Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 30 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoAccion Mero-Declarativa

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ

200º y 151º

Por cuanto de la revisión de las actas procesales se observa que en fecha 23 de Noviembre de 2010, erróneamente el Tribunal agregó las pruebas presentadas por ambas partes, las cuales debieron ser agregadas en el día de hoy, (30-11-10), razón por la cual este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 ejusdem: “Los actos y providencia de mera sustanciación o de mero trámite, podrán ser revocados o reformados de oficio o a petición de parte, por el Tribunal que los haya dictado, mientras no se haya pronunciado la sentencia definitiva, salvo disposiciones especiales…”, deja sin efecto los autos dictados en fecha 23 de Noviembre de 2010 y ordena agregar las pruebas presentadas por ambas partes, lo cual se hace en este mismo auto.

Vistos los escritos probatorios presentados por las partes demandante y demandada, respectivamente, el Tribunal acuerda agregarlas a los autos.-

ABOG. A.J.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-

Exp. 30.860

TULA

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