Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 23 de Abril de 2004

Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteAntonio Gutierrez
ProcedimientoMedida Cautelar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto

Barquisimeto, 23 de Abril de 2004

194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2004-000403

Analizadas las Actas Procesales, este Tribunal observa lo siguiente:

PRIMERO

Según lo alegado por la Defensa, en fecha 20-04-2004, entre otras cosas la imposibilidad para cumplir con los fiadores. Ahora bien nuestro Código Procesal esta orientado a favor de la Libertad, según el convenio de encarcelación preventiva que rige en la convención Europea que tiene como origen de los derechos del hombre y los derechos a la Libertad, que mas busca que las detenciones sean mas humanas, pero salvaguardando los intereses colectivos.

SEGUNDO

Amparo en lo establecido en nuestro Código Procesal en el Artículo 259 y 264. Este Tribunal considera que dada la entidad del delito, la pena aplicable y las consecuencias sociales en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se Acuerda otorgar una Medida Menos Gravosa Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo señalado en el Artículo 256 Ordinal 3, 4 y 9, lo cual consiste en.

1).- Deberá presentarse por ante la U.R.D.D cada 15 días.

2).- No podrá salir del Estado Lara sin permiso de este Despacho.

3).- No podrá Portar Arma de Fuego hasta tanto se concluya el presente Proceso.

Ofíciese a la Comandancia, a la Defensa, a la Fiscalía y Ordénese la Inmediata Libertad. Cúmplase.

El Juez de Control N° 1

El Secretario

Abog. A.J.G.

A.J.G/Nancy

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