Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de Nueva Esparta, de 13 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario
PonenteVirginia Teresita Vásquez González
ProcedimientoCobro De Bolívares Ocasionados Accidente Tránsito

En el día de hoy, trece (13) de Noviembre del año Dos Mil siete (2.007), comparece la Abogada V.V.G., en su carácter de Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, quien expone: “Vistas las actas que conforman el presente expediente, en la acción instaurada por el ciudadano G.M.R., contra el ciudadano Y.N.G., por COBRO DE BOLIVARES (TRÁNSITO), es mi deber inhibirme de conocer la presente acción, por haber prestado patrocinio al ciudadano Y.N.G., de quien fui apoderada judicial, lo cual encuadra dentro del supuesto de la causal 9 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Por la razón antes expuesta, me inhibo de conocer la presente causa, y pido sea declarada con lugar por el Juzgado Superior de esta Circunscripción Judicial, en aplicación del fallo de fecha 29-11-2000, dictado por la Sala Constitucional del M.T., por el cual se dictaminó como Jurisprudencia vinculante que “el Legislador estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho por el Juez en el Acta de Inhibición; se presume la veracidad de los hechos que la fundamentan...”. La presente inhibición obra en contra de la parte demandada ciudadano Y.N.G.. Es todo, término, se leyó y conformes firman.-

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