Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Punto Fijo. de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 28 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2005
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Punto Fijo.
PonenteCamilo Hurtado Lores
ProcedimientoResolución De Contrato De Arrendamiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

-EN SU NOMBRE-

EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.

ACCION: Resolución de Contrato de Arrendamiento.

PARTE RECLAMANTE: Empresa ZONA FRANCA INDUSTRIAL COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE PARAGUANA, C.A. (ZONFIPCA), Sociedad Mercantil, domiciliada y constituida en Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, inscrita en el Registro de Comercio, llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, el 18 de julio de 1977, bajo el No. 3.090, folios 375 al 396, Tomo XXIV, de los Libros de comercio respectivos.

APODERADO DE LA PARTE RECLAMANTE: Abogado Y.N.B., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.971.442, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 67.563.

PARTE RECLAMADA: Sociedad Mercantil MASTERCENTER, C.A., domiciliada en Punto Fijo, debidamente inscrita en los Libros de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, bajo el No. 8, Tomo 25-A, en fecha 05 de Septiembre de 2001.

SEDE: Civil.

Revisadas como han sido las actas procesales en la presente causa, evidencia el tribunal que desde el día 28 de Septiembre de 2004, fecha en la cual la actora consignó los carteles de citación publicados, hasta el día de hoy, 28 de Noviembre de 2005, ha transcurrido más de un año, sin haber realizado la actora ningún acto tendiente a impulsar el proceso, el tribunal conforme lo ha establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese y Regístrese.

Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Cinco (2005). Años: 195 de la Independencia y 146 de la Federación.

El Juez Titular,

Abog. C.H.L..

El Secretario Temporal,

Abog. J.R.Y.G..

CHL/adv.

Exp. 6463.

Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 11:30 a.m., previo el anuncio de Ley.- Conste. Fecha ut-supra.- El Secretario Temporal,

Abog. J.R.Y.G.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR