y ocasionándole lesiones tanto al conductor como a su acompañante.

En cuanto a los medios de pruebas fueron incorporados al Proceso de manera legal, en efecto, los testimoniales ofrecidos, según los elementos acompañados al escrito dan a entender a quien decide, que son necesarios para demostrar los hechos por él atribuidos a los ahora acusados, de igual manera el Fiscal del Ministerio Público indicó tanto en su escrito de acusación como en su exposición verbal en la audiencia que pretende probar con los medios de pruebas y el motivo por el cual los ofrece para ser recepcionados en el debate oral y público.

En cuanto a los requisitos formales exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, revisado el escrito Fiscal, se evidencia que se cumplen a cabalidad con las exigencias de la referida norma, en efecto el escrito de acusación presentado por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, contiene los datos necesarios para identificar al imputado, nombre apellido de su defensor, realizó también el titular de la acción penal relación clara y circunstanciada de los hechos objeto del proceso, al igual que señaló los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción, señaló los preceptos jurídicos aplicables, ofreció los medios de pruebas que han de presentarse en el juicio, e indicó pertinencia y necesidad, solicitando finalmente el enjuiciamiento del imputado, razón por la cual, se ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Abogada DESSIRRE VILLALOBOS, actuando en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Publico, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con los artículos 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 34, numerales 3 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 108 numeral 4 y 326 del Código Orgánico procesal Penal, contra del ciudadano J.Y.B.B., por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previstos y sancionado en el articulo en 420 en concordancia con el articulo el 415 del Código Penal. No se admite la calificación de LESIONES CULPOSAS LEVES, previstos y sancionado en el articulo en el 420 ordinales 1 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: L.F. Y LEONAL MIRANDA, por cuanto la misma procede a instancia de parte agraviada y no cursa agregada a las actuaciones Querella por parte de la victima. Así se decide.

CALIFICACION JURIDICA

El Fiscal del Ministerio Público en su escrito de Acusación y verbalmente consideró que el comportamiento del ciudadano J.Y.B.B., se subsume dentro de las previsiones contenidas en el LESIONES CULPOSAS GRAVES , previstos y sancionado en el articulo en 420 en concordancia con el articulo el 415 del Código Penal, y quien decide considera que de los hechos narrados por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, que es el único elemento de que dispone el juzgador para calificar un comportamiento, amparados en los elementos de convicción señalados en el escrito de acusación, se evidencia que los acusados incurrieron en los delitos señalados.

O ADMISION DE HECHOS

Admitida la acusación en los términos anteriores, se le notificó al ahora acusado, nuevamente de las Formas Alternativas a la Prosecución del Proceso y del Procedimiento Especial por admisión de Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y cedida la palabra nuevamente con la imposición previa del precepto Constitucional establecido en el numeral 5 del artículo 49 Constitucional, manifestando del ciudadano J.Y.B.B., de manera espontánea, y sin coacción de ninguna clase no querer acogerse al Procedimiento Especial por Admisión de hechos.

QUINTO

APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO

No habiendo manifestado el acusado su voluntad de acogerse al procedimiento Especial por Admisión de los hechos previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, lo procesalmente pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Texto Adjetivo Penal, es ORDENAR APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO al ciudadano J.Y.B.B., por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES , previstos y sancionado en el articulo en 420 en concordancia con el articulo el 415 del Código Penal, por los hechos señalados por el Fiscal del Ministerio Público en su escrito de acusación,

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: EN PRIMER LUGAR, ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Abogada DESSIRRE VILLALOBOS, actuando con el carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con los artículos 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 34, numerales 3 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 108 numeral 4 y 326 del Código Orgánico procesal Penal, en contra del ciudadano J.Y.B.B., si desea declarar, manifestando el mismo que no deseaban hacerlo, identificándose como queda escrito: de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 10.614.225, nacido en fecha 03-12-1968, de 41 años de edad, de estado civil casado , de profesión u oficio: lic. en administración, Hijo I.B. y E.d.B., residenciado el taparo calle principal galpón 058 diagonal del ambulatorio J.B., Punto Fijo estado Falcón, Teléfono: 04165641680 (padre), por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES , previstos y sancionado en el articulo en 420 en concordancia con el articulo el 415 del Código Penal.-

EN SEGUNDO LUGAR, Conforme a lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal, se admiten las pruebas ofertadas en el escrito acusatorio, tomando en cuenta que las mismas son legales, lícitas, pertinentes y necesarias para el juicio oral.

Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio y se le instruye al secretario para que remita las actuaciones al tribunal competente.

Juez Tercero de Control

Abg. E.L.v. M.-

Abg. M.M.

Secretario.

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