Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión Mérida), de 28 de Julio de 2004

Fecha de Resolución28 de Julio de 2004
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteHugo Javier Rael Mendoza
ProcedimientoEjecucion De Sentencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NRO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintiocho (28) de Julio del año dos mil cuatro (2.004). 194° y 145°

ASUNTO PRINCIPAL: LL01-P-2002-000004

ASUNTO: LL01-P-2002-000004

Vista la sentencia definitiva dictada en fecha 08-11-1.999 (folio 134 al 136 y su vuelto), mediante la cual el Juzgado de Control Nro. 03 de éste Circuito Judicial Penal, CONDENÓ al penado F.L.G.A. a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previstos y sancionados en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, donde en uno de los pronunciamientos contenidos en la parte dispositiva del fallo también se ordenó el decomiso de todos los objetos que le fueran incautados a dicho Ciudadano, cuyas características son las siguientes: Un (01) televisor marca Sanyo, serial nro. 61110515, modelo nro. N31C22M, de 19 pulgadas, color marrón, un (01) equipo de sonido marca Aiwa, serial nro. CX-ZM2600IH, de color negro con su respectivo control y cornetas, un (01) televisor a color marca General Electric, serial nro. 251255925, modelo nro. 134P237, de color negro, una (01) máquina industrial para talar madera marca Bell Chime, serial nro. 95016, color verde, un (01) reflector marca Black & Decaer, seial nro. 7571, color negro con base de madera, tres (03) bicicletas; una de cross, color negro, rin 20, serial nro. G6000, la segunda de semicarrera, rin 26, de color azul, serial nro. 802290, casi desarmada y la tercera de semicarrera, rin 26, de color azul con cojin amarillo y anaranjado, serial nro. 2377ª, una (01) máquina de soldar semi industrial de color rojo, marca Lincoln, modelo nro. AC-225, código nro. 10420-808, un (01) esmerial marca Maquita, serial número 9514, de color azul, un (01) motor para compresor de pistola para pintar marca Diaphragm Sprayer, modelo nro. M60012, seis (06) rines de bicicletas de diferentes tamaños, un (01) burro de bicicleta color amarillo y blanco serial nro. 2136, un (01) burro de bicicleta color rojo sin serial con volante de color negro, un (01) burro de bicicleta color amarillo marca Cicloman, tipo paseo, serial nro. 0119318, dos (02) cauchos con rin 20 y un caucho número, incautados al ciudadano F.L.G.A., todo lo cual se encuentra depositado en la Sala de Objetos Recuperados de la Delegación de Mérida del C.I.C.P.C., excepto las tres (03) bicicletas, los seis (06) rines de bicicletas, los tres (03) burros de bicicleta y los tres (03) cauchos, que se encuentran actualmente depositados en el Estacionamiento Grúas Satélite de ésta Ciudad de Mérida, apareciendo debidamente descritos en la Planilla de Remisión nro. 99-531, de fecha 19-5-99 (folio 82), en la investigación nro. F-389.910, iniciada en fecha 19-5-1.999 por la Delegación de Mérida del C.I.C.P.C., ello de conformidad con los artículos 60, Ordinal 6°, 66 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordenando poner dicho vehículo a la orden del Ministerio de Finanzas, una vez quedara firme la citada sentencia, siendo el caso, que nunca llegó a cumplirse con ejecutar el comiso antes aludido, éste Juzgado de Ejecución, revisada como ha sido la presente causa, cumple con EJECUTAR tal orden de comiso, acordando oficiar tanto a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas (CONACUID) como a la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas, informándoles que los citados objetos se colocaron a la disposición de las dependencias públicas antes mencionadas. Anéxese a cada uno de los oficios, copia certificada de la planilla de remisión antes aludida. Cúmplase.-

El Juez Titular de Ejecución Nº 01

Abog. H.R.M.

La Secretaria

En fecha_________, se libraron oficios nros._____________________.

La Secretaria

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