Decisión nº PJ0192009000012 de Juzgado Noveno De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 26 de Enero de 2009

Fecha de Resolución26 de Enero de 2009
EmisorJuzgado Noveno De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteArelis Jimenez
ProcedimientoCalificación De Despido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas 26 de Enero de 2.009

147º

ASUNTO: AP21-S-07-1410

PARTE ACTORA: YOIMELL G.R.

APODERADO PARTE ACTORA: No constituyo

PARTE DE DEMANDADA. AFICHERAS NACIONALES C.A.

APODERADO PARTE DEMANDADA: No constituyo

Se inicia el presente procedimiento bajo la figura Oferta Real de Pago incoada por la empresa AFICHERAS NACIONALES C.A.. a favor el Ciudadano OSSE YOIMELL G.R., en su condición de parte actora en el presente proceso. Ahora bien este Tribuna pudo determinar luego de un análisis exhaustivos de las actas que conforman la presente causa; que en fecha 26 de Septiembre de 2.007, se libro auto de recibido y en fecha y que en esta misma fecha se dicto auto de admisión y se libraron los correspondientes carteles de notificación.

Ahora bien se ha podido determinar asimismo que ha transcurrido más de un año , tal como se evidencia que en fecha 22/05/07 se coloco a favor del oferente Oficio de la OCC NRO. 674/07, para la apertura de cuenta y los mismo a la fecha no ha sido retirado; Ahora bien visto que a la presente fecha 26 de Enero de 2.009 , no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento por parte de la parte actora.

En tal sentido en base al artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:

Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…

Ahora bien por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio por concepto de Oferta Real incoado por empresa AFICHERAS NACIONALES C.A.. a favor el Ciudadano YOIMELL G.R., en su condición de parte actora en el presente proceso.

No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

PUBLIQUESE y REGISTRESE.

El Juez

ARELIS M. JIMENEZ M.

El Secretario

ABOG. MARIELYS CARRASCO

Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión,

El Secretario

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