Decisión de Tribunal Quinto de Juicio de Monagas, de 6 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2012
EmisorTribunal Quinto de Juicio
PonenteAna Alen
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 6 de Septiembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003558

ASUNTO : NP01-P-2011-003558

En pleno conocimiento de que el acusado ciudadano J.B. interpuso a este Tribunal una solicitud de entrega de vehículo y en ocasión a ello fue requerida a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Monagas, LA FASE INVESTIGATIVA de las actuaciones, recibida la misma, en ella solo se observa al folio 20, EXPERTICIA EN EL SERIAL DE CARROCERIA Y MOTOR al vehiculo MARCA FIAT, MODELO UNO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, COLOR AZUL, PLACA XGI-085, realizada a fin del reconocimiento legal del vehículo y dejar constancia de posibles alteraciones arrojando como conclusión que la chapa identificadora del serial de la carrocería, ubicada en el frontal del vehículo, donde se lee la cifra BS7H0208915 es ORIGINAL. Que el serial de seguridad, le fue eliminado e incorporada una plancha metálica adherida a la carrocería por medio de soldadura eléctrica. Que al vehículo le fue cambiado el motor original por el que porta actualmente, se lee la cifra 2408935, el mismo se encuentra ORIGINAL.

Ahora bien de las actuaciones de la Fase Investigativa y de la Fase Preliminar no se observan documentos que acrediten al solicitante como propietario del vehículo, lo cual es necesario que existan a los autos y verificar ante las autoridades competentes la AUTENTICIDAD de los DOCUMENTOS –que deberán ser consignados en original- .

De otro lado a ese vehículo le fue cambiado el MOTOR original por el que porta actualmente porta, en tal sentido es necesario que el solicitante consigne FACTURA de adquisición del nuevo MOTOR que porta actualmente el vehículo.

De igual forma como el serial de seguridad, le fue eliminado e incorporada una plancha metálica adherida a la carrocería por medio de soldadura eléctrica, es necesario que el solicitante consigne acta de REVISIÓN DE VEHICULO en TRANSITO antes de la adquisición del carro por su persona Y/O cualquier otro documento que permita verificar si al momento que compró el carro presentaba en el mencionado lugar incorporada la plancha metálica en referencia.

Una vez que conste a los autos todos los DOCUMENTOS requeridos y sean verificados por el órgano competente, este Tribunal Quinto de Juicio dictará la decisión que corresponda. Quedando así resuelta la solicitud de vehículo como la ratificación que hizo el solicitante en esta misma fecha.

Se ordena remitir la FASE INVESTIGATIVA a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, debido a que se verificó la información realizada en la EXPERTICIA Nro. 9700-074-603 de fecha 02-05-2011.

Notifíquese a las partes. Hágase lo conducente.

LA JUEZA

ABG. A.F.A.G.

LA SECRETARIA

ABG. ARIADNA E, RODRIGUEZ

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