Decisión de Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente de Nueva Esparta, de 13 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2007
EmisorTribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente
PonenteLuisana Marcano
ProcedimientoAutorización Judicial Para Cobrar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Nueva Esparta

La Asunción, trece de agosto de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: OH03-S-2006-000438

Vista la solicitud presentada ante este Despacho por la Ciudadana: HAYDIANI G.C.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.052.148, en su condición de Hermana de la Adolescente (omitido conforme a la ley) de dieciséis (16) años de edad, debidamente asistida en este acto por la Abogada Aisbeth K. Valdiviezo de Asbjornrod en su carácter de Defensora Pública Segunda del Área de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual solicita Autorización Judicial para que en nombre y representación de la adolescente (omitido conforme a la ley), pueda gestionar el cobro de los haberes que pudiera tener su madre la Ciudadana HAYDIANI L.S.H. quien fuera titular de la cédula de identidad Nº. V-5.006.128 y quien se desempeñaba como Directora de Civil y Política (Jubilada) de la Gobernación de Estado Nueva Esparta, como son: Banco Industrial de Venezuela cuenta corriente Nº. 0003-0023-39-0001057449, Banco Confederado, cuentas Nros. 141-0001-64-0011407179 y Nº. 141-0007-59-0072467670, Banco Caroní Cuentas de ahorro y corriente Nros. 0128-0011-89-1101268108 y 0128-0055-03-5502265308, igualmente solicita autorización para gestionar el cobro de las prestaciones sociales, Pensión por Jubilación, Seguro Social Obligatorio (IVSS) y Banco Mercantil, Seguro Dalubel (Pactum). En consecuencia esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en uso de sus atribuciones legales y con vista a las actas que conforman el presente expediente, se deja sin efecto la Autorización de fecha, 18-07-2006 y se dicta una en la presente fecha en los mismos términos. En Tal sentido se AUTORIZA, a la Ciudadana: HAYDIANI G.C.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.052.148, para que en nombre y representación de su hermana la adolescente (omitido conforme a la ley) de dieciséis (16) años de edad, pueda gestionar ante las entidades bancarias Banco Industrial de Venezuela cuenta corriente Nº. 0003-0023-39-0001057449, Banco Confederado cuentas Nros. 141-0001-64-0011407179 y Nº. 141-0007-59-0072467670, Banco Caroní Cuentas de ahorro y corriente Nros. 0128-0011-89-1101268108 y 0128-0055-03-5502265308, Así mismo solicita autorización para gestionar el cobro de las prestaciones sociales, Pensión por Jubilación, Seguro Social Obligatorio (IVSS) y Banco Mercantil, Seguro Dalubel (Pactum) ante la Gobernación del Estado Nueva Esparta lo que les corresponde como beneficiarias de su difunta madre. Las Cantidades de dinero provenientes de los mismos deberá hacerse en cheque de gerencia a nombre de la adolescente (omitido conforme a la ley)y enviado a este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, quien se encargará de su debida administración, mediante la apertura de una cuenta de ahorros en Banfoandes a nombre de la adolescente. Déjese constancia del presente auto en el Libro de Diario llevado por este Despacho y entréguese copias debidamente certificadas de estas actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.-

LA JUEZ UNIPERSONAL N°.02

La Secretaria

Abg. Luisana Marcano Vásquez

Abg. Carmen Milano.

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