Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión Mérida), de 9 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2011
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteHeriberto Antonio Peña
ProcedimientoOrden De Aprehension

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 09 de Febrero de 2011

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2011-001739

ASUNTO : LP01-P-2011-001739

AUTO ORDENANDO LA APREHENSION

Visto el escrito que antecede, suscrito por la ABOGADAS M.E. BEJARANO IBARRA, D.B.V.C., e Y.P.S.P., en nuestro carácter de Fiscal Cuadragésima Séptima a Nivel Nacional con Competencia Plena, Fiscal Cuarta y Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la cual solicita, se libre orden de Aprehensión y captura a los ciudadanos SAHONARA L.A.C., venezolana, natural de Mérida – Estado Mérida, estado civil Soltera, fecha de nacimiento: 11/05/1965, de 45 años de edad, de profesión u oficio Administradora, hija de J.G.A.G. y L.C., titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.028.907, residenciada en la Urbanización Alto Chama, calle Sierra Culata, Nº 166, planta baja, Mérida – estado Mérida, Teléfono: 0274-9350506; quien es la Presidenta de la referida empresa , y el ciudadano H.A.N.U., de nacionalidad venezolana, natural de Mérida - estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V-8.025.598, de estado civil Soltero, fecha de nacimiento 30/01/62, de 49 años de edad, de profesión u oficio Ingeniero, hijo de J.I.N.R. (F) y M.E.U. (V), residenciado en Residencias Villa Santa, vía El Arenal, casa A-7 cerca de la urbanización M.M. de la ciudad de Mérida estado Mérida; Teléfono: 04247203087, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.

El tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 173 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal pública el auto decisorio con los fundamentos de hecho y de derecho que seguidamente se establece.

DATOS DE LOS INVESTIGADOS

SAHONARA L.A.C., venezolana, natural de Mérida – Estado Mérida, estado civil Soltera, fecha de nacimiento: 11/05/1965, de 45 años de edad, de profesión u oficio Administradora, hija de J.G.A.G. y L.C., titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.028.907, residenciada en la Urbanización Alto Chama, calle Sierra Culata, Nº 166, planta baja, Mérida – estado Mérida, Teléfono: 0274-9350506; quien es la Presidenta de la referida empresa , y el ciudadano H.A.N.U., de nacionalidad venezolana, natural de Mérida - estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V-8.025.598, de estado civil Soltero, fecha de nacimiento 30/01/62, de 49 años de edad, de profesión u oficio Ingeniero, hijo de J.I.N.R. (F) y M.E.U. (V), residenciado en Residencias Villa Santa, vía El Arenal, casa A-7 cerca de la urbanización M.M. de la ciudad de Mérida estado Mérida; Teléfono: 04247203087.

DE LOS HECHOS

Es el caso ciudadano Juez, que de las diligencias practicadas por los órganos de investigación específicamente del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, se determina que en fecha 01 de Septiembre del año 2004, los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., suscriben ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Mérida, el Registro de Comercio de la empresa SAHEN, c.a., inserto bajo Nº 68, Tomo A-18., cuyo capital para ese momento es de trescientos mil bolívares, fijando en ese entonces como domicilio las Residencias Villa Santa, casa Nº A-7, El Arenal, municipio Libertador del estado Mérida, siendo el objeto de la compañía todo lo relacionado a la importación y exportación, compra y venta al mayor y detal, administración, representación o depósitos de artículos de ferretería e insumos o materiales para la construcción, de igual manera, entre el objeto de la empresa se encuentra, la ejecución de obras de pavimentación, intermediación de operaciones inmobiliarias, construcción, promoción, dirección, desarrollo, operación, mercadeo y comercialización de desarrollos turísticos tipo hotel, centro comerciales y/o club, a comercializarse bajo la modalidad de sistemas de tiempo compartido, multipropiedad o propiedad horizontal. En el año 2008, la ciudadana SAHONARA L.A.C., en compañía de otras personas, entre estas el ciudadano H.A.N.U., utilizando la imagen de la empresa Constructora SAHEN c.a., comienzan a ofrecer un proyecto habitacional ubicado en el sector de S.B.O. al lado del gimnasio Millo, de la ciudad de Mérida - Municipio Libertador del estado Mérida, en los terrenos propiedad de los ciudadanos A.A.G., L.T.A. y C.E.T.A., colocando para ello vallas publicitarias donde se indica la construcción de un Conjunto Residencial denominado “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como, se entregan panfletos alusivos a la construcción de las viviendas, aun y cuando hasta la presente fecha no se ha realizado la protocolización la compra venta del terreno, ofreciendo que en dicho terreno se iba a construir un Complejo Habitacional, el cual estaría constituido por la cantidad de cinco (5) torres exclusivamente privadas, con apartamentos de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), con un (1) puesto de estacionamiento para cada apartamento, con áreas comunes de un (1) Salón de Usos Múltiples, Plaza Central con Parque Infantil, Piscina para adultos y niños, cancha de Usos Múltiples, mesas de tenis y de ajedrez, vigilancia privada, así como, se ofrece que los apartamentos tendrán una construcción tradicional, los cuales estarán divididos en una habitación principal con baño, vestier y terraza (en algunos), cocina y sala de oficios, baño de servicio, con cerámicas en los pisos, los cuales serían entregados con piezas sanitarias, ventanas panorámicas con marco de aluminio blanco y un puesto de estacionamiento para cada apartamento, haciendo suscribir a las personas que le interesaban dicho proyecto, como en el caso en particular de los ciudadanos M.A.M.A., M.Y.B.Z., CONTRERAS VIVAS O.E., P.J. CAÑIZALES SANTOS, J.D.V.M., ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, J.M., I.R. ARAMBULA, ISBELIA J.S. MOLINA, J.H.C., N.C.R.L., T.R.A., Y.T.R.D.P., O.A.M.L., J.R.V.B., MONICA LYTHAYRY C.D., F.O.M., Y.D.C.G.S., C.D.C.S.R., J.L.M.V., N.D.V.Z., O.J.S.C., J.H.Q.R., P.O.Y.C., Y.C.L.P., L.S. RIVAS MOLINA, MARSOLAIRE S.F., I.S. MOLINA, E.D.J.M., J.C.V.R., R.P.J., A.C.V.M., M.A.R., C.A.L.Q., I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, L.G. NARANJO MORENO, E.A.P.B., O.A.M.P., SUAREZ M.C., G.S., V.V.D.V., G.C. LABRADOR RUBIO, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, E.J.U.M., WHUENDY JOSEFINA GALE RIVAS, J.A.T.A., J.M. PEÑA OLIVAR, J.C.L.D., CARMINE DEL VALLE LOBO VIELMA, A.A. LOBO VIELMA, C.Z.L., R.L., TERESA LOYO FERNANDEZ, E.V.Q., HOSWAR A.G., M.A.R., G.R. VISBAL BELTRAN, YULIH S.F., C.J.S.D., JANKARLA M.S.N., C.J. SCARPECIO DANIELE, E.G.R.U., M.A.H.V., B.M. SOLER ANTONIO, A.C.C.N., S.R.S.D.R., C.J.C.O., A.M. FERREIRA SOLANO, y otras, documentos privados de Reserva de Compra Venta de Inmueble, los cuales fueron escritos por la Abogada Y.C.L.P., quien redacta y suscribe los documentos con el compromiso realizado hacia ella de obtener un descuento en la adquisición de uno de los inmuebles que se ofrecían en ese Parque Residencial. En dichos documentos de contrato se estipula el pago de cantidades de dinero de más de seis cifras, que oscilaba de entre Ciento Cincuenta Mil Bolívares (150.000, ºº Bs) hasta de Trescientos Cincuenta Mil bolívares (350.000, ºº Bs), dependiendo del tipo de apartamento a adquirir y el tiempo en que se suscribe el contrato, siendo suscritos estos documentos por la ciudadana SAHONARA L.A.C., en su carácter de Presidenta de la empresa SAHEN c.a., quien representa a la empresa, en el documento de Reserva de Compra Venta se estipulaba en los documentos, que actualmente se encuentra tramitando la protocolización del documento, sobre el terreno en el cual se realizaría el proyecto habitacional, de la misma manera estableciendo las cuotas y fechas de cancelación de los inmuebles que iban adquirir las personas, donde las diferentes personas que fueron motivadas por la oferta engañosa de la construcción de dicho Complejo Habitacional, comienzan a realizar los pagos en las cuentas 01050672751672035376, del Banco Mercantil, 01020151950000046844 del Banco de Venezuela, registradas a nombre de la empresa SAHEN, C.A., cuyos representantes son los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., de la misma manera los ciudadanos optantes en la compra, emiten cheques a nombre de la ciudadana SAHONARA L.A.C. y a la empresa SAHEN c.a., cuyos pagos los realizan directamente en las instalaciones que fungen de oficina, ubicadas en el centro comercial Alto Chama, quines cancelan las cuotas solicitadas por los representantes de la empresa SAHEN c.a., y para de esta manera lograr la construcción del Complejo habitacional, el cual se ofrecía e indicaba que sería culminado dicho proyecto para el año 2010. Luego de cancelar grandes cantidades de dinero tanto a la empresa SAHEN c.a., como a la ciudadana SAHONARA L.A.C., los ciudadanos M.A.M.A., M.Y.B.Z., CONTRERAS VIVAS O.E., P.J. CAÑIZALES SANTOS, J.D.V.M., ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, J.M., I.R. ARAMBULA, ISBELIA J.S. MOLINA, J.H.C., N.C.R.L., T.R.A., Y.T.R.D.P., O.A.M.L., J.R.V.B., MONICA LYTHAYRY C.D., F.O.M., Y.D.C.G.S., C.D.C.S.R., J.L.M.V., N.D.V.Z., O.J.S.C., J.H.Q.R., P.O.Y.C., Y.C.L.P., L.S. RIVAS MOLINA, MARSOLAIRE S.F., I.S. MOLINA, E.D.J.M., J.C.V.R., R.P.J., A.C.V.M., M.A.R., C.A.L.Q., I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, L.G. NARANJO MORENO, E.A.P.B., SUAREZ M.C., V.V.D.V., G.S., G.C. LABRADOR RUBIO, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, E.J.U.M., WHUENDY JOSEFINA GALE RIVAS, J.A.T.A., J.M. PEÑA OLIVAR, J.C.L.D., CARMINE DEL VALLE LOBO VIELMA, A.A. LOBO VIELMA, C.Z.L., R.L., TERESA LOYO FERNANDEZ, E.V.Q., HOSWAR A.G., M.A.R., G.R. VISBAL BELTRAN, YULIH S.F., C.J.S.D., JANKARLA M.S.N., C.J. SCARPECIO DANIELE, E.G.R.U., M.A.H.V., B.M. SOLER ANTONIO, A.C.C.N., S.R.S.D.R., C.J.C.O., A.M. FERREIRA SOLANO, y otras, se percatan que la construcción del Parque Residencial “Sierra Nevada”, no se dio inicio en la fecha pautada, así como, en el terreno sólo le fue realizado la limpieza de la maleza, así como se le coloca una valla publicitaria que ofrecía la construcción del Conjunto Residencial, por lo que a principios del año 2010, proceden a dirigirse a las oficinas de la empresa SAHEN c.a., la cual se encuentra ubicada en el Centro Comercial Alto Chama, Torre Norte, Piso 4, Oficina 4-04, de la ciudad de Mérida, solicitando el reintegro del dinero que hasta el momento han cancelado para adquirir un apartamento, siendo atendidos por los representantes de la empresa SAHEN c.a., entre estos la ciudadana SAHONARA L.A.C., así como el ciudadano H.A.N.U., quienes indican que en un lapso prudencial se cancelaría el dinero, siendo incumplido dicho reintegro del dinero, por lo que algunos de los denunciantes se dirigieron al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), procediendo este instituto a realizar notificaciones a los representes de la empresa SAHEN c.a, presentándose la ciudadana SAHONARA L.A.C. y el ciudadano H.A.N.U., así como, otros representantes de la empresa, quienes se comprometen a realizar el pago y el reintegro del dinero solicitado por los denunciantes, no obteniendo respuesta alguna por parte de la empresa con relación al pago del reintegro del dinero, por lo que culminado los lapsos legales en el proceso de conciliación, procede la Coordinadora del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), a remitir las correspondientes denuncias al Ministerio Público, así como, otros de los denunciantes indican su versión de los hechos ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, y Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, respectivamente. Asimismo, las victimas logran determinar que fueron objeto de una Estafa, dado que el terreno donde se iba a construir ni siquiera era propiedad de los ciudadanos SAHONARA L.A.C., y H.A.N.U., ni de la Empresa Constructora SAHEN, C.A., ni contaban con los permisos de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida, para construir dicho Conjunto Residencial Sierra Nevada, y sin embargo ofrecieron dicha complejo habitacional al pueblo merideño, perjudicando de esta manera a un gran número de familiar ilusionadas con tener una vivienda digna.

Los denunciantes manifiestan en su versión que la imputada SAHONARA L.A.C., cuya empresa es representada como Presidenta por la referida ciudadana y el Vicepresidente es el ciudadano H.A.N.U. les han manifestado no tener el dinero para cancelar la devolución del dinero requerido por ellos.

Una vez conocido el hecho por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, y remitidas las mismas a este Despacho Fiscal, el Ministerio Publico procedió a citar a los ciudadanos SAHONARA L.A.C., y H.A.N.U., para imputar a los mismo, por lo que en fecha 27 de enero del año en curso, se imputo a la ciudadana SAHONARA L.A.C., por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio de los ciudadanos M.A.M.A., M.Y.B.Z., CONTRERAS VIVAS O.E., P.J. CAÑIZALES SANTOS, J.D.V.M., ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, J.M., I.R. ARAMBULA, ISBELIA J.S. MOLINA, J.H.C., N.C.R.L., T.R.A., Y.T.R.D.P., O.A.M.L., J.R.V.B., MONICA LYTHAYRY C.D., F.O.M., Y.D.C.G.S., C.D.C.S.R., J.L.M.V., N.D.V.Z., O.J.S.C., J.H.Q.R., P.O.Y.C., Y.C.L.P., L.S. RIVAS MOLINA, MARSOLAIRE S.F., I.S. MOLINA, E.D.J.M., J.C.V.R., R.P.J., A.C.V.M., M.A.R., C.A.L.Q., I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, L.G. NARANJO MORENO, E.A.P.B., O.A.M.P., SUAREZ M.C., V.V.D.V., G.S., G.C. LABRADOR RUBIO, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, E.J.U.M., WHUENDY JOSEFINA GALE RIVAS, J.A.T.A., J.M. PEÑA OLIVAR, J.C.L.D., CARMINE DEL VALLE LOBO VIELMA, A.A. LOBO VIELMA, C.Z.L., R.L., TERESA LOYO FERNANDEZ, E.V.Q., HOSWAR A.G., M.A.R., G.R. VISBAL BELTRAN, YULIH S.F., C.J.S.D., JANKARLA M.S.N., C.J. SCARPECIO DANIELE, E.G.R.U., O.A.M.P., M.A.H.V., B.M. SOLER ANTONIO, A.C.C.N., S.R.S.D.R., C.J.C.O., A.M. FERREIRA SOLANO, y otras; y en fecha 03 de Febrero del 2011, se realizó el acto de imputación del ciudadano H.A.N.U., donde igualmente se le imputo la presunta comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada.

Ahora bien, del análisis realizado a la presente causa se puede evidenciar un gran numero de victimas que fueron sorprendidos presuntamente de su buena fe, en virtud de que los ilusionaron con la venta de un conjunto residencial el cual se iba a construir en una de las zonas privilegiadas de la ciudad de Mérida, entregando estos cierta cantidad de dinero considerable, por cuanto el monto de la inicial en principio era la cantidad de sesenta mil bolívares (Bs. 60.000,00), y muchas de estas personas los entregaron con el sacrificio de su trabajo, ya que eran personas en su mayoría de un estatus medio, del cual se esfuerzan trabajando y ahorrando para adquirir una vivienda digna de todo venezolano.

Ahora bien se desprende de la investigación que los imputados SAHONARA L.A.C., y H.A.N.U., están involucrados presuntamente en la comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, hechos ilícitos penales de gran envergadura, en el cual el daño causado es grave y se establecen penas privativas de libertad, observando que los referidos ciudadanos pueden evadirse del proceso debido a la magnitud del daño social causado.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

En virtud a la petición realizada por la Fiscal del Ministerio Público, se verificó la existencia de fundados elementos de convicción específicamente el:

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-327-2010

• Denuncia de fecha 24 de mayo del año 2010, formulada por los ciudadanos M.Á.M.A. y M.Y.B.Z., ante el Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, quienes indican como ocurrieron los hechos.

• Copia del Contrato de Reserva de Compra Venta de fecha 10 de diciembre del año 2008, suscrito por los ciudadanos M.Á.M.A. y M.Y.B.Z., así como la ciudadana SAHONARA L.A.C., con el carácter de Presidenta de la empresa SAHEN c.a., con el fin que los contratantes adquieran un apartamento.

• Carta suscrita de la ciudadana SAHONARA L.A.C., con el carácter de Presidenta de la empresa SAHEN c.a., quien les informa a los ciudadanos M.Á.M.A. y M.Y.B.Z., que el Conjunto Residencial Agua Serena se le cambiará el nombre a Conjunto Residencial Sierra Nevada, a su vez que incrementa el número de torres en el conjunto residencial.

• Recibo de Ingreso Nº 0574, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 03/11/2008, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0651, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/12/2008, por la cantidad de dos mil bolívares (2.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0652, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/12/2008, por la cantidad de dos mil bolívares (2.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0654, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/12/2008, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0650, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/12/2008, por la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0776, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 26/01/2009, por la cantidad de dos mil bolívares (2.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0777, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 26/01/2009, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0827, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 25/02/2009, por la cantidad de dos mil bolívares (2.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0897, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 01/06/2009, por la cantidad de catorce mil bolívares (14.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0898, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 01/06/2009, por la cantidad de catorce mil bolívares (14.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 1002, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 29/06/2009, por la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-547-2010

• Denuncia de fecha 06 de agosto del año 2010, suscrita por el ciudadano CONTRERAS VIVAS O.E., ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Mérida, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de ciento veinte mil bolívares (120.000, ºº Bs) por concepto de compra de dos apartamentos, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Recibo de Ingreso Nº 0500, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/09/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0501, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 09/09/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Copia de cheque 00008772, de la cuenta 01080115070100025782, de fecha 09/09/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Copia de cheque 00008784, de la cuenta 01080115070100025782, de fecha 09/09/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Copia de cheque 00000198, de la cuenta 01080115050100045600, de fecha 15/08/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0452, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 15/08/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Copia de cheque 00009492, de la cuenta 01080115070100025782, de fecha 25/08/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0471, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 25/08/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-564-2010

• Denuncia de fecha 11 de Mayo del año 2010, suscrita por la ciudadana P.J. CAÑIZALES SANTOS, por ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios (INDEPABIS), quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de cincuenta y tres mil bolívares fuertes (53.000, ºº Bs) por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia del Contrato de Reserva de Compra Venta de fecha 09 de Septiembre del año 2008, suscrito por la ciudadana CAÑIZALES S.P.J., así como por la ciudadana SAHONARA L.A.C., con el carácter de Presidenta de la empresa SAHEN c.a., con el fin que la contratante adquiera un apartamento.

• Carta de fecha 05/04/2010, suscrita por la ciudadana CAÑIZALES S.P.J., quien decide rescindir del contrato y que le sean reintegrado la cantidad de cincuenta y tres mil bolívares (53.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº , de la empresa SAHEN c.a., de fecha 19/05/2008, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Copia de cheque 00001391, de la cuenta 01080334930100048988, de fecha 19/05/2008, por la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0382, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 11/07/2008, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº BsF).

• Copia de cheque 00001716, de la cuenta 01080334930100048988, de fecha 11/07/2008, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs F).

• Recibo de Ingreso Nº 0394, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 18/07/2008, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs).

• Copia de cheque 00002030, de la cuenta 01080334930100048988, de fecha 21/07/2008, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 0497, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 08/09/2008, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº BsF).

• Copia de cheque 00002081, de la cuenta 01080334930100048988, de fecha 08/09/2008, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0637, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 02/12/2008, por la cantidad de un mil bolívares (1.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0638, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 02/12/2008, por la cantidad de un mil bolívares (1.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0639, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 02/12/2008, por la cantidad de un mil bolívares (1.000, ºº BsF).

• Copia de cheque 00001872, de la cuenta 01080334930100048988, de fecha 02/12/2008, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000, ºº BsF).

• Copia del plano suscrito por el arquitecto H.Z., CIV 119.090, del apartamento de ochenta y un metros cuadrados (81 mts 2), ofrecido por la empresa SAHEN c.a., a la ciudadana CAÑIZALES S.P.J..

• Acta de fecha 15/04/2010 suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de fecha 10/05/2010 suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de fecha 25/05/2010 suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/07/2010, suscrita por el ciudadano H.N., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 21/07/2010, suscrita por la ciudadana T.M.G.O., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Carta de fecha 16 de agosto del año 2010, suscrita por la ciudadana CAÑIZALES S.P.J., quien solicita a la Coordinadora del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), sea remitida el expediente que se lleva por ese organismo a la Fiscalía.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-582-2010

• Denuncia de fecha agosto del año 2010, suscrita por el ciudadano J.D.V.M., ante el Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de Ochenta mil bolívares (80.000, ºº BsF) por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia del cheque 91824724, de la cuenta 01050092371092081445, por el monto de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF), a nombre de SAHEN c.a.

• Recibo de Ingreso Nº 0714, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 31/12/2008, por el monto de cincuenta y cinco mil bolívares (55.000, ºº BsF).

• Copia del cheque 30767104, de la cuenta 01343030010303082247, por el monto de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF), a nombre de SAHEN c.a.

• Recibo de Ingreso Nº 0581, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 07/11/2008, por el monto de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Montaje fotográfico del terreno ubicado en el sector de S.B. del municipio Libertador del Estado Mérida.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-583-2010

• Denuncia de fecha 22 de abril del año 2010, suscrita por el ciudadano ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.467.942, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), quien denuncia a la empresa SAHEN c.a., manifestando que cancelo la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº BsF), con la finalidad de adquirir un apartamento, ni para el momento no se le ha elaborado el documento de contrato, quien solicita el reembolso del dinero cancelado.

• Copia de carta dirigida por el ciudadano ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, a la empresa SAHEN c.a., indicando que debido a la demora en la iniciación de la obra “Conjunto Residencial Sierra Nevada”, el cual sería construido en el sector de S.B., solicita la devolución por el monto de cien mil bolívares (100.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0741, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 16/01/2009, por el monto de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs)F.

• Copia del cheque 00004511, de la cuenta 01080334910100042084, por el monto de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF), a nombre de la empresa SAHEN, c.a.

• Recibo de Ingreso Nº 1000, de la empresa SAHEN c.a., de fecha 06/07/2009, por el monto de ochenta mil bolívares (80.000, ºº BsF).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 15/04/2010, suscrita por la ciudadana Sahonara L.A.C., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Comparecencia, de fecha 10/05/2010, suscrita por la ciudadana Sahonara L.A.C., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por la ciudadana Sahonara L.A.C., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Carta de fecha 28 de junio del año 2010, dirigida al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., Presidenta de la empresa SAHEN c.a., quien autoriza como representante de la empresa al ciudadano H.N. USECHE.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 22/07/2010, suscrita por la ciudadana T.M.G.O., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-584-2010

• Carta de fecha 26 de Febrero del año 2010, dirigida a la constructora SAHEN c.a., suscrita por el ciudadano J.M., titular de la cédula de identidad Nº V-10.898.625, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), quien solicita la devolución de la cantidad de Sesenta y siete mil bolívares (67.000, ºº BsF), debido que le cancelo la referida cantidad por concepto de realizar la negociación de la compra venta de un apartamento PH Nº 31, piso 7 y 8, Torre Agua Viva del proyecto habitacional en el sector de S.B. de la ciudad de Mérida.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 29 de Septiembre del año 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano J.C.M.M., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 06 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Recibo S/N, de fecha 27/05/2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque 00002318, de la cuenta 010803340100025163, emitido a la empresa SAHEN c.a, por la cantidad de Veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF).

• Recibo S/N, de fecha 07/04/2008, suscrito por la ciudadana SAHONARA L.A.C., quien indica recibir la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque 00001926, de la cuenta 010803340100025163, emitido a la ciudadana SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de Cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0414, de fecha 01/08/2008, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de Treinta y Cinco Mil Bolívares (35.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque 00002068, de la cuenta 010803340100025163, emitido a la empresa SAHEN c.a, por la cantidad de Treinta y Cinco mil bolívares (35.000, ºº BsF).

• Copia de bauche 000000534033203, de fecha 26/12/2008, depositado por el ciudadano J.M., a la cuenta 01050672751672035376, del Banco Mercantil, perteneciente a la empresa SAHEN c.a., por el monto de dos mil bolívares (2.000, ºº BsF).

• Copia de bauche 000000598455774, de fecha 08/01/2009, depositado por el ciudadano J.M., a la cuenta 01050672751672035376, del Banco Mercantil, perteneciente a la empresa SAHEN c.a., por el monto de dos mil bolívares (2.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0756, de fecha 20/01/2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de Dos Mil Bolívares (2.000, ºº BsF).

• Recibo de Ingreso Nº 0757, de fecha 20/01/2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de Dos Mil Bolívares (2.000, ºº Bs).

• Recibo de Ingreso Nº 1186, de fecha 05/10/2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de Tres Mil Bolívares (3.000, ºº BsF).

• Copia de bauche 000000651012597, de fecha 09/09/2009, depositado por el ciudadano J.M., a la cuenta 01050672751672035376, del Banco Mercantil, perteneciente a la empresa SAHEN c.a., por el monto de tres mil bolívares (3.000, ºº BsF).

• Informe de fecha 15/04/2010, por ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), suscrito por la ciudadana SAHONARA L.A.C..

• Acta de Comparecencia de fecha 10/05/2010, de INDEPABIS.

• Acta de Investigación Policial de fecha 06 de Octubre del año 2010, suscrita por el Detective P.M., donde señala que se traslado con el Agente Molina Jonathan, a la Avenida A.B., Centro Comercial Chama, Torre Norte, Piso 4 local Nº 4, donde funcione la empresa SAHEN C.A, con la finalidad de ubicar y citar a la ciudadana SAHONARA L.A.C..

• Acta de entrevista de fecha 14 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación I H.W. adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a entrevistar al ciudadano C.M.M..

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 07/07/2010, suscrita por la ciudadana Sahonara L.A.C., representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Orden de allanamiento de fecha 20 de Octubre del año 2010, suscrita por el Juez Cuarto de Control Abg. A.A. deF., a la Empresa Constructora SAHEN.

• Acta de Allanamiento de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Inspector I.M. y los Agentes C.R. y Vega Karol adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida.

• Acta de Investigación Policial de fecha 22 de Octubre del año 2010, de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Inspector I.M. adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, donde deja constancia de entrevista que se la hiciera la ciudadana SAHONARA L.A.C. .

• Acta de Entrevista de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación Criminal C.R.D., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a realizar entrevista a la ciudadana A.P.D.C..

• Acta de Entrevista de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación Criminal C.R.D., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a realizar entrevista a la ciudadana Altuve C.A.B..

• Acta de Entrevista de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación Criminal K.N.V., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a realizar entrevista a la ciudadana G.O.T.M..

• Acta de Entrevista de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación Criminal C.R.D., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a realizar entrevista a la ciudadano F.F..

• Acta de Investigación Policial de fecha 22 de Octubre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigación Criminal Agente K.N.V., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, quien procede a realizar entrevista a la ciudadana Dugarte Peña Mireya.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-626-2010:

• Denuncia de fecha, 18 de febrero del año 2010, suscrita por la ciudadana I.R. por ante INDEPABIS quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., una cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de Recibo S/N, de fecha 04/04/2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Copia de Recibo S/N, de fecha 18/04/2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº BsF).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 14 de Agosto del año 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano ROMERO ARAMBULA IVONNE, a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 06 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de Recibo de Ingreso de fecha 06 de Junio del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº S-92 31000325 de Banco de Venezuela, cuenta Nº 0102-0150-13-0000008840, emitido a la ciudadana SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de Treinta mil bolívares (30.000, ºº BsF).

• Copia de Recibo de Ingreso de fecha 19 de Agosto del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº BsF).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0686 de fecha 15-12-2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº S-92 81000269 de Banco de Venezuela, cuenta Nº 0102-0150-13-0000008840, emitido a la ciudadana SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de Diez mil Setecientos bolívares (10.700, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 20820855 deL Banco Banesco, emitido a la ciudadana SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de nueve mil Trescientos bolívares (9.300, ºº BsF).

• Copia de Recibo de Ingreso de fecha 05 de Enero del año 2009, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 03005967 del Banco Provincial, cuenta Nº 0118-44-0100002967, emitido a la Empresa SAHENCA de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de Cinco mil Setecientos bolívares (5.700, ºº BsF).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/03/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 12/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-627-2010:

• Denuncia de fecha, 10 de Marzo del año 2010, suscrita por la ciudadana Isbelia J.S.M. quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de sesenta millones (60.000 BsF), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de recibo de Ingreso Nº 0575, de fecha 04-11-2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de 30 mil bolívares (30.000, ºº BsF).

• Copia de Bauche de deposito Nº 000000598619053 de Banco Mercantil, cuenta Nº 01050672751672035376, de la empresa SAHEN C.A, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº BsF).

• Copia de recibo de Ingreso Nº 0702, de fecha 16-12-2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de 30 mil bolívares (30.000, ºº BsF).

• Copia de Bauche de deposito Nº 000000603010536 del Banco Mercantil, cuenta Nº 01050672751672035376, de la empresa SAHEN C.A, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº BsF).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-648-2010:

• Denuncia de fecha, 26 de Marzo del año 2010, suscrita por el ciudadano J.H.C. quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., una cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano J. homeroC. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le fuera reintegrado la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000BsF).

• Copia de Recibo de Ingreso de fecha 14 de Agosto del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 97616279 del Banco Mercantil, de fecha 30-07-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mi bolívares (60.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 05616291 deL Banco Mercantil, de fecha 30-07-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de tres mi bolívares (3.000, ºº BsF).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 14 de Agosto del año 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano J.H.C., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 04 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo de Ingreso Nº 0408, de fecha 30-07-2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de 60 mil bolívares (60.000, ºº BsF).

• Copia de recibo de Ingreso Nº 0794, de fecha 30-01-2009, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de 3 mil bolívares (3.000, ºº BsF).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 09/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, y el ciudadano J.H.C.T. ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 30/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, y el ciudadano J.H.C.T. ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-650-2010:

• Denuncia de fecha, suscrita por la ciudadana N.C.R.L. quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., una cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de Cheque Nº 15683028 del Banco Mercantil, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta mi bolívares (40.000, ºº BsF).

• Copia de Bauche del Banco Mercantil Nº 000000528702878.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana N.R.L. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le fuera reintegrado la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000Bs.F).

• Copia de recibo de ingreso S/N de fecha 12 de Mayo del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de 10 mil bolívares (10.000, ºº BsF).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 31 de Julio del año 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano N.C.R.L., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 04 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/03/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 08/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, y la ciudadana N.C.R.L. ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-651-2010:

• Denuncia de fecha, 11 de Diciembre del año 2010, suscrita por los ciudadanos T.R.A. y I.I.R.B., quienes manifiestan su versión de los hechos donde le cancelaron a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de sesenta y cuatro millones (64.000 BsF), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 11 de Diciembre del año 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y los ciudadanos T.R.A. y I.I.R.B., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha 26 de Febrero del año 2009, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y los ciudadanos T.R.A. y I.I.R.B., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 23 de Abril del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0833, de fecha 03 de Marzo del año 2009, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quinientos mil bolívares (500, ºº BsF).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0649, de fecha 09 de Diciembre del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 57912552, cuenta 1065321538, del Banco Mercantil, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mi bolívares (20.000, ºº BsF).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0664, de fecha 11 de Diciembre del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº BsF).

• Copia de Cheque Nº 11912553, cuenta 1065321538, del Banco Mercantil, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta mi bolívares (40.000, ºº BsF).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0769, de fecha 22 de Enero del año 2009, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500, ºº BsF).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0834, de fecha 03 de Marzo del año 2009, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de dos mil bolívares (2.000, ºº BsF).

• Copia de carta suscrita por los ciudadanos T.R.A. y I.I.R.B. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le fuera reintegrado la cantidad de dinero que aportaron.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/03/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 07/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, y el ciudadano I.I.R. ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-699-2010:

• Denuncia de fecha, 17 de Febrero del año 2010, suscrita por la ciudadana Y.T.R.D.P., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana Y.T.R. deP. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le fuera reintegrado la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta y tres mil bolívares (63.000 Bs.F).

• Copia de recibo S/N, de fecha 07 de Abril del año 2008, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil bolívares (7.000, ºº BsF).

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez mil bolívares (10.000, ºº BsF).

• Copia de cheque Banco de Venezuela, Nº S-92 48003052, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de dos mi bolívares (2.000, ºº BsF) de fecha 21-04-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000214, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de ocho mi bolívares (8.000, ºº BsF) de fecha 18-04-2008.

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez y Ocho mil bolívares (18.000, ºº BsF) de fecha 05-05-2008.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 19594151, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez y ocho mi bolívares (18.000, ºº BsF) de fecha 05-05-2008.

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez mil bolívares (10.000, ºº BsF) de fecha 27-05-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000238, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de tres mi bolívares (3.000, ºº BsF) de fecha 28-05-2008.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 22594161, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de siete mi bolívares (7.000, ºº BsF) de fecha 28-05-2008.

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Trece mil bolívares (13.000, ºº BsF) de fecha 06-06-2008.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 10594165, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de tres mi bolívares (3.000, ºº Bs)F de fecha 06-06-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000240, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mi bolívares (10.000, ºº BsF) de fecha 06-06-2008.

• Copia de recibo Nº 0397, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Dos mil bolívares (2.000, ºº BsF) de fecha 18-07-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000253, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos (400, ºº BsF) de fecha 18-07-2008.

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Cien bolívares (100, ºº BsF) de fecha 19-08-2008.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 41836484, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de tres mi bolívares (3.000, ºº BsF) de fecha 28-01-2009.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, sin fecha, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y la ciudadana Y.T.R.D.P., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Viva.

• Carta de fecha 06 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 08/07/2010, suscrita por el representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 29/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-700-2010:

• Denuncia de fecha, 18 de Febrero del año 2010, suscrita por el ciudadano O.A.M.L., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano O.A.M.L. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrado la cantidad de dinero que aporto.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha diecinueve (19) de Agosto del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano O.A.M.L., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial Agua Serena.

• Carta de fecha 08 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 46155740, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mi bolívares (60.000, ºº BsF) de fecha 18-08-2008.

• Copia de recibo Nº 0458, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Sesenta mil bolívares (60.000, ºº BsF) de fecha 09-08-2008.

• Copia de recibo Nº 0685, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF) de fecha 15-12-2008.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 32077952, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mi bolívares (20.000, ºº BsF) de fecha 18-08-2008.

• Copia de recibo Nº 0736, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 15-01-2009.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 21077955, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mi bolívares (10.000,ºº Bs) de fecha 15-01-2009.

• Copia de recibo S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien bolívares (100,ºº BsF) de fecha 19-09-2008.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 08/07/2010, suscrita por el representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 29/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-726-2010:

• Denuncia de fecha, 27 de Abril del año 2010, suscrita por el ciudadano J.R.V.B., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano J.R.V.B. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cuarenta mil bolívares (40.000 Bs.F).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha diez y ocho (18) de Septiembre del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y el ciudadano J.R.V.B., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Carta de fecha 12 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por el representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 07/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 26/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000295, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mi bolívares (15.000, ºº BsF) de fecha 05-09-2008.

• Copia de recibo Nº 0492, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº BsF) de fecha 04-09-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000140, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mi bolívares (10.000, ºº BsF) de fecha 02-07-2008.

• Copia de recibo Nº 0366, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº BsF) de fecha 02-07-2008.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-728-2010:

• Denuncia de fecha, 15 de Octubre del año 2010, suscrita por la ciudadana MONICA LYTHAYRY C.D., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana MONICA LYTHAYRY C.D., y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta y seis mil bolívares (66.000 BsF.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha quince (15) de Diciembre del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y la ciudadana MONICA LYTHAYRY C.D., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Carta de fecha 08 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo Nº 0699, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien bolívares (100, ºº Bs) de fecha 15-12-2008.

• Copia de recibo Nº 0847, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500, ºº Bs) de fecha 19-03-2009.

• Transferencia a terceros del Banco Mercantil de fecha 27-02-2009, a la cuenta bancaria de la Empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Mil quinientos Bolívares (1.500,00 Bs.).

• Copia de recibo Nº 0855, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500, ºº Bs) de fecha 08-04-2009.

• Transferencia a terceros del Banco Mercantil de fecha 31-03-2009, a la cuenta bancaria de la Empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Mil quinientos Bolívares (1.500,00 Bs.).

• Copia de recibo Nº 0625, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 24-11-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000126, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mi bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 25-11-2008.

• Copia de recibo Nº 0869, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500, ºº Bs) de fecha 08-05-2009.

• Transferencia a terceros del Banco Mercantil de fecha 30-04-2009, a la cuenta bancaria de la Empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Mil quinientos Bolívares (1.500,00 Bs.).

• Copia de recibo Nº 0848, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500, ºº Bs) de fecha 19-03-2009.

• Transferencia a terceros del Banco Mercantil de fecha 31-01-2009, a la cuenta bancaria de la Empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Mil quinientos Bolívares (1.500,00 Bs.).

• Copia de recibo Nº 0698, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cincuenta y cinco mil bolívares (55.000, ºº Bs) de fecha 15-12-2008.

• Copia de cheque de Gerencia del Banco Provincial, Nº 00096171, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta y nueve mil quinientos bolívares (49.500, ºº Bs) de fecha 15-12-2008.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 89679529, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mi quinientos bolívares (5.500, ºº Bs) de fecha 17-12-2008.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 18/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 27/09/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-737-2010:

• Denuncia de fecha, 20 de Octubre del año 2010, suscrita por el ciudadano F.O.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Denuncia de fecha, 06 de Mayo del año 2010, suscrita por el ciudadano F.O.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamentos, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano F.O.M. y JANKARLA S.N., y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000 Bs.F).

• Carta de fecha 05 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo Nº 0904, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 08-06-2009.

• Copia de recibo Nº 0903, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 08-06-2008.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 96053809, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 09-06-2009.

• Copia de depósito del Banco de Venezuela Nº 30708444, de fecha 09-07-09, deposito realizado a la cuenta corriente de la empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Diez Mil Bolívares (10.000 Bs.).

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1152, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de depósito del Banco de Venezuela Nº 48940304, de fecha 11-08-09, deposito realizado a la cuenta corriente de la empresa SAHEN C.A, por la cantidad de Quince Mil Bolívares (15.000 Bs.).

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1050, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 11-08-2009.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1153, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1151, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 69053811, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 09-08-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 23053810, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 09-07-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 07053844, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 10-02-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 72053845, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 04-03-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 60053843, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0758, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0759, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0760, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0761, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0762, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0763, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 82047993, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 25-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0457, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 18-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0456, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 18-08-2008.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 36047992, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 18-08-2008.

• Acta de Investigación Penal de fecha veinte de Octubre del año dos mil diez (20-10-2010) suscrita por el Agente de Investigación Penal R.D.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas seccional Mérida.

• Acta de Investigación Penal de fecha veinte de Octubre del año dos mil diez (20-10-2010) suscrita por el Agente de Investigación Penal R.D.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas seccional Mérida.

• Acta de Investigación Penal de fecha veintiuno de Octubre del año dos mil diez (21-10-2010) suscrita por el Inspector de Investigación Penal I.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas seccional Mérida, donde entrevista a la ciudadana JANKARLA S.N..

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0764-2010:

• Denuncia de fecha, 27 de Octubre del año 2010, suscrita por la ciudadana Y.D.C.G.S., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0547, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Sesenta mil bolívares (60.000, ºº BsF) de fecha 13-10-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00014619, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº BsF) de fecha 13-10-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000083, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000, ºº BsF) de fecha 12-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0647, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de tres mil bolívares (3.000, ºº BsF) de fecha 08-12-2008.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1028, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº BsF) de fecha 13-07-2009.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000652613729, de fecha 08-07-09, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000 Bs.F), el deposito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000027, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº BsF) de fecha 08-07-2009.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000607513099, de fecha 06-08-09, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000 Bs.F), el depósito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha diez y siete (17) de Septiembre del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y la ciudadana Y.D.C.G.S., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0765-2010:

• Denuncia de fecha, 27 de Octubre del año 2010, suscrita por la ciudadana C.D.C.S.R., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1025, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº BsF) de fecha 09-07-2009.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000652613749, de fecha 08-07-09, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000 Bs.F), el depósito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1029, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº BsF) de fecha 15-07-2009.

• Copia de Depósito del Banco de Venezuela Nº 30676613, de fecha 14-07-09, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000 Bs.F), el depósito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana C.D.C.S.R. y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.F).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0766-2010:

• Denuncia de fecha, 27 de Octubre del año 2010, suscrita por el ciudadano J.L.M.V., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000372, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000,ºº BsF) de fecha 30-06-2009.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1006, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000, ºº BsF) de fecha 01-07-2009.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00014606, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000,ºº BsF) de fecha 07-10-2008.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 0545, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000,ºº BsF) de fecha 07-10-2008.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano J.L.M.V., y dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 BsF.).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0767-2010:

• Denuncia de fecha, 28 de Octubre del año 2010, suscrita por la ciudadana N.D.V.Z., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Acta de Entrevista Policial de fecha 28-10-2010, elaborada por el Agente de Investigación Criminal R.D.C., la declaración fue rendida por la ciudadana N.D.V.Z..

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta de inmueble, de fecha diez y ocho (18) de Febrero del 2009, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y N.D.V.Z., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0824, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº BsF) de fecha 18-02-2009.

• Copia de cheque de Gerencia del Banco Banfoandes, Nº 00000404, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000,ºº BsF) de fecha 17-02-2009.

• Copia de cheque del Banco Corp Banca, Nº 41000052, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº BsF) de fecha 17-02-2009.

• Copia de Depósito del Banco de Federal Nº 97680994, de fecha 08-03-10, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000 Bs.F), el depósito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de Depósito del Banco de Venezuela Nº 50599039, de fecha 29-09-10, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000 Bs.F), el depósito fue realizado a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1176, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº BsF) de fecha 30-09-2009.

• Copia Acta de Inspección Nº 4376, de fecha 28-10-2010, realizada por los Agente de Investigación J.M. y J.A., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, delegación Mérida.

• Copia Acta de Investigación Penal, de fecha 28-10-2010, realizada por el Agente de Investigación Criminal I Angulo Johana, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, delegación Mérida.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0774-2010:

• Denuncia de fecha, 27 de Octubre del año 2010, suscrita por la ciudadana, O.J.C.S., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cierta cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 38348551, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000,ºº Bs) de fecha 26-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0772, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000, ºº Bs) de fecha 23-01-2009.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1032, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 16-07-2009.

• Copia de cheque Banco Banesco, Nº 28073776, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs) de fecha 16-07-2009.

• Carta de fecha 27 de Abril del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana O.J.C.S., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Denuncia de fecha 02 de Agosto del año 2010, suscrita por la ciudadana O.J.C.S., por ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios (INDEPABIS), quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 10/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 27/09/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0777-2010:

• Denuncia de fecha, dos (02) de noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, J.H.Q.R., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (110.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Fiscalia Segunda del Ministerio Publico.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 1174, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de ciento diez mil bolívares (110.000, ºº Bs) de fecha 28-09-2009.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000616938247, de fecha 23-09-2009, por la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (110.000,00 Bs.), esta cantidad de dinero fue depositada a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00004264, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de ciento diez mil bolívares (110.000,ºº Bs) de fecha 22-09-2009.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0788-2010:

• Denuncia de fecha, treinta y uno (31) de Agosto del año 2010, suscrita por la ciudadana, Y.C.P.O., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (85.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante INDEPABIS.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0600, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 14-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0718, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº Bs) sin fecha.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000602809370, de fecha 07-01-2009, por la cantidad de VEINTICICO MIL BOLIVARES (25.000,00 Bs.), esta cantidad de dinero fue depositada a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana Y.C.P.O., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de ochenta y cinco mil bolívares (85.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha tres (03) de Diciembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y Y.C.P.O., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Carta de fecha 26 de Junio del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 13/09/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0789-2010:

• Denuncia de fecha once (11) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, Y.C.L.P., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0529, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta y cuatro mil bolívares (34.000, ºº Bs) de fecha 29-09-2008

• Copia de recibo de ingreso Nº 0364, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs) de fecha 02-07-2007.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000779, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs) de fecha 29-09-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00001839, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs) de fecha 25-09-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00001827, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs) de fecha 25-09-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000716, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000, ºº Bs) de fecha 02-06-2008.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana Y.C.L.P., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, de fecha 01-03-2010 manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cuarenta mil bolívares (40.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha catorce (14) de Octubre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y Y.C.L.P., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Entrevista de fecha 15-11-2010 realizada a la ciudadana A.S.V.B., titular de la cedula de identidad Nº V- 14.400.773, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico.

• Entrevista de fecha 15-11-2010 realizada a la ciudadana Y.C.L.P., titular de la cedula de identidad Nº V- 14.267.867, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0796-2010:

• Denuncia de fecha once (11) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, L.S.R.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de setenta mil bolívares (70.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia del Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 04/10/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Denuncia de fecha veintiséis (26) de Julio del año 2010, suscrita por la ciudadana, L.S.R.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de setenta mil bolívares (70.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Carta de fecha 01 de Junio del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha uno (01) de Diciembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y L.S.R.M., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0546, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 13-10-2008.

• Copia de cheque Banco Banfoandes, Nº 41930020, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 13-10-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00003403, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 08-09-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00001249, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 08-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0499, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 08-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0418, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 04-08-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00003364, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de trece mil bolívares (13.000, ºº Bs) de fecha 04-08-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00001146, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de ocho mil bolívares (8.000, ºº Bs) de fecha 04-08-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00005975, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de nueve mil bolívares (9.000, ºº Bs) de fecha 04-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0351, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0350, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00000990, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia de cheque Banco Provincial, Nº 00003337, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 20-07-2008.

• Copia de cheque Banco Banfoandes, Nº 94460007, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 12/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 04/10/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0797-2010:

• Denuncia de fecha once (11) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, Y.C.P.O., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de ochenta y cinco mil bolívares (85.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 13/09/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia de carta suscrita por la ciudadana Y.C.P.O., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de ochenta y cinco mil bolívares (85.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha tres (03) de Diciembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y Y.C.P.O., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Carta de fecha 26 de Junio del año 2010, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0600, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 14-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0718, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº Bs) sin fecha.

• Copia de Deposito del Banco Mercantil Nº 000000602809370, de fecha 07-01-2009, por la cantidad de VEINTICICO MIL BOLIVARES (25.000,00 Bs.), esta cantidad de dinero fue depositada a la cuenta corriente de la Empresa SAHEN C.A.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0798-2010:

• Denuncia de fecha veinticuatro (24) de Marzo del año 2010, suscrita por la ciudadana, MARSOLAIRE S.F., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 13/09/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha doce (12) de Febrero del 2009, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y MARSOLAIRE S.F., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “Agua Serena”.

• Carta de fecha 04 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0434, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 13-08-08.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0508, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº Bs) de fecha 12-09-08.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0614, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 19-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0694, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinticinco mil bolívares (25.000, ºº Bs) de fecha 15-12-2008.

• Copia de Notificación de Retiro suscrita por la ciudadana MARSOLAIRE S.F., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 09/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 30/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0801-2010:

• Denuncia de fecha diez y seis (16) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, I.S.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de comprobante de ingreso Nº 01288, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs) de fecha 04-02-2010.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano I.S.M. dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitaba le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cien mil bolívares (100.000 Bs.).

• Copia de cheque de Gerencia Banco Mercantil, Nº 48088849, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs) de fecha 04-02-2010.

• Denuncia de fecha once (11) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, I.S.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante INDEPABIS.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0818-2010:

• Denuncia de fecha veintidós (22) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, E.D.J.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0611, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 18-11-2008.

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000532977586, de fecha 14-11-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0629, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 26-11-2008.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 20409295, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 26-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0670, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 12-12-2008.

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000522620118, de fecha 10-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Carta de fecha 13 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, E.D.J.M., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0819-2010:

• Denuncia de fecha veintidós (22) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, J.C.V.R., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha Trece (13) de Enero del 2010, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y J.C.V.R., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “SIERRA NEVADA”.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha veinticuatro (24) de noviembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y J.C.V.R., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, J.C.V.R., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0623, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 24-11-2008.

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000591246425, de fecha 09-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de mil cuatrocientos bolívares (1.400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644705922, de fecha 29-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644826691, de fecha 30-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de novecientos bolívares (900,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644704237, de fecha 30-03-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quinientos bolívares (500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000633321571, de fecha 24-04-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de trescientos bolívares (300,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000633292425, de fecha 30-05-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quinientos bolívares (500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000609169575, de fecha 26-06-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de trescientos bolívares (300,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000648676470, de fecha 16-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000654257930, de fecha 31-08-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de doscientos bolívares (200,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000662675381, de fecha 22-10-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seiscientos bolívares (600,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000663887188, de fecha 04-11-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quinientos bolívares (500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000648676470, de fecha 16-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000671445573, de fecha 04-12-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644830272, de fecha 11-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 065900103100282, de fecha 27-02-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (250,ºº Bs).

• Copia de Recibo sin numero ni fecha por la cantidad de doscientos (200,00 Bs.), como pago de documento privado de conjunto Residencial Sierra Nevada y firmado por la Abg. Y.L..

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0820-2010:

• Denuncia de fecha veintidós (22) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, R.P.J., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha Trece (13) de Enero del 2010, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y R.P.J., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “SIERRA NEVADA”.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha veinticuatro (24) de noviembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y R.P.J., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0622, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 24-11-2008.

• Copia de Recibo de sin numero ni fecha por la cantidad de doscientos (200,00 Bs.), como pago de documento privado de conjunto Residencial Sierra Nevada y firmado por la Abg. Y.L..

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, R.P.J., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0622, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de Sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 24-11-2008.

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 00000059132703, de fecha 10-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de mil cuatro mil bolívares (4.000,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644705925, de fecha 29-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644826690, de fecha 30-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de mil quinientos bolívares (1.500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000633292423, de fecha 02-03-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de setecientos bolívares (700,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000633321569, de fecha 24-04-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de trescientos bolívares (300,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000633292426, de fecha 30-05-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quinientos bolívares (500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000609169473, de fecha 26-06-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de trescientos bolívares (300,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000648676471, de fecha 16-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000654257931, de fecha 31-08-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (250,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000663887196, de fecha 04-11-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quinientos bolívares (500,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000662675379, de fecha 22-10-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de seiscientos bolívares (600,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000671445572, de fecha 04-12-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000662675380, de fecha 27-03-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (250,ºº Bs).

• Copia de bauche de deposito del Banco Mercantil Nº 000000644830271, de fecha 11-01-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatrocientos bolívares (400,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0826-2010:

• Denuncia de fecha veintinueve (29) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, A.C.V.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de setenta mil bolívares (70.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, A.C.V.M., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de setenta mil bolívares (70.000 Bs.).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0628, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 25-11-2008.

• Copia de cheque Banco Mercantil, Nº 10524843, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 25-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0642, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 03-12-2008.

• Copia de cheque Banco Canarias de Venezuela, Nº00130329, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 03-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0642, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 03-12-2008.

• Copia de cheque Banco Canarias de Venezuela, Nº00130329, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 03-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0655, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 10-12-2008.

• Copia de cheque Banco Canarias de Venezuela, Nº 00130331, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 10-12-2008.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0830-2010:

• Denuncia de fecha veintinueve (29) de Noviembre del año 2009, suscrita por la ciudadano, L.G. NARANJO MORENO quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de cheque Banco Mrecantil, Nº 82631696, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 26-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0526, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 26-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0705, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº Bs) de fecha 18-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0566, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 28-10-2008.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0833-2010:

• Denuncia de fecha veintiuno (21) de Junio del año 2010, suscrita por la ciudadana I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante INDEPABIS.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0704, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 17-12-2008.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, sin fecha, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Carta de fecha 07 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 22/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0834-2010:

• Denuncia de fecha treinta y uno (31) de Agosto del año 2010, suscrita por el ciudadano, C.A.L.Q., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., una cantidad de dinero, por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante INDEPABIS.

• Copia de cheque de Banco Federal, Nº 59183770, emitido a la orden del ciudadano L.Q.C.A., por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 16-03-2010.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, C.A.L., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Carta de fecha 27 de Abril del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0748, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 19-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0862, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº Bs) de fecha 27-04-2009.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0835-2010:

• Denuncia de fecha uno (01) de Diciembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, M.A.R., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cincuenta y cinco mil bolívares (55.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0354, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia de cheque de Gerencia del Banco Mercantil, Nº 0003008365, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 26-06-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0368, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 03-07-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0541, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (45.000, ºº Bs) de fecha 07-10-2008.

• Copia de cheque de Gerencia del Banco 100%Banco, Nº 88-00009964, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (45.000, ºº Bs) de fecha 06-10-2008.

• Carta de fecha 18 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, M.A.R., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cincuenta y cinco mil bolívares (55.000 Bs.).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0844-2010:

• Denuncia de fecha veinticuatro (24) de Marzo del año 2010, suscrita por el ciudadano, G.R. VISBAL BELTRAN, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Carta de fecha 06 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, G.R. VISBAL BELTRAN, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha doce (12) de Febrero del 2009, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y G.R. VISBAL BELTRAN, a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0433, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuatro mil bolívares (4.000,ºº Bs) de fecha 13-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0498, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veintiún mil bolívares (21.000, ºº Bs) de fecha 08-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0645, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 04-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0710, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 23-12-2008.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 08/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 29/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia de Cheque del Banco b.o.d de fecha 01-12-2008, Nº 32000322, a la orden de la empresa SAHEN c.a., por la cantidad de quince mil bolívares (15.000 Bs.).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0845-2010:

• Denuncia de fecha veinticuatro (24) de Marzo del año 2010, suscrita por la ciudadana, YULIH S.F., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha doce (12) de Febrero del 2009, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y YULIH S.F., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0429, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuatro mil bolívares (4.000, ºº Bs) de fecha 11-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0490, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veintiún mil bolívares (21.000, ºº Bs) de fecha 04-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0613, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 08-09-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0498, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veintiún mil bolívares (21.000, ºº Bs) de fecha 19-11-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0693, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs) de fecha 15-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0711, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 23-12-2008.

• Carta de fecha 06 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, YULIH S.F., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 08/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 29/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/08/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0846-2010:

• Denuncia de fecha seis (06) de Diciembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, C.J.S.D., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, C.J.S.D., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia de cheque del Banco Banesco, Nº 00036387551, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 13-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0723, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 13-01-2009.

• Carta de fecha 04 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0847-2010:

• Denuncia de fecha seis (06) de Mayo del año 2010, suscrita por los ciudadanos, JANKARLA M.S.N. y F.O.M., quienes manifiestan su versión de los hechos donde le cancelaron a la empresa SAHEN c.a., cantidad de ciento veinte mil bolívares (120.000,00 Bs.), por concepto de compra de dos (02) apartamentos, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por los ciudadanos, JANKARLA M.S.N. y F.O.M., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicitan le sean reintegrada la cantidad de dinero que aportaron dando un total de ciento veinte mil bolívares (120.000 Bs.).

• Carta de fecha 05 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Carta de fecha 05 de Mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., informando el cambio de nombre del conjunto residencial “Agua Serena” al de “Parque Residencial Sierra Nevada”, así como se incrementa el numero de torres del conjunto residencial.

• Copia de bauche de deposito del Banco Venezuela Nº 0000048940304, de fecha 11-08-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 1153, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de bauche de deposito del Banco Venezuela Nº 0000048940304, de fecha 11-08-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 1050, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de bauche de deposito del Banco Venezuela Nº 30708444, de fecha 09-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 1151, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de bauche de deposito del Banco Venezuela Nº 30708444, de fecha 09-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 1152, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cinco mil bolívares (5.000, ºº Bs) de fecha 27-08-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0904, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 08-06-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0903, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 08-06-2009.

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 96053809, de fecha 09-06-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0760, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0761, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009

• Copia de recibo de ingreso Nº 0758, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0759, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009

• Copia de recibo de ingreso Nº 0762, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009

• Copia de recibo de ingreso Nº 0763, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de siete mil quinientos bolívares (7.500, ºº Bs) de fecha 20-01-2009.

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 07053844, de fecha 10-02-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 72053845, de fecha 04-03-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 60053843, de fecha 20-01-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 96053809, de fecha 09-06-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 82047993, de fecha 25-08-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0457, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.500, ºº Bs) de fecha 18-08-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0456, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 18-08-2008.

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 36047992, de fecha 18-08-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 22/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0848-2010:

• Denuncia de fecha cinco (05) de Mayo del año 2010, suscrita por el ciudadano, C.J. SCARPECCIO DANIELE, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, C.J. SCARPECCIO DANIELE, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000 Bs.).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha ventidos (22) de Abril del 2009, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y C.J. SCARPECCIO DANIELE, a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0814, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 11-02-2009.

• Copia de bauche deposito del Banco Mercantil Nº 000000552748023, de fecha 11-02-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 25/05/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 06/07/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 21/06/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 13/10/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0849-2010:

• Denuncia de fecha ocho (08) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, E.G.R.U., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, C.J. SCARPECCIO DANIELE, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta y cinco mil bolívares (65.000 Bs.).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0675, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de catorce mil bolívares (14.000,ºº Bs) de fecha 12-12-2008.

• Copia de cheque del Banco Provincial Nº 22902680, de fecha 12-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de catorce mil bolívares (14.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Banesco Nº 31287229, de fecha 12-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de veintisiete mil bolívares (27.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco del Tesoro Nº 77000007, de fecha 12-12-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuatro mil bolívares (4.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de ingreso Nº 0674, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta un mil bolívares (31.000, ºº Bs) de fecha 12-12-2008.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0609, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de veinte mil bolívares (20.000, ºº Bs) de fecha 18-11-2008.

• Copia de cheque del Banco Banesco Nº 47287227, de fecha 18-11-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de quince mil bolívares (15.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco del Tesoro Nº 14000003, de fecha 18-11-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha quince (15) de Diciembre del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y E.G.R.U., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 29/11/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0853-2010:

• Denuncia de fecha diez y seis (16) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, E.A.P.B., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de Doscientos Ochenta mil bolívares (280.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento PH, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha diez y nueve (19) de Septiembre del 2008, suscrito por los ciudadanos SAHONARA L.A.C. y E.A.P.B., a fin de adquirir un apartamento PH del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

• Copia de recibo de S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 22-04-2008.

• Copia de Transferencia en Línea a Terceros Banco Mercantil de fecha 21-04-08, realizada a la cuenta Bancaria de la ciudadana Sahonara Altuve, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000,00 Bs.).

• Copia de recibo de S/N, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs) de fecha 10-06-2008.

• Copia de bauche deposito del Banco Mercantil Nº 000000533076719, de fecha 22-05-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia de recibo de Nº 0606, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de doscientos diez mil bolívares (210.000, ºº Bs) de fecha 17-11-2008.

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 74345360, de fecha 17-11-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de doscientos diez mil bolívares (210.000, ºº Bs).

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, E.A.P.B., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando de doscientos ochenta mil bolívares (280.000, ºº Bs) mas ciento cuarenta y siete mil quinientos sesenta y nueve con cuarenta y siete bolívares ( Bs. 147.569,47) por intereses generados.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0885-2010:

• Denuncia de fecha diez y siete (17) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, G.S., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de Doscientos Ochenta mil bolívares (280.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de recibo de ingreso Nº 0381, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000, ºº Bs) de fecha 09-07-2008.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0887-2010:

• Denuncia de fecha diez y siete (17) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, G.C. LABRADOR RUBIO, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, G.C. LABRADOR RUBIO, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

• Copia de bauche deposito del Banco Mercantil Nº 000000627310435, de fecha 03-09-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cien mil bolívares (100.000,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0888-2010:

• Denuncia de fecha veintitrés (23) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad diez mil bolívares (10.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el C.L. delE.M..

• Copia de cheque del Banco Provincial Nº 00000153, de fecha 12-07-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0889-2010:

• Denuncia de fecha veintitrés (23) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, J.C.L.D., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el C.L. delE.M..

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, J.C.L., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de Nº 1020, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 08-07-2009.

• Copia de recibo de Nº 0874, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 11-05-2009.

• Copia de bauche deposito del Banco Mercantil Nº 000000652616202, de fecha 03-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0890-2010:

• Denuncia de fecha diez y siete (17) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana WHUENDY J.G.R., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el C.L. delE.M..

• Recibo de Ingreso Nº 0402, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs) de fecha 25-07-2008.

• Recibo de Ingreso Nº 0513, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº Bs) de fecha 16-09-2008.

• Copia de cheque del Banco Banfoandes Nº 12760001, de fecha 16-09-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 17644932, de fecha 25-07-2008, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Copia del contrato de Reserva de Compra Venta del inmueble, de fecha doce (12) de Noviembre del 2008, suscrito por las ciudadanas SAHONARA L.A.C. y WHUENDY J.G.R., a fin de adquirir un apartamento del Conjunto Residencial Parque Residencial “AGUA SERENA”.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0906-2010:

• Denuncia de fecha veintitrés (23) de Noviembre del año 2010, suscrita por la ciudadana, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad diez mil bolívares (10.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de cheque del Banco Provincial Nº 00000153, de fecha 12-07-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Copia de carta suscrita por la ciudadana, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de diez mil bolívares (10.000, ºº Bs).

• Acta de Acuerdo entre las partes, de fecha 09/12/2010, suscrita por las partes, representante de la empresa SAHEN c.a, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0928-2010:

• Denuncia de fecha once (11) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano I.S.M., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, I.S.M., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

• Copia de cheque del Banco Mercantil Nº 48088849, de fecha 04-02-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de Nº 1288, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0032-2011:

• Denuncia de fecha catorce (14) de Enero del año 2011, suscrita por el ciudadano J.M. PEÑA OLIVAR, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento PH, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el la Fiscalia del Ministerio Publico.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, J.M. PEÑA OLIVAR, dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de Nº 1279, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs) de fecha 20-01-2010.

• Copia de cheque del Banco Federal Nº 69326925, de fecha 20-01-2010, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de cien mil bolívares (100.000, ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0002-2011:

• Denuncia de fecha veintinueve (29) de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano, J.C.L.D., quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., cantidad sesenta mil bolívares (60.000,00 Bs.), por concepto de compra de un (01) apartamento, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa, la presente denuncia la interpone por ante el INDEPABIS.

• Copia de carta suscrita por el ciudadano, J.C.L., dirigida a la ciudadana Sahonara Altuve, manifestándole su voluntad de retirarse de proyecto habitacional y le solicita le sea reintegrada la cantidad de dinero que aporto dando un total de sesenta mil bolívares (60.000, ºº Bs).

• Copia de recibo de Nº 1020, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 08-07-2009.

• Copia de recibo de Nº 0874, de la empresa SAHEN c.a, en la cual recibe la cantidad de treinta mil bolívares (30.000, ºº Bs) de fecha 11-05-2009.

• Copia de bauche deposito del Banco Mercantil Nº 000000652616202, de fecha 03-07-2009, emitido a la empresa SAHEN C.A de SAHONARA ALTUVE, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

INVESTIGACIÓN 14F4-883-2010

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 26 de agosto del año 2008, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana SUAREZ M.C., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Miel, piso seis, apartamento 25, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de doscientos cincuenta mil bolívares.

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble sin fecha, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana SUAREZ M.C., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Miel, piso seis, apartamento 25, con una superficie de ochenta y un metros cuadrados (81 mts2), por un monto de doscientos cincuenta mil bolívares.

• Recibo Nº 0369, de fecha 03/07/2008, por el monto de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Bauche 000000583802969, del banco Mercantil a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 03/07/2008, realizado por la ciudadana M.C.S., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 0719, de fecha 12/01/2009, por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Bauche 000000602733921, del banco Mercantil a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 06/01/2009, realizado por la ciudadana M.C.S., por el monto de Un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 0475, de fecha 26/08/2008, por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Bauche 000000579125321, del banco Mercantil a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 26/08/2008, realizado por la ciudadana M.C.S., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Recibo, de fecha 21/05/2008, por el monto de Diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Bauche 000000552912332, del banco Mercantil a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 21/05/2008, realizado por la ciudadana M.C.S., por el monto de Diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Recibo, de fecha 12/01/2009, por el monto de Un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Bauche 000000602733911, del banco Mercantil a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 06/01/2008, realizado por la ciudadana M.C.S., por el monto de Un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

INVESTIGACIÓN 14F4-884-2010

• Denuncia de fecha 16/11/2010, suscrita por la ciudadana V.V.D.V., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-4.485.474, ante el C.L. delE.M., quien indica las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Recibo Nº 0907, de fecha 10/06/2009, por el monto de Setenta mil bolívares (70.000,ºº Bs).

• Comprobante de emisión de cheque de gerencia 11200178, del banco Banesco a nombre de la empresa SAHEN c.a., de fecha 10/06/2009, realizado por la ciudadana J. delC.V., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Cheque de Gerencia 03028839 de la cuenta 01340030032120210001, emitido a SAHEN c.a., por el monto de setenta mil bolívares (70.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 1005, de fecha 30/06/2009, por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Cheque 22068897, de fecha 30/06/2009 de la cuenta 01050672748672005317, emitido por el ciudadano Villarreal G.C. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 1018, de fecha 07/07/2009, por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Cheque 74068696, de fecha 30/06/2009 de la cuenta 01050672748672005317, emitido por el ciudadano Villarreal G.C. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

INVESTIGACIÓN 14F4-886-2010

• Denuncia de fecha 29/11/2010, suscrita por el ciudadano E.R., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.403.847, ante el C.L. delE.M., quien indica las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Copia de la carta dirigida a la empresa SAHEN c.a., de fecha 10/09/2010, siendo recibida en fecha 15/09/2010 por la ciudadana Tatiana, en la cual el ciudadano E.U. le manifiesta a los representantes de la empresa que hasta la presente ha cancelado un monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs), quien solicita el reembolso del dinero cancelado.

• Referencia suscrita por la ciudadana Sahonara Altuve, en la que deja constancia que el ciudadano E.U., titular de la cédula de identidad Nº V-9.403.847, suscribió con la empresa un contrato de reserva de compra venta sobre un apartamento por un monto de trescientos mil bolívares (300.000,ºº Bs.).

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 05 de junio del año 2009, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y el ciudadano E.J.U.M., para la adquisición de un apartamento en el edificio “E” apartamento 2-1, con una superficie de noventa y cuatro metros cuadrados (94 mts2), por un monto de trescientos ochenta mil bolívares (380.000,ºº Bs.).

• Recibo Nº 0883, de fecha 19/05/2009, por el monto de Veintiún mil bolívares (21.000,ºº Bs).

• Cheque de Gerencia del Banco mercantil 54087943, de fecha 19/05/2009 de la cuenta 01050065662065087943, emitido por a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veintiún mil bolívares (21.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 0909, de fecha 12/06/2009, por el monto de once mil bolívares (11.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000616564405, de fecha 09/06/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano E.U., por el monto de Once mil bolívares (11.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 1033, de fecha 16/07/2009, por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 1034, de fecha 16/07/2009, por el monto de ocho mil bolívares (8.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000652751928, de fecha 03/06/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano E.U., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000652718632, de fecha 06/07/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano E.U., por el monto de ocho mil bolívares (8.000,ºº Bs).

INVESTIGACIÓN 14F4-927-2010

• Denuncia de fecha 23/06/2010, suscrita por la ciudadana J.A.T.A., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-11.960.957, ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), quien indica las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 05 de marzo del año 2009, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana T.A.J.A., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Viva, piso tres, apartamento 13, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de doscientos cincuenta mil bolívares.

• Copia de carta de fecha 03/02/2010, suscrita por la ciudadana T.A.J.A., dirigida a la empresa SAHEN c.a., quien solicita el reintegro de la cantidad de cincuenta mil bolívares, de la cuota inicial cancelada.

• Acta de comparecencia de fecha 10 de mayo del año 2010, realizada por la ciudadana Sahonara L.A.C. y la representante del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia de Recibo Nº 0401, de fecha 25/07/2008, por el monto de Trece mil bolívares (13.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0514, de fecha 16/04/2008, por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0631, de fecha 28/11/2008, por el monto de Tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0602, de fecha 17/11/2008, por el monto de Cuatro mil bolívares (4.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0671, de fecha 12/12/2008, por el monto de Dos mil bolívares (2.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0672, de fecha 12/12/2008, por el monto de Dos mil bolívares (2.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0673, de fecha 12/12/2008, por el monto de Seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 14315920, del banco Mercantil de fecha 28/07/2007 de la cuenta 01050092328092025886, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Trece mil bolívares (13.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 20020002, del Banco Banfoandes de fecha 06/04/2008 de la cuenta 00070011880000038271, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 21160139, del banco Banesco de fecha 27/11/2008 de la cuenta 01340209432093030778, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Cuatro mil bolívares (4.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 11180140, del banco Banesco de fecha 28/11/2008 de la cuenta 01340209432093030778, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 95149023, del banco Mercantil de fecha 12/12/2008 de la cuenta 01050092328092025886, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de dos mil bolívares (2.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 20161045, del banco Banesco de fecha 09/01/2009 de la cuenta 01340209432093030778, emitido por la ciudadana T.A.J.A. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Acta de acuerdo entre las partes suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana T.A.J.A., ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Copia permiso de construcción menor otorgado por la Alcaldía del municipio Libertador.

• Copia del Aval otorgado por la Junta Parroquial Caracciolo Parra Pérez.

• Copia de oficio de CADAFE suscrito por el Ing. L.R.J. deD. deE.M., dirigido a SAHEN c.a.

• Acta de acuerdo entre las partes suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana T.A.J.A., ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).

• Acta de no comparecencia de fecha 21/09/2010, en la cual se deja constancia de la presentación a la citación por parte de la representante de SAHEN c.a.

• Acta de Comparecencia de fecha 21/09/2010, suscrita por la ciudadana J.A.T.A..

• Acta de Comparecencia de fecha 24/09/2010, suscrita por la ciudadana J.A.T.A..

INVESTIGACIÓN 14F4-0024-2011

• Denuncia de fecha 12/01/2011, suscrita por los ciudadanos CARMINE DEL VALLE LOBO VIELMA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.804.474, A.A. LOBO VIELMA, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.524.591, C.Z.L. FERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.206.823, R.J.L.R., de nacionalidad venezolana, 8.049.709, E.V.Q., de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-8.037.035, HOSWAR A.G., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.208.045 y E.T. LOYO FERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.032.023, quienes indican las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Copia de Recibo Nº 0467, de fecha 22/08/2008, por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 11814328, del banco Banesco de fecha 18/08/2008 de la cuenta 01340448854481021472, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0524, de fecha 24/09/2008, por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 36814329, del banco Banesco de fecha 24/09/2008 de la cuenta 01340448854481021472, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0604, de fecha 17/11/2008, por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 36814329, del banco Banesco de fecha 26/10/2008 de la cuenta 01340448854481021472, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0579, de fecha 05/11/2008, por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia de Recibo Nº 0406, de fecha 29/07/2008, por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000533530980, de fecha 29/07/2008, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por la ciudadana C.Z.L., por el monto de Un mil trescientos bolívares (1.300,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000579138005, de fecha 29/07/2008, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por la ciudadana C.Z.L., por el monto de Sesenta y ocho mil setecientos bolívares (68.700,ºº Bs).

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 14 de noviembre del año 2008, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana LOBO F.C.Z., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Viva, piso uno, apartamento 06, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de ciento cincuenta mil bolívares (150.000,ºº Bs.).

• Copia del cronograma de pago del ciudadano J.L.R., realizado por la empresa SAHEN c.a.

• Copia de Recibo, de fecha 23/09/2010, por el monto de seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco Venezuela 00000064508786, de fecha 23/08/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01020151950000046844, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de Seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso de fecha 06/05/2010, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Copia del bauche del Banco Federal 97790030, de fecha 04/05/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01330414951600000730, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de Seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso de fecha 08/04/2010, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia del bauche del Banco Federal 97790030, de fecha 08/04/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01330414951600000730, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de Tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1293, de fecha 21/07/2010, por la cantidad de nueve mil bolívares (9.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000608523377, de fecha 11/02/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de nueve mil bolívares (9.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1274, de fecha 15/01/2010, por la cantidad de seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco Venezuela 000000583913889, de fecha 11/12/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01020151950000046844, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de Seis mil bolívares (6.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1271, de fecha 15/01/2010, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco Venezuela 00000054937340, de fecha 14/01/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01020151950000046844, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1207, de fecha 27/10/2009, por la cantidad de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco Venezuela 000000535133722, de fecha 27/10/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01020151950000046844, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1041, de fecha 07/08/2009, por la cantidad de cien mil bolívares (100.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco Venezuela 00000049360923, de fecha 07/08/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., a la cuenta 01020151950000046844, realizado por el ciudadano R.L., por el monto de cien mil bolívares (100.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1049, de fecha 30/08/2009, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 46067369, del banco Banesco de fecha 20/08/2009 de la cuenta 01050121131121006817, emitido por el ciudadano LOBO F.C. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0553, de fecha 17/10/2008, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 14814332, del banco Banesco de fecha 15/10/2008 de la cuenta 01340448854481021472, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0819, de fecha 13/02/2009, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1049, de fecha 26/08/2009, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 46067369, del banco Banesco de fecha 20/08/2009 de la cuenta 01050121131121006817, emitido por el ciudadano LOBO F.C. a la empresa SAHEN c.a., por el monto de Veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0553, de fecha 17/10/2008, por la cantidad de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia Cheque 14814332, del banco Banesco de fecha 15/10/2008 de la cuenta 01340448854481021472, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0819, de fecha 13/02/2009, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0478, de fecha 27/08/2008, por la cantidad de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 00000055700425, de fecha 15/08/2008, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano Horward Garcia, por el monto de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0520, de fecha 19/09/2008, por la cantidad de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000621843725, de fecha 16/09/2008, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por el ciudadano Horward Garcia, por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1218, de fecha 23/10/2009, por la cantidad de doce mil bolívares (12.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1294, de fecha 22/02/2010, por la cantidad de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 010012938680089, de fecha 29/01/2010, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por la ciudadana L.L., por el monto de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 0889, de fecha 22/05/2009, por la cantidad de cuarenta mil bolívares (40.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000530009927, de fecha 28/05/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por la ciudadana E.L., por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Copia comprobante de ingreso 1007, de fecha 23/06/2009, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Bauche del Banco mercantil 000000592541226, de fecha 23/06/2009, depositado a la empresa SAHEN c.a., de la cuenta 0105067275672035376, realizado por la ciudadana E.L., por el monto de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0057-2011

• Denuncia de fecha 24 de Enero del año 2011, suscrita por el ciudadano O.A.M.P., por ante la Unidad de Atención a la Victima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, quien manifiesta su versión de los hechos donde le cancelo a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de Setenta mil bolívares (70.000, ºº Bs.) como inicial por concepto de compra de apartamento, cancelando dicha monto en seis partes, el primer pago o abono el 30/04/09 por un monto de nueve mil bolívares (Bs. 9.000,00) según recibo de ingreso Nº 0864, el segundo abono fue por el monto de Treinta mil bolívares (30.000,00) según recibo de ingreso Nº 896, la tercera cuota la cancelo el 02/07/09 por un monto de Veinte mil bolívares (20.000,00 Bs) según recibo de ingreso Nº 1012, la cuarta cuota fue por un monto de Cuatro mil bolívares el mismo día de la tercera cuota según recibo de ingreso Nº 1013, la quinta cuota fue cancelada el 03/07/09 por un monto de Cinco mil bolívares, según recibo de ingreso Nº 1015, y la sexta y última cuota la cancele el 10 de julio del 2009, por un monto de Dos mil bolívares, según recibo de ingreso Nº 1027, donde la ciudadana SAHONARA ALTUVE CALDERON, figura como Presidenta de la referida empresa.

• Copia de los Recibos de Ingreso Nº 0864, 0896, 1012, 1013, 1027, 1015, de la empresa SAHEN c.a.

• Carta de fecha 23/08/2010, suscrita por el ciudadano O.A.M.P., quien decide rescindir del contrato y que le sean reintegrado la cantidad de Setenta mil bolívares 70.000, ºº Bs).

• Oficio del Banco del Sur de fecha seis (06) de Enero del año dos mil once (06-01-2011), signado con el Nº GA-0059/11, suscrito por la ciudadana E.A.G. deA., en el cual señala que la sociedad Mercantil no posee cuentas en la Institución Bancaria pero la ciudadana SAHONARA L.A.C., titular de la cedula de identidad Nº V-8.028.907, posee los siguientes instrumentos Bancarios: Cuenta de Ahorro Habitacional Nº 8028907, Saldo Actual 3.40, fecha del ultimo movimiento el 30-04-1995. Préstamo LPH Nivel II, Nº 19661, Saldo Bs. 6.978,34. El ciudadano H.A.N.U., titular de la cedula de identidad Nº V- 8.025.598, - Cuenta de Ahorro Habitacional Nº 8025598, saldo actual 3.906,35 Bs., Fecha de ultimo movimiento 28-05-2010. – Préstamo LPH Nivel II, Nº 19661, saldo actual 6.978,34 Bs.

• Oficio del Banco SOFITASA de fecha 11 de Enero del año 2011, signado con el Nº GS.0082/11, suscrito por el ciudadano O.P.G.G. deS., donde señala que los ciudadanos SAHONARA L.A.C. titular de la cedula de identidad Nº V-8.028.907, H.A.N.U. y la Sociedad Mercantil SAHEN C.A no tiene relación alguna con esa entidad Bancaria.

• Oficio del Banco Mercantil, de fecha 07 de Enero de 2011, signado con el Nº 66349, suscrito por la ciudadana L.D.F.C. delC. deS.O., donde señala que la ciudadana SAHONARA L.A.C. titular de la cedula de identidad Nº V-8.028.907, es titular de la cuenta Corriente Nº 1672-04352-2, estatus activa, se anexa movimientos Bancarios desde el mes de febrero del año 2010 hasta enero del año 2011. La empresa SAHEN C.A, aparece como Titular de la cuenta Corriente Nº 1672-03537-6, abierta en fecha 21/06/2007, status de la cuenta no acepta debito.

• Anexos de los movimientos bancarios de las cuentas bancarias del Banco Mercantil.

• Oficio SBIF-DSB-CJ-PA-28394, de fecha 28/12/2010, suscrita por la ciudadana M.G.C., Consultor Jurídico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, informa que mediante circular dirigida al Sistema Bancario Nacional, solicito la información requerida por esta Fiscalía.

• Oficio SU-I/G-OF/2011/0219, de fecha 12/01/2011, suscrita por el ciudadano A.M., Director de Sub Unidad del Banco Provincial en la cual indica que la ciudadana Sahonara L.A.C., no figura como cliente, el ciudadano H.A.N.U., es titular de la cuenta de ahorros 01080374860200058628 y la empresa SAHEN c.a., no figura como cliente, en la misma remite movimientos bancarios.

• Oficio de fecha 06/01/2011, suscrita por la ciudadana E.C. de González, Contralor de la entidad Bancrecer, en la cual informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio 379/2010/357, de fecha 29/11/2010, suscrita por la Abg. I.C. deC.Q., Registradora Mercantil Primera de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, quien remite Copia Certificada del expediente Nº 32778 de la empresa SAHEN c.a.

• Copia oficio de fecha 11/01/2011, suscrito por la ciudadana R.R.B., del Banco del tesoro, quien informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio Nº GRC-2011-9629, de fecha 07/01/2011, suscrito por la ciudadana C.V.D. deS. deI. al Cliente, quien informa que la ciudadana Sahonara L.A.C., mantiene relación financiera con la cuenta corriente 01020151910000024824, el ciudadano H.A.N.U., no mantiene cuentas con la institución, cuenta de ahorros 01020136550100019029 fue cancelada y la empresa SAHEN c.a., mantiene relación financiera con el banco con la cuenta 01020151950000046844 y cuenta corriente 01020151940000022486 la cual fue cancelada el 25/08/2006. anexo movimientos bancarios.

• Oficio de fecha 11/01/2011, suscrita por el ciudadano M.V., del Banco Caroni, en la cual informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio DAANL-10.626/2010 de fecha 19/01/2011, suscrita por el Gerente del Banco Bancaribe, en la cual informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio de fecha 17/01/2011, suscrita por el ciudadano P.L.L. delB. 100%banco, en la cual informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio de fecha 11/01/2011, suscrita por los ciudadanos E.R. y R.C. delB.E., en la cual informa que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio SNAT/INTI/GRTI/RLA/SM/ARAJ/2010/E/2367, de fecha 20/12/2010, suscrita por la Abg. Maryury E.M.P., Jefe del Sector de Tributos Internos Mérida, quien informa que la empresa SAHEN c.a., es contribuyente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y cumple como contribuyente del Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado.

• Oficio GSB-0097-2011, de fecha 12/01/2011, suscrito por el gerente V.R.S., de la entidad financiera CASA PROPIA, en la cual indica que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no figuran como clientes.

• Oficio 757-OP-1665-10 / 1045-OP-1045-10, de fecha 14/01/2010, suscrito por el ciudadano L.I., Gerente de División de Operaciones del Banco de Guayana, en la cual indica que los ciudadanos Sahonara L.A.C., H.A.N.U. y la empresa SAHEN c.a., no poseen Cuenta bancaria o algún instrumento financiero en esa institución.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0022-2011

• Denuncia de fecha 11 de Enero del año 2011, suscrita por el ciudadano B.M. SOLER ANTONIO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-10.685.542, quien indica su versión de los hechos.

• Recibo Nº 0701, de fecha 15 de diciembre del año 2008, en la que el ciudadano BLANCO SOLER ANTONIO, le cancela a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 0376, de fecha 07 de Julio del año 2008, en la que el ciudadano BLANCO SOLER ANTONIO, le cancela a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de dos mil bolívares (2.000,ºº Bs).

• Recibo Nº 0306, de fecha 17 de abril del año 2008, en la que el ciudadano BLANCO SOLER ANTONIO, le cancela a la empresa SAHEN c.a., la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Copia del bauche del Banco Banesco Nº 310313868, por la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs) a la cuenta 01340038075303092661 a nombre de la empresa SAHEN c.a.

• Copia del bauche del Banco Mercantil Nº 000000491383845, de fecha 14/09/2008, a la cuenta 01050672751678035376, por un monto de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN 14F4-0023-2011

• Denuncia de fecha 11 de Enero del año 2011, suscrita por el ciudadano M.A.H.V., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.943.795, quien indica su versión de los hechos.

• Carta de fecha 10 de Noviembre del año 2010, suscrita por el ciudadano M.H., dirigido a la empresa SAHEN c.a., en la cual solicita le sea devuelto la cantidad de setenta mil bolívares, por concepto de haber cancelado la inicial y en vista del retraso en la construcción solicita le sea devuelto el dinero.

• Carta de fecha 12 de Julio del año 2010, suscrita por el ciudadano M.H., dirigido a la empresa SAHEN c.a., en la cual solicita permanecer en el proyecto habitacional.

• Carta de fecha 22 de Marzo del año 2010, suscrita por el ciudadano M.H., dirigido a la empresa SAHEN c.a., en la cual solicita le sea devuelto la cantidad de setenta mil bolívares, por concepto de haber cancelado la inicial y en vista del retraso en la construcción solicita le sea devuelto el dinero.

• Comprobante de Ingreso Nº 1274, de fecha 18 de enero del año 2010, por el monto de dos mil quinientos bolívares (2.500,ºº Bs).

• Bauche Nº 000000659586397, de fecha 22/12/2009, del banco Mercantil a la cuenta 01050672751678035376 a nombre de la empresa SAHEN c.a., por el monto de dos mil quinientos bolívares (2.500,ºº Bs).

• Recibo Nº 0661, de fecha 11 de diciembre del año 2008, por el monto de cien bolívares a la empresa SAHEN c.a.

• Comprobante de Ingreso Nº 1220, de fecha 04 de Noviembre del año 2009, por el monto de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Comprobante de Ingreso Nº 1230, de fecha 11 de noviembre del año 2009, por el monto de dos mil quinientos bolívares (2.500,ºº Bs).

• Comprobante de Ingreso Nº 0641, de fecha 23 de diciembre del año 2008, por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs).

• Copia del cheque 00008796 de fecha 03 de diciembre del año 2008, de la cuenta 010800781101000047204, del ciudadano M.A.H.V. del Banco Provincial a nombre de SAHEN c.a., por el monto de sesenta mil bolívares (60.000,ºº Bs.)

• Carta de fecha 27 de Abril del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C., dirigida al ciudadano M.H., en la que indica el cambio del nombre del proyecto habitacional.

• Copia del Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 11 de diciembre del año 2008, suscrita por la ciudadana SAHONARA L.A.C. y el ciudadano HERRERA VASQUEZ M.A..

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN A.C.C.N.

• Denuncia de la ciudadana A.C.C.N., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.106.700, domiciliada en Residencias Gaviria, Torre B, apartamento B-5 sector S.B., quien expone las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 12 de Noviembre del año 2008, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana A.C.C.N., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Dulce, piso cinco, apartamento 22, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de doscientos ochenta mil bolívares.

• Recibo de pago Nº 0563, de fecha 22 de octubre del año 2008, por el monto de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs)

• Copia del cheque 81000055, del Banco DelSur, del cliente A.C.C. de la cuenta 01570075113775020112, de fecha 22 de octubre del año 2008, emitido a nombre de la empresa SAHEN c.a., por el monto de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Recibo de pago Nº 0464, de fecha 21 de agosto del año 2008, por el monto de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs)

• Copia del cheque 54000052, del Banco DelSur, del cliente A.C.C. de la cuenta 01570075113775020112, de fecha 22 de agosto del año 2008, emitido a nombre de la empresa SAHEN c.a., por el monto de veinte mil bolívares (20.000,ºº Bs).

• Recibo de pago Nº 0504, de fecha 10 de septiembre del año 2008, por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs)

• Copia del cheque 36000053, del Banco DelSur, del cliente A.C.C. de la cuenta 01570075113775020112, de fecha 10 de septiembre del año 2008, emitido a nombre de la empresa SAHEN c.a., por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN S.R.S.D.R.

• Denuncia de la ciudadana S.R.S.D.R., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-8.023.544, domiciliada en avenida Centenario, conjunto residencial El Molino, edificio VII apartamento 4-5 de la ciudad de Ejido estado Mérida, quien expone las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Recibo de pago Nº 0223, de fecha 5 de Noviembre del año 2007, por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs)

• Copia del bauche Nº 000000501651400, de fecha 02 de noviembre del año 2007, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de fecha 18 de Noviembre del año 2008, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana S.R.S.D.R., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Miel, piso cinco, apartamento 21, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de doscientos mil bolívares.

• Recibo del Banco Banesco de emisión de cheque de gerencia 44803653, de fecha 09 de diciembre del año 2008, por el monto de veintitrés mil quinientos bolívares (23.500,ºº Bs) de la cuenta 01340209402092083355, perteneciente a la cuenta de la ciudadana S.R.S. deR., para ser cobrado por la empresa SAHEN c.a.

• Recibo de Ingreso 0658, de fecha 10 de diciembre del año 2008, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de treinta y cinco mil bolívares (35.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 0792, de fecha 29 de enero del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000632674570, de fecha 28 de enero del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 0835, de fecha 03 de marzo del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000583846764, de fecha 27 de febrero del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 0854, de fecha 06 de abril del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000641932254, de fecha 02 de abril del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1001, de fecha 16 de junio del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000615177875, de fecha 27 de mayo del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1017, de fecha 07 de julio del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000652645756, de fecha 06 de julio del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1048, de fecha 24 de agosto del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000609952014, de fecha 18 de agosto del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1198, de fecha 14 de octubre del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000665739347, de fecha 07 de octubre del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1232, de fecha 12 de noviembre del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1246, de fecha 4 de diciembre del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000619362260, de fecha 03 de diciembre del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por la ciudadana S.S., por el monto de un mil bolívares (1.000,ºº Bs).

• Carta de fecha 30 de septiembre del año 2010, dirigido por la ciudadana S.R.S. deR., a la empresa SAHEN c.a., solicitando retirarse del proyecto habitacional.

• Carta de fecha 02 de noviembre del año 2010, dirigido por la ciudadana S.R.S. deR., a la empresa SAHEN c.a., solicitando retirarse del proyecto habitacional.

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN C.J.C.O.

• Denuncia de la ciudadana C.J.C.O., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.399.808, domiciliada en avenida Centenario, conjunto residencial El Molino, edificio VII apartamento 4-5 de la ciudad de Ejido estado Mérida, quien expone las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurren los hechos.

• Recibo de Ingreso 0593, de fecha 13 de noviembre del año 2008, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Copia del cheque Nº 34701459, de fecha 2 de noviembre del año 2008, del banco Banesco a nombre de S.Y.., emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de diez mil bolívares (10.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 0695, de fecha 15 de diciembre del año 2008, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000609007675, de fecha 06 de enero del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por el monto de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000589648277, de fecha 15 de diciembre del año 2008, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por el monto de quince mil bolívares (15.000,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 0728, de fecha 14 de enero del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de treinta mil bolívares (30.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000592833220, de fecha 19 de enero del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por el monto de veintitrés mil bolívares (23.000,ºº Bs).

• Copia del cheque Nº 00000447, de fecha 13 de enero del año 2009, del banco Provincial a nombre de E.M.L.B., emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de dos mil quinientos bolívares (2.500,ºº Bs).

• Copia del cheque Nº 00008163, de fecha 18 de enero del año 2009, del banco Provincial, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Copia del cheque Nº 72849364, de fecha 14 de enero del año 2009, del banco Mercantil, emitido a la empresa SAHEN c.a., por el monto de un mil quinientos bolívares (1.500,ºº Bs).

• Recibo de Ingreso 1285, de fecha 02 de febrero del año 2010, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de cuarenta y cinco mil bolívares (45.000,ºº Bs).

• Cheque de Gerencia Nº 00084919, de fecha 29 de enero del año 2010, de la cuenta 01080334990900000010 a nombre de J.C.O., emitido a SAHEN c.a., por el monto de cuarenta y cinco mil bolívares (45.000,ºº Bs)

• Recibo de Ingreso 0808, de fecha 06 de febrero del año 2009, de la empresa SAHEN c.a., por el monto de cinco mil bolívares (5.000,ºº Bs).

• Copia del bauche Nº 000000609007675, de fecha 06 de enero del año 2009, del banco Mercantil a nombre de SAHEN c.a., realizado a la cuenta 01050672751672035376, por el monto de tres mil bolívares (3.000,ºº Bs).

• Contrato de Reserva de Compra Venta de Inmueble de sin fecha, suscrito entre la ciudadana SAHONARA L.A.C. representante de la empresa SAHEN c.a. y la ciudadana CEDIEL OROSTEGUI C.Y., para la adquisición de un apartamento en la torre denominada Agua Dulce, piso siete, apartamento 30, con una superficie de noventa y un metros cuadrados (91 mts2), por un monto de trescientos diez mil bolívares (310.000,ºº Bs).

• Carta de fecha 04 de mayo del año 2009, suscrita por la ciudadana SAHONARA ALTUVE, quien le informa a la ciudadana CEDIEL OROSTEGUI CARMEN, del cambio del nombre del proyecto habitacional.

• Inspección Técnica Nº 5706, de fecha 2 de noviembre del año 2010, suscrita por los Agentes de Investigación I A.V. y C.R., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, quienes dejan constancia de realizar la inspección en el terreno ubicado en la avenida Las Américas, sector S.B. con calle acceso al Circulo Militar, adyacente al Gimnasio Miyoi, al lado de Abasto El Pueblo, de la ciudad de Mérida estado Mérida.-

• Acta de Investigación Penal, de fecha 02 de Noviembre del año 2010, suscrita por el Agente de Investigaciones C.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, quien deja constancia de trasladarse hasta el terreno ubicado en la avenida Las Américas, sector S.B. con calle acceso al Circulo Militar, adyacente al Gimnasio Miyoi, al lado de Abasto El Pueblo, de la ciudad de Mérida estado Mérida, con la finalidad de realizar las diligencias pertinentes a fin de esclarecer los hechos.

• Montaje Fotográfico de la Inspección Técnica Nº 5706, de fecha 02 de Noviembre del año 2010, en la cual se aprecia gráficamente las características del lugar, así como se exhibe valla publicitaria del Parque Residencial Sierra Nevada, la cual iba a realizarse por la empresa SAHEN c.a.

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

De los hechos antes narrados, así como, los diferentes elementos de convicción que se presentan contra de los imputados SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., se subsumen tal conducta en los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, para el momento en que ocurrieron los hechos en perjuicio de los ciudadanos M.A.M.A., M.Y.B.Z., CONTRERAS VIVAS O.E., P.J. CAÑIZALES SANTOS, J.D.V.M., ALEXANDER ANGULO ARISMENDI, J.M., I.R. ARAMBULA, ISBELIA J.S. MOLINA, J.H.C., N.C.R.L., T.R.A., Y.T.R.D.P., O.A.M.L., J.R.V.B., MONICA LYTHAYRY C.D., F.O.M., Y.D.C.G.S., C.D.C.S.R., J.L.M.V., N.D.V.Z., O.J.S.C., J.H.Q.R., P.O.Y.C., Y.C.L.P., L.S. RIVAS MOLINA, MARSOLAIRE S.F., I.S. MOLINA, E.D.J.M., J.C.V.R., R.P.J., A.C.V.M., M.A.R., C.A.L.Q., I.M. BELANDRIA GUTIERREZ, L.G. NARANJO MORENO, E.A.P.B., O.A.M.P., SUAREZ M.C., G.S., V.V.D.V., G.C. LABRADOR RUBIO, JOLIMAR RIVAS UZCATEGUI, E.J.U.M., WHUENDY JOSEFINA GALE RIVAS, J.A.T.A., J.M. PEÑA OLIVAR, J.C.L.D., CARMINE DEL VALLE LOBO VIELMA, A.A. LOBO VIELMA, C.Z.L., R.L., TERESA LOYO FERNANDEZ, E.V.Q., HOSWAR A.G., M.A.R., G.R. VISBAL BELTRAN, YULIH S.F., C.J.S.D., JANKARLA M.S.N., C.J. SCARPECIO DANIELE, E.G.R.U., M.A.H.V., B.M. SOLER ANTONIO, A.C.C.N., S.R.S.D.R., C.J.C.O. y otros; tal y como se desprenden de cada una de las actuaciones por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, debido que los hoy imputados SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., presuntamente se aprovecharon de la buena fe de las victimas ofreciéndoles construir un complejo habitacional, con un determinado precio, y las gestiones a través del Banco Mercantil para el financiamiento de dichas viviendas, pero es el caso, que el terreno donde se iba a construir el conjunto habitacional ni siquiera era propiedad de los imputados, ni de la empresa que representan, aunado al hecho que al momento de reclamar los optantes compradores el dinero dado, los mismo no le han reembolsado el respectivo dinero.

Establece el Artículo 250 Código Orgánico Procesal Penal lo siguiente: “El Juez de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá decretar la privación preventiva de libertad del imputado siempre que se acredite la existencia de: 1. Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad…2. Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor del hecho, y 3. Una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso acerca del peligro de fuga o de obstaculización…. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la solicitud fiscal, el juez de control resolverá respecto al pedimento realizado. En caso de estimar que concurren los requisitos previstos en este artículo para la procedencia de la privación judicial preventiva de libertad deberá expedir una orden de aprehensión del imputado contra quien se solicitó la medida.

La exigencia de acreditar una prueba que constituya una presunción grave del derecho que se reclama, es decir sea el bonus fomus juris, esta dado en los primeros dos (2) ordinales del mencionado artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, que resulta en la prueba del cuerpo del delito y de la autoría o participación de los investigados (sin atender al grado de culpabilidad).

La orden de aprehensión busca garantizar dos (2) de los fines fundamentales del proceso penal, cuales son la búsqueda de la verdad y la ejecución de la pena corporal privativa de la Libertad. Ahora bien, cuando se solicita y se acuerda una orden de aprehensión en el proceso penal, bajo la modalidad de la presente causa, es de hacer resaltar, que existe un procedimiento independiente y autónomo al principal que comienza con la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, único legitimado para ello, acompañada con el acervo probatorio resultante de la investigación.

Al respecto el Tribunal Supremo de Justicia, la Sala Constitucional ha señalado (vid. Sentencia Nº 1123 del 10 de junio de 2004,) que: "...la orden de aprehensión tiene como presupuesto el análisis del cumplimiento de las exigencias legales para decretar la medida de privación judicial preventiva de libertad, dado que esa orden es una consecuencia inmediata de esa decisión judicial... ".

Así mismo, el Tribunal Supremo de Justicia, a través la Sala Constitucional, en fecha 04-12-2003, sentencia 3389, en relación a la legitimidad de la orden de aprehensión, explano: “…Observa la Sala que el asunto que subyace tras la acción incoada es la orden de aprehensión de¬cretada por el citado Juzgado de Control, contra los ciudadanos J.L.B.T. y L.M.Q., previa solicitud fiscal. Ahora bien, la legitimación constitucional de la orden de aprehensión, establecida en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, estriba en la existencia de indicios racionales de la comisión de un hecho punible cuyo autor o participe es la persona objeto de llamamiento por el órgano jurisdiccional, previo requerimiento del Ministerio Público, como director de la fase de investigación del proceso penal; y como objetivo, el normal desarrollo del proceso en la búsqueda de la verdad. En este orden de ideas, la Sala debe ratificar el criterio establecido en su sentencia Nº 114 del 6 de febrero de 2001, (caso: R.G.N.G. y H.A.C.O.), en el cual dejo sentado lo siguiente: " ... La Sala considera oportuno reiterar que aquellas medidas -en el caso que nos ocupa, la privación provisional de libertad de cualquier ciudadano- acordadas por los Jueces de Primera instancia en lo Penal en función de Control de la investigación durante el curso de un proceso penal, en observancia de las normas adjetivas que lo contienen, del respeto a las prescripciones legales y de la previa determinación de cada una de las circunstancias que rodean el hecho o hechos sometidos a su consideración, están revestidas de plena legitimidad, por provenir de órganos jurisdiccionales debida¬mente facultados para ello. En consecuencia, en modo alguno constituyen infracciones de derechos o garantías constitucionales, puesto que ellas van en procura de un proceso sin dilaciones indebidas y de una pronta decisión judicial (una sentencia derivada de un juicio oral y publico) ... ". Al analizar la orden de aprehensión emanada de un Juez de Control, con fundamento en lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala puede afirmar que es una medida estrictamente necesaria, de aplicación subsidiaria, provisional y proporcional a los fines que constitucionalmente la justifican y limitan. Se trata de una medida tendente a asegu¬rar el proceso, ante la posibilidad del actor de sustraerse de la administración de justicia, esto es, que la "aprehensión" tiene una génesis cautelar preordenada básicamente a garantizar la pre¬sencia y sujeción del presunto imputado al ius puniendi del Estado, por lo que, en ningún caso, dicha aprehensión puede considerarse como arbitraria o ilegal sino desarrollada en el marco de la fase investigativa del proceso conforme a las formas y requisitos legalmente establecidos. No obstante, la orden de aprehensión es una medida que incide sobre uno de los derechos fun¬damentales del hombre, cual es su libertad, por lo que ha de ser dictada por el Juez de Control solo cuando de forma inequívoca se dan los presupuestos consagrados en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y subsumirse al fin perseguido en el proceso penal, extremos cuya apreciación es de la incumbencia independiente del juez a quien corresponde dictarla, sin que exista injerencia alguna del Ministerio Público en tal decisión…” (negritas del Tribunal).

Es por ello que este Tribunal, que en el caso de autos -habida cuenta de lo antes indicado- concurren los requisitos previstos en el encabezamiento del Artículo 250 Código Orgánico Procesal Penal, para dictar ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos: SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., son los presuntos coautores o partícipes del hecho punible, en el caso en especial, los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, previsto y sancionado en el articulo 80.3 de la Ley Contra la Corrupción, los mismos merecen una pena privativa de libertad, y su acción no se encuentra prescrita, en segundo lugar “fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión de un hecho punible”, al respecto se debe referir que como se señalo anteriormente existen fundados elementos de convicción, así como la denuncia y la declaración de la victima, vinculan directamente y hacen presumir que el imputado es el autor de hecho punible, y en tercer lugar “una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso en particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación”, en este sentido se debe señalar que se esta en presencia de un de peligro de fuga, en primer lugar los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, son delitos de una importante gravedad, de la misma forma, se debe precisar que estamos en presencia de dos tipos penales cuya pena que puede llegar a imponerse es elevada, y supera los diez años, y como lo expresa la Sala Constitucional en sentencia N° 1270, del 06 de febrero de 2007, con Ponencia del Magistrado Doctor P.R.R.H., Sala Constitucional, en la cual expone:

…Se concluye, entonces, que, por razón de la cuantía de la pena y la gravedad del hecho punible en cuestión, el mismo resulta razonablemente subsumible en los supuestos que preceptúan los car¬dinales 2 y 3 del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, como fundamento para el decreto de la medida cautelar privativa de libertad. Más aún, habida cuenta de que, como se señaló anteriormente, la razón única de la existencia de la referida previsión procesal, es la necesidad de aseguramiento de las finalidades del proceso, no resulta jurídicamente objetable que el legislador hubiera estimado que la única prevención suficientemente eficaz para la obten¬ción de dicho propósito fuera la de privación de liberta. Aun cuando el tipo legal que se exam¬ina no es de sujeto activo calificado y la norma que niega la libertad del imputado durante el proceso es aplicable en todo caso de imputación de dicho delito, lo cierto es que, en el presente caso, se trata de una persona a quien se le atribuyó la comisión de extorsión, conducta que, según se desprende de las actas procesales, fue perpetrada en aparente ejercicio de funciones públicas, razón por la cual sería aplicable, en caso de declaración de culpabilidad, la circunstan¬cia agravante genérica que dispone el artículo 77.4 del Código Penal, que obligaría al consigu¬iente aumento de la pena normalmente aplicable, de conformidad con los artículos 78 y 37 eiusdem. Ello constituye, en este caso particular, un argumento adicional que, de acuerdo con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, pudo fundamentar la convicción de ausencia de lesión constitucional para la consideración de la medida cautelar privativa de liber¬tad como la única suficientemente eficaz para la obtención de las finalidades del proceso al cual, como se ha afirmado ut supra, se encuentra sometido el quejoso de autos. Así se declara…

(Negritas del Tribunal).

Analizadas estas consideraciones se debe señalar que se dan los supuestos establecidos en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal, ya que la cuantía de la pena, y la gravedad del hecho fundamentan la aplicación del mismo.

De igual manera existe por parte de los investigados un peligro de obstaculización, tal y como lo señalo el Ministerio Público en su solicitud, ya que se presume cierto si se toma en consideración lo siguiente:

El artículo 252 del Código Orgánico Procesal, establece que para decidir acerca del peligro de obstaculización para averiguar la verdad se tendrá en cuenta, especialmente, la grave sospecha de que el imputado:

Ordinal Segundo. “Influirá para que coimputados, testigos, víctimas, o expertos, informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, o inducirá a otros a realizar esos comportamientos, poniendo en peligro la investigación, la verdad de los hechos y la realización de la justicia”.

Hay que tener en cuenta, el daño social causado a la colectividad y sobre todo al Estado Venezolano, aunado al peligro que tienen estos sujetos que están muy bien organizado y pueden fácilmente obstruir la justicia y al proceso penal, motivos por los cuales se presume que se pudiera entorpecer la investigación quedando impune el hecho delictivo.

Por todos los aspectos antes expuestos y desarrollados, y explicados cada uno de los elementos establecidos en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra de los ciudadanos: de los ciudadanos: SAHONARA L.A.C. y H.A.N.U., son los presuntos coautores o partícipes del hecho punible, en el caso en especial, los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada. Así se declara.

Líbrese dirigido, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. En cumplimiento de los derechos constitucionales de los investigados, una vez sean aprehendidos por los órganos de seguridad, deben ser conducidos a los investigados dentro de las cuarenta y ocho (48) después de su detención ante este Tribunal, dejando expresa constancia que se deben observar las reglas consagradas en el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 117 del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en:

  1. - Hacer uso de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención;

  2. - No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el numeral anterior;

  3. - No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el tiempo de la detención;

  4. - No presentar a los detenidos a ningún medio de comunicación social sin el expreso consentimiento de ellos, el cual se otorgara en presencia del defensor, y se hará constar en las diligencias respectivas;

  5. - Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes procedan, no estando facultados para capturar a persona distinta de aquella a que se refiera la correspondiente orden de aprehensión.

  6. - Informar al detenido acerca de sus derechos, que según el ordinal 2° del articulo 44 constitucional consisten en: Permitir al aprehendido comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza, y estos o estas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado fisco y psíquico de la persona detenida, ya sea por si mismos o por si mismas, o con el auxilio de especialistas. La autoridad competente llevara un registro publico de toda detención realizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios o funcionarias que la practicaron. Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado, el establecimiento en donde se encuentra detenido;

  7. - Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable. Y así se declara.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara

PRIMERO

se acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN, conforme a los artículos 250 y 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos: de los ciudadanos: SAHONARA L.A.C., venezolana, natural de Mérida – Estado Mérida, estado civil Soltera, fecha de nacimiento: 11/05/1965, de 45 años de edad, de profesión u oficio Administradora, hija de J.G.A.G. y L.C., titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.028.907, residenciada en la Urbanización Alto Chama, calle Sierra Culata, Nº 166, planta baja, Mérida – estado Mérida, Teléfono: 0274-9350506; quien es la Presidenta de la referida empresa y H.A.N.U., de nacionalidad venezolana, natural de Mérida - estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V-8.025.598, de estado civil Soltero, fecha de nacimiento 30/01/62, de 49 años de edad, de profesión u oficio Ingeniero, hijo de J.I.N.R. (F) y M.E.U. (V), residenciado en Residencias Villa Santa, vía El Arenal, casa A-7 cerca de la urbanización M.M. de la ciudad de Mérida estado Mérida; Teléfono: 04247203087, son los presuntos coautores o partícipes del hecho punible, en el caso en especial, los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal vigente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el artículo 16 numeral 3º de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada. SEGUNDO: Líbrese dirigido, a los órganos de seguridad. En cumplimiento de los derechos constitucionales de los investigados, una vez sean aprehendidos por los órganos de seguridad, deben ser conducidos a los investigados dentro de las cuarenta y ocho (48) después de su detención ante este Tribunal, dejando expresa constancia que se deben observar las reglas consagradas en el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 117 del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en: 1.- Hacer uso de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención; 2.- No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el numeral anterior; 3.- No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el tiempo de la detención; 4.- No presentar a los detenidos a ningún medio de comunicación social sin el expreso consentimiento de ellos, el cual se otorgara en presencia del defensor, y se hará constar en las diligencias respectivas; 5.- Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes procedan, no estando facultados para capturar a persona distinta de aquella a que se refiera la correspondiente orden de aprehensión. 6.- Informar al detenido acerca de sus derechos, que según el ordinal 2° del articulo 44 constitucional consisten en: Permitir al aprehendido comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza, y estos o estas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado fisco y psíquico de la persona detenida, ya sea por si mismos o por si mismas, o con el auxilio de especialistas. La autoridad competente llevara un registro público de toda detención realizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios o funcionarias que la practicaron. Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado, el establecimiento en donde se encuentra detenido; 7.- Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público. Cúmplase.

EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06

ABG. H.A. PEÑA

EL SECRETARIO

ABG. WILMER TORRES GRATEROL

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, bajo la boleta de notificación Nº_______, y oficios Nros.___________________________________________. Conste. El secretario.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR