Decisión de Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Carora), de 25 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteEdgardo Sánchez
ProcedimientoSobreseimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Lara (Carora)

Carora, 25 de marzo de 2014

203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2011-000865

SOBRESEIMIENTO

Corresponde a este Juzgado en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, de conformidad con lo establecido en el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, publicar los fundamentos del Sobreseimiento a favor del ciudadano J.L.D.R.,venezolano, titular de la cédula de identidad Nº7.987.371,fecha de nacimiento 21-12-69 natural de Barquisimeto Estado Lara, de 44 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Abogado, residenciado en la Urbanización Sector P.T.C. 5 , casa Nº15-53, El Tocuyo Estado Lara

Visto el informe de finalización a favor del ciudadano J.L.D.R.,venezolano, titular de la cédula de identidad Nº7.987.371, consignado ante este Juzgado en fecha 14 de Marzo de 2014, suscrito por la Delegada de Prueba de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación al Sistema Penitenciario Barquisimeto Estado Lara, abogada B.B., designada al probacionario de autos; en fecha 08-11-2013,se celebró audiencia preliminar en la cual se admitió totalmente la acusación, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo; en dicha audiencia el probacionario de autos aceptó la responsabilidad de los hechos, haciendo uso de una de las Alternativas a la Prosecución del Proceso, acordando este tribunal la Suspensión Condicional del Proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndoseles las condiciones y designándosele al mismo delegado de prueba.

De conformidad con el Segundo Aparte del artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y ordinal 7º del artículo 49 ejusdem y visto el Informe de Finalización S/Nº remitido mediante oficio Nº1169, de fecha 24 de Febrero de 2014, cuyo resultado es Favorable, este Tribunal de Control siendo competente para conocer, considera que están llenos los extremos para acordar el sobreseimiento en atención a lo establecido en la norma antes citada y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones supra indicadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado L.E.C., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONFIERE DECRETA: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano J.L.D.R.,venezolano, titular de la cédula de identidad Nº7.987.371;de conformidad con en el Segundo Aparte del artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el art. 300 Numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y Ord. 7º del art. 49 ejusdem por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Notifíquese a las partes del presente auto. Ofíciese participando lo decidido a la UTASP de Barquisimeto Estado Lara. Dada firmada y sellada en la sala de este despacho en fecha 25 de Marzo del 2014.Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Es todo.

El Juez de Control Nº 11

LA SECRETARIA

EDGARDO RAMON SANCHEZ CLARA

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